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MINVIVIENDA - Resolución 0808 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0808 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 2

RESOLUCIÓN NÚMERO 0808 DE 21 OCTUBRE 2025

“Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la Postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los Ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y están en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR), ubicados en el departamento de La Guajira en el municipio de Fonseca, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie Rural”.

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.4.3 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”

Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del

Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”

Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 FONVIVIENDA celebró con La Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – Fiduagraria S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo.

Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo.

Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la resolución 094 del 10 de marzo de 2021, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1.; 2.1.10.1.1.4.3.; 2.1.10.1.1.4.6. y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, en lo referente a las condiciones particulares del Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los ex integrantes de las FARC - EP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y ubicados en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR).

Que de conformidad con el artículo 10 de la Resolución 094 de 2021 modificada por la Resolución 555 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la ARN identificó los hogares potencialmente beneficiarios, en atención al orden de priorización del artículo 11 de la citada Resolución.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia

identificó los hogares potencialmente beneficiarios, en atención al orden de priorización del artículo 11 de la citada Resolución.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0808 del 21 OCTUBRE 2025 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la Postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los Ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y están en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR), ubicados en el departamento de La Guajira en el municipio de Fonseca, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie Rural”. Que la ARN elaboró un listado de potenciales beneficiarios, el cual fue remitido a FONVIVIENDA, el día 14 de agosto del 2025, conforme a lo establecido en el convenio 1499 de 2024.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE: ARTÍCULO 1. Convocar a los hogares potencialmente beneficiarios ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y están en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR), ubicados en el departamento de La Guajira en el municipio de Fonseca relacionados en el listado remitido por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización –

antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR), ubicados en el departamento de La Guajira en el municipio de Fonseca relacionados en el listado remitido por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización – ARN, a los cuales se le envió carta de invitación a la postulación por parte del Fondo Nacional de Vivienda, para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda rural en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie Rural a partir de la siguiente fecha:

Apertura: 22 de octubre de 2025.

Cierre: 30 de Enero de 2026.

ARTÍCULO 2. La Agencia para la Reincorporación y la Normalización – ARN realizará el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en el sistema de información de postulación destinado para ese efecto, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 094 de 2021 modificada por la Resolución 555 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

ARTÍCULO 3. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Fiduagraria S.A. y a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización – ARN.

ARTÍCULO 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 21 OCTUBRE 2025

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA

ANDERSO

N ARTURO Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ANDERSON

ARTURO

Fecha: 2025.10.20

ARTURO GAL1E6:A52 :N36 O-05'0Á0' VILA

ANDERSO

N ARTURO Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ANDERSON

ARTURO

Fecha: 2025.10.20

ARTURO GAL1E6:A52 :N36 O-05'0Á0' VILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda

FONVIVIENDA

Angélica Viviana Acero Rubio Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Funcionaria Subdirectora

SSEVR SSEVR

Andrei Suárez Contratista CTO 727 - 2025 SSEVR

María Antonia Prieto Contratista PA 030F – 2025 María Camila Ramos Contratista CTO 764 – 2025 SSEVR

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