MINVIVIENDA - Resolución 0627 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0627 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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RESOLUCIÓN NÚMERO 0627 DE 26 JUNIO 2026
“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 990 del 21 de noviembre de 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y dos (42) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 Fonvivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 3571 de 2011, modificado por el Decreto 1604 de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad encargada de formular, dirigir y coordinar las políticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda, financiación de vivienda, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento básico, así como de los instrumentos normativos para su implementación, y, programas en materia de vivienda urbana y rural que son ejecutados por Fonvivienda adscrito a este Ministerio, creado mediante el Decreto Ley 555 de 2003, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera. Que mediante el Decreto 1247 de 2022, se modificó el artículo 2.1.10.1.1.1.1. del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 del sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo referente a la formulación y ejecución de la política pública de vivienda rural, la cual tiene por finalidad “(...) coordinar y liderar la ejecución de proyectos de vivienda y mejoramiento de vivienda
la formulación y ejecución de la política pública de vivienda rural, la cual tiene por finalidad “(...) coordinar y liderar la ejecución de proyectos de vivienda y mejoramiento de vivienda encaminados a mejorar las condiciones de bienestar de la población ubicada en suelo rural y disminuir el déficit habitacional rural”.
Que conforme a lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene una línea estratégica de mejoramiento de vivienda, bajo el cual el Gobierno Nacional busca realizar la mayor cantidad de adecuaciones en este cuatrienio, atendiendo a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, locativas, estructurales, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.
Que Fonvivienda profirió la Resolución No. 990 del 21 de noviembre de 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y dos (42) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público” Que ENTERRITORIO, mediante comunicación distinguida con radicado 202632010006081 de 09 de febrero de 2026 informó lo siguiente en relación con el citado acto administrativo:
De la misma forma se evidenció, que en los valores reportados en el archivo Excel de fecha 28 de octubre de 2025, (documento adjunto) en el cual se reportó la información para la asignación de los subsidios de la resolución 0990 de fecha del 21 de noviembre de 2025 la cual está compuesta por, RESUMEN, HABILITADOS, SINFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
noviembre de 2025 la cual está compuesta por, RESUMEN, HABILITADOS, SINFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0627 del 26 JUNIO 2026 “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 990 del 21 de noviembre de 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y dos (42) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”
ASIGNAR, encontrándose diferencia en los valores reportados en la Hoja SIN ASIGNAR, para el siguiente beneficiario así:
No. CONTRATO
ENTerritorio SA Código Hogar
Cedula
Nombre
Apellido
Municipio Concepto Diagnostico Valor en Resolución de Asignación del SFV 1 224002 - INT.
RURAL 330585 73375893 GUSTAVO
RAFAEL
ZABALA
GUTIÉRREZ ZAMBRANO FINALIZADO $ 34.342.000,00
Y se requiere que se realice el ajuste de los valores, de acuerdo con los presupuestos de obra presentados por el contratista de obra y aprobados por ENTerritorio S.A., dado que el valor aprobado para cada uno de los Subsidios Familiares de Vivienda es de
TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL PESOS M/CTE ($
31.317.000,00).
No.
CONTRATO
TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL PESOS M/CTE ($
31.317.000,00).
No.
CONTRATO
ENTerritorio
Código Hogar
Cedula
Nombre
Apellido
Departamento
Municipio
Concepto Diagnostico Valor correcto para aclaración en Resolución de Asignación SFV No. 0990 de 2025 1 224002 - INT.
RURAL 330585 73375893 GUSTAVO
RAFAEL
ZABALA
GUTIÉRREZ BOLÍVAR ZAMBRANO FINALIZADO $ 31.317.000,00
Que el ajuste en el valor no afecta el objeto principal del subsidio familiar de vivienda rural otorgado, por cuanto las intervenciones de mejoramiento fueron ejecutadas y recibidas a satisfacción por el beneficiario, conforme al acta de recibo a satisfacción suscrita No: 208, la cual se anexa al presenta acto administrativo.
Que con base en lo anterior y en el entendido que al ajustarse el valor del subsidio familiar de vivienda asignado al hogar relacionado supra, modifica el valor global de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda del hogar beneficiario, el cual cumplió con los requisitos establecidos el Decreto 1077 de 2015, este se debe ajustar de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo. Que igualmente y con base en lo anterior, se considera adecuado proceder con la aclaración del clausulado de la Resolución de asignación, en el sentido de efectuar la corrección del valor de la asignación del subsidio asignado para el hogar reportado por parte de la interventoría.
del clausulado de la Resolución de asignación, en el sentido de efectuar la corrección del valor de la asignación del subsidio asignado para el hogar reportado por parte de la interventoría.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Modificar parcialmente la Resolución No. 990 del 21 de noviembre de 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y dos (42) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”, en el sentido de efectuar la corrección del valor consignado en la mencionada resolución de asignación en relación con el hogar reportado en la comunicación remitida por ENTERRITORIO, distinguida con el No. 202632010006081 de 09 de febrero de 2026, el cual cumplió con los requisitos establecidos el Decreto 1077 de 2015, a saber:
No.
Código Hogar
Cedula
Nombre
Apellido
Departamento
Municipio Valor correcto para aclaración en Resolución de Asignación SFV No. 0990 de 2025 1 330585 73375893 GUSTAVO
RAFAEL
ZABALA
GUTIÉRREZ BOLÍVAR ZAMBRANO $ 31.317.000,00
Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 990 del 21 de noviembre de 2025, se mantienen incólumes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado, la corrección se realiza únicamente para efectos de aclarar la información del hogar postulante cargada en el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda.
2025, se mantienen incólumes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado, la corrección se realiza únicamente para efectos de aclarar la información del hogar postulante cargada en el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda.
Artículo 3. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada por la Subdirección deFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0627 del 26 JUNIO 2026 “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 990 del 21 de noviembre de 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y dos (42) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”
Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del MVCT al Patrimonio Autónomo FideicomisoPrograma de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A. y comunicada a
ENTERRITORIO.
Artículo 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición Dada en Bogotá, D.C., el 26 JUNIO 2026
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2026.06.26
15:25:13 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda
Nubia Yineth Molina Contratista SSEVR Rosa Elena Espitia Riaño Directora DIVIS
Andrei Suarez Contratista SSEVR
Revisó: Catherin Muñoz Martínez
Contratista FNV Laura Marcela Sanguino Subdirectora SSEVRACTA DE RECIBO A SATISFACCIÓN DEL MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Página 1 de 5
ACTA RECIBO A SATISFACCIÓN BENEFICIARIO SFVR No. 208
1. INFORMACIÓN GENERAL
2. DESCRIPCIÓN DEL MEJORAMIENTO REALIZADO
3. CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA QUE SE RECIBE – MEJORAMIENTO MODULAR
Departamento Municipio Vereda
BOLÍVAR ZAMBRANO LA BENDICION
Nombre del Beneficiario Documento de Identidad Tipo de Mejoramiento
GUSTAVO RAFAEL ZABALA GUTIERREZ 73375893 MODULAR
Nombre del Programa
CAMBIA MI CASA
Entidad Otorgante Subsidio
FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
FONVIVIENDA
CONSORCIO MEJORAMIENTO DE VIVIENDA
COSTA CARIBE
Entidad Otorgante Subsidio
FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
FONVIVIENDA
CONSORCIO MEJORAMIENTO DE VIVIENDA
COSTA CARIBE
CONT. 004F-2024
Número y Fecha de la Resolución de Asignación del SFVR Resolución No. 0990 del 21 NOVIEMBRE 2025 2025-11-21
Valor del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en SMMLV En Pesos ($) 22 $ 31.317.000,00
Modulo de mejoramiento Baño - Cocina, de 4 mts x 3,80 mt, consta de 2 espacios un baño con aparatos sanitarios (lavamanos, sanitario, ducha y juego de incrustaciones) 1 lavadero hecho en sitio con fregadero y tanque con 2 llaves de chorro, enchapes en zonas húmedas (ducha, salpicadero lavamanos y lavadero), piso con enchape cerámico color blanco en el baño y lavadero piso en concreto pulido. Instalaciones eléctricas zona lavadero y baño: 2 tomas GFCI, 2 bombillas, 2 interruptores sencillos. Tubería hidro sanitaria completa que conecta con el sistema séptico y el tanque elevado. 1 puerta metalica con cerradura en la zona de acceso al baño. En el espacio de la cocina presenta un mesón de cocina de (1,50 x 0,60) incluye estufa de 4 puestos a gas, y lavaplatos con enchape en zona de
salpicadero y muros soporte del mesón, piso en concreto afinado. Instalaciones electricas: 1 toma GFCI 4 tomacorrientes dobles 1 bombilla y caja de 2 circuitos con polo a tierra, 1 interruptor triple.1 puerta metálica para ingreso a la cocina y 1 ventana. En las fachadas se instalan 2 bombillas. Mampostería confinada con ladrillo (bloque de arcilla) a la vista, fachadas impermeabilizadas con hidrófugo, Cubierta metalica termo acústica y sistema séptico completo hecho en sitio. BAÑO COCINA ELECTRICAS 3 GFCI, 1 interruptor triple, 2 interruptores sencillos, 4 tomacorrientes dobles, 5 bombillas, 1 caja de 2 circuitos con polo a tierra Cantidades enchape 23,88 m2
Elementos y acabados Cantidad Observaciones Ducha 1 Sencilla Sanitario 1 Ceramico color blanco Lavamanos 1 Ceramico color blanco Lavaplatos 1 Metalico incrustado en el mesón de cocina Lavadero 1 Hecho en sitio con fregadero y tanque de almacenamiento
versión 01-00ACTA DE RECIBO A SATISFACCIÓN DEL MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Página 2 de 5
Puertas 2 Metalicas de 2.39x0.90 Ventanas - vidrios 1 Metalica de 1x1.20 con vidrio de 4mm Estufa ecoeficiente 1 A gas de 4 puestos Enchapes 23.88 M2, ceramico blanco Mesones 1 Metalico de 1.50x0.60 Componente bioclimático ¿Cuál? 7 Calados para ventilación de baño
Estufa ecoeficiente 1 A gas de 4 puestos Enchapes 23.88 M2, ceramico blanco Mesones 1 Metalico de 1.50x0.60 Componente bioclimático ¿Cuál? 7 Calados para ventilación de baño Otros ¿Cuál? ----- -----
Instalaciones eléctricas e hidrosanitarias
Elemento Ejecutado Observaciones Tanque de Almacenamiento de Agua SI 500L Acceso al agua apta para consumo humano SI Solución de manejo de excretas y/o aguas residuales domésticas SI Sistema séptico completo hecho en sitio Instalaciones eléctricas internas SI 3GFCI, 1 interruptor triple, 2 interruptores sencillos, 4 tomacorrientes dobles, 5 bombillas, 1 caja de 2 circuitos con polo a tierra Sistemas alternativos de Agua y Energía ¿Cuál? SI Otros ¿Cuál?
5. DECLARATORIA RECIBIDO A SATISFACCIÓN DEL BENEFICIARIO
"Yo, GUSTAVO RAFAEL ZABALA GUTIERREZ mayor de edad, ciudadano(a) Colombiano(a), identificado(a) con cédula de ciudadanía número 73375893 expedida en ZAMBRANO, domiciliado en la Vereda LA BENDICION del Municipio de ZAMBRANO, Departamento de BOLÍVAR, en nombre propio y de los integrantes que conforman mi hogar, y como beneficiario del programa CAMBIA MI CASA cuya ejecución se financió con recursos del Subsidio de Mejoramiento de Vivienda Rural, declaro:
1. Que recibo a entera satisfacción el mejoramiento de vivienda ejecutado por CONSORCIO MEJORAMIENTO DE VIVIENDA COSTA CARIBE
declaro:
1. Que recibo a entera satisfacción el mejoramiento de vivienda ejecutado por CONSORCIO MEJORAMIENTO DE VIVIENDA COSTA CARIBE
2. Que acepto hacer la restitución del subsidio en el evento en que incumplamos con las condiciones establecidas en la ley.
Hace parte integral del presente documento el anexo de REGISTRO FOTOGRÁFICO. Todas las páginas que integran este documento deben venir con visto bueno del ejecutor.
"A través del presente documento se deja constancia de la entrega del mejoramiento de vivienda, el cual constituye en acervo probatorio para todos los efectos legales y reglamentarios que demanda este Programa de Promoción de Vivienda Rural; para constancia de lo anterior, firman el presente documento los intervienen a los 07 días del mes de ENERO de 2026."
Firma Ejecutor Firma Beneficiario Firma Interventor Nombre Ejecutor Nombre Beneficiario Nombre del Interventor
CONSORCIO MEJORAMIENTO DE VIVIENDA
COSTA CARIBE 1
GUSTAVO RAFAEL ZABALA GUTIERREZ HADNER ENRIQUE SILVA GONZALEZ Numero Documento Numero Documento C.C. Interventor 901786891-7 73375893 84077020
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versión 01-00ACTA DE RECIBO A SATISFACCIÓN DEL MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Página 3 de 5
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versión 01-00ACTA DE RECIBO A SATISFACCIÓN DEL MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Página 4 de 5
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versión 01-00ACTA DE RECIBO A SATISFACCIÓN DEL MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Página 5 de 5
La propiedad no está definida.
Intervención 6 antes Intervención 6 después
La propiedad no está definida.
versión 01-00