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MINVIVIENDA - Resolución 0806 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0806 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 5

RESOLUCIÓN NÚMERO 0806 DE 21 OCTUBRE 2025

“Por medio de la cual se aclaran las Resoluciones nro. 0595, 0782 del 2024; 0161 y 0412 del 2025, respecto de seis (6) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° y el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003, sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)”.

de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)”.

Que, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”

Que en el capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio nro. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”, modificado por el Decreto 490 de 2023, con el objetivo de facilitar la adquisición de una solución de vivienda de interés social ubicada en suelo rural o urbano.

Que, a su vez, el artículo 2.1.1.4.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 490 de 2023, estableció que aquellos hogares que se encuentren clasificados entre los grupos A1 y C8 del SISBÉN IV podrá asignárseles un subsidio por el monto equivalente a treinta salarios mínimos legales mensuales vigentes (30 SMLMV), y a los hogares que se encuentren clasificados entre los grupos C9 y D20, un subsidio por el monto equivalente a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes (20 SMLMV) al momento de la solicitud de la asignación.

Que el numeral 2.6 y 2.11. del artículo 2.1.1.1.1.1.2 del Decreto 1077 de 2015,

mensuales vigentes (20 SMLMV) al momento de la solicitud de la asignación.

Que el numeral 2.6 y 2.11. del artículo 2.1.1.1.1.1.2 del Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1533 de 2019, indica la definición de la concurrencia del subsidio familiar de vivienda, y de los recursos complementarios al subsidio para la adquisición de vivienda.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0806 del 21 OCTUBRE 2025 “Por medio de la cual se aclaran las Resoluciones nro. 0595, 0782 del 2024; 0161 y 0412 del 2025, respecto de seis (6) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

Que el artículo 2.1.1.8.1 del Decreto 1077 de 2015 establece la aplicación concurrente y complementaria de los subsidios familiares de vivienda otorgados por el Gobierno nacional para zonas urbanas, a través del Fondo Nacional de Vivienda o quien haga sus veces, con los subsidios familiares de vivienda otorgados por las cajas de compensación familiar, para las nuevas postulaciones al subsidio familiar de vivienda destinados a la adquisición de vivienda nueva.

Que en la circular nro. 0013 del 03 de octubre de 2019 de Fonvivienda se establecieron las condiciones generales para la asignación de subsidio en concurrencia

destinados a la adquisición de vivienda nueva.

Que en la circular nro. 0013 del 03 de octubre de 2019 de Fonvivienda se establecieron las condiciones generales para la asignación de subsidio en concurrencia y al respecto instituyó lo siguiente:

“(…) I. REQUISITOS Y CONDICIONES GENERALES PARA ASIGNACIÓN EN

CONCURRENCIA:

(…)

2. Los hogares deben tener asignado, vigente y sin aplicar el Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado por las Cajas de Compensación Familiar. En caso de no contar con un subsidio asignado, el hogar deberá tramitarlo primero en la respectiva Caja.

(…)”

Que el artículo 2.1.1.8.5. del Decreto 1077 de 2015 establece el monto del subsidio otorgado por FONVIVIENDA, indicando que el subsidio que otorgue el Fondo para la adquisición de vivienda en cualquiera de los esquemas o programas de que trata el presente Decreto se asignará por un monto de hasta veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando este sea aplicado de forma concurrente con el subsidio familiar de vivienda otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el subsidio de vivienda otorgado por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía.

Que, en cumplimiento de sus funciones, FONVIVIENDA expidió las Resoluciones nro. 0595, 0782 del 2024; 0161 y 0412 del 2025, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda del programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”.

0595, 0782 del 2024; 0161 y 0412 del 2025, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda del programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”.

Que, mediante la Resolución nro. 0595 del 13 de septiembre de 2024, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora PAOLA ANDREA MARTINEZ FERNANDEZ, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144059631, por valor de VEINTISÉIS MILLONES DE PESOS ($ 26.000.000) M/CTE, correspondiente a 20 SMLMV para el año 2024, por encontrarse con clasificación del SISBÉN D6.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda verificó que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora PAOLA ANDREA MARTINEZ FERNANDEZ, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144059631, el día 10 de agosto de 2024 y lo reportó el 23 de septiembre de 2024.

Que, mediante la Resolución nro. 0782 del 18 de octubre de 2024, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora ARGENIS SALAZAR SANCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1112879861, por valor de VEINTISÉISFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0806 del 21 OCTUBRE 2025 “Por medio de la cual se aclaran las Resoluciones nro. 0595, 0782 del 2024; 0161 y 0412 del 2025, respecto de seis (6) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

MILLONES DE PESOS ($ 26.000.000) M/CTE, correspondiente a 20 SMLMV para el año 2024, por encontrarse con clasificación del SISBÉN D16.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda verificó que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora ARGENIS SALAZAR SANCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1112879861, el día 15 de septiembre de 2024 y lo reportó el 22 de octubre de 2024.

Que mediante la Resolución nro. 0161 del 29 de abril de 2025 se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar del señor JAVIER RODRIGUEZ NAVIA, identificado con cédula de ciudadanía nro. 94505997, por valor de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS ($ 28.470.000) M/CTE, correspondiente a 20 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN D18.

CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS ($ 28.470.000) M/CTE, correspondiente a 20 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN D18.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda verificó que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar del señor JAVIER RODRIGUEZ NAVIA, identificado con cédula de ciudadanía nro. 94505997, el día 21 de abril de 2025 y lo reportó el 12 de mayo de 2025.

Que mediante la Resolución nro. 0161 del 29 de abril de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora LISA YAJAIRA URRESTE VALENCIA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1143960855, por valor de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS ($ 28.470.000) M/CTE, correspondiente a 20 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del

SISBÉN D16.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda verificó que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora LISA YAJAIRA URRESTE VALENCIA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1143960855, el día 21 de abril de 2025 y lo reportó el 12 de mayo de 2025.

Que mediante la Resolución nro. 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio

nro. 1143960855, el día 21 de abril de 2025 y lo reportó el 12 de mayo de 2025.

Que mediante la Resolución nro. 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar del señor HOBERT CUBILLOS MACIAS, identificado con cédula de ciudadanía nro. 16768589, por valor de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS ($ 28.470.000) M/CTE, correspondiente a 20 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN D17.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda verificó que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar del señor HOBERT CUBILLOS MACIAS, identificado con cédula de ciudadanía nro. 16768589, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 08 de julio de 2025.

Que mediante la Resolución nro. 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar del señor JOSELIN BERGAÑO CUERVO, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1007689917, por valor de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL PESOS ($ 28.470.000) M/CTE, correspondiente a 20 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN C11.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Resolución No. 0806 del 21 OCTUBRE 2025 “Por medio de la cual se aclaran las Resoluciones nro. 0595, 0782 del 2024; 0161 y 0412 del 2025, respecto de seis (6) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda verificó que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar del señor JOSELIN BERGAÑO CUERVO, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1007689917, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 08 de julio de 2025.

Que de lo anterior, la Caja de Compensación Familiar COMFANDI otorgó a los hogares enunciados el subsidio familiar de vivienda de manera previa al asignado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.

Que, por lo expuesto, es necesario expedir el presente acto administrativo, a fin de aclarar que el subsidio familiar de vivienda otorgado a los hogares enunciados en el artículo primero, en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de

Que, por lo expuesto, es necesario expedir el presente acto administrativo, a fin de aclarar que el subsidio familiar de vivienda otorgado a los hogares enunciados en el artículo primero, en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, se asignaron de manera concurrente con el subsidio otorgado por la Caja de Compensación Familiar COMFANDI.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Aclarar las Resoluciones nro. 0595, 0782 del 2024; 0161 y 0412 del 2025, en el sentido de indicar que el subsidio familiar de vivienda otorgado en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se asignó de manera concurrente con el subsidio asignado por la Caja de Compensación Familiar COMFANDI, para los hogares que se relacionan a continuación:

Hogar ID Resolución Fecha resolución Cédula Nombres Apellidos Valor SFV 1526557 0595 13/09/2024 1144059631 PAOLA ANDREA MARTINEZ FERNANDEZ $ 26.000.000 1559431 0782 18/10/2024 1112879861 ARGENIS SALAZAR SANCHEZ $ 26.000.000 1553175 0161 29/04/2025 94505997 JAVIER RODRIGUEZ NAVIA $ 28.470.000 1502115 0161 29/04/2025 1143960855 LISA YAJAIRA URRESTE VALENCIA $ 28.470.000 1511877 0412 09/07/2025 16768589 HOBERT CUBILLOS

1502115 0161 29/04/2025 1143960855 LISA YAJAIRA URRESTE VALENCIA $ 28.470.000 1511877 0412 09/07/2025 16768589 HOBERT CUBILLOS MACIAS $ 28.470.000 1558070 0412 09/07/2025 1007689917 JOSELIN BERGAÑO CUERVO $ 28.470.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Resolución No. 0806 del 21 OCTUBRE 2025 “Por medio de la cual se aclaran las Resoluciones nro. 0595, 0782 del 2024; 0161 y 0412 del 2025, respecto de seis (6) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

nro. 0595, 0782 del 2024; 0161 y 0412 del 2025, expedidas por FONVIVIENDA, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 3. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Artículo 4. Comunicar el presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo 1°, y al establecimiento de crédito y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - “Mi Casa Ya”, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y

Artículo 4. Comunicar el presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo 1°, y al establecimiento de crédito y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - “Mi Casa Ya”, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015, suscrito con la Fiduciaria de Occidente S.A.

Artículo 5. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación. Dada en Bogotá, D.C., 21 OCTUBRE 2025

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA

Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ARTURO

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2025.10.21

09:22:46 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda

Elaboró: Andrea Peña A.

Contratista Contrato nro. 767 - 2025 Subdirección SFV

Revisó:

Tatiana Castillo Contratista Contrato nro. 485 - 2025 Subdirección SFV

María Fernanda Merlano Contratista Contrato nro. 233 - 2025 Subdirección SFV

Juliana Toro Cadavid Subdirectora Subdirección SFV

Sorayda Janneth Riaño Contratista Contrato nro. 616 de 2025 Fonvivienda

Aprobó:

Rosa Elena Espitia Riaño Directora DIVIS

ANDERSON

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