MINVIVIENDA - Resolución 0605 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0605 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
Página 1 de 5
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
RESOLUCIÓN NÚMERO
“Por la cual se asignan veintitrés (23) subsidios familiares de vivienda, de los cuales veintiún (21) corresponden a subsidios familiares de vivienda y dos (2) subsidios con aplicación concurrente, a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en las secciones 1 y 2 del capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional.”
es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional.”
Que en el capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto nro. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”, modificado por el Decreto nro. 490 de 2023, con el objetivo de facilitar la adquisición de una solución de vivienda de interés social ubicada en su elo rural o urbano para aquellas familias que cuenten con una clasificación de Sisbén IV entre A1 y D20 y que cumplan con los demás requisitos del programa, a través de un subsidio familiar de vivienda.
Que el inciso segundo del artículo 6 de la Ley 3 de 1991, modificado por el artículo 28 de la Ley 1469 de 2011, establece que la cuantía del subsidio será determinada por el Gobierno nacional, de acuerdo con los recursos disponibles, el valor final de la solución de vivienda y las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios, en cuya postulación se dará un tratamiento preferente a las mujeres cabeza de familia de los estratos más pobres de la población, a las trabajadoras del sector informal y a las madres comunitarias.
Que, en virtud de lo dispuesto e n el artículo 2.1.1.4.1.1.1 del Decreto nro. 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda suscribió Fiduciaria de Occidente S.A., actualmente Aval Fiduciaria S.A., el Contrato de fiducia mercantil de
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Resolución No. “Por la cual se asignan veintitrés (23) subsidios familiares de vivienda, de los cuales veintiún (21) corresponden a subsidios familiares de vivienda y dos (2) subsidios con aplicación concurrente, a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”
trata el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
Artículo 7. Publicar la presente Resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Artículo 8. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda comunicará el presente acto administrativo a los hogares citados en los artículos 1° y 2° de esta Resolución y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - “Mi Casa Ya”, constituido según el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015, suscrito con la Fiduciaria de Occidente S.A., actualmente Aval Fiduciaria S.A.
Artículo 9. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá D.C.,
2015, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda suscribió Fiduciaria de Occidente S.A., actualmente Aval Fiduciaria S.A., el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 del 21 de mayo de 2015 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 0605 19 JUNIO 2026Página 2 de 5
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Resolución No. “Por la cual se asignan veintitrés (23) subsidios familiares de vivienda, de los cuales veintiún (21) corresponden a subsidios familiares de vivienda y dos (2) subsidios con aplicación concurrente, a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”
314688, por medio del cual se realiza la administración de los recursos para el desarrollo del Programa “Mi Casa Ya”, a través del patrimonio autónomo constituido.
Que la subsección 2 de la sección 1 del capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 instituye los beneficios para los hogares objeto del Programa “Mi Casa Ya”, y en la subsección 3 de la sección 1 del capítulo 4 del título
destinados a la solución de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos 0605 19 JUNIO 2026Página 3 de 5
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Resolución No. “Por la cual se asignan veintitrés (23) subsidios familiares de vivienda, de los cuales veintiún (21) corresponden a subsidios familiares de vivienda y dos (2) subsidios con aplicación concurrente, a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”
establecidos en el Decreto nro. 1077 del 2015, y que se individualizan a través de la presente resolución, asciende a la suma de NOVECIENTOS OCHENTA MILLONES
QUINIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS PESOS ($ 980.506.800) M/CTE.
Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el Fideicomiso - Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya ”, constituido en virtud del Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015,
2 del Decreto 1077 de 2015 instituye los beneficios para los hogares objeto del Programa “Mi Casa Ya”, y en la subsección 3 de la sección 1 del capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del citado decreto se establecen las condiciones y requisitos de los hogares para ser beneficiarios del Programa “Mi Casa Ya”.
Que, a través de la Resolución nro. 0101 de 2024, se reglament ó el esquema de preasignación para los hogares más vulnerables que deseen adquirir vivienda nueva de interés prioritario, realizando la reserva de un cupo para posteriormente realizar el proceso para la asignación del subsidio familiar de vivienda en la vi gencia en la cual se proyecta la entrega del inmueble.
Que el artículo 2.1.1.1.1.1.2 del Decreto nro. 1077 de 2015 incorpora la definición de la concurrencia del subsidio familiar de vivienda y de los recursos complementarios al subsidio para la adquisición de vivienda.
Que el artículo 2.1.1.8.1 del Decreto nro. 1077 de 2015 habilita la aplicación concurrente de los subsidios familiares de vivienda otorgados por el Gobierno nacional, a través de Fonvivienda o quien haga sus veces, con los subsidios familiares de vivienda otorgados por las Cajas de Compensación Familiar, para las postulaciones al subsidio familiar de vivienda destinado a la adquisición de vivienda nueva.
Que, mediante correo electrónico de fecha 19 de junio de 2026, los colaboradores que cuentan con el usuario del aplicativo de TransUnion informan a la Subdirectora del Subsidio Familiar de Vivienda sobre los hogares que surtieron el procedimiento
Que, mediante correo electrónico de fecha 19 de junio de 2026, los colaboradores que cuentan con el usuario del aplicativo de TransUnion informan a la Subdirectora del Subsidio Familiar de Vivienda sobre los hogares que surtieron el procedimiento contenido en los anexos 1 y 2 de la Resolución 0101 de 2024 y se encuentran en estado “Por asignar”, según la consulta realizada en el aplicativo de TransUnion, con corte al 19 de junio de 2026.
Que los hogares en mención, que surtieron el procedimiento contenido en el anexo 2 de la Resolución nro. 0101 de 2024, correspondiente al esquema de preasignación, cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.4.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, por lo que mediante el presente acto administrativo se les asigna el subsidio familiar de vivienda en el marco del programa “Mi Casa Ya”.
Que los 23 hogares incluidos como beneficiarios en este acto administrativo aplicarán el subsidio otorgado para la adquisición de vivienda de tipo VIP; 15 están clasificados entre los grupos A, B y C del Sisbén IV, correspondiente a hogares en pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad; 2 subsidios se aplicarán en municipios de categorías 3, 4, 5 y 6; y 3 hogares cuentan con al menos una integrante víctima del conflicto armado.
Que el valor total de los recursos asignados como subsidio familiar de vivienda, destinados a la solución de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos 0605 19 JUNIO 2026Página 3 de 5
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10 1445650 VALLE CALI 1144129228 STEFANY BON ATEHORTUA
SOTO $ 52.527.150 DAVIVIENDA S.A.
14677313 EDISON OBANDO
PELAEZ 11 1456357 VALLE CALI 1107105051 MARIA DEL
MAR
TAMAYO
SALAZAR $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A.
12 1461781 VALLE CALI 1004518092 JUAN FELIPE MUÑOZ DELGADO $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 13 1500961 VALLE CALI 59816079 ZOILA LUZ SAA MUÑOZ $ 52.527.150 DAVIVIENDA S.A. 14 1501078 VALLE CALI 1023962125 CARLOS
HUMBERTO
CASTRO
GIRALDO $ 52.527.150 DAVIVIENDA S.A. 0605 19 JUNIO 2026Página 4 de 5
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Resolución No. “Por la cual se asignan veintitrés (23) subsidios familiares de vivienda, de los cuales veintiún (21) corresponden a subsidios familiares de vivienda y dos (2) subsidios con aplicación concurrente, a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”
Nro. ID.
Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya ”, constituido en virtud del Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015, celebrado entre Fiduoccidente actualmente Aval Fiduciaria S.A., y Fonvivienda.
Que los desembolsos se sujetan a las reglas establecidas en la sección 1 del capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto nro. 1077 de 2015.
Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto nro. 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar veintiún (21) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”, por un valor total de NOVECIENTOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS PESOS ($ 910.470.600) M/CTE, a los hogares que se relacionan a continuación:
Nro. ID. Hogar Departamento Municipio Cédula Nombres Apellidos Valor SFV Entidad financiera 1 1438696 ATLANTICO BARRANQUILLA 1004158734 SEBASTIAN ALVARADO GARCIA $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 2 1490702 SANTANDER FLORIDABLANCA 1102380998 GERMAN
ANDRES
MERCHAN GUERRERO $ 35.018.100 BCSC
GARCIA $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 2 1490702 SANTANDER FLORIDABLANCA 1102380998 GERMAN
ANDRES MERCHAN GUERRERO $ 35.018.100 BCSC 3 1520847 SANTANDER FLORIDABLANCA 1005331215 MARTIN
FERNANDO
MANRIQUE
RODRIGUEZ $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 4 1552414 SANTANDER FLORIDABLANCA 1098679479 SERGIO ELKIN PATARROYO CASTILLO $ 52.527.150 BCSC 5 1557635 SANTANDER FLORIDABLANCA 1095828217 YUDI
CAROLINA CASTAÑEDA BLANCO $ 52.527.150 BCSC 6 1569401 SANTANDER FLORIDABLANCA 1090417207 JESUS
RICARDO
JAIMES HERNANDEZ $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 7 1581439 SANTANDER FLORIDABLANCA 1098739894 JOHAN
SEBASTIAN PUENTES BARAJAS $ 35.018.100 BCSC 8 1586092 SANTANDER FLORIDABLANCA 63562581 MONICA
LILIANA
QUINTERO REY $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 9 1581366 SUCRE SINCELEJO 92642472 JOSE RAFAEL VEGA SAMUR $ 52.527.150 BANCOLOMBIA
10 1445650 VALLE CALI 1144129228 STEFANY BON ATEHORTUA
SOTO $ 52.527.150 DAVIVIENDA S.A.
14677313 EDISON OBANDO
PELAEZ
BUGA 1115085677 MARIBEL PEÑA FRANCO $ 52.527.150 BANCOLOMBIA
VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $ 910.470.600
Artículo 2. Asignar dos (2) subsidios familiares de vivienda con aplicación concurrente en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”, por un valor total de SETENTA MILLONES TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 70.036.200) M/CTE, a los hogares que se relacionan a continuación:
Nro. ID. Hogar Departamento Municipio Cédula Nombres Apellidos Valor SFV Entidad financiera 1 1563682 BOGOTA DISTRITO
CA BOGOTA 1127668781 ANDREINA
MINERVA ARRIETA AVILA $ 35.018.100
LA HIPOTECARIA
COMPAÑIA DE
FINANCIAMIENTO SA 2 1503256 VALLE CALI 1193467539 DANIELA
NICOLLE
VIASUS
ZAMBRANO $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A.
VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $ 70.036.200
Artículo 3. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución es de doce (12) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de esta asignación.
Artículo 4. Fonvivienda podrá en cualquier momento verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto nro. 1077 de 2015.
veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto nro. 1077 de 2015.
Artículo 5. El desembolso del subsidio familiar de vivienda asignado a los hogares beneficiarios del Programa “Mi Casa Ya ” relacionados en los artículos 1° y 2° del presente acto administrativo queda condicionado: i) al desembolso del crédito hipotecario o al inicio del contrato de leasing habitacional, lo cual será reportado por la entidad otorgante del mismo a Fonvivienda, y ii) a la disponibilidad de los recursos incorporados en el fideicomiso Programa “Mi Casa Ya ”, constituido mediante el Contrato de fiducia mercan til de administración y pagos nro. 421 de 2015 suscrito con la Fiduciaria de Occidente S.A., actualmente Aval Fiduciaria S.A.
Artículo 6. En caso de inobservancia de las condiciones y requisitos indicados en el artículo 2.1.1.4.1.3.1, en el parágrafo del artículo 2.1.1.4.1.5.3 y en los artículos 2.1.1.4.1.3.2, 2.1.1.1.13.3, 2.1.1.8.3 del Decreto nro. 1077 de 2015, por parte de los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda relacionados en los artículos 1° y 2° de la presente resolución, se declarará la pérdida de ejecutoriedad de que 0605 19 JUNIO 2026Página 5 de 5
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Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”
Nro. ID. Hogar Departamento Municipio Cédula Nombres Apellidos Valor SFV Entidad financiera 15 1502835 VALLE CALI 1085664015 KEVIN ZUÑIGA
MUÑOZ $ 52.527.150 DAVIVIENDA S.A.
16 1504518 VALLE CALI 1112498522 JUAN JOSE SOLIS SATIZABAL $ 52.527.150 DAVIVIENDA S.A. 17 1536156 VALLE CALI 1003036027 ROBINSON YEMIL CUSSI CUSSI $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 18 1545171 VALLE EL CERRITO 1114828835 KAREN
VIVIAN LENIS MONTERO $ 52.527.150
LA HIPOTECARIA
COMPAÑIA DE
FINANCIAMIENTO SA
1113513318 YEIDERMAN MARTINEZ
MARIN 19 1572245 VALLE EL CERRITO 1143872665 DANIEL
ESTEBAN RUIZ TORRES $ 35.018.100 FONDO NACIONAL
DE AHORRO
20 1328405 VALLE GUADALAJARA DE
BUGA 1115086803 VICTOR
MANUEL
SCARPETTA GONZALEZ $ 35.018.100 BANCOLOMBIA
21 1420241 VALLE GUADALAJARA DE
BUGA 1115085677 MARIBEL PEÑA FRANCO $ 52.527.150 BANCOLOMBIA
VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $ 910.470.600
Artículo 2. Asignar dos (2) subsidios familiares de vivienda con aplicación
Fiduciaria de Occidente S.A., actualmente Aval Fiduciaria S.A.
Artículo 9. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá D.C.,
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda
Elaboró: Andrea Peña A.
Contratista Subdirección SFV
Revisó:
Tatiana Castillo Contratista Subdirección SFV
María Fernanda Merlano Contratista Subdirección SFV
Juliana Toro Cadavid Subdirectora Subdirección SFV
Janneth Riaño Contratista Divis - Fonvivienda
Aprobó:
Rosa Elena Espitia Directora DIVIS
0605 19 JUNIO 2026 19 días de junio de 2026