MINVIVIENDA - Resolución 0598 de 2025
Ministerio de Vivienda
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0598 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 9
Fecha: 10/07/2024
Código: GDC-PL-11
Página 1 de 4
RESOLUCIÓN NÚMERO 0598 DE 25 AGOSTO 2025
“Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbano al hogar del señor JOSÉ ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado En Restitución De Tierras de Santiago de Cali en sentencia de fecha 13 de julio de 2023 dentro del proceso con radicado nro. 2020-00079-00”.
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA, es una entidad adscrita al Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 3571 de 2011, y que el artículo 36 del mencionado Decreto, manifiesta que el Fondo continuara rigiéndose por lo establecido en el Decreto Ley
artículo 3° del Decreto 3571 de 2011, y que el artículo 36 del mencionado Decreto, manifiesta que el Fondo continuara rigiéndose por lo establecido en el Decreto Ley 555 del 2003, y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
Que, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “(…) Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que, a su vez, el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que en virtud de lo establecido en la Ley 1448 de 2011, la población considerada víctima, como medida de reparación tiene derecho a la restitución de tierras, comprendido esto como la devolución de su predio cuando éste fue despojado o abandonado a causa del conflicto armado.
Que el señor JOSÉ ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.548.457, inició proceso de restitución y formalización de tierras por intermedio de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, por considerar vulnerado su derecho fundamental a la restitución de tierras. De dicho proceso tuvo conocimiento Juzgado Primero Civil del Circuito
intermedio de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, por considerar vulnerado su derecho fundamental a la restitución de tierras. De dicho proceso tuvo conocimiento Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Santiago de Cali, con el radicado 202000079-00. Que el numeral primero de la sentencia N. R-015 de fecha veintiocho (28) de julio de dos mil veintidós (2022), emitida dentro del proceso identificado con radicado 202000079-00, ordenó:
"RECONOCER la calidad de víctimas del conflicto armado en los términos de la Ley 1448 de 2011, al señor JOSÉ ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.548.457 y sus hijos FEDERICO y JACOBO ARROYAVE GÓMEZ, identificados con cédulas de ciudadanía Nos. 16.456.142 y 16.459.751, respectivamente, a quienes se ORDENARÁ PROTEGER los derechos y prerrogativas derivadas de tal calidad, por el abandono forzado del predio objeto de esta decisión.”Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: XX/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 2 de 4
Resolución No. 0598 del 25 AGOSTO 2025 “Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbano al hogar del señor JOSÉ
Página 2 de 4
Resolución No. 0598 del 25 AGOSTO 2025 “Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbano al hogar del señor JOSÉ ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado En Restitución De Tierras de Santiago de Cali en sentencia de fecha 13 de julio de 2023 dentro del proceso con radicado nro. 2020-00079-00”. Que posteriormente, el auto con fecha 28 de marzo de 2023, emitido dentro del proceso identificado con radicado 2020-00079-00, ordenó:
“El Equipo de Priorización a Subsidio de Vivienda de la UAEGRTD (consactu 190), señala, contra los cometidos de la ley 1448 de 2011, que aún no es viable la priorización por cuanto no se cuenta con un bien en el que pueda implementarse la medida (consactu 190). Al respecto debe ponerse de relieve, tal como quedó consignado en la sentencia, que el beneficiario no tiene previsto acceder a un nuevo inmueble, ni desarrollar actividades agrícolas o pecuarias, y que el arraigo a un modelo de vida en otro municipio, impiden que la priorización se realice en zona rural o se condicione a la adquisición de un inmueble. Por lo tanto, se requiere a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas y Abandonadas – UAEGRTD para que proceda con la priorización del beneficiario en los programas de subsidio para adquisición de vivienda urbana, remitiendo un informe dentro de los cinco (05) días siguientes. Una vez se realice ese trámite, el Ministerio
Abandonadas – UAEGRTD para que proceda con la priorización del beneficiario en los programas de subsidio para adquisición de vivienda urbana, remitiendo un informe dentro de los cinco (05) días siguientes. Una vez se realice ese trámite, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, procederá con la adjudicación de dicho subsidio.”
Que la Unidad de Restitución de Tierras mediante oficio URT-GCOJAI-03119 remitido el 31 de mayo de 2023 por CARLOS EDUARDO PINTO GARCÍA –Líder del Equipo de Priorización Vivienda Grupo de Cumplimiento de Órdenes Judiciales y Articulación Institucional, informó:
“Durante el ejercicio de caracterización de las familias con órdenes proferidas en el marco de los procesos de restitución de tierras dentro del componente de vivienda, se identificaron dos (2) hogares donde se garantizó la restitución mediante la compensación económica. En consecuencia, solicitamos respetuosamente la priorización de la asignación del subsidio de vivienda para estas familias en la modalidad que corresponda su atención, motivo por el que relacionamos a continuación los datos de los dos hogares
(…)”.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: XX/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 3 de 4
Resolución No. 0598 del 25 AGOSTO 2025 “Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbano al hogar del señor JOSÉ
Página 3 de 4
Resolución No. 0598 del 25 AGOSTO 2025 “Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbano al hogar del señor JOSÉ ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado En Restitución De Tierras de Santiago de Cali en sentencia de fecha 13 de julio de 2023 dentro del proceso con radicado nro. 2020-00079-00”. Que a su vez por medio de auto de fecha 13 de julio de 2023, emitido por Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Santiago de Cal, se dispuso: “La UAEGRTD acredita la priorización del beneficiario ante el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. En ese sentido, se requiere a la cartera en mención para que proceda a la adjudicación del subsidio de vivienda, remitiendo un informe dentro de los diez días siguientes”.
Que, de acuerdo con lo anterior, se solicitó a Cavis -UT, en virtud del contrato de encargo de gestión suscrito entre Cavis UT y Fonvivienda, a través de correo electrónico de fecha 28 de julio de 2023 la captura de datos y postulación al subsidio familiar de vivienda del señor JOSE ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 6.548.457 en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva o Usada.
Que el señor JOSE ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 6.548.457, se postuló a través de la caja de compensación C.C.F
Nueva o Usada.
Que el señor JOSE ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 6.548.457, se postuló a través de la caja de compensación C.C.F COMFANDI - CALI, con el fin de acceder a un Subsidio Familiar de Vivienda de interés social en la modalidad de ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA O USADA PARA
HOGARES PROPIETARIOS.
Que la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda ejecutó el proceso de calificación, cruces y validación de la información del hogar del señor JOSE ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, con el propósito de verificar en las bases de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda, el anterior Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma UrbanaInurbe, la Superintendencia de Notariado y Registro, entre otros, el cumplimiento de requisitos por parte del hogar postulado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1.1.1.1.4.1.1. del Decreto 1077 de 2015. Dando como resultado que el hogar cumple con los requisitos de acceso al subsidio familiar de vivienda.
Que en cumplimiento a lo ordenado en el fallo de restitución de tierras proferido por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Santiago de Cali, en el proceso de restitución y formalización de tierras identificado con número de radicado 2020-00079-00, se expide la presente Resolución mediante la cual se ASIGNA un Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbano en la
Santiago de Cali, en el proceso de restitución y formalización de tierras identificado con número de radicado 2020-00079-00, se expide la presente Resolución mediante la cual se ASIGNA un Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbano en la modalidad de “ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA O USADA PARA HOGARES PROPIETARIOS” al señor JOSE ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.548.457, el cual se encuentra amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 3325 de fecha 03 de marzo 2025, por valor de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL DE PESOS M/CTE ($ 34.800.000.oo), expedido por la Subdirección de Finanzas y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que, en mérito de lo expuesto,
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1. En cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Santiago de Cali, en sentencia proferida el trece (13) de julio del 2023 en Proceso de Restitución de Tierras identificado con el número de radicado 2020 -00079-00, asignar un (1) Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbano en la modalidad de ADQUISICION DEFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: XX/04/2025
Código: GDC-PL-11
Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: XX/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 4 de 4
Resolución No. 0598 del 25 AGOSTO 2025 “Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbano al hogar del señor JOSÉ ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado En Restitución De Tierras de Santiago de Cali en sentencia de fecha 13 de julio de 2023 dentro del proceso con radicado nro. 2020-00079-00”.
VIVIENDA NUEVA O USADA PARA HOGARES PROPIETARIOS, al hogar del señor JOSE
ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.548.457, por valor de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL DE PESOS M/CTE ($ 34.800.000.oo), correspondientes a recursos presupuestales para la Bolsa Especial de Población Desplazada, en virtud a lo establecido en el artículo 2.1.1.1.2.1.13. del Decreto 1077 de 2015.
ARTÍCULO 2. Ordenar la expedición de la carta de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda al hogar del señor JOSE ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ y la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, y en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
ARTÍCULO 3. Reportar la novedad y actualizar el Sistema de Información del
de la presente resolución en el Diario Oficial, y en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
ARTÍCULO 3. Reportar la novedad y actualizar el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, modificando el estado de “Postulado” a “Asignado”. ARTÍCULO 4. Notificar personalmente la presente resolución al hogar del señor JOSE ALEJANDRO ARROYAVE MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.548.457, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO 5. FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, de llegarse a configurar dichas causales, por lo que podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
ARTÍCULO 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 25 AGOSTO 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON
ANDERSON ARTURO
ARTURO
Fecha: 2025.08.25
11:48:59 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda
Kattia Santana Contratista
ARTURO
Fecha: 2025.08.25
11:48:59 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda
Kattia Santana Contratista Subdirección Subsidio Familiar de Vivienda Juliana Toro Cadavid Subdirectora Subsidio Familiar de Vivienda
María Paulina Rincón Betancur Contratista Subdirección Subsidio Familiar de Vivienda
María Fernanda Merlano Contratista Subdirección Subsidio Familiar de Vivienda
Rosa Elena Espitia Riaño Directora DIVIS|
Eduardo Calderon Rodriguez Contratista PA CTO 023F – 2025 Fonvivienda