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MINVIVIENDA - Resolución 0845 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0845 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 6

RESOLUCIÓN NÚMERO 0845 DE 28 OCTUBRE 2025

“Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA –

FONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.

Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”

2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”

Que en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 se enmarcan las condiciones especiales de asignación del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de arrendamiento en el marco del programa de promoción y acceso a la vivienda "Semillero de Propietarios" para población migrante, destinado a facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población migrante venezolana cuyos ingresos sean iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), por medio de una política de arrendamiento social.

Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.6.4.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda suscribió con la Fiduciaria Bogotá S.A. – Fidubogotá el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 del 26 de diciembre de 2018 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3183165, por medio del cual se realizará la administración de los recursos para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinados a la atención de hogares a los que se refiere el programa de promoción y acceso a vivienda “Semillero de Propietarios".

Que la sección 9, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares

Que la sección 9, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa “Semillero de Propietarios” para población migrante.

Que el artículo 2.1.1.6.9.3. del Decreto 1077 de 2015 establece siguiendo sus líneas:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”

“Artículo 2.1.1.6.9.3. Valor del subsidio familiar de vivienda destinado a hogares migrantes. El valor del subsidio familiar de vivienda aplicable al canon de arrendamiento mensual, para los hogares migrantes beneficiarios, se establecerá así:

a) Para contratos de arrendamiento con plazo igual o inferior a seis (6) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,60 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento.

b) Para contratos de arrendamiento con plazo de doce (12) meses, se asignará un

0,60 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento.

b) Para contratos de arrendamiento con plazo de doce (12) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,45 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento.”

Que, en cumplimiento del artículo 2.1.1.6.9.8 del Decreto 1077 de 2015, los hogares migrantes habilitados solicitaron ante Fonvivienda la asignación de subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda “Semillero de Propietarios" , en la modalidad de arrendamiento para población migrante, para hogares que suscribieron contratos de arrendamiento. Para el efecto, los hogares enviaron el correspondiente contrato de arrendamiento debidamente suscrito, los documentos que permiten acreditar las condiciones mínimas de habitabilidad de la vivienda objeto de arrendamiento, acta de entrega y recibo de la vivienda objeto de arrendamiento y la información del arrendador para su validación. Que, para el desarrollo de la actividad descrita, se requiere disponer de experiencia técnica y capacidad operativa para la verificación de las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas arrendadas a los hogares potenciales beneficiarios del programa, razón por la cual se han suscrito los respectivos Convenios Interadministrativos entre Fonvivienda y las Entidades Territoriales competentes, con el fin de garantizar la adecuada ejecución de esta labor.

Que, en el marco de los convenios interadministrativos suscritos, las entidades

Interadministrativos entre Fonvivienda y las Entidades Territoriales competentes, con el fin de garantizar la adecuada ejecución de esta labor.

Que, en el marco de los convenios interadministrativos suscritos, las entidades territoriales efectuaron la verificación de las condiciones mínimas de habitabilidad en las viviendas postuladas por las personas habilitadas por Fonvivienda, certificando su viabilidad para la asignación de subsidios en el marco del programa “Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de Arrendamiento para población Migrante”.

Que, como parte de las actividades previstas en los convenios interadministrativos, las entidades territoriales realizarán el seguimiento a los hogares beneficiarios del subsidio, a través de visitas trimestrales efectuadas aleatoriamente.

Que, para el cumplimiento de dichas responsabilidades, las entidades territoriales realizan un aporte en especie consistente en la vinculación de un equipo de profesionales contratados por prestación de servicios, conformado por perfiles financieros, jurídicos, sociales, técnicos, administrativos, cartográficos, entre otros, así como la disposición del servicio de transporte para movilizar al personal interdisciplinario encargado de las visitas de verificación a las unidades habitacionales y de seguimiento a los hogares.

Que el valor total de los recursos asignados mediante el presente acto administrativo, como subsidios familiares de vivienda en dinero a los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 del 2015, asciendeFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”

a la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS PESOS M/CTE. ($469.958.700), que corresponde en todo o en parte al canon de arrendamiento, que no puede exceder los 0.45 SMLMV por hogar, durante doce (12) meses.

Que, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2.1.1.6.9.5 y 2.1.1.6.9.8 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que los hogares reportados en el correo electrónico de fecha 22 de octubre de 2025 cumplieron con los requisitos establecidos en la norma antes mencionada, se hace necesario expedir el presente acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.

Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo con las reglas establecidas en la sección 2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 de 2015, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra

2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 de 2015, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios” subcuenta de recursos de cooperación no reembolsables. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015, relacionada con la posibilidad de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Asignar setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda “ Semillero de Propietarios ", en la modalidad de arrendamiento para población migrante, por un valor total de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS PESOS M/CTE. ($469.958.700), a los hogares que se relacionan a continuación:

N° TIPO DE

DOCUMENTO

DEIDENTIDAD

NÚMERO DE

DOCUMENTO

DE IDENTIDAD

NOMBRES Y

APELLIDOS

ARRENDAD

OR Nro. DE

DOCUMENTO

DE IDENTIDAD

ARRENDADOR

DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR

CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR

SUBSIDIO

AL CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR TOTAL

SUBSIDIO POR 12 MESES 1 Permiso por protección Temporal

5203252 JHONNDRY

BLADIMIR

VALOR

SUBSIDIO

AL CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR TOTAL

SUBSIDIO POR 12 MESES 1 Permiso por protección Temporal

5203252 JHONNDRY

BLADIMIR

VILLEGAS

PALENCIA

GLORIA

ESTELLA

RODRIGUEZ

RAMIREZ

52334224 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $750.000 $640.575 $7.686.900 2 Permiso por protección Temporal

5327442 YUSMELY

GORDILLO

VILLARROEL

LUIS

ALFREDO

PUERTA

VARGAS

1128060342 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 3 Permiso por protección Temporal

1234391 KATIUSKA

JENIREE OJEDA

GONZALEZ

RUTH

AMELIA

GONZALEZ

ZARATE

45420594 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $840.000 $640.575 $7.686.900 4 Permiso por protección Temporal

957927 KARLA BRIYITH

ANTOLINEZ NIÑO

ALBA LUZ

BARRIOS

BERNAL

32905400 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $580.000 $580.000 $6.960.000 5 Permiso por protección Temporal

5527056 JOSE ANDRES

MATA MUJICA

SILENA

DAZA AYALA

22799471 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 6 Permiso por protección Temporal

5527056 JOSE ANDRES

MATA MUJICA

SILENA

DAZA AYALA

22799471 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 6 Permiso por protección Temporal

5261033 JUNIOR JOSE

MUJICA

ELENA BELLO

BLANCO

33141088 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 7 Permiso por protección Temporal

6074907 EARLY ENRIQUE

GARCIA MONTERO

EMILSON

RAUL

NAVARRO

RODRIGUEZ

9079771 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 8 Permiso por protección Temporal

1042977 MARYENY

GABRIELA

BARRIOS VIELMA

DAIRO

ELIECER

MONSALVE

GARCIA

9113784 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 9 Permiso por protección Temporal

6180070 BARBARA

KATTIUSKA

RAMOS PORTILLO

CARIDAD

ALZAMORA

RAMIREZ

45494563 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $900.000 $640.575 $7.686.900 10 Permiso por protección Temporal

4856219 ROSANNI

CHIQUINQUIRA

BELTRAN

LASCARRO

ROSA

ESTHER

EDNA

AHUMADA

39152427 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 11 Permiso por protección

BELTRAN

LASCARRO

ROSA

ESTHER

EDNA

AHUMADA

39152427 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 11 Permiso por protección Temporal

4706141 JESUS ALBERTO

CEBALLOS

ESCALONA

ANGEL

MORILLO

GONZALEZ

73152628 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $750.000 $640.575 $7.686.900 12 Permiso por protección Temporal

1598884 SKELVIN

HERNANDEZ

MEDINA

LUIS

MARRUGO

1143409555 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $850.000 $640.575 $7.686.900Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”

N° TIPO DE

DOCUMENTO

DEIDENTIDAD

NÚMERO DE

DOCUMENTO

DE IDENTIDAD

NOMBRES Y

APELLIDOS

ARRENDAD

OR Nro. DE

DOCUMENTO

DE IDENTIDAD

ARRENDADOR

DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR

CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR

NOMBRES Y

APELLIDOS

ARRENDAD

OR Nro. DE

DOCUMENTO

DE IDENTIDAD

ARRENDADOR

DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR

CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR

SUBSIDIO

AL CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR TOTAL

SUBSIDIO POR 12 MESES 13 Permiso por protección Temporal

5305901 LOIDA KEREN

ASCANIO

SANCHEZ

DOLIS

PACHECO

MUÑOZ 45694489 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 14 Permiso por protección Temporal

5064138 THAIZ MARLENE

TORRES QUIJADA

ADALGIZA

RODRIGUEZ

CARDONA

45435766 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 15 Permiso por protección Temporal

3673382 RUBI RAMONA

FRANCO DE MEZA

HECTOR

TELLEZ

VARGAS

9084069 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $675.000 $640.575 $7.686.900 16 Permiso por protección Temporal

5098632 WILMA INES LEAL

LEAL JULIA TORRES GELVES 45513656 MAGDALENA SANTA MARTA $400.000 $400.000 $4.800.000 17 Permiso por protección Temporal

6143799 CARLA ASMIRIAN

ORTIGOZA

SUAREZ

RUBY

BOLAÑOS

BENITEZ

17 Permiso por protección Temporal

6143799 CARLA ASMIRIAN

ORTIGOZA

SUAREZ

RUBY BOLAÑOS BENITEZ 32709763 MAGDALENA SANTA MARTA $600.000 $600.000 $7.200.000 18 Permiso por protección Temporal

5323060 BRIGITTE GARCIA

BARROSO

TERESA

JESUS LLANOS SALCEDO 57401387 MAGDALENA SANTA MARTA $500.000 $500.000 $6.000.000 19 Permiso por protección Temporal

4274848 JOSEFINA MARIA

MALDONADO

MEDINA

JOHNNATAN

TORO HINCAPIE 4520182 RISARALDA PEREIRA $550.000 $550.000 $6.600.000 20 Permiso por protección Temporal

4884175 JESSICA KARINA

RAMIREZ

RAMIREZ

MADERAS Y

AGROINDUS

TRIAS DEL

ORIENTE

S.A.S900311099 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $1.300.000 $640.575 $7.686.900 21 Cédula de

Extranjería (C.E)

5333810 ARIANY NATALY

URBINA MORALES

THERRY

YHAMPHIER

LOPESIERRA

MIRABAL

1118878034 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $550.000 $550.000 $6.600.000 22 Permiso por protección Temporal

5945750 NEYELIT

KATIUSKA

CAGUAO

HERRERA

TEODOLIND

A OSORIO

DE

GONZALEZ

22 Permiso por protección Temporal

5945750 NEYELIT

KATIUSKA

CAGUAO

HERRERA

TEODOLIND

A OSORIO

DE

GONZALEZ

28747061 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $650.000 $640.575 $7.686.900 23 Permiso por protección Temporal

4772348 ADRIANA

VICTORIA

SERRANO

BORGES

SANDRA

ADRIANA

PARRA CORZO 40023853 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $760.000 $640.575 $7.686.900 24 Permiso por protección Temporal

1057782 YOLIMAR

VILLASMIL

SANTIAGO

NATIVIDAD

VASQUEZ

51820145 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $900.000 $640.575 $7.686.900 25 Permiso por protección Temporal

6310113 JOSE LEONARDO

GONZALEZ

COLMENAREZ

JOSE

MONTENEG

RO

ESCALONA

73113029 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 26 Permiso por protección Temporal

5314341 ANA VICTORIA

NORIEGA

ASTUDILLO

BUENAVENT

URA VEGA

45755125 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 27 Permiso por protección Temporal

5371674 YOGELIN DE

JESUS RIVERO

GONZALEZ

WENDY

TATIANA

MARRUGO

ALVAREZ

27 Permiso por protección Temporal

5371674 YOGELIN DE

JESUS RIVERO

GONZALEZ

WENDY

TATIANA

MARRUGO

ALVAREZ

1047449087 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $700.000 $640.575 $7.686.900 28 Permiso por protección Temporal

5256552 ALEJANDRA

CAROLINA MORAN

BARILLAS

SIMONA

QUEVEDO

CORPAS

33154976 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $470.000 $470.000 $5.640.000 29 Permiso por protección Temporal

5742177 YORBELY

KATHERINE

ARENAS MEJIA

NORIS NOBLE

ZABALETA

45446029 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 30 Permiso por protección Temporal

6831226 DAIRA CRISTINA

MALDONADO

TORREALBA

CARMEN

ROSA ARIAS

DE

ARENGAS

27761012 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 31 Permiso por protección Temporal

5977059 JHONNIS ANTONIO

DABOIN

WILDER

WILCHES SUAREZ 79906352 LA GUAJIRA FONSECA $600.000 $600.000 $7.200.000 32 Permiso por protección Temporal

5431051 JHOANNY

MARIYANI

RODRIGUEZ

RODRIGUEZ

EDERLAN

ARIÑO

MANJARREZ

32 Permiso por protección Temporal

5431051 JHOANNY

MARIYANI

RODRIGUEZ

RODRIGUEZ

EDERLAN

ARIÑO MANJARREZ 17955198 LA GUAJIRA FONSECA $380.000 $380.000 $4.560.000 33 Permiso por protección Temporal

5448596 ERIKA BEATRIZ

GONZALEZ

CENAIDA

ANTONIA

CAMPUZAN

O FERNANDEZ 26994557 LA GUAJIRA FONSECA $300.000 $300.000 $3.600.000 34 Permiso por protección Temporal

5691519 SILVIA DANIELA

MARRUFO DE

GUZMAN

LUIS

FERNANDO

PEÑARANDA PALACIO 17951731 LA GUAJIRA FONSECA $370.000 $370.000 $4.440.000 35 Permiso por protección Temporal

5037303 YESSIKA MAYLIN

LUGO PEREZ

KATIA

PATRICIA

MARTINEZ HERNANDEZ 36452851 LA GUAJIRA FONSECA $400.000 $400.000 $4.800.000 36 Permiso por protección Temporal

5065298 MARIA DE LOS

ANGELES

PACHANO

FERNANDEZ

ODALYS

STELLA

SAMPAYO FUENTES 1120739873 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 37 Permiso por protección Temporal

5708718 ELIMAR DEL

CARMEN MAVO

MORALES

VICTOR

ENRIQUE

CORTES

SERRANO

37 Permiso por protección Temporal

5708718 ELIMAR DEL

CARMEN MAVO

MORALES

VICTOR

ENRIQUE

CORTES SERRANO 17955565 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 38 Permiso por protección Temporal

7030190 CLARIBEL

KAROLINA LUBO

OCANDO

ELSA

CRISTINA

PÉREZ URECHE 1003381573 LA GUAJIRA FONSECA $450.000 $450.000 $5.400.000 39 Permiso por protección Temporal

1217183 LUIS PALMEZANO

PALMEZANO

KEINER

ALDAIR

VILLALOBOS GAMEZ 1193431110 LA GUAJIRA FONSECA $530.000 $530.000 $6.360.000 40 Permiso por protección Temporal

2602703 MILEIDY JENNIFER

GODOY SILVA

WILLIAM

ENRIQUE

NAVARRO NAVARRO 12542525 MAGDALENA SANTA MARTA $500.000 $500.000 $6.000.000 41 Permiso por protección Temporal

2809769 ANDREI BRACHO

SANTANA

JUAN FELIPE

TANGARIFE HOLGUIN 71369898 ANTIOQUIA MEDELLÍN $800.000 $640.575 $7.686.900 42 Permiso por protección Temporal

5364085 RICARDO ANDRES

COLINA PETRO

ANGELA

ROSA GUISADO PADILLA 22854023 ATLÁNTICO SOLEDAD $400.000 $400.000 $4.800.000 43 Permiso por protección Temporal

5364085 RICARDO ANDRES

COLINA PETRO

ANGELA

ROSA GUISADO PADILLA 22854023 ATLÁNTICO SOLEDAD $400.000 $400.000 $4.800.000 43 Permiso por protección Temporal

5685354 ROSMARI DEL

CARMEN MICETT

PERALES

FARIDEZ

LEAL QUINTERO 22491755 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 44 Permiso por protección Temporal

5742169 YORDELIS

CAROLINA MICETT

PERALES

ADALBERTO

ANTONIO GIL MIELES 78292038 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 45 Permiso por protección Temporal

3666913 MARIA ANGEL

ESPINOZA

ORELLANA

GEINER

ENRIQUE

VILORIA MUÑOS 72053722 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 46 Permiso por protección Temporal

1206869 CARMEN CECILIA

MALDONADO

PAREDES

JOSE

ALDEMAR

PEÑA VALLEJO 8791568 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025

PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”

N° TIPO DE

DOCUMENTO

DEIDENTIDAD

NÚMERO DE

DOCUMENTO

DE IDENTIDAD

NOMBRES Y

APELLIDOS

ARRENDAD

OR Nro. DE

DOCUMENTO

DE IDENTIDAD

ARRENDADOR

DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR

CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR

SUBSIDIO

AL CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR TOTAL

SUBSIDIO POR 12 MESES 47 Permiso por protección Temporal

747345 WENDY

CHIQUINQUIRÁ

PEÑA BARBOZA

JULIAN

DAVID ARBOLEDA BERRIO 1102847987 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 48 Permiso por protección Temporal

5207792 MARIANNYS

CANDELARIA

MORALES

SANCHEZ

YON JAIRO

RODRIGUEZ MENDOZA 92128857 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 49 Permiso por protección Temporal

4709771 FREDDY JOSE

MAIZ HERRERA

LUDYS

MARIA DE LA

MENDOZA 92128857 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 49 Permiso por protección Temporal

4709771 FREDDY JOSE

MAIZ HERRERA

LUDYS

MARIA DE LA

HOZ CERVANTES 32871131 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 50 Permiso por protección Temporal

7096820 YAILY PAOLA DIAZ

VILLA

FERMIN

MUENTES JIMENEZ 8713616 ATLÁNTICO SOLEDAD $300.000 $300.000 $3.600.000 51 Permiso por protección Temporal

1996281 GRECIELIS DEL

CARMEN AVILA

GONZALEZ

LAUDY MARIA

CARRASCAL

SANJUANEL O 32889408 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 52 Permiso por protección Temporal

5074944 AVISAI DALIASMI

ROJAS BASTIDAS

FERNANDO

TERCERO

ANDRADE JARABE 7425679 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 53 Permiso por protección Temporal

5222500 CRISTAL ABIGAIL

DIAZ MONTILLA

LUIS

ALBERTO

ROMERO RIVERA 8540918 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 54 Permiso por protección Temporal

4927331 JERRICA

CATHERINE

GOMEZ REYES

CESAR

PARNETH

CASTELLON

73087424 BOLÍVAR CARTAGENA DE

INDIAS

54 Permiso por protección Temporal

4927331 JERRICA

CATHERINE

GOMEZ REYES

CESAR

PARNETH

CASTELLON

73087424 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $700.000 $640.575 $7.686.900 55 Permiso por protección Temporal

6855557 ANA MEJIAS

MEJIAS MENDOZA

ANA

YOLANDA

MARTINEZ

TAPIAS

39401792 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 56 Permiso por protección Temporal

5154532 GENESIS LISBETH

ROJAS

VILLANUEVA

MARIA

YANETH

BONILLA

MENDEZ

45494707 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $800.000 $640.575 $7.686.900 57 Permiso por protección Temporal

5502717 GLEIBIS ELOISA

GUTIERREZ

MARTINEZ

ALBEIRO

GIRALDO

HOYOS 98512520 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $700.000 $640.575 $7.686.900 58 Permiso por protección Temporal

5153411 MILAGROS

YUREISY PANTOJA

ARAUJO

MARTA

CECILIA

AGUIRRE

PEREZ 23229083 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 59 Permiso por protección Temporal

6378686 MARIA CAROLINA

TORREALBA

RIVERO

JANUAR

CHAVERRA

BARCO

INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 59 Permiso por protección Temporal

6378686 MARIA CAROLINA

TORREALBA

RIVERO

JANUAR

CHAVERRA BARCO 11798889 CHOCÓ QUIBDÓ $650.000 $640.575 $7.686.900 60 Permiso por protección Temporal

5478162 MAITE KARINA

ZABALETA JAIMES

JANUAR

CHAVERRA BARCO 11798889 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 61 Permiso por protección Temporal

6336208 YENNIFER

ORIANNY PEREZ

INFANTE

GONZALO

DE JESUS

RIVERO AGUDELO 11790323 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 62 Permiso por protección Temporal

6379209 JORGEANNI

MARIA RUIZ

TORREALBA

WILLIAN

MARTINEZ BERRIO 11812771 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 63 Permiso por protección Temporal

1428642 BETHANIA

ARACELYS GAMEZ

OROPEZA

IRMA LUCIA GIL PINO 45440221 CHOCÓ QUIBDÓ $700.000 $640.575 $7.686.900 64 Permiso por protección Temporal

5171820 NINOSKA

ANDREINA NELO

TIMAURE

AMARICE

RAMIREZ RODRIGUEZ 54252384 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 65 Permiso por protección Temporal

ANDREINA NELO

TIMAURE

AMARICE

RAMIREZ RODRIGUEZ 54252384 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 65 Permiso por protección Temporal

4247781 YETZABETH

KARINA CAZORLA

SECO

ALFRETH

ENRIQUE

AYALA BAQUERO 17956988 LA GUAJIRA FONSECA $450.000 $450.000 $5.400.000 66 Permiso por protección Temporal

5439160 EXAMARIS

CAROLINA GOMEZ

ARANGUREN

MARIA

ESTELA

MOLINA DE MILIAN 26994233 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 67 Permiso por protección Temporal

5187035 GLADYS MARLENE

RENDILES

CHACON

CLARIVEL

SEGURA ESPITIA 25954659 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 68 Permiso por protección Temporal

5696640 ANNIE PAOLY

REYES URDANETA

JEAN

CARLOS

RIVERA ROJAS 17959534 LA GUAJIRA FONSECA $300.000 $300.000 $3.600.000 69 Permiso por protección Temporal

5636707 PAOLA CAROLINA

FUENMAYOR

FUENMAYOR

JOSE CELIN

VERGARA MEDINA 12608192 LA GUAJIRA FONSECA $250.000 $250.000 $3.000.000 70 Permiso por protección Temporal

5437131 MILEIDY JOSEFINA

FUENMAYOR

FUENMAYOR

MEDINA 12608192 LA GUAJIRA FONSECA $250.000 $250.000 $3.000.000 70 Permiso por protección Temporal

5437131 MILEIDY JOSEFINA

FUENMAYOR

FUENMAYOR

YOHANDRI

MENDOZA URECHE 1120748805 LA GUAJIRA FONSECA $400.000 $400.000 $4.800.000 71 Permiso por protección Temporal

1118494 KAROLINE

ESTRELLA

CADENAS

BARBOZA

CARMEN

ALICIA

MANJARREZ LEON 26994351 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 72 Permiso por protección Temporal

1202124 MARYURY PAOLA

GONZALEZ

RODRIGUEZ

DORISMEL

DELGADO SANTIAGO 18937608 LA GUAJIRA FONSECA $400.000 $400.000 $4.800.000 73 Permiso por protección Temporal

5179545 YUSMARI

MARGARITA

CARROZ

FERNANDEZ

YENEIDIS

BRITO ROSADO 56054128 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 74 Permiso por protección Temporal

1166150 ROMAN JOSE

NAVA DELIA

TERESA

MARTINEZ GUTIERREZ 32792464 MAGDALENA SANTA MARTA $450.000 $450.000 $5.400.000

TOTAL,ASIGNACION $ 469.958.700

Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares

GUTIERREZ 32792464 MAGDALENA SANTA MARTA $450.000 $450.000 $5.400.000

TOTAL,ASIGNACION $ 469.958.700

Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de la presente asignación.

Artículo 3. El Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda podrá en cualquier momento verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Fecha: 29/04/2025

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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”

Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda para los hogares relacionados en el artículo 1° de esta resolución queda condicionada a:

  • La suscripción de los contratos de arrendamiento o ajuste de los que se encuentren vigentes, los cuales inician desde el momento que se haga entrega material de la vivienda, lo cual será reportado por el gestor inmobiliario y/o
  • La suscripción de los contratos de arrendamiento o ajuste de los que se encuentren vigentes, los cuales inician desde el momento que se haga entrega material de la vivienda, lo cual será reportado por el gestor inmobiliario y/o propietario de la vivienda que funja como arrendador. • La verificación del arrendador en las bases de SARLAFT que haga la Fiduciaria Bogotá en cumplimiento del contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nros. 006 de 2018 y/o el establecimiento de crédito al cual se trasladen los valores correspondientes del subsidio, de conformidad con lo indicado en el numeral 9.5.2.2.1. del manual operativo. • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “ Semillero de Propietarios” subcuenta de recursos de cooperación no reembolsables.

Artículo 5. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. Comunicar el presente acto administrativo a los hogares beneficiarios y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios”, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 de 2018, suscrito con la Fiduciaria de Bogotá S.A. Artículo 7. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 28 OCTUBRE 2025

GALEANO

AVILA Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 28 OCTUBRE 2025

GALEANO

AVILA Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ANDERSON

ANDERSON ARTURO

ARTURO

Fecha: 2025.10.28

10:49:31 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda

Elaboró:

Alejandro Marín Llanos Contratista Contrato nro. 026-2025 SSFV

Revisó:

Geraldine Campo Contratista Contrato nro. 397 – 2025 SSFV

María Fernanda Merlano Contratista Contrato nro. 233 - 2025 SSFV

Juliana Toro Cadavid Subdirectora SSFV

Janeth Riaño Contratista Contrato nro. 0616 – 2025

Aprobó:

Rosa Elena Espitia R. Directora DIVIS

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