MINVIVIENDA - Resolución 0543 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0543 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 1 de 6 RESOLUCIÓN NÚMERO 0543 DE 10 JUNIO 2026 “Por la cual se asignan Veinte (20) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de La Playa en el departamento de Norte De Santander” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”. Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 se establece que FONVIVIENDA es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 3571 de 2011, modificado por el Decreto 1604 de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad encargada de formular, dirigir y coordinar las políticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda, financiación de vivienda, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento básico, así como de los instrumentos normativos para su implementación, y, programas en materia de vivienda urbana y rural que son ejecutados por el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA. Que de acuerdo con lo propuesto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia, potencia mundial de la vida" se plantea como uno de los catalizadores "3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral", la implementación por parte del Gobierno Nacional de "programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la como uno de los catalizadores "3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral", la implementación por parte del Gobierno Nacional de "programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población". Que en atención a lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, FONVIVIENDA celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda y El Departamento de Norte De Santander suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 027 -2024 , cuyo objeto se circunscribe a: “Aunar esfuerzos administrativos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, tendientes a superar las condiciones circunscribe a: “Aunar esfuerzos administrativos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, tendientes a superar las condiciones sanitarias satisfactorias de espacio y servicios públicos de los hogares en el marco del programa de mejoramiento regulado en el Decreto 1077 de 2015 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.”Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 2 de 6 Resolución No. 0543 del 10 JUNIO 2026 “Por la cual se asignan Veinte (20) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de La Playa en el departamento de Norte De Santander” Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación de este. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, acto administrativo que fue modificado por la Resolución No. 725 de 23 agosto de 2023. Que de acuerdo con el artículo 30 de la Resolución No. 0536 de 2020 FONVIVIENDA a través de la Subdirección de Subsidios y Ejecución de Vivienda Rural verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes. Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó a través de sus contratistas y funcionarios el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correo electrónicos del 2 de agosto; 29 de octubre; 4,5,11,19,24 y 29 de noviembre;18,19 y 26 de diciembre de 2025. Que en consideración al artículo 54 de la Resolución No. 0536 de 2020, se desarrolló la etapa de preconstrucción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de mejoramiento en especie por parte de de preconstrucción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de mejoramiento en especie por parte de FONVIVIENDA, el ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada. Que el artículo 18 de la Resolución No. 0536 de 2020 establece las etapas del programa de Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales se encuentra la relativa a los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos. Que las actividades de preconstrucción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, en tal sentido, el supervisor mediante correo electrónico de fecha 27 de mayo de 2026, informó el resultado de las actividades desarrolladas, detallando el valor del diagnóstico objeto de la asignación. No.
CONSECUTIVO DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
1 369364 1091654290
CARMEN ENRIQUE
LEON ORTIZ NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
2 312485 5459119
MANUEL SALVADOR
ARENAS BAYONA NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
LEON ORTIZ NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
2 312485 5459119
MANUEL SALVADOR
ARENAS BAYONA NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
3 369360 5472351
JOHN FABIAN
SANCHEZ AREVALO NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
4 369358 88183738
SAID ANTONIO
SANCHEZ AREVALO NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
5 371327 1091592538
SAIDY CAMILA
SANCHEZ CARRILLO NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
6 312475 5458179
JOSE TRINIDAD
AREVALO ACOSTA NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
7 312451 27741094
DONELIA
AREVALO PACHECO NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
8 312430 5458680
JEREMIAS
GARCIA SANGUINO NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
9 312472 27740443
MARIA ARICERES
GARCIA DE GARCIA NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYAFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar veinte (20) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de La Playa en el departamento de Norte De Santander en la modalidad de mejoramiento de vivienda, por valor total de CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES PESOS ($468.000.000) valor que no excede de los Veintidós (22) SMLMV por unidad habitacional, para los hogares que supere dicho valor, este se circunscribe a actividades de Delta de Transporte respecto de los hogares que se relacionan a continuación:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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CONSECUTIVO
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
VALOR A
ASIGNAR
MVCT VALOR
ASIGNAR
GOBERNACION
VALOR DEL
SUBSIDIO
1 369364
1091654290 CARMEN
ENRIQUE
LEON ORTIZ NORTE DE
SANTANDER
GARCIA DE GARCIA NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYAFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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CONSECUTIVO DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
10 312453 27741234
MARTHA LUCIA
CARRASCAL BECERRA
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
11 312468 27741939
ANGELA
BAYONA RUEDAS NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
12 372455 5458311
MISAEL
PEÑARANDA ALVAREZ NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
13 312438 5458829
RAMON DAVID
PEÑARANDA ASCANIO NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
14 312456 27740363
ANA DELCARMEN
5458829
RAMON DAVID
PEÑARANDA ASCANIO NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
14 312456 27740363
ANA DELCARMEN
GARCIA PEREZ NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
15 369361 27740497
ANA DELIA
GARCIA BAUTISTA NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
16 312445 27741826
MARLENE
MARTINEZ BAYONA NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
17 312439 88183027
LUIS EMEL
CORONEL TORO NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
18 312471 88184098 IVAN
TARAZONA ORTIZ NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
19 312483 1091592928
YEINER RICARDO
BAYONA GALVAN NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
20 312467 1091595068
LUIS EDUARDO
MARTINEZ TRIGOS NORTE DE
SANTANDER LA PLAYA Que el valor total de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda Rural, destinados a la solución de vivienda de cada hogar que cumplió los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Resolución No. 0536 de 2020 asciende a la suma de CUATROCIENTOS destinados a la solución de vivienda de cada hogar que cumplió los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Resolución No. 0536 de 2020 asciende a la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES PESOS ($468.000.000) Que los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados para FONVIVIENDA según lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.5.1. del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 76 de la Resolución No. 0536 de 2021 con el documento que acredita la asignación dicho subsidio y el certificado de existencia de la obra, suscrito por el supervisor y el ejecutor. Que FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda. Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar veinte (20) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de La Playa en el departamento de Norte De Santander en la modalidad de mejoramiento de VALOR
ASIGNAR
GOBERNACION
VALOR DEL
SUBSIDIO
1 369364
1091654290 CARMEN
ENRIQUE
LEON ORTIZ NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 2 312485
5459119 MANUEL
SALVADOR
ARENAS
BAYONA
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 3 369360
5472351 JOHN
FABIAN
SANCHEZ
AREVALO
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 4 369358
88183738 SAID
ANTONIO
SANCHEZ
AREVALO
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 5 371327
1091592538 SAIDY
CAMILA
SANCHEZ
CARRILLO
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 6 312475
5458179 JOSE
TRINIDAD
AREVALO
ACOSTA
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 6 312475
5458179 JOSE
TRINIDAD
AREVALO
ACOSTA
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 7 312451 27741094
DONELIA AREVALO
PACHECO
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 8 312430 5458680
JEREMIAS GARCIA
SANGUINO
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 9 312472
27740443 MARIA
ARICERES
GARCIA DE
GARCIA
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 10 312453
27741234 MARTHA
LUCIA
CARRASCAL
BECERRA
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 11 312468 27741939
ANGELA BAYONA
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 11 312468 27741939
ANGELA BAYONA
RUEDAS
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 12 372455 5458311
MISAEL PEÑARANDA
ALVAREZ
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 13 312438
5458829 RAMON
DAVID
PEÑARANDA
ASCANIO
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 14 312456 27740363 ANA
DELCARMEN
GARCIA
PEREZ
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 15 369361 27740497
ANA DELIA GARCIA
BAUTISTA
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 16 312445 27741826
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 16 312445 27741826
MARLENE MARTINEZ
BAYONA
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 17 312439 88183027
LUIS EMEL CORONEL
TORO
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 18 312471 88184098
IVAN TARAZONA
ORTIZ
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 19 312483
1091592928 YEINER
RICARDO
BAYONA
GALVAN
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000 20 312467
1091595068 LUIS
EDUARDO
MARTINEZ
TRIGOS
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000
TOTAL $468.000.000
MARTINEZ
TRIGOS
NORTE DE
SANTANDER
LA PLAYA
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $23.400.000
TOTAL $468.000.000
Parágrafo. En el presente acto administrativo se relacionan únicamente los jefes de hogar de cada núcleo familiar, no obstante, lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015. Artículo 2. La vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acto administrativo en el Diario Oficial. Artículo 3. FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, de llegarse a configurar dichas causales, por lo que podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 5 de 6 Resolución No. 0543 del 10 JUNIO 2026 “Por la cual se asignan Veinte (20) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema
Código: GDC-PL-11
Página 5 de 6 Resolución No. 0543 del 10 JUNIO 2026 “Por la cual se asignan Veinte (20) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de La Playa en el departamento de Norte De Santander” Artículo 4. A los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda Rural, relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, que incumplan con las condiciones y requisitos indicados en los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, se les aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará el Subsidio Familiar de Vivienda Rural, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto administrativo. Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. La subdirección de subsidio y ejecución de vivienda rural comunicará al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y al ente territorial quien notificará a los hogares. contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y al ente territorial quien notificará a los hogares. Artículo 6. El presente acto administrativo no genera ejecución y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural. Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de JUNIO del 2026
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ARTURO
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2026.06.10
16:59:19 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA Rosa Elena Espitia Riaño Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social Laura Alejandra Jiménez Acosta Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural Eduardo Calderón Contratista pa rural cto 023F-2025 Fonvivienda Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural Eduardo Calderón Contratista pa rural cto 023F-2025 Fonvivienda Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural Andrei Alexander Suárez Moreno Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural 1 Normativa | Minvivienda ANDERSONFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 6 de 6 Resolución No. 0543 del 10 JUNIO 2026 “Por la cual se asignan Veinte (20) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de La Playa en el departamento de Norte De Santander”