MINVIVIENDA - Resolución 0753 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0753 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 10/04/2025
Código: GDC-PL-11
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RESOLUCIÓN NÚMERO 0753 DE 02 OCTUBRE 2025
“Por la cual se asignan ochenta y cuatro (84) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de
del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.
Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda.
Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que FONVIVIENDA expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento
modalidad correspondiente. Que FONVIVIENDA expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural.
Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas deFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración
mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “Urbano Esquema Asociativo” y “Rural Esquema Asociativo”. Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2024 se abrió la convocatoria para Entidades Territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos), Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), con el fin de presentar manifestación de interés para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento que se otorgue en el marco del esquema asociativo.
Que a través de la resolución 0481 del 15 de agosto de 2024 se asignaron cupos de recursos para zonas urbanas a las Capitales de Departamento en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural entre los cuales se encuentra la ciudad de Santiago de Cali a través del Fondo Especial De Vivienda del Distrito de Santiago de Cali.
Que el 16 de octubre de 2024, el Fondo Nacional De Vivienda – FONVIVIENDA y el Fondo Especial De Vivienda del Distrito de Santiago de Cali suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 024 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de
seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”
Que a través de Otrosí N° 1 de 2025 suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA y el Fondo Especial De Vivienda del Distrito de Santiago de Cali se redistribuyó funciones operativas hacia el Fondo Especial de Vivienda, ajustando las condiciones técnicas necesarias para garantizar una ejecución eficiente, con mayor impacto y adecuado uso de los recursos públicos.
Que, en el marco del esquema asociativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda, se asignó cupos a la ciudad de Santiago de Cali, así:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CUPOS
VALLE DEL CAUCA CALI 520
Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios.
Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinará la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros.
Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por
Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte deFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta. Que el Fondo Especial De Vivienda del Distrito de Santiago de Cali, en atención a las obligaciones contenidas en el numeral 27 de la Cláusula Cuarta y numeral 8 de la Clausula Quinta del Convenio Interadministrativo N° 024 del 16 de octubre de 2024 modificado por el Otrosí N° 1 de 2025, realizó los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron
modificado por el Otrosí N° 1 de 2025, realizó los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados en oficio enviado a través de correo electrónico de fecha 26 de septiembre de 2025.
Que, mediante correo electrónico de fecha 29 de agosto del 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo urbano, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 024-2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (Fondo Especial De Vivienda del Distrito de Santiago de Cali y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015. Que el mencionado listado, remitido por el Fondo Especial De Vivienda del Distrito de Santiago de Cali, contó con el respectivo control de calidad reportado por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 01 de octubre de 2025, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda.
Valor Total del Convenio
Entidad
estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda.
Valor Total del Convenio
Entidad
Valor aportado
Porcentaje
$ 8.112.000.000
FONVIVIENDA
$ 4.056.000.000
50%
CALI
$ 4.056.000.000
50%
Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza de conformidad con los topes establecidos para el año de aprobación del diagnóstico por parte del supervisor. Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de QUINIENTOS SESENTA Y DOS
MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES
PESOS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS M/CTE. ($562.488.583,78).
Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto.
Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsosFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia
Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsosFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar ochenta y cuatro (84) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema Asociativo, por un valor total de QUINIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES
CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES
marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema Asociativo, por un valor total de QUINIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES
CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES
PESOS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS M/CTE ($562.488.583,78), a los
hogares que se relacionan a continuación:
No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 1 359400 3434512 CARLOS EDIE BEDOYA GRAJALES VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.715.211,32 2 358612 4718132 ARBEY CAMACHO OCAMPO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.527.236,52 3 359373 4738376 AURO OLIVER PAZ RODRIGUEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.601.871,22 4 359352 5219458 FRANCISCO
PASTOR
DELGADO MACUASE VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.591.375,16 5 359568 5219936 LUIS ANGEL CABEZAS VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.793.629,60 6 359355 10477036 JOSE ARLES MORA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.669.617,32 7 359563 12960586 JOSE LUIS AZA URBANO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.113.703,88 8 352761 14675060 JOSE MARIA LUCUMI MINA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE
7 359563 12960586 JOSE LUIS AZA URBANO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.113.703,88 8 352761 14675060 JOSE MARIA LUCUMI MINA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.784.485,64 9 359350 16580626 CARLOS ENRIQUE NARVAEZ TOLEDO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.751.759,28 10 359329 16590261 BERNARDO LOAIZA VALENCIA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.746.069,04 11 359298 16621733 ORLANDO DE JESUS LONDOÑO BEDOYA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.936.112,36 12 359402 16649513 WILSON GALLEGO LARA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.445.188,24 13 358629 16692675 RICARDO CASTRO EMBUS VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.075.802,04 14 359401 16708142 CARLOS
ENRIQUE
GUERRERO ARBOLEDA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.093.431,72 15 359566 16733297 JUAN CARLOS PAZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.793.972,32 16 359407 16768202 JUAN CARLOS GIRALDO PERLAZA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 3.677.920,08 17 359369 16788478 DIEGO
MAURICIO LEAL HERNANDEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE
PERLAZA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 3.677.920,08 17 359369 16788478 DIEGO MAURICIO LEAL HERNANDEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.798.583,40 18 358901 16988563 FELIX ZAPATA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.794.730,52 19 359377 24322352 GLORIA ISABEL MUÑOZ MAYA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.737.499,68 20 359579 25266912 CARMEN VIDAL VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.796.482,88 21 358919 25354650 OLGA LUCIA PILLIMUE PACHO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.660.918,92 22 356157 25379428 AYDEE GRAJALES ORTIZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.714.260,68 23 359372 25909829 MARTHA TERESA BUELVAS DE PIÑA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.493.330,36 24 359323 29705707 LUZ BILLARETH DIAZ CANO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.793.729,56Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0753 del 02 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan ochenta y cuatro (84) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda” No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 25 359380 29739045 ROSA MARIA JURADO DE LEON VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.104.566,72 26 359356 29818212 LUZ MARY PIARPUZAN SUAREZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.405.186,40 27 359343 29874694 GLORIA MILENA HERRERA VELA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.164.560,24 28 359347 31226268 MATILDE
VITALIA
PRECIADO
ARBOLEDA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.771.110,04 29 356156 31229768 OLIVA MUÑOZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.742.914,52 30 359379 31239867 RUTH DAVILA ORTIZ CASTILLO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.775.551,12 31 359307 31299158 HIDALIA HERMANN GOMEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.217.616,88 32 352762 31523193 FABIOLA FRASSER
CALI $ 7.775.551,12 31 359307 31299158 HIDALIA HERMANN GOMEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.217.616,88 32 352762 31523193 FABIOLA FRASSER ESPINOSA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.522.920,24 33 359324 31524105 DEYANIRA HOYOS PEÑA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 4.483.760,88 34 359327 31838562 NIDIA
AMPARO
HERNANDEZ URIBE VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.798.660,24 35 359575 31839832 PATRICIA AFIFE CASTAÑO AMAYA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.366.582,12 36 359564 31843587 LIBIA GARCIA HIDALGO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.792.827,20 37 359406 31859208 MARIA PERFECTA MONTAÑO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 2.340.931,28 38 359581 31873315 MARIA NAZARET GALARZA JURADO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.788.469,76 39 352763 31879575 LUZ STELLA GIRALDO CALDERON VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.024.627,12 40 356158 31900801 MARIVEL TRUJILLO NARVAEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.787.377,00 41 359395 31915120 NILSA SANCHEZ
40 356158 31900801 MARIVEL TRUJILLO NARVAEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.787.377,00 41 359395 31915120 NILSA SANCHEZ ROSALES VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.087.480,52 42 359366 31915870 MARIA LUZ EMIR JARAMILLO OSORIO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.848.561,68 43 356150 31917222 MARIA ROSALBA NUÑEZ GUTIERREZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 3.585.546,84 44 359357 31921860 MARIA ISABEL OROZCO RIVERA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.799.042,40 45 358909 31938441 MARYCEL JIMENEZ JIMENEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.797.049,32 46 359361 31960074 JANETH MORENO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.797.845,60 47 359290 31975348 BEATRIZ CORTES MORENO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.234.383,32 48 358917 31976720 SANDRA
YANETH
CASTILLO GUERRERO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.375.706,68 49 359359 31980278 YOLANDA VASQUEZ CORTES VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 4.973.381,28 50 359326 31982868 MARIA DEL
PILAR CORTES DELGADO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE
CALI $ 4.973.381,28 50 359326 31982868 MARIA DEL PILAR CORTES DELGADO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.768.806,88 51 359403 31985201 CLAUDIA MARIA LEON CANO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.791.285,64 52 359308 31987189 MARIA ELENA GONZALEZ MAZUERA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.012.575,12 53 359321 31993462 HELGA YANETH VILLARREAL PAEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 1.112.124,00 54 359363 31997062 MARIA
LINDALIA
CIFUENTES ASTUDILLO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.772.634,60 55 359408 34599303 ELSA NIDIA RODRIGUEZ MEZU VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 3.627.239,68 56 358924 38765040 GLORIA ESPERANZA MOLINA LOZANO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 5.141.307,28 57 359297 38853269 GABRIELA SALDARRIAGA VICTORIA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.792.000,32 58 359371 38979770 ELIZABETH ESPINOSA DE MURILLO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.660.750,28 59 359376 38980823 CLARA TULIA MARTINEZ
MOSQUERA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE
MURILLO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.660.750,28 59 359376 38980823 CLARA TULIA MARTINEZ MOSQUERA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.816.959,88 60 358001 59673076 ANA LUCIA MEZA MEZA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.696.031,24 61 359374 65793448 MAGDA
VIVIANA
FERNANDEZ HERNANDEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 4.165.860,20 62 359577 66705686 MARTHA PATRICIA CORTES VAQUERO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.946.001,44 63 358915 66769706 NIDIA PATRICIA ACOSTA ORTIZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 4.064.949,56 64 359294 66820642 BEATRIZ ELENA DIAZ PRADO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.797.493,36 65 359358 66825274 ANA MARIA CASTILLO SALDAÑA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.661.339,84 66 359349 66825582 FANY GRUESO RIASCOS VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.725.501,76 67 359354 66828770 ARACELLY LONDOÑO SAPUYES VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.793.624,16Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
SAPUYES VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.793.624,16Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0753 del 02 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan ochenta y cuatro (84) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”
No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO
MVCT 68 359405 66835566 MIRIAM SANCHEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.635.050,20 69 359346 66836003 NELBY MARIA ANACONA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.645.057,08 70 359570 66841936 GLORIA INES POLANCO GUECHE VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 3.251.954,48 71 359378 66843344 LUZ ADRIANA BOLAÑOS QUIÑONES VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 4.137.556,56 72 359396 66844515 JANETH SALAZAR TELLO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.748.087,96 73 359330 66909439 ROSA ANA DIAZ FAJARDO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 3.625.119,44 74 359397 66922515 MARTHA
CALI $ 7.748.087,96 73 359330 66909439 ROSA ANA DIAZ FAJARDO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 3.625.119,44 74 359397 66922515 MARTHA ISABEL URREA OSSA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.779.623,64 75 359341 66954201 MARISOL QUINTERO GUEJIA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.766.684,57 76 359353 66974092 SUSANA PRECIADO CAICEDO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.783.530,24 77 359404 66989401 NANCI ÑAÑEZ BOLAÑOS VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.782.028,80 78 358896 67017407 PILAR CAICEDO ORDOÑEZ VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 6.385.283,64 79 359301 67027576 CLAUDIA XIMENA SANCHEZ CORTES VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.115.653,28 80 359291 76070016 ANTONIO MUÑOZ ANACONA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.768.699,44 81 359344 76263366 RIGOBERTO ARBOLEDA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.716.134,76 82 359303 94381284 JAIR RAMIREZ ROJAS VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.728.688,92 83 359399 94425385 WILLIAM RIASCOS
ESGUERRA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE
82 359303 94381284 JAIR RAMIREZ ROJAS VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.728.688,92 83 359399 94425385 WILLIAM RIASCOS ESGUERRA VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.783.464,28 84 359296 94428679 ALVARO CAMPOS ARANGO VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $ 7.795.900,12
VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS 562.488.583,78
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo.
Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a: • La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada. • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) La existencia de un diagnóstico que determine que la vivienda es viable para la ejecución de obras que permitan el mejoramiento de la misma, ii) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y iii) la emisión del
diagnóstico que determine que la vivienda es viable para la ejecución de obras que permitan el mejoramiento de la misma, ii) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y iii) la emisión del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor. • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del Programa.
Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 10/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0753 del 02 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan ochenta y cuatro (84) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”
Artículo 6. Esta resolución será comunicada al Patrimonio Autónomo constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 3-1-83679 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogot á́ y al Fondo Especial de Vivienda del Distrito de
según el Contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 3-1-83679 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogot á́ y al Fondo Especial de Vivienda del Distrito de Santiago de Cali, quien, a su vez, comunicará este acto administrativo a los hogares relacionados en el artículo primero.
Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá D.C., a los 02 OCTUBRE 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSO
N ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON
ARTURO
Fecha: 2025.10.02
15:36:10 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda
Elaboro: Jhon Meyer
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
Revisó: Juliana Toro Cadavid
Cargo: Subdirectora
Oficina: SSFV
Yeny Andrea Pachón Alonso
Cargo: Contratista
Oficina: DIVIS
Catherin Muñoz Martínez Contratista FNV
Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño
Cargo: Directora
Oficina: DIVIS