MINVIVIENDA - Resolución 0646 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0646 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Que mediante la Circular 2023EE0040709 del 15 de mayo de 2023 se abrió la convocatoria a registro de gestores de mejoramientos de viviendas, por medio de la cual se buscó vincular asociaciones populares, oferentes de mejoramientos, constructores, asociaciones público populares, juntas de acción comunal, entes territoriales y sus entidades descentralizadas, cajas de compensación familiar, entidades sin ánimo de lucro, comunidades étnicas, organizaciones no gubernamentales, agremiaciones, organizaciones populares de vivienda, organizaciones comunitarias, organizaciones de mujeres, consejos comunitarios, entidades del sector solidario, entidades públicas, entre otras interesadas en hacer RESOLUCIÓN NÚMERO 0646 DE 03 JULIO 2026 “Por medio de la cual se aceptan tres (03) renuncias al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente las Resoluciones 248 del 16 de mayo de 2025, 299 del 30 de mayo de 2025 y 885 del 30 de octubre de 2025”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077
en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9.
Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.
Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.
Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077
así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.
Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda. Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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parte de este programa, a través de la gestión y ejecución de mejoramientos de Resolución No. 0646 de 03 JULIO 2026
“Por medio de la cual se acepta tres (03) renuncias al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente las Resoluciones 248 del 16 de mayo de 2025, 299 del 30 de mayo de 2025 y 885 del 30 de octubre de 2025”
vivienda.
Que, posteriormente, a través de la Circular 0002 del 30 de agosto de 2023 expedida por el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, aclarada mediante la Circular 0005
vivienda.
Que, posteriormente, a través de la Circular 0002 del 30 de agosto de 2023 expedida por el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, aclarada mediante la Circular 0005 del 14 de marzo de 2024, se precisaron los requisitos para la ejecución del Esquema de gestión comunitaria , realizando la descripción de los actores, etapas y trámites administrativos, con el fin de que los interesados pudieran expresar su interés y suscribir los anexos requeridos para participar en la ejecución de dicho esquema.
Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema de Gestión Comunitaria ” y “ Rural Esquema de Gestión Comunitaria”.
Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios. Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinar á la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en
intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de pre -construcción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares postulados por los gestores INVERSIONES ALED SAS, JOSE NICOLAS NASRALLAH ACOSTA y EFRAIN FUENTES QUINTERO cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Que, con fundamento en la norma citada, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda expidió las Resoluciones, mediante la cual se asignó subsidio familiar de vivienda a hogares beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda, entre los cuales se encuentran los hogares representados por las siguientes personas:
Res. Fecha Res CEDULA GESTOR MUNICIPIO NOMBRES APELLIDOS VR. SFV
248
16/10/2025
59681842 INVERSIONES
ALED SAS
SAN ANDRÉS
DE TUMACONARIÑO
MIRIAN
MARLEN
HURTADO
RIASCOS
$ 15.600.000 299 30/05/2025 42450619 EFRAIN FUENTES
QUINTERO
PUEBLO BELLO – CESAR JUANA PAVAJEAU MOJICA $ 15.600.000
885
30/10/2025
1020786768
JOSE NICOLAS
QUINTERO
PUEBLO BELLO – CESAR JUANA PAVAJEAU MOJICA $ 15.600.000
885
30/10/2025
1020786768
JOSE NICOLAS
NASRALLAH
ACOSTA
TIERRALTACORDOBA
DAMYS
NUÑEZ ALVAREZ
$ 15.600.000
Que mediante correos electrónicos de fechas 8, 15 y 20 de mayo de 2026, Enterritorio remitió a esta entidad solicitud de renuncias libres y voluntarias al subsidio de mejoramiento asignados a través de las Resoluciones 248 del 16 de mayo de 2025, 299 del 30 de mayo de 2025 y 885 del 30 de octubre de 2025, en el marco delFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0646 de 03 JULIO 2026
“Por medio de la cual se acepta tres (03) renuncias al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente las Resoluciones 248 del 16 de mayo de 2025, 299 del 30 de mayo de 2025 y 885 del 30 de octubre de 2025”
programa de mejoramiento de vivienda de los hogares que se relacionan a continuación.
CEDULA NOMBRES APELLIDOS FECHA ACTA DE DESISTIMIENTO
59681842 MIRIAN MARLEN HURTADO RIASCOS MAYO DE 2025
programa de mejoramiento de vivienda de los hogares que se relacionan a continuación.
CEDULA NOMBRES APELLIDOS FECHA ACTA DE DESISTIMIENTO
59681842 MIRIAN MARLEN HURTADO RIASCOS MAYO DE 2025
42450619 JUANA PAVAJEAU MOJICA 20 DE ABRIL DE 2026
1020786768 DAMYS NUÑEZ ALVAREZ 27 DE MARZO DE 2026
Que el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único de Vivienda 1077 de 2015 establece: “El beneficiario del subsidio de que trata el presente capítulo podrá, antes del inicio de las obras, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros mayores de edad solicitantes del subsidio.”
Que, una vez verificadas las renuncias al Subsidio Familiar de Vivienda presentadas por los hogares, se evidencia el cumplimiento del marco normativo dispuesto en el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 Decreto 1077 de 2015, advirtiendo que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda consultó el área de pagos y se constató que no se ha desembolsado ni total ni parcialmente el subsidio asignado, de la siguiente manera:
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Aceptar las renuncias a los Subsidio Familiar de Vivienda, otorgados en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda, en relación con los hogares que se indican a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo
Artículo 1. Aceptar las renuncias a los Subsidio Familiar de Vivienda, otorgados en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda, en relación con los hogares que se indican a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único de Vivienda 1077 de 2015 y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:
Res. Fecha Res CEDULA GESTOR MUNICIPIO NOMBRES APELLIDOS VR. SFV
248
16/10/2025
59681842 INVERSIONES
ALED SAS
SAN ANDRÉS DE
TUMACONARIÑO
MIRIAN
MARLEN
HURTADO
RIASCOS
$ 15.600.000
299
30/05/2025
42450619
EFRAIN
FUENTES
QUINTERO
PUEBLO BELLO –
CESAR
JUANA PAVAJEAU
MOJICA
$ 15.600.000
885
30/10/2025
1020786768
JOSE NICOLAS
NASRALLAH
ACOSTA
TIERRALTACORDOBA
DAMYS
NUÑEZ ALVAREZ
$ 15.600.000
Artículo 2. Modificar parcialmente las Resoluciones 248 del 16 de mayo de 2025, 299 del 30 de mayo de 2025 y 885 del 30 de octubre de 2025, en el sentido de dejar sin efecto la asignación de los hogares relacionados en el artículo primero de la
299 del 30 de mayo de 2025 y 885 del 30 de octubre de 2025, en el sentido de dejar sin efecto la asignación de los hogares relacionados en el artículo primero de la presente resolución. Artículo 3. Los demás acápites y apartes de las Resoluciones 248 del 16 de mayo de 2025, 299 del 30 de mayo de 2025 y 885 del 30 de octubre de 2025, expedida por Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0646 de 03 JULIO 2026
“Por medio de la cual se acepta tres (03) renuncias al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente las Resoluciones 248 del 16 de mayo de 2025, 299 del 30 de mayo de 2025 y 885 del 30 de octubre de 2025”
Artículo 4. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y territorio publicará la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Artículo 5. Esta resolución será comunicada por la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y territorio, al Patrimonio Autónomo constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 3de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y territorio, al Patrimonio Autónomo constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 31-83679 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogotá́, ahora Aval Fiduciaria y los gestores relacionados en el cuadro expuesto en el artículo primero del presente Acto Administrativo quienes, a su vez, comunicarán este acto administrativo a los hogares relacionados en el artículo primero.
Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 03 JULIO 2026
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSO
N ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON
ARTURO
Fecha: 2026.07.03
ARTURO GALE10A: 2N9: 4O7 -0A5'V00I' LA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda Fonvivienda
Elaboro:
Angie Hernández
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
Revisó: Juliana Toro Cadavid
Cargo: Subdirectora
Oficina: SSFV
Jhon Meyer
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
María Antonia Prieto Contratista PA 030F – 2025
Aprobó: Rosa Elena Espitia
Cargo: Directora
Oficina: SSFV
Jhon Meyer
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
María Antonia Prieto Contratista PA 030F – 2025
Aprobó: Rosa Elena Espitia Cargo: Directora Oficina: DIVIShttps://outlook.cloud.microsoft/mail/inbox/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAM7mCvAo1PVOoyf1BAe2Dx0%3D 1/3 22/6/26, 13:44 Bandeja de entrada: Angie Lizeth Hernandez Pena - Outlook
Outlook
RV: Comunicaciones de traslado por competencia
Desde Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co> Fecha Mié 3/06/2026 19:54 Para Angie Lizeth Hernandez Pena <AHernandez@minvivienda.gov.co> CC Juan Manuel Monroy Ramirez <JMMonroy@minvivienda.gov.co>
2 archivos adjuntos (2 MB) 202632010025511 Revocatoria por renuncia Damys Nuñez.pdf; 202632010025691 Revocatoria por fallecimiento Tirsa Diaz.pdf;
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De: Laura Catalina Rodriguez Nieto <lrodrig7@enterritorio.gov.co> Enviado el: viernes, 8 de mayo de 2026 10:05 a. m.
Para: Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co>; Nubia Yineth Molina Cabrera <NMolina@minvivienda.gov.co>; Andrei Alexander Suarez
Moreno <ASuarez@minvivienda.gov.co>; Yeny Andrea Pachon Alonso <ypachon@minvivienda.gov.co> CC: Rosa Elena Espitia Riano <REspitia@minvivienda.gov.co>; Claudia Xiomara Hernandez Medina <chernan5@enterritorio.gov.co>; Jorge Armando Mariño Andrade <jmarino@enterritorio.gov.co>; Juan Manuel Monroy Ramirez <JMMonroy@minvivienda.gov.co>; Juan Pablo Serna Buitrago <JPSerna_FDB@minvivienda.gov.co>; Claudia Carolina Pulido Marino <cpulid@enterritorio.gov.co> Asunto: Comunicaciones de traslado por competencia Buenos días para todos, De la manera más atenta, me permito adjuntar las comunicaciones correspondientes a traslados por competencia, para su respectivo trámite. Así mismo, se anexan las carpetas en Drive que contienen los soportes relacionados.https://outlook.cloud.microsoft/mail/inbox/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAM7mCvAo1PVOoyf1BAe2Dx0%3D 2/3
JOSE NICOLLAS - DAMY NUÑEZ25511
INVIABLES 25721
Inviables 25731
INVIABLES 25741
GEOTIRSA DIAZ25691 22/6/26, 13:44 Bandeja de entrada: Angie Lizeth Hernandez Pena - Outlook
Quedo atenta a cualquier observación. Gracias,
LAURA CATALINA RODRIGUEZ NIETO
Contratista - Profesional Jurídica Grupo de Evaluación de Proyectos Grupo de Supervisión Urbana lrodrig7@enterritorio.gov.co (+57) 316-4145058
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Gracias De: Laura Catalina Rodriguez Nieto <lrodrig7@enterritorio.gov.co> Enviado el: viernes, 15 de mayo de 2026 11:10 a. m.
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Así mismo, se anexan las carpetas en Drive que contienen los soportes relacionados.https://outlook.cloud.microsoft/mail/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAIpZwXdhfHpOiaBy%2BxiDEms%3D 2/2
JOSE NICOLASVALENTINA27261
EFRAIN FUENTESJUANA27291
INVIABLES 27301
LAURA CATALINA RODRIGUEZ NIETO
Contratista - Profesional Jurídica Grupo de Evaluación de Proyectos Grupo de Supervisión Urbana lrodrig7@enterritorio.gov.co (+57) 316-4145058 Calle 26 # 13-19 Piso 29, Bogotá D.C. - Piso 26 http://www.enterritorio.gov.co
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Cordial saludo, Yo, DAMYZ NUÑEZ ALVAREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1020786768, por medio de la presente me permito manifestar de manera respetuosa mi renuncia voluntaria al beneficio de mejoramiento de vivienda por motivos personales Agradezco la atención prestada y la compresión frente a mi decisión. Atentamente, DAMYS NUÑEZ ALVAREZ C.C. 1020786768https://outlook.cloud.microsoft/mail/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAIpZwXdhfHpOiaBy%2BxiDEms%3D 1/2
22/6/26, 13:16
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Desde Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co> Fecha Mié 3/06/2026 19:34 Para Angie Lizeth Hernandez Pena <AHernandez@minvivienda.gov.co> CC Juan Manuel Monroy Ramirez <JMMonroy@minvivienda.gov.co>
2 archivos adjuntos (2 MB) 202632010027261 Revocatoria Valentina.pdf; 202632010027451 inviables 2 por renuncia.pdf;
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Gracias De: Laura Catalina Rodriguez Nieto <lrodrig7@enterritorio.gov.co> Enviado el: viernes, 15 de mayo de 2026 11:10 a. m.
2/2
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LABORATORIO BRIOMETRICAL
HBO
MULTISERVI
INVIABLES 27451
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Gracias,
LAURA CATALINA RODRIGUEZ NIETO
Contratista - Profesional Jurídica Grupo de Evaluación de Proyectos Grupo de Supervisión Urbana lrodrig7@enterritorio.gov.co (+57) 316-4145058 Calle 26 # 13-19 Piso 29, Bogotá D.C. - Piso 26 http://www.enterritorio.gov.co
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Gracias,
LAURA CATALINA RODRIGUEZ NIETO
Contratista - Profesional Jurídica Grupo de Evaluación de Proyectos Grupo de Supervisión Urbana lrodrig7@enterritorio.gov.co (+57) 316-4145058 Calle 26 # 13-19 Piso 29, Bogotá D.C. - Piso 26 http://www.enterritorio.gov.co
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22/6/26, 13:28
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RV: Comunicacion de traslado por competencia
Desde Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co> Fecha Mié 3/06/2026 19:20 Para Angie Lizeth Hernandez Pena <AHernandez@minvivienda.gov.co> CC Juan Manuel Monroy Ramirez <JMMonroy@minvivienda.gov.co>
1 archivo adjunto (1 MB) 202632010028501 Renuncia Mirian Hurtado.pdf;
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De: Laura Catalina Rodriguez Nieto <lrodrig7@enterritorio.gov.co> Enviado el: miércoles, 20 de mayo de 2026 9:36 a. m.
Para: Nubia Yineth Molina Cabrera <NMolina@minvivienda.gov.co>; ypachon@minvivienda.gov.co yenny pachon subsidios mvct <ypachon@minvivienda.gov.co>; Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co>; Andrei Alexander Suarez Moreno <ASuarez@minvivienda.gov.co>
<ypachon@minvivienda.gov.co>; Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co>; Andrei Alexander Suarez Moreno <ASuarez@minvivienda.gov.co> CC: Rosa Elena Espitia Riano <REspitia@minvivienda.gov.co>; Sonia Janeth Castellanos Morales <scastell@enterritorio.gov.co>; Jorge Armando Mariño Andrade <jmarino@enterritorio.gov.co>; Andrea del Pilar Suárez Mesa <dsuarez@enterritorio.gov.co>; Claudia Xiomara Hernandez Medina <chernan5@enterritorio.gov.co>; Claudia Carolina Pulido Marino <cpulid@enterritorio.gov.co>; Juan Pablo Serna Buitrago <JPSerna_FDB@minvivienda.gov.co>; Juan Manuel Monroy Ramirez <JMMonroy@minvivienda.gov.co> Asunto: Comunicacion de traslado por competencia Buenos días para todos, De la manera más atenta, me permito adjuntar las comunicaciones correspondientes a traslados por competencia, para su respectivo trámite.https://outlook.cloud.microsoft/mail/inbox/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAHa4P0PH7mhDgdS66tigp%2BQ%3D 2/2
INVERSIONES ALEDMIRIAN HURTADO -28501
AURA SUSANA 2
JORGE IVAN MACHADO
22/6/26, 13:28
Bandeja de entrada: Angie Lizeth Hernandez Pena - Outlook Así mismo, se anexan las carpetas en Drive que contienen los soportes relacionados.
Gracias,
LAURA CATALINA RODRIGUEZ NIETO
Contratista - Profesional Jurídica Grupo de Evaluación de Proyectos Grupo de Supervisión Urbana