🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINVIVIENDA - Resolución 0708 de 2025

Ministerio de Vivienda

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0708 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 6

RESOLUCIÓN NÚMERO 0708 DE 25 SEPTIEMBRE 2025

“Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda” LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA (D) En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional De Vivienda – FONVIVIENDA, a través de su representante legal, el director ejecutivo: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.

Que en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 se incorporó el programa “Casa Digna, Vida Digna” , destinado al mejoramiento de viviendas de interés social – VIS, de hogares con ingresos totales mensuales

se incorporó el programa “Casa Digna, Vida Digna” , destinado al mejoramiento de viviendas de interés social – VIS, de hogares con ingresos totales mensuales de hasta cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes, conforme con lo dispuesto en el artículo 2.1.1.1.1.1.4 del Decreto 1077 de 2015.

Que, en virtud de lo establecido en el artículo 2.1.1.7.3 del Decreto 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda suscribió el Contrato Fiduciario nro. 001 del 14 de marzo de 2019 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3 -1-83679, por medio del cual se constituyó un patrimonio autónomo denominado FideicomisoPrograma “Casa Digna, Vida Digna”.

Que el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Decreto 1077 de 2015 determina las condiciones y requisitos de los hogares para ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento.

Que en el marco del programa de Mejoramiento de Vivienda se asignaron cupos a los siguientes municipios, entre otros:

Municipio Departamento Número de Cupos

FONSECA LA GUAJIRA 171

SAN JUAN DEL CESAR LA GUAJIRA 171

MEDELLIN ANTIOQUIA 171

BUENAVENTURA VALLE DEL CAUCA 171

Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento

BUENAVENTURA VALLE DEL CAUCA 171

Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 2 de 6

Resolución No 0708 del 25 SEPTIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de las postulaciones al programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y

vigente al momento de las postulaciones al programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta. Que de conformidad con el artículo 2.1.1.7.3. del Decreto 1077 de 2015 y en atención a lo estipulado en el artículo 5.2.5.3 del contrato de prestación de servicios N° 1 del 5 de junio de 2019 suscrito entre la Fiduciaria Bogotá y la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. – Findeter, el 10 de septiembre de 2025 a través de correo electrónico Findeter informó al Fideicomiso que ejecuta la operatividad del Programa de Mejoramiento, el listado de hogares con el resultado de los diagnósticos efectivos con el fin que Fonvivienda pueda asignar el respectivo subsidio.

Que, mediante correo electrónico de fecha 17 de septiembre de 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables aplicable a suelo urbano, según concepto emitido por Findeter en calidad de supervisor, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015. Que el mencionado listado, remitido por Findeter, contó con el respectivo control de calidad reportado por el grupo de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 19 de septiembre de

Que el mencionado listado, remitido por Findeter, contó con el respectivo control de calidad reportado por el grupo de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 19 de septiembre de 2025, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda, así como el porcentaje de los aportes realizados por cada entidad en los convenios:

Entidad Valor Total del Convenio

Entidad

Valor aportado

Porcentaje Fonseca $ 3,000,000,000 FONVIVIENDA $ 3,000,000,000 100% San Juan del Cesar $ 3,000,000,000 FONVIVIENDA $ 3,000,000,000 100% Medellín $ 6.120.000.000 FONVIVIENDA $ 6.120.000.000 100% Buenaventura $ 3.000.000.000 FONVIVIENDA $ 3.000.000.000 100%

Que el valor total de los recursos objeto de asignación por concepto de los subsidios familiares de vivienda, en la modalidad de mejoramiento de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y

SEIS MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE.

($1.346.053.304). Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en

SEIS MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE.

($1.346.053.304). Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidadFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 6

Resolución No 0708 del 25 SEPTIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015 y el Manual Operativo del programa, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el interventor, ejecutor y el prestador de asistencia técnica.

Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el fideicomiso constituido para el programa. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.

Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en el marco de Programa de Mejoramiento de Vivienda para el mejoramiento de viviendas de interés social, por un valor total de MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE. ($1.346.053.304), a los hogares que se relacionan a continuación:

No ID_HOGAR CEDULA NOMBRE APELLIDO DEPARTAMNTO MUNICIPIO VALOR ASIGNADO 1 28485668 43167165 ERICA

LLANETH

TORRES OSPINA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 2 28485678 21708137 ALICIA SANCHEZ CARO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 3 28485924 1128420723 ELIANA

MARCELA

SALAZAR ALVAREZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 4 28484942 43000477 EDILMA DE

JESUS

CARMONA

OSORIO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000

SALAZAR ALVAREZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 4 28484942 43000477 EDILMA DE

JESUS

CARMONA OSORIO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 5 28484674 42970947 MARIA

GEORGINA

RODRIGUEZ MUÑOZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 6 28486103 21863018 SOFIA ELENA AGUDELO GAVIRIA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 7 28486060 11935585 EDGAR EMILIO MOSQUERA AGUILAR ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 8 28486067 43250390 YOLIMA

ANDREA

VARGAS MUÑOZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 9 28485855 1017175759 SARA MILENA RUEDA RUEDA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 10 28485810 32484431 LIGIA MONA VILLA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 11 28485811 1193595051 JIREH SARAI MESA CASTAÑEDA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 12 28485994 1017185285 ASTRID

LORENA

LONDOÑO POSADA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 13 28485996 21928970 LUZ ADELA CORREA ISAZA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 14 28485971 8295310 JESÚS

ANTONIO MORALES ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000

ISAZA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 14 28485971 8295310 JESÚS ANTONIO MORALES ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 15 28485982 3552604 OSCAR DAVID CADAVID ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 4 de 6

Resolución No 0708 del 25 SEPTIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda” No ID_HOGAR CEDULA NOMBRE APELLIDO DEPARTAMNTO MUNICIPIO VALOR ASIGNADO 16 28486029 21743447 LUCELLY YEPES SILVA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 17 28485999 43827421 ALBA

DEYANIDA

IBARGUEN MORENO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 18 28485763 71613277 EDGAR DE

JESUS LONDOÑO ZAPATA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 19 28485898 28310705 DELIA SERENO DE ESCUDERO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 20 28486303 98620350 NELSON

ALBERTO

TORRES

FLOREZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000

ESCUDERO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 20 28486303 98620350 NELSON

ALBERTO

TORRES FLOREZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 21 28485646 42881312 RUTH ESTELLA HENAO GRAJALES ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 22 28485648 21604517 OLGA CECILIA PEREZ PEREZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 23 28485662 71606074 RUBEN DARIO LONDOÑO MUÑOZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 24 28485614 32304444 MARIA

VICTORIA

BUSTAMANTE ORTIZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 20.100.000 25 28485601 43505749 MARGARITA MARIA ROMÁN ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 26 28162334 26994949 ESTELA MARIA MARRUGO HERNANDEZ LA GUAJIRA FONSECA $ 15.600.000 27 28151810 56058432 MELIS SANDRA OÑATE MOLINA LA GUAJIRA FONSECA $ 15.600.000 28 28156856 56056848 SILENE MARIA OÑATE TONCEL LA GUAJIRA FONSECA $ 15.596.558 29 28154536 1120740929 ANA CELMIRA DE AGUA ARRIETA LA GUAJIRA FONSECA $ 15.600.000 30 28139859 26996444 DORITZA

YAJAIRA

BRITO

RODRIGUEZ LA GUAJIRA FONSECA $ 15.600.000

ARRIETA LA GUAJIRA FONSECA $ 15.600.000 30 28139859 26996444 DORITZA

YAJAIRA

BRITO RODRIGUEZ LA GUAJIRA FONSECA $ 15.600.000 31 28162325 1120742887 YOHANA PATRICIA PAVA PEREZ LA GUAJIRA FONSECA $ 15.600.000 32 28098776 20699638 MARINA PRIETO GAITAN LA GUAJIRA FONSECA $ 15.600.000 33 28132174 56055973 JOSELYS FERNANDEZ MOYA LA GUAJIRA FONSECA $ 15.600.000 34 28092429 1120748671 GABRIELA

FERNANDA

GARCIA FERNANDEZ LA GUAJIRA FONSECA $ 15.599.881 35 28101097 1120751295 ROSA

VICTORIA

DUARTE SANTANA LA GUAJIRA FONSECA $ 15.558.247 36 28486363 5162799 CESAR ESTRADA PEÑARANDA LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.892 37 28486378 1192813815 VERONICA

CAROLINA

GAMEZ MENDOZA LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.876 38 28486380 56074075 ANA LUCIA OÑATE MARTINEZ LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.838 39 28225788 27003702 REMEDIOS MARIA

FUENTES MARTINEZ LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.830 40 28485073 5163631 EDGARDO

ENRRIQUE

RUMBO

MARIA

FUENTES MARTINEZ LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.830 40 28485073 5163631 EDGARDO

ENRRIQUE

RUMBO GONZALES LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.835 41 28078847 56078267 YUSMARY RAMOS MORENO LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.889 42 28484333 27003903 EMELINA

BEATRIZ

MONTAÑO MENDOZA LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.680 43 28485177 84104536 EINER JESUS GUTIERREZ DAZA LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.887 44 28486574 1122408834 TATIANA

STHEFANI

MINDIOLA CONTRERAS LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR $ 15.599.891 45 25078613 16490553 LUIS ALBERTO PEÑARANDA

QUINTERO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 46 12675558 36985039 ROSINDA RODRIGUEZ VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 47 25070184 31375292 AURA NELLY CAICEDO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 48 25085075 4779109 LUIS EPITACIO RIASCOS YTAS VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000

49 25057590 52853575 ELIZABETH VENTE GARCES VALLE DEL

48 25085075 4779109 LUIS EPITACIO RIASCOS YTAS VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 49 25057590 52853575 ELIZABETH VENTE GARCES VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 5 de 6

Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 “perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Resolución No 0708 del 25 SEPTIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

No ID_HOGAR CEDULA NOMBRE APELLIDO DEPARTAMNTO MUNICIPIO VALOR ASIGNADO 50 24886906 66743081 ARCENIA OROBIO

CASTILLO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 51 24886907 66746795 NANCY ABADIA

CABEZAS VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 52 24886912 16508257 RODOLFO CACERES

SOLIS

VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000

CABEZAS VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 52 24886912 16508257 RODOLFO CACERES

SOLIS VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 53 24886913 5271390 ALIRIO SANCHEZ

MINA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 54 24871252 31381041 ROCIO ALEIDA IBARGUEN

ARBOLEDA

VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 55 25307908 31385598 ELSA MIRYAN MERIZALDE VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 56 25307925 25435156 TRANSITO

ANUNCIACION

GARCES

OROBIO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 57 25136759 66749238 ELOISA CUNDUMI

CADENA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 58 25057588 31383949 MARIA

MERCEDES

MINA

ASPRILLA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 59 25057589 16469137 ELISEO ANGULO

OLAVE VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 60 24721179 25436710 MARIA

ROSALIA

OROBIO

OROBIO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 61 25030700 13103396 RICARDO RODRIGUEZ

OBANDO

VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000

OROBIO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 61 25030700 13103396 RICARDO RODRIGUEZ

OBANDO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 62 24926022 66730961 MARIELA DELGADO

ALEGRIA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 63 24917771 31371311 ESCILA BARCO

HURTADO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 64 24917759 16949440 FREIMAN SINISTERRA

MANSILLA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 65 24917768 31378552 TRIGILIA

MARIA

HINESTROZA

ANGULO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 66 24910206 66739151 GENOVEVA CASTILLO

VALENCIA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 67 24910220 29228884 AURA SUGEY CALIMEÑO

MORENO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 68 24886908 27371885 MENELIA GUIZAMANO

OROBIO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 69 25185097 66734185 SONIA IRIS GONZALEZ

ROSERO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 70 25057598 1111739104 CLAUDIA

LUCIA LOPEZ

MORENO

VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000

VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 70 25057598 1111739104 CLAUDIA

LUCIA LOPEZ

MORENO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 71 25085058 31381867 MARIA

CASILDA

CAICEDO

VALENZUELA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 72 25307937 34594554 DEYANIRA MORENO

GIRON VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 73 25307938 66734453 DOMINGA SINISTERRA

MONTAÑO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 74 25156848 66732850 BEATRIZ GONGORA

RODRIGUEZ

VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000

VALOR TOTAL DE LOS SFVE ASIGNADOS $1.346.053.304

Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 6 de 6

Resolución No 0708 del 25 SEPTIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares

Código: GDC-PL-11

Página 6 de 6

Resolución No 0708 del 25 SEPTIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a: • La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada. • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) La existencia de un diagnóstico que determine que la vivienda es viable para la ejecución de obras que permitan el mejoramiento de la misma, ii) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y iii) la emisión del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor.

Artículo 5. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. Comunicar al Patrimonio Autónomo del Fideicomiso - Programa “Casa Digna, Vida Digna” , constituido según el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos Nro. 001 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogotá, y al prestador de asistencia técnica y a los municipios relacionados en el artículo primero, quienes a su vez comunicarán este acto administrativo a los hogares relacionados en este mismo artículo. Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

primero, quienes a su vez comunicarán este acto administrativo a los hogares relacionados en este mismo artículo. Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., a los 25 SEPTIEMBRE 2025

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Juliana Toro Cadavid Firmado digitalmente por Juliana Toro Cadavid

Fecha: 2025.09.24

15:20:15 -05'00'

JULIANA TORO CADAVID

Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda (D)

Elaboro: Jhon Meyer

Cargo: Contratista

Oficina: SSFV

Revisó: Juliana Toro Cadavid

Cargo: Subdirectora

Oficina: SSFV

Yeny Andrea Pachón Alonso

Cargo: Contratista

Oficina: DIVIS

Catherin Muñoz Martínez Contratista FNV

Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño

Cargo: Directora Oficina: DIVIS • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del

Programa.

Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.

Consultar sobre este documento ...