MINVIVIENDA - Resolución 0606 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0606 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 0606 DE 27 AGOSTO 2025
“Por la cual se asignan ciento treinta y nueve (139) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema Público”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “ 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.
Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio , mediante el oficio 2023EE0040950, invitó a municipios de categorías 4, 5 y 6 a participar en la convocatoria del programa de mejoramientos de vivienda urbana/rural en el marco del Decreto 1077 de 2015, a través de la presentación de manifestaciones de interés. En la invitación se describieron las condiciones y requisitos para participar, y se especificó que la solicitud de manifestación de interés no genera obligación alguna para Fonvivienda de asignar las subvenciones ni genera ninguna obligación presupuestal.
Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de
obligación alguna para Fonvivienda de asignar las subvenciones ni genera ninguna obligación presupuestal.
Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios.
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los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio emitió la Resolución 0782 del 29 de agosto de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 0448 de 2024, “Por la cual se establecen los criterios de distribución de los cupos de subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural”.
Que el 17 de febrero de 2023 se expidió la Resolución 0938, modificada mediante la Resolución 1088 del 11 de octubre de 2023, a través de la cual se realizó la distribución de los recursos de la Bolsa de Mejoramiento Urbana Esquema Público y Bolsa de Mejoramiento Rural Esquema Público, en la que se distribuyeron 3.505 y asignaron cupos para municipios del departamento de La Guajira y 5.000 cupos para municipios que se encuentran en territorios PDET Que, en el marco del esquema público del Programa de Mejoramiento de Vivienda, se asignaron cupos a los siguientes municipios, entre otros, así:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CUPOS
ANTIOQUIA NECHÍ 78
BOLÍVAR ARENAL 78
BOLÍVAR SAN JACINTO 78
BOLÍVAR ZAMBRANO 78
CAUCA CALOTO 78
CAUCA CORINTO 78
ANTIOQUIA NECHÍ 78
BOLÍVAR ARENAL 78
BOLÍVAR SAN JACINTO 78
BOLÍVAR ZAMBRANO 78
CAUCA CALOTO 78
CAUCA CORINTO 78
CÓRDOBA MONTELÍBANO 78
CÓRDOBA PUERTO LIBERTADOR 78
CÓRDOBA TIERRALTA 78
NARIÑO LA TOLA 78
LA GUAJIRA ALBANIA 210
LA GUAJIRA BARRANCAS 210
LA GUAJIRA DISTRACCIÓN 210
LA GUAJIRA EL MOLINO 210
LA GUAJIRA HATONUEVO 210
LA GUAJIRA LA JAGUA DEL PILAR 200
LA GUAJIRA RIOHACHA 113
LA GUAJIRA URIBIA 210
LA GUAJIRA VILLANUEVA 228
META PUERTO LLERAS 78
META VISTAHERMOSA 78
NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN 78
NORTE DE SANTANDER HACARÍ 78
NORTE DE SANTANDER SAN CALIXTO 78
PUTUMAYO PUERTO ASÍS 78
PUTUMAYO SAN MIGUEL 78
PUTUMAYO VILLAGARZÓN 78
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DEPARTAMENTO MUNICIPIO CUPOS
SUCRE PALMITO 78
TOLIMA RIOBLANCO 78
Que, como resultado de un proceso de convocatoria pública realizado por Fiduciaria Bogotá S.A., en calidad de vocera y administradora del patrimonio autónomo Fideicomiso Programa " Casa Digna, Vida Digna ", se perfeccionaron contratos de obra, los cuales tienen por objeto la realización de la categorización, el diagnóstico y la ejecución de los mejoramientos.
Que mediante el contrato No. 224003 ENT – 03 FIDUBOGOTÁ se vinculó a EnTerritorio para realizar la interventoría técnica, administrativa, financiera, jurídica, entre otras, de la ejecución de las etapas de estructuración, categorización, diagnóstico y realización de las obras de mejoramiento en el esquema público del programa. Que EnTerritorio, en calidad de interventor, mediante correo electrónico de fecha 16 de agosto del 2025 dirigido a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS), informó el resultado de los diagnósticos habilitados viables presentados por el referido contratista, en el que se detalla el valor de los mejoramientos objeto de intervención, los cuales constituyen el valor de los subsidios familiares de vivienda discriminados en el artículo primero de este acto administrativo.
Que, mediante correo electrónico de fecha 20 de agosto de 2025, la Dirección de
mejoramientos objeto de intervención, los cuales constituyen el valor de los subsidios familiares de vivienda discriminados en el artículo primero de este acto administrativo.
Que, mediante correo electrónico de fecha 20 de agosto de 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema público aplicable a suelo urbano, según concepto emitido por EnTerritorio en calidad de interventor, frente a los hogares que cumplieron los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015. Que el mencionado listado, contó con el respectivo control de calidad reportado por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 20 de agosto de 2025, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y
NUEVE MIL SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($1.934.849.065).
Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el
el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el interventor contratado para el efecto. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso.
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Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.
Que, en mérito de lo expuesto,
cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar ciento treinta y nueve (139) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de público, por un valor total de MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($1.934.849.065) a los hogares que se relacionan a continuación:
No. CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SFV ($) 1 299258 21647453 TERESA DE
JESUS
PADILLA RODRIGUEZ ANTIOQUIA NECHÍ $ 13.920.000,00 2 264470 43698546 NEDIS
TERESA
ALEMAN VELASQUEZ ANTIOQUIA NECHÍ $ 13.920.000,00 3 313723 5045164 ELIECER URQUIZA TORO BOLÍVAR ARENAL $ 13.919.778,00 4 313757 7952500 EIDER ALFONSO TAFUR SIERRA BOLÍVAR ARENAL $ 13.919.807,00 5 274970 7952646 HUMBERTO SERNA HERNANDEZ BOLÍVAR ARENAL $ 13.918.805,00 6 219188 18913610 ARMANDO LOPEZ
GARCIA BOLÍVAR ARENAL $ 13.910.067,00
5 274970 7952646 HUMBERTO SERNA HERNANDEZ BOLÍVAR ARENAL $ 13.918.805,00 6 219188 18913610 ARMANDO LOPEZ GARCIA BOLÍVAR ARENAL $ 13.910.067,00 7 313927 22827610 YESENIA HERNANDEZ PACHECO BOLÍVAR ARENAL $ 13.914.642,00 8 314065 32886428 AIDA MILENA PALACIO FONSECA BOLÍVAR ARENAL $ 13.918.844,00 9 314251 49669174 BELLANIRA DUARTE FELIZZOLA BOLÍVAR ARENAL $ 13.918.621,00 10 314502 88309861 MIGUEL ANGEL JIMENEZ MARTINEZ BOLÍVAR ARENAL $ 13.919.272,00 11 314556 1007688107 ELKIN JAVIER PACHECO PALENCIA BOLÍVAR ARENAL $ 13.919.653,00 12 304479 1048557014 EDILFA BARBA FLOREZ BOLÍVAR ARENAL $ 13.919.067,00 13 314587 1065867146 CARMEN
AURORA
DUARTE FELIZZOLA BOLÍVAR ARENAL $ 13.919.959,00 14 304471 1094267368 MANUEL DE
JESUS ASCANIO PEÑA BOLÍVAR ARENAL $ 13.910.550,00 15 277959 33107275 ROSA ISABEL CARBAL BUELVAS BOLÍVAR SAN JACINTO $ 13.920.000,00 16 230115 30855735 DIANA
ESTHER
DE ANGEL
MARTINEZ BOLÍVAR ZAMBRANO $ 13.920.000,00
BUELVAS BOLÍVAR SAN JACINTO $ 13.920.000,00 16 230115 30855735 DIANA
ESTHER
DE ANGEL MARTINEZ BOLÍVAR ZAMBRANO $ 13.920.000,00 17 235372 4652256 ALBERTO
EUGENIO
DAZA VERGARA CAUCA CALOTO $ 13.920.000,00 18 235395 1094922962 JULIANA TORRES CARDONA CAUCA CALOTO $ 13.920.000,00 19 313981 25378407 ROSA TULIA MANZANO DE USURIAGA CAUCA CORINTO $ 13.920.000,00 20 321962 25379973 MARIA
SENOVIA
SANCHEZ CARO CAUCA CORINTO $ 13.920.000,00 21 272551 78297937 WILVER
ELIAS
CORDERO AGUDELO CÓRDOBA MONTELÍBANO $ 13.920.000,00 22 259616 78586547 JUAN MANUEL SIERRA
NORIEGA CÓRDOBA PUERTO LIBERTADOR $ 13.920.000,00
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No. CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
“Por la cual se asignan ciento treinta y nueve (139) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema público”
No. CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SFV ($) 23 262000 26215617 MARCELINA
MARIA PADILLA PEREZ CÓRDOBA TIERRALTA $ 13.920.000,00 24 310404 50934196 LUZ MARELI CONDE OSORIO CÓRDOBA TIERRALTA $ 13.920.000,00 25 313787 13104188 PEDRO RIASCOS RODRIGUEZ NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 26 316533 27270434 PARMENIA RODRIGUEZ MARTINEZ NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 27 314000 27270446 PETRONILA SILVA DE LEDESMA NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 28 316111 27270506 VERONICA ORTIZ DE PAZ NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 29 314001 27270699 NESTORIA RIASCOS RODRIGUEZ NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 30 313500 27270742 ESILDA RODRIGUEZ ARBOLEDA NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 31 313499 27270867 HORTENCIA TELLO VALENCIA NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 32 316537 27270874 MARIA
EUGENIA
DELGADO
31 313499 27270867 HORTENCIA TELLO VALENCIA NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 32 316537 27270874 MARIA
EUGENIA
DELGADO AGUIÑO NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 33 316538 27271035 FRANCIA CAMPAZ RODRIGUEZ NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 34 317368 36835083 CARMEN ELENA RODRIGUEZ SILVA NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 35 316720 1052974757 JOSE EBERTO ORTIZ VELASQUEZ NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 36 313497 1087703327 LUZ JENNY ORTIZ GUERRERO NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 37 303642 1089798611 ANSELMA VIAFARA VENTE NARIÑO LA TOLA $ 13.920.000,00 38 303629 26985230 RUT
MERCEDES
BRITO PINEDO LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 39 230755 27028093 MARTINA MICERIA PUSHAINA LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 40 253513 40978146 REBECA LOBO BELEÑO LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 41 255655 40978327 NURIS ESTHER PEREZ CAVAS LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 42 303581 64477708 RAQUEL SOFIA
MERCADO
41 255655 40978327 NURIS ESTHER PEREZ CAVAS LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 42 303581 64477708 RAQUEL
SOFIA
MERCADO HERNANDEZ LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 43 304225 84030207 ANIBAL
SEGUNDO
FUENMAYOR LADEUTH LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 44 303579 84110863 JAIDER
DAVID BETTIN RIVERA LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 45 304216 1121298775 YOBAN CARRILLO LINDO LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 46 303618 1131065114 LUZ MERLY AREVALO MOVILLA LA GUAJIRA ALBANIA $ 13.920.000,00 47 237919 5153133 HUMBERTO
SILVERIO
MEJIA CANTILLO LA GUAJIRA BARRANCAS $ 13.920.000,00 48 272229 26985653 ELIA SURAMA ARREGOCES PINTO LA GUAJIRA BARRANCAS $ 13.920.000,00 49 272243 49688337 ELIZABETH PEREZ QUIÑONEZ LA GUAJIRA BARRANCAS $ 13.920.000,00 50 272244 49731307 ANA BENZU TRUJILLO LA GUAJIRA BARRANCAS $ 13.920.000,00 51 266038 84007634 CARLOS
RAFAEL
FERNANDEZ
RUA LA GUAJIRA BARRANCAS $ 13.920.000,00
51 266038 84007634 CARLOS
RAFAEL
FERNANDEZ RUA LA GUAJIRA BARRANCAS $ 13.920.000,00 52 294987 84009281 RICARDO JAVIER MEJIA PINTO LA GUAJIRA BARRANCAS $ 13.920.000,00 53 266025 1122809858 KAREN
ROXANA
PELAEZ PELAEZ LA GUAJIRA BARRANCAS $ 13.920.000,00 54 225642 17956932 JAIRLAN
RAFAEL
MOLINA CARDENAS LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00 55 225762 26998467 DENIS MURGA BAQUERO LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00 56 264145 40807178 ROSA LUCIA ARTEAGA BARROS LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00 57 295600 56054714 YERILZA ELENA MENDOZA LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00 58 285299 56054822 MARIA CONCEPCION FUENTES LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00 59 225679 56056263 VIVIAN CAMARGO
GONZALEZ LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00
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No. CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SFV ($) 60 236211 56056489 HARLE
TATIANA
FREYLE MANJARRES LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00 61 287969 56056933 LEBITH GUERRA FERNANDEZ LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00 62 264074 1121040064 RUDYS MARIA ARGUELLES RODRIGUEZ LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00 63 225686 1121043085 KAREN DAYANA GONZALEZ LA GUAJIRA DISTRACCIÓN $ 13.920.000,00 64 332916 5172129 EUDES
MANUEL
ROMERO MORALES LA GUAJIRA EL MOLINO $ 13.920.000,00 65 274668 26983837 NULVIS
LEONOR
DUARTE BERTIS LA GUAJIRA HATONUEVO $ 13.920.000,00 66 274651 26989284 CARMEN PILAR GIL PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO $ 13.920.000,00 67 274656 1006855880 YESSICA PAOLA
MUEGUES
66 274651 26989284 CARMEN PILAR GIL PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO $ 13.920.000,00 67 274656 1006855880 YESSICA
PAOLA MUEGUES MORALES LA GUAJIRA HATONUEVO $ 13.920.000,00 68 274655 1017168261 RICAR ALVAREZ PALMEZANO LA GUAJIRA HATONUEVO $ 13.920.000,00 69 274666 1121297934 MERLIS CAROLINA BRITO BRITO LA GUAJIRA HATONUEVO $ 13.920.000,00 70 274642 1122808313 LILIBETH ORTIZ DUARTE LA GUAJIRA HATONUEVO $ 13.920.000,00 71 288117 17976712 JOSE
AUGUSTO
ROMERO SAURITH LA GUAJIRA LA JAGUA DEL PILAR $ 13.920.000,00 72 305922 27017101 FRANCIA ELENA SAURIT LA GUAJIRA LA JAGUA DEL PILAR $ 13.920.000,00 73 305866 42486653 EDUVIGIS DURAN SAURITH LA GUAJIRA LA JAGUA DEL PILAR $ 13.920.000,00 74 313450 26976746 ENITH ELENA BRITO RODRIGUEZ LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 75 300004 39480092 EVA EVELINA RODRIGUEZ IGUARAN LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 76 302644 40926332 LUZ MARI TORO MEJIA LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00
IGUARAN LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 76 302644 40926332 LUZ MARI TORO MEJIA LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 77 302639 84049086 GILBERTO ELIECER FANG HOYOS LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 78 303586 84095385 CESAR
MANUEL
FERNANDEZ NAVARRO LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 79 313567 84096682 RODOLFO
ARTURO
PINZON MARTINEZ LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 80 300002 1118832040 KELYI YINEIDI RODRIGUEZ MEDINA LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 81 300008 1118838633 CARLOS
ANDRES
MANJARRES GEOVO LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 82 306406 1118865127 JULEINYS ALFARO FONTALVO LA GUAJIRA RIOHACHA $ 13.920.000,00 83 229713 5185203 GELMAN JOSE LUIS
GAMEZ MEDERO LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 84 287369 17868854 MANUEL
ANTONIO
FREYLE EPIEYU LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 85 287367 27020922 CLARA AURORA EPIEYU LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 86 302041 56071640 MISTICA IPUANA
85 287367 27020922 CLARA AURORA EPIEYU LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 86 302041 56071640 MISTICA IPUANA EPIAYU LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 87 297051 84064566 JOSE MANUEL ROYS IPUANA LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 88 229776 84067825 SAUL
ENRIQUE
BAENA PUSHAINA LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 89 287366 1006913368 MONICA MARIA OTERO CARO LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 90 229744 1122839390 MARIA ELISA GONZALEZ IPUANA LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 91 229767 1124479382 MARIA
MAGDALENA
EPIAYU EPINAYU LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 92 287376 1124543840 UNAIBER LUIS FERNANDEZ LA GUAJIRA URIBIA $ 13.920.000,00 93 223679 27015460 DAMARIS MARIA
RAMIREZ OSPINO LA GUAJIRA VILLANUEVA $ 13.920.000,00 94 223803 56096853 GENEISE
ELENA JULIO RODRIGUEZ LA GUAJIRA VILLANUEVA $ 13.920.000,00 95 223685 56097474 RUBIS VELASQUEZ CAPERA LA GUAJIRA VILLANUEVA $ 13.920.000,00 96 223811 1121334243 MARIA
FERNANDA
URDIALES
95 223685 56097474 RUBIS VELASQUEZ CAPERA LA GUAJIRA VILLANUEVA $ 13.920.000,00 96 223811 1121334243 MARIA
FERNANDA
URDIALES
BULA LA GUAJIRA VILLANUEVA $ 13.920.000,00
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2024
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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No. CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SFV ($) 97 223812 1121334712 YAJAIRA
LEONOR
CABARCAS RAMIREZ LA GUAJIRA VILLANUEVA $ 13.920.000,00 98 235768 3076522 ANGEL MARIA TOVAR MAHECHA META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 99 284432 21175143 GLORIA VARGAS AVILES META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 100 284435 28867757 ARGENIS LOAIZA CUMACO META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 101 284430 31006947 ELIZABETH CASTILLO
100 284435 28867757 ARGENIS LOAIZA CUMACO META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 101 284430 31006947 ELIZABETH CASTILLO RODRIGUEZ META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 102 301316 31007492 ARACELY CORTES MORALES META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 103 290625 31037225 MARTHA
CONSUELO
ROMERO SARMIENTO META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 104 271032 40330771 DERLIS GONZALEZ PINILLO META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 105 284457 40411214 CLAUDIA YOLANDA JOVEN RUIZ META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 106 284434 1120353610 SULMA
ANDREA
OLARTE VARGAS META PUERTO LLERAS $ 13.920.000,00 107 219899 30054889 MARIA HELENA VILLALOBOS META VISTAHERMOSA $ 13.920.000,00 108 292105 40276278 MARIA
EDILMA
ARROYAVE TORO META VISTAHERMOSA $ 13.920.000,00 109 292101 40276735 NORALBA RODRIGUEZ CORONA META VISTAHERMOSA $ 13.920.000,00 110 219888 40277054 GLADYS RODRIGUEZ MORENO META VISTAHERMOSA $ 13.920.000,00 111 278552 40278586 KENNY
KARIME
DIAZ
MARTINEZ META VISTAHERMOSA $ 13.920.000,00
MORENO META VISTAHERMOSA $ 13.920.000,00 111 278552 40278586 KENNY
KARIME
DIAZ MARTINEZ META VISTAHERMOSA $ 13.920.000,00 112 278559 86057655 EDISON CAMACHO GOMEZ META VISTAHERMOSA $ 13.920.000,00 113 258953 1090985250 DENIS CAMILO RIOS ROJAS NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 13.920.000,00 114 322744 9716086 DARIEL BALMACEDA
PABON NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 13.920.000,00 115 322751 37329839 OLGA LUCIA MONCADA
ORTEGA NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 13.920.000,00 116 322747 88277085 FIDEL ANGEL GARAY
BAYONA NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 13.920.000,00 117 275621 9715006 AVELINO QUINTERO
TORRES
NORTE DE SANTANDER SAN CALIXTO $ 13.920.000,00 118 223919 1863387 EDILBERTO GAVIRIA QUIROZ PUTUMAYO PUERTO ASÍS $ 13.920.000,00 119 270874 16612288 GONZALO
ARTURO
VIVEROS DELGADO PUTUMAYO PUERTO ASÍS $ 13.920.000,00 120 223953 16647804 HEIDER
ALBERTO
COLLAZOS
AGREDO PUTUMAYO PUERTO ASÍS $ 13.920.000,00
DELGADO PUTUMAYO PUERTO ASÍS $ 13.920.000,00 120 223953 16647804 HEIDER
ALBERTO
COLLAZOS AGREDO PUTUMAYO PUERTO ASÍS $ 13.920.000,00 121 270911 18107319 HERIBERTO RODRIGUEZ ZAMORA PUTUMAYO PUERTO ASÍS $ 13.920.000,00 122 271004 18185459 CARLOS LOZANO PUTUMAYO PUERTO ASÍS $ 13.920.000,00 123 236002 18185116 NELSON
VICTORIANO
MUÑOZ BENAVIDES PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 124 231443 18186946 JOHN JAIRO DISU CASTRO PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 125 220369 25311453 IRMA GOMEZ ANACONA PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 126 220360 27313776 MERENCIANA ERASO DE SOLARTE PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 127 220385 41103665 MARTHA FRANCISCA CASTILLO PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 128 220391 41145416 YESENY MARELVI MORALES PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 129 220401 69030867 MARIA
HERMILA
ANDRADE RUALES PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 130 220379 1122337721 NILBA
LILIANA
VALLEJO BRAVO PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 131 220370 1122339027 JULIO
130 220379 1122337721 NILBA
LILIANA
VALLEJO BRAVO PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 131 220370 1122339027 JULIO
ANDRES
PASCAL MORIANO PUTUMAYO SAN MIGUEL $ 13.920.000,00 132 279016 18100878 GUILLERMO
NIÑO
VALLEJO SAPUYES PUTUMAYO VILLAGARZÓN $ 13.920.000,00 133 236450 25674171 EVANGELINA LUNA DE
MENESES PUTUMAYO VILLAGARZÓN $ 13.920.000,00
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2024
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Página 7 de 9Resolución No. 0606 DE 27 AGOSTO 2025 “Por la cual se asignan ciento treinta y nueve (139) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema público”
No. CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SFV ($) 134 220479 26637938 AMPARO NAVIA PARRA PUTUMAYO VILLAGARZÓN $ 13.920.000,00 135 275005 27359765 MARIA ERMENCIA TEZ DE TORO PUTUMAYO VILLAGARZÓN $ 13.920.000,00 136 275436 27041849 PATRICIA
135 275005 27359765 MARIA ERMENCIA TEZ DE TORO PUTUMAYO VILLAGARZÓN $ 13.920.000,00 136 275436 27041849 PATRICIA ESTHER LARA PEREZ SUCRE PALMITO $ 13.920.000,00 137 323296 7530292 HELIODORO BUENAVENTU RA MARIN TOLIMA RIOBLANCO $ 13.920.000,00 138 334705 14278732 ALFONSO PALMA VARGAS TOLIMA RIOBLANCO $ 13.920.000,00 139 327692 1111337289 BLANCA NUBIA
SANCHEZ
GUILOMBO TOLIMA RIOBLANCO $ 13.920.000,00
VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $1.934.849.065
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización de este.
Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a:
- La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada.
presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a:
- La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada. • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) La existencia de un diagnóstico que determine que la vivienda es viable para la ejecución de obras que permitan el mejoramiento de la misma, ii) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y iii) la emisión del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor.
Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Artículo 6. Comunicar el presente acto administrativo a la Empresa Promotora del Desarrollo Territorial – EnTerritorio, quien en calidad de interventor deberá mantener el control de los cupos y recursos asignados.
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Cal
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