MINVIVIENDA - Resolución 0647 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0647 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 0647 DE 09 SEPTIEMBRE 2025
“Por el cual se establece la distribución de los cupos del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Departamento de Antioquia, correspondientes a los recursos del Presupuesto General de la Nación asignado a FONVIVIENDA, en el marco de la convocatoria de Vivienda Nueva Rural dispersa “Vivienda Rural en Nuestro Hábitat Biodiverso”, en aplicación de la Resolución No. 0360 de 2025 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.”
LA DIRECTORA EJECUTIVA (D) DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8 y 9 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 2.1.10.1.1.2.1 del Decreto 1341 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia dispone que, son fines esenciales del Estado, entre otros, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución y que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Que el artículo 51 ídem señala que todos los colombianos tienen derecho a una vivienda digna y que el Estado fijará las condiciones para hacer efectivo este derecho.
del Estado y de los particulares. Que el artículo 51 ídem señala que todos los colombianos tienen derecho a una vivienda digna y que el Estado fijará las condiciones para hacer efectivo este derecho.
Que de conformidad con los numerales 2 y 3 del artículo 8 del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en adelante FONVIVIENDA, dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones y asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno nacional.
Que en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, se determinó que para el desarrollo y ejecución de la política pública de vivienda rural se podrán administrar recursos del subsidio familiar de vivienda rural en todas sus modalidades, a través de la celebración de uno o varios contratos de fiducia mercantil y la consecuente constitución de uno o varios patrimonios autónomos los cuales podrán contratar todas las actividades relacionadas con la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural (SFVR), incluida la asistencia técnica y operación del programa, encargos de gestión, ejecución de obras, interventoría, compraventa de viviendas y predios rurales, así como el acompañamiento social. Que FONVIVIENDA, en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 23 de la Ley 1469 de 2011, adelantó un proceso de selección regulado por derecho privado, tendiente a seleccionar la sociedad fiduciaria con la que se celebraría el contrato de fiducia mercantil a través el cual se ejecutará el Programa "VIVIENDA RURAL".
tendiente a seleccionar la sociedad fiduciaria con la que se celebraría el contrato de fiducia mercantil a través el cual se ejecutará el Programa "VIVIENDA RURAL".
Que conforme a lo anterior, FONVIVIENDA celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No. 027 de 2020, cuyo objeto consiste en: “la constitución de un patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO - PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL, por medio del cual se realizará la administración de los RECURSOS que transfiera el FIDEICOMITENTE o que, en general, se transfieran al FIDEICOMISO constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere el programa de promoción de vivienda rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el FIDEICOMITENTE, y/o los órganos contractuales del patrimonio autónomo.
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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Fecha: 29/04/2025
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Resolución No. 0647 del 09 SEPTIEMBRE 2025
PBX: (601) 914 21 74
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Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Resolución No. 0647 del 09 SEPTIEMBRE 2025 “Por el cual se establece la distribución de los cupos del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Departamento de Antioquia, correspondientes a los recursos del Presupuesto General de la Nación asignado a FONVIVIENDA, en el marco de la convocatoria de Vivienda Nueva Rural dispersa “Vivienda Rural en Nuestro Hábitat Biodiverso”, en aplicación de la Resolución No. 0360 de 2025 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.”
Para todos los efectos legales, el patrimonio autónomo que se crea en desarrollo del contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No. 027 de 2020 se tendrá como un patrimonio autónomo del artículo 23 de la Ley 1469 de 2011 y del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012".
Que en atención a lo dispuesto en el artículo 2.1.10.1.1.1.1 del Decreto 1077 de 2015 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0360 del 13 de junio de 2025 “Por la cual se adoptan reglas para la identificación y priorización de los departamentos en los cuales se asignará el subsidio familiar de vivienda rural, bajo la modalidad de vivienda nueva en especie y se adoptan las reglas específicas para la asignación de cupos en la vigencia 2025”.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio invitó a los departamentos del país
modalidad de vivienda nueva en especie y se adoptan las reglas específicas para la asignación de cupos en la vigencia 2025”.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio invitó a los departamentos del país a participar en la Convocatoria No. 001 de 2025 “Vivienda Rural en Nuestro Hábitat Biodiverso” bajo la modalidad de vivienda rural dispersa para la vigencia 2025, fijándose el plazo para recibir propuestas del 16 de junio de 2025 (00:00:00 Horas) al 11 de julio de 2025 (24:00:00 Horas) previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.
Que en el marco del Contrato de fiducia mercantil de Administración y Pagos No. 027 de 2020, FIDEICOMISO – PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL, se dispuso un presupuesto estimado en la suma de NOVENTA MIL NOVENTA MILLONES DE PESOS ($90.090.000.000) del Presupuesto General de la Nación, correspondientes a la vigencia fiscal 2025, con los cuales se cofinanciarán y se asignarán los cupos del SFVR por departamentos hasta agotar los recursos. Que de acuerdo con lo establecido en la Resolución 0360 del 13 de junio de 2025, se recibieron trece (13) propuestas provenientes de igual número de departamentos del país, las cuales fueron evaluadas conforme a los criterios allí definidos. Como resultado del proceso, diez (10) propuestas cumplieron con todos los requisitos de la convocatoria y fueron calificadas, mientras que tres (3) no atendieron las observaciones realizadas. Que de las diez (10) propuestas seleccionadas, y de acuerdo con los mayores puntajes
del proceso, diez (10) propuestas cumplieron con todos los requisitos de la convocatoria y fueron calificadas, mientras que tres (3) no atendieron las observaciones realizadas. Que de las diez (10) propuestas seleccionadas, y de acuerdo con los mayores puntajes obtenidos por los departamentos participantes y con los recursos disponibles, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio eligió seis (6) propuestas, a través de las cuales se beneficiarán mil doscientos (1.200) hogares rurales con la construcción de sus viviendas. Dentro de estas seis (6) propuestas, el departamento de Antioquia ocupó el segundo lugar, así:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Resolución No. 0647 del 09 SEPTIEMBRE 2025 “Por el cual se establece la distribución de los cupos del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Departamento de Antioquia, correspondientes a los recursos del Presupuesto General de la Nación asignado a FONVIVIENDA, en el marco de la convocatoria de Vivienda Nueva Rural dispersa “Vivienda Rural en Nuestro Hábitat Biodiverso”, en aplicación de la Resolución No. 0360 de 2025 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.”
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución No. 0360 de 2025 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y teniendo en cuenta la manifestación de interés presentada por el Departamento de Antioquia a través de la Empresa de Vivienda de
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución No. 0360 de 2025 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y teniendo en cuenta la manifestación de interés presentada por el Departamento de Antioquia a través de la Empresa de Vivienda de Antioquia – VIVA, así como el cupo de recursos del SFVR con el que cuenta FONVIVIENDA a través del FIDEICOMISO PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL, es pertinente efectuar la distribución de dichos cupos, de conformidad con el resultado obtenido en el proceso de evaluación.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Recursos disponibles. FONVIVIENDA en su condición de Fideicomitente del Contrato de Fiducia Mercantil de Administración y Pagos No. 027 de 2020, FIDEICOMISO – PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL cuenta con un presupuesto estimado en la suma de NOVENTA MIL NOVENTA MILLONES DE PESOS ($90.090.000.000), valor que se encuentra incorporado al FIDEICOMISO PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL constituido mediante el Contrato de Fiducia Mercantil de Administración y Pagos No. 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A. Artículo 2. Distribución de recursos del SFVR con cargo al presupuesto de la convocatoria. Del presupuesto estimado del que trata el artículo precedente, se distribuirán DOCE MIL OCHOCIENTOS ONCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($12.811.500.000), los cuales corresponden a la cofinanciación del 50% por
convocatoria. Del presupuesto estimado del que trata el artículo precedente, se distribuirán DOCE MIL OCHOCIENTOS ONCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($12.811.500.000), los cuales corresponden a la cofinanciación del 50% por parte de FONVIVIENDA en cumplimiento de los criterios definidos en la Resolución No. 0360 del 2025 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el departamento de Antioquia, así:
No. DEPARTAMENTO No.
CUPOS No.
MUNICIPIOS MUNICIPIOS CUPOS POR
MUNICIPIOS
ANORÍ 20
ARBOLETES 20
BRICEÑO 20
ANTIOQUIA CAREPA 20
CAUCASIA 20
1 EMPRESA DE VIVIENDA DE 200 10 EL BAGRE 20
ANQUIOQUIA - VIVA MURINDÓ 20
SEGOVIA 20
TURBO 20
URRAO 20
Tabla No. 1 Distribución de cupos. Fuente: Dirección de Vivienda Rural.
Artículo 3. Asignación de cupos del SFVR. La asignación de cupos de subsidios al departamento de Antioquia se efectuará de manera condicionada en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el artículo 8 de la Resolución 0360 de 2025.
Artículo 4. Redistribución de cupos. En caso de que FONVIVIENDA identifique la disponibilidad de recursos por distribuir, con ocasión de la pérdida de cupos de uno o varios departamentos, en cualquier momento del proceso, podrá asignar cupos adicionales conforme al orden de calificación de las propuestas según el Índice deFondo Nacional de Vivienda
disponibilidad de recursos por distribuir, con ocasión de la pérdida de cupos de uno o varios departamentos, en cualquier momento del proceso, podrá asignar cupos adicionales conforme al orden de calificación de las propuestas según el Índice deFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Resolución No. 0647 del 09 SEPTIEMBRE 2025 “Por el cual se establece la distribución de los cupos del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Departamento de Antioquia, correspondientes a los recursos del Presupuesto General de la Nación asignado a FONVIVIENDA, en el marco de la convocatoria de Vivienda Nueva Rural dispersa “Vivienda Rural en Nuestro Hábitat Biodiverso”, en aplicación de la Resolución No. 0360 de 2025 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.”
Focalización de Vivienda Rural - IFVR, o habilitar la presentación de nuevas propuestas por parte de los departamentos participantes.
Artículo 5. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días de SEPTIEMBRE de 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por Juliana Toro Cadavid Cadavid
Fecha: 2025.09.09
12:07:11 -05'00'
JULIANA TORO CADAVID
Directora Ejecutiva (D) del Fondo Nacional de Vivienda
por Juliana Toro Cadavid Cadavid
Fecha: 2025.09.09
12:07:11 -05'00'
JULIANA TORO CADAVID
Directora Ejecutiva (D) del Fondo Nacional de Vivienda
Estefany García Contratista Subdirección de Política y Apoyo Técnico DVR
Ximena Monroy Mora Contratista Subdirección de Política y Apoyo Técnico DVR
Adriana Álvarez Contratista Subdirección de Política y Apoyo Técnico DVR
Edwin Sanchez Profesional Especializado DVR
Alejandro Charris Flórez Subdirector de Política y Apoyo Técnico DVR Marisella Calpa Gómez
Directora de Vivienda Rural
Eduardo Calderón Rodríguez Contratista PA CTO 023F – 2025 Carolina Monroy Contratista PA CTO 001F-2025 Juliana Toro