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MINVIVIENDA - Resolución 0681 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0681 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 2

RESOLUCIÓN NÚMERO 0681 DE 18 SEPTIEMBRE 2025

“Por la cual se acepta una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda del programa de Ahorro en modalidad de adquisición, en el marco del programa Semillero de Propietarios - Ahorradores”

LA DIRECTORA EJECUTIVA (D) DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la ley 1537 de 2012 y el Decreto 1077 de 2015 que reglamenta el Programa “Semillero de Propietarios Ahorradores” y

CONSIDERANDO: Que, el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (…)”.

Que, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”

Que, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, en el capítulo 9, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio Nro. 1077 de 2015, se incorporó el Programa de Vivienda “Semillero de Propietarios – Ahorradores”, destinado a promover la adquisición de vivienda a través del ahorro y el acceso al crédito hipotecario y el leasing habitacional como mecanismos de financiación, entre la población con ingresos de hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes para que sea complementario al otorgado en el marco del Programa de Adquisición de Vivienda "Mi Casa Ya".

Que, con fundamento en la norma citada, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda expidió la Resolución Nro. 2234 de 2022, “por la cual se asignaron cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda con requisitos de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios – Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva”. Que, al hogar del señor CARLOS JAIRO QUINTERO PIAMONTE, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1.049.640.413., se le asignó un subsidio familiar de vivienda por medio de la resolución precitada.

Que, el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único Reglamentario de Vivienda 1077

medio de la resolución precitada.

Que, el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único Reglamentario de Vivienda 1077 de 2015 establece: “Renuncia al subsidio. El beneficiario del subsidio podrá, en cualquier momento, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita en forma conjunta por los miembros del grupo familiar mayores de edad y la devolución a la entidad otorgante del documento que acredita la asignación del subsidio respectivo. La renuncia oportuna al subsidio implica el derecho a postular nuevamente.”

Que, la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda recibió comunicación escrita por parte del siguiente hogar beneficiario, mediante el cual presentó renuncia de manera voluntaria al subsidio familiar de vivienda asignado por el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, en el marco del programa semillero de propietariosahorradores, por cuanto no hará uso del mismo:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0681 del 18 SEPTIEMBRE 2025

“Por la cual se acepta una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda del programa de Ahorro en modalidad de adquisición, en el marco del programa Semillero de Propietarios - Ahorradores”

Nro. ID hogar Nro. Resolución Fecha de Resolución Cédula Nombre Apellido Valor SFV Radicado de renuncia

modalidad de adquisición, en el marco del programa Semillero de Propietarios - Ahorradores”

Nro. ID hogar Nro. Resolución Fecha de Resolución Cédula Nombre Apellido Valor SFV Radicado de renuncia 1 65563 2234 02/12/2022 1049640413 CARLOS JAIRO

QUINTERO

PIAMONTE

$6.000.000 2025ER0083395 Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda otorgado en el marco del Programa “Semillero de Propietarios - Ahorradores”, presentada por el hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6, del Decreto único Reglamentario de vivienda 1077 de 2015 y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:

Nro. ID hogar Nro. Resolución Fecha de Resolución Cédula Nombre Apellido Valor SFV Radicado de renuncia 1 65563 2234 02/12/2022 1049640413 CARLOS JAIRO

QUINTERO

PIAMONTE

$6.000.000 2025ER0083395 Artículo 2. Modificar parcialmente la Resolución Nro. 2234 del 02 de diciembre de 2022, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del subsidio familiar de vivienda al hogar relacionado en el artículo 1 del presente acto administrativo.

Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la Resolución 2234 del 02 de diciembre

2022, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del subsidio familiar de vivienda al hogar relacionado en el artículo 1 del presente acto administrativo.

Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la Resolución 2234 del 02 de diciembre de 2022, expedida por el Fondo Nacional de Vivienda -Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 4. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Artículo 5. Comunicar esta decisión al hogar citado en el artículo 1° y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Semillero de Propietarios – Ahorradores, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 de 2020, suscrito con la BBVA ASSET Management Sociedad Fiduciaria S.A.

Artículo 6. Contra este acto administrativo no procede recurso alguno. Artículo 7. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación. Dada en Bogotá, D.C., 18 SEPTIEMBRE 2025

PUBLÍQUESE COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Firmado digitalmente Juliana Toro por Juliana Toro Cadavid

Cadavid Fecha: 2025.09.18

15:17:51 -05'00'

JULIANA TORO CADAVID

Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda (D)

Elaboró: Alejandro Marín Llanos.

Contratista Contrato 026-2025 Subdirección SFV

Revisó: Geraldine Campo

Contratista Contrato 397-2025

Elaboró: Alejandro Marín Llanos.

Contratista Contrato 026-2025 Subdirección SFV

Revisó: Geraldine Campo

Contratista Contrato 397-2025 Subdirección SFV

María Fernanda Merlano Contratista Contrato 233-2025 Subdirección SFV Aprobó

Rosa Elena Espitia Riaño Directora DIVIS

Andrea Carolina Galezo Ospino Contratista Cto. 400-2025

DIVIS-FNV

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