MINVIVIENDA - Resolución 0845 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0845 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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RESOLUCIÓN NÚMERO 0845 DE 28 OCTUBRE 2025
“Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA –
FONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 se enmarcan las condiciones especiales de asignación del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de arrendamiento en el marco del programa de promoción y acceso a la vivienda "Semillero de Propietarios" para población migrante, destinado a facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población migrante venezolana cuyos ingresos sean iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), por medio de una política de arrendamiento social.
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.6.4.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda suscribió con la Fiduciaria Bogotá S.A. – Fidubogotá el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 del 26 de diciembre de 2018 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3183165, por medio del cual se realizará la administración de los recursos para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinados a la atención de hogares a los que se refiere el programa de promoción y acceso a vivienda “Semillero de Propietarios".
Que la sección 9, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares
Que la sección 9, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa “Semillero de Propietarios” para población migrante.
Que el artículo 2.1.1.6.9.3. del Decreto 1077 de 2015 establece siguiendo sus líneas:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
“Artículo 2.1.1.6.9.3. Valor del subsidio familiar de vivienda destinado a hogares migrantes. El valor del subsidio familiar de vivienda aplicable al canon de arrendamiento mensual, para los hogares migrantes beneficiarios, se establecerá así:
a) Para contratos de arrendamiento con plazo igual o inferior a seis (6) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,60 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento.
b) Para contratos de arrendamiento con plazo de doce (12) meses, se asignará un
0,60 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento.
b) Para contratos de arrendamiento con plazo de doce (12) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,45 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento.”
Que, en cumplimiento del artículo 2.1.1.6.9.8 del Decreto 1077 de 2015, los hogares migrantes habilitados solicitaron ante Fonvivienda la asignación de subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda “Semillero de Propietarios" , en la modalidad de arrendamiento para población migrante, para hogares que suscribieron contratos de arrendamiento. Para el efecto, los hogares enviaron el correspondiente contrato de arrendamiento debidamente suscrito, los documentos que permiten acreditar las condiciones mínimas de habitabilidad de la vivienda objeto de arrendamiento, acta de entrega y recibo de la vivienda objeto de arrendamiento y la información del arrendador para su validación. Que, para el desarrollo de la actividad descrita, se requiere disponer de experiencia técnica y capacidad operativa para la verificación de las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas arrendadas a los hogares potenciales beneficiarios del programa, razón por la cual se han suscrito los respectivos Convenios Interadministrativos entre Fonvivienda y las Entidades Territoriales competentes, con el fin de garantizar la adecuada ejecución de esta labor.
Que, en el marco de los convenios interadministrativos suscritos, las entidades
Interadministrativos entre Fonvivienda y las Entidades Territoriales competentes, con el fin de garantizar la adecuada ejecución de esta labor.
Que, en el marco de los convenios interadministrativos suscritos, las entidades territoriales efectuaron la verificación de las condiciones mínimas de habitabilidad en las viviendas postuladas por las personas habilitadas por Fonvivienda, certificando su viabilidad para la asignación de subsidios en el marco del programa “Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de Arrendamiento para población Migrante”.
Que, como parte de las actividades previstas en los convenios interadministrativos, las entidades territoriales realizarán el seguimiento a los hogares beneficiarios del subsidio, a través de visitas trimestrales efectuadas aleatoriamente.
Que, para el cumplimiento de dichas responsabilidades, las entidades territoriales realizan un aporte en especie consistente en la vinculación de un equipo de profesionales contratados por prestación de servicios, conformado por perfiles financieros, jurídicos, sociales, técnicos, administrativos, cartográficos, entre otros, así como la disposición del servicio de transporte para movilizar al personal interdisciplinario encargado de las visitas de verificación a las unidades habitacionales y de seguimiento a los hogares.
Que el valor total de los recursos asignados mediante el presente acto administrativo, como subsidios familiares de vivienda en dinero a los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 del 2015, asciendeFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
a la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS PESOS M/CTE. ($469.958.700), que corresponde en todo o en parte al canon de arrendamiento, que no puede exceder los 0.45 SMLMV por hogar, durante doce (12) meses.
Que, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2.1.1.6.9.5 y 2.1.1.6.9.8 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que los hogares reportados en el correo electrónico de fecha 22 de octubre de 2025 cumplieron con los requisitos establecidos en la norma antes mencionada, se hace necesario expedir el presente acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.
Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo con las reglas establecidas en la sección 2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 de 2015, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra
2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 de 2015, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios” subcuenta de recursos de cooperación no reembolsables. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015, relacionada con la posibilidad de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda “ Semillero de Propietarios ", en la modalidad de arrendamiento para población migrante, por un valor total de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS PESOS M/CTE. ($469.958.700), a los hogares que se relacionan a continuación:
N° TIPO DE
DOCUMENTO
DEIDENTIDAD
NÚMERO DE
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
NOMBRES Y
APELLIDOS
ARRENDAD
OR Nro. DE
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
ARRENDADOR
DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR
CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR
SUBSIDIO
AL CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR TOTAL
SUBSIDIO POR 12 MESES 1 Permiso por protección Temporal
5203252 JHONNDRY
BLADIMIR
VALOR
SUBSIDIO
AL CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR TOTAL
SUBSIDIO POR 12 MESES 1 Permiso por protección Temporal
5203252 JHONNDRY
BLADIMIR
VILLEGAS
PALENCIA
GLORIA
ESTELLA
RODRIGUEZ
RAMIREZ
52334224 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $750.000 $640.575 $7.686.900 2 Permiso por protección Temporal
5327442 YUSMELY
GORDILLO
VILLARROEL
LUIS
ALFREDO
PUERTA
VARGAS
1128060342 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 3 Permiso por protección Temporal
1234391 KATIUSKA
JENIREE OJEDA
GONZALEZ
RUTH
AMELIA
GONZALEZ
ZARATE
45420594 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $840.000 $640.575 $7.686.900 4 Permiso por protección Temporal
957927 KARLA BRIYITH
ANTOLINEZ NIÑO
ALBA LUZ
BARRIOS
BERNAL
32905400 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $580.000 $580.000 $6.960.000 5 Permiso por protección Temporal
5527056 JOSE ANDRES
MATA MUJICA
SILENA
DAZA AYALA
22799471 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 6 Permiso por protección Temporal
5527056 JOSE ANDRES
MATA MUJICA
SILENA
DAZA AYALA
22799471 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 6 Permiso por protección Temporal
5261033 JUNIOR JOSE
MUJICA
ELENA BELLO
BLANCO
33141088 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 7 Permiso por protección Temporal
6074907 EARLY ENRIQUE
GARCIA MONTERO
EMILSON
RAUL
NAVARRO
RODRIGUEZ
9079771 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 8 Permiso por protección Temporal
1042977 MARYENY
GABRIELA
BARRIOS VIELMA
DAIRO
ELIECER
MONSALVE
GARCIA
9113784 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 9 Permiso por protección Temporal
6180070 BARBARA
KATTIUSKA
RAMOS PORTILLO
CARIDAD
ALZAMORA
RAMIREZ
45494563 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $900.000 $640.575 $7.686.900 10 Permiso por protección Temporal
4856219 ROSANNI
CHIQUINQUIRA
BELTRAN
LASCARRO
ROSA
ESTHER
EDNA
AHUMADA
39152427 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 11 Permiso por protección
BELTRAN
LASCARRO
ROSA
ESTHER
EDNA
AHUMADA
39152427 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 11 Permiso por protección Temporal
4706141 JESUS ALBERTO
CEBALLOS
ESCALONA
ANGEL
MORILLO
GONZALEZ
73152628 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $750.000 $640.575 $7.686.900 12 Permiso por protección Temporal
1598884 SKELVIN
HERNANDEZ
MEDINA
LUIS
MARRUGO
1143409555 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $850.000 $640.575 $7.686.900Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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N° TIPO DE
DOCUMENTO
DEIDENTIDAD
NÚMERO DE
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
NOMBRES Y
APELLIDOS
ARRENDAD
OR Nro. DE
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
ARRENDADOR
DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR
CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR
NOMBRES Y
APELLIDOS
ARRENDAD
OR Nro. DE
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
ARRENDADOR
DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR
CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR
SUBSIDIO
AL CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR TOTAL
SUBSIDIO POR 12 MESES 13 Permiso por protección Temporal
5305901 LOIDA KEREN
ASCANIO
SANCHEZ
DOLIS
PACHECO
MUÑOZ 45694489 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 14 Permiso por protección Temporal
5064138 THAIZ MARLENE
TORRES QUIJADA
ADALGIZA
RODRIGUEZ
CARDONA
45435766 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 15 Permiso por protección Temporal
3673382 RUBI RAMONA
FRANCO DE MEZA
HECTOR
TELLEZ
VARGAS
9084069 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $675.000 $640.575 $7.686.900 16 Permiso por protección Temporal
5098632 WILMA INES LEAL
LEAL JULIA TORRES GELVES 45513656 MAGDALENA SANTA MARTA $400.000 $400.000 $4.800.000 17 Permiso por protección Temporal
6143799 CARLA ASMIRIAN
ORTIGOZA
SUAREZ
RUBY
BOLAÑOS
BENITEZ
17 Permiso por protección Temporal
6143799 CARLA ASMIRIAN
ORTIGOZA
SUAREZ
RUBY BOLAÑOS BENITEZ 32709763 MAGDALENA SANTA MARTA $600.000 $600.000 $7.200.000 18 Permiso por protección Temporal
5323060 BRIGITTE GARCIA
BARROSO
TERESA
JESUS LLANOS SALCEDO 57401387 MAGDALENA SANTA MARTA $500.000 $500.000 $6.000.000 19 Permiso por protección Temporal
4274848 JOSEFINA MARIA
MALDONADO
MEDINA
JOHNNATAN
TORO HINCAPIE 4520182 RISARALDA PEREIRA $550.000 $550.000 $6.600.000 20 Permiso por protección Temporal
4884175 JESSICA KARINA
RAMIREZ
RAMIREZ
MADERAS Y
AGROINDUS
TRIAS DEL
ORIENTE
S.A.S900311099 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $1.300.000 $640.575 $7.686.900 21 Cédula de
Extranjería (C.E)
5333810 ARIANY NATALY
URBINA MORALES
THERRY
YHAMPHIER
LOPESIERRA
MIRABAL
1118878034 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $550.000 $550.000 $6.600.000 22 Permiso por protección Temporal
5945750 NEYELIT
KATIUSKA
CAGUAO
HERRERA
TEODOLIND
A OSORIO
DE
GONZALEZ
22 Permiso por protección Temporal
5945750 NEYELIT
KATIUSKA
CAGUAO
HERRERA
TEODOLIND
A OSORIO
DE
GONZALEZ
28747061 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $650.000 $640.575 $7.686.900 23 Permiso por protección Temporal
4772348 ADRIANA
VICTORIA
SERRANO
BORGES
SANDRA
ADRIANA
PARRA CORZO 40023853 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $760.000 $640.575 $7.686.900 24 Permiso por protección Temporal
1057782 YOLIMAR
VILLASMIL
SANTIAGO
NATIVIDAD
VASQUEZ
51820145 BOGOTÁ, D.C. BOGOTÁ, D.C. $900.000 $640.575 $7.686.900 25 Permiso por protección Temporal
6310113 JOSE LEONARDO
GONZALEZ
COLMENAREZ
JOSE
MONTENEG
RO
ESCALONA
73113029 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 26 Permiso por protección Temporal
5314341 ANA VICTORIA
NORIEGA
ASTUDILLO
BUENAVENT
URA VEGA
45755125 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 27 Permiso por protección Temporal
5371674 YOGELIN DE
JESUS RIVERO
GONZALEZ
WENDY
TATIANA
MARRUGO
ALVAREZ
27 Permiso por protección Temporal
5371674 YOGELIN DE
JESUS RIVERO
GONZALEZ
WENDY
TATIANA
MARRUGO
ALVAREZ
1047449087 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $700.000 $640.575 $7.686.900 28 Permiso por protección Temporal
5256552 ALEJANDRA
CAROLINA MORAN
BARILLAS
SIMONA
QUEVEDO
CORPAS
33154976 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $470.000 $470.000 $5.640.000 29 Permiso por protección Temporal
5742177 YORBELY
KATHERINE
ARENAS MEJIA
NORIS NOBLE
ZABALETA
45446029 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 30 Permiso por protección Temporal
6831226 DAIRA CRISTINA
MALDONADO
TORREALBA
CARMEN
ROSA ARIAS
DE
ARENGAS
27761012 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 31 Permiso por protección Temporal
5977059 JHONNIS ANTONIO
DABOIN
WILDER
WILCHES SUAREZ 79906352 LA GUAJIRA FONSECA $600.000 $600.000 $7.200.000 32 Permiso por protección Temporal
5431051 JHOANNY
MARIYANI
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
EDERLAN
ARIÑO
MANJARREZ
32 Permiso por protección Temporal
5431051 JHOANNY
MARIYANI
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
EDERLAN
ARIÑO MANJARREZ 17955198 LA GUAJIRA FONSECA $380.000 $380.000 $4.560.000 33 Permiso por protección Temporal
5448596 ERIKA BEATRIZ
GONZALEZ
CENAIDA
ANTONIA
CAMPUZAN
O FERNANDEZ 26994557 LA GUAJIRA FONSECA $300.000 $300.000 $3.600.000 34 Permiso por protección Temporal
5691519 SILVIA DANIELA
MARRUFO DE
GUZMAN
LUIS
FERNANDO
PEÑARANDA PALACIO 17951731 LA GUAJIRA FONSECA $370.000 $370.000 $4.440.000 35 Permiso por protección Temporal
5037303 YESSIKA MAYLIN
LUGO PEREZ
KATIA
PATRICIA
MARTINEZ HERNANDEZ 36452851 LA GUAJIRA FONSECA $400.000 $400.000 $4.800.000 36 Permiso por protección Temporal
5065298 MARIA DE LOS
ANGELES
PACHANO
FERNANDEZ
ODALYS
STELLA
SAMPAYO FUENTES 1120739873 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 37 Permiso por protección Temporal
5708718 ELIMAR DEL
CARMEN MAVO
MORALES
VICTOR
ENRIQUE
CORTES
SERRANO
37 Permiso por protección Temporal
5708718 ELIMAR DEL
CARMEN MAVO
MORALES
VICTOR
ENRIQUE
CORTES SERRANO 17955565 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 38 Permiso por protección Temporal
7030190 CLARIBEL
KAROLINA LUBO
OCANDO
ELSA
CRISTINA
PÉREZ URECHE 1003381573 LA GUAJIRA FONSECA $450.000 $450.000 $5.400.000 39 Permiso por protección Temporal
1217183 LUIS PALMEZANO
PALMEZANO
KEINER
ALDAIR
VILLALOBOS GAMEZ 1193431110 LA GUAJIRA FONSECA $530.000 $530.000 $6.360.000 40 Permiso por protección Temporal
2602703 MILEIDY JENNIFER
GODOY SILVA
WILLIAM
ENRIQUE
NAVARRO NAVARRO 12542525 MAGDALENA SANTA MARTA $500.000 $500.000 $6.000.000 41 Permiso por protección Temporal
2809769 ANDREI BRACHO
SANTANA
JUAN FELIPE
TANGARIFE HOLGUIN 71369898 ANTIOQUIA MEDELLÍN $800.000 $640.575 $7.686.900 42 Permiso por protección Temporal
5364085 RICARDO ANDRES
COLINA PETRO
ANGELA
ROSA GUISADO PADILLA 22854023 ATLÁNTICO SOLEDAD $400.000 $400.000 $4.800.000 43 Permiso por protección Temporal
5364085 RICARDO ANDRES
COLINA PETRO
ANGELA
ROSA GUISADO PADILLA 22854023 ATLÁNTICO SOLEDAD $400.000 $400.000 $4.800.000 43 Permiso por protección Temporal
5685354 ROSMARI DEL
CARMEN MICETT
PERALES
FARIDEZ
LEAL QUINTERO 22491755 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 44 Permiso por protección Temporal
5742169 YORDELIS
CAROLINA MICETT
PERALES
ADALBERTO
ANTONIO GIL MIELES 78292038 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 45 Permiso por protección Temporal
3666913 MARIA ANGEL
ESPINOZA
ORELLANA
GEINER
ENRIQUE
VILORIA MUÑOS 72053722 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 46 Permiso por protección Temporal
1206869 CARMEN CECILIA
MALDONADO
PAREDES
JOSE
ALDEMAR
PEÑA VALLEJO 8791568 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
N° TIPO DE
DOCUMENTO
DEIDENTIDAD
NÚMERO DE
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
NOMBRES Y
APELLIDOS
ARRENDAD
OR Nro. DE
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
ARRENDADOR
DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR
CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR
SUBSIDIO
AL CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR TOTAL
SUBSIDIO POR 12 MESES 47 Permiso por protección Temporal
747345 WENDY
CHIQUINQUIRÁ
PEÑA BARBOZA
JULIAN
DAVID ARBOLEDA BERRIO 1102847987 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 48 Permiso por protección Temporal
5207792 MARIANNYS
CANDELARIA
MORALES
SANCHEZ
YON JAIRO
RODRIGUEZ MENDOZA 92128857 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 49 Permiso por protección Temporal
4709771 FREDDY JOSE
MAIZ HERRERA
LUDYS
MARIA DE LA
MENDOZA 92128857 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 49 Permiso por protección Temporal
4709771 FREDDY JOSE
MAIZ HERRERA
LUDYS
MARIA DE LA
HOZ CERVANTES 32871131 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 50 Permiso por protección Temporal
7096820 YAILY PAOLA DIAZ
VILLA
FERMIN
MUENTES JIMENEZ 8713616 ATLÁNTICO SOLEDAD $300.000 $300.000 $3.600.000 51 Permiso por protección Temporal
1996281 GRECIELIS DEL
CARMEN AVILA
GONZALEZ
LAUDY MARIA
CARRASCAL
SANJUANEL O 32889408 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 52 Permiso por protección Temporal
5074944 AVISAI DALIASMI
ROJAS BASTIDAS
FERNANDO
TERCERO
ANDRADE JARABE 7425679 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 53 Permiso por protección Temporal
5222500 CRISTAL ABIGAIL
DIAZ MONTILLA
LUIS
ALBERTO
ROMERO RIVERA 8540918 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 54 Permiso por protección Temporal
4927331 JERRICA
CATHERINE
GOMEZ REYES
CESAR
PARNETH
CASTELLON
73087424 BOLÍVAR CARTAGENA DE
INDIAS
54 Permiso por protección Temporal
4927331 JERRICA
CATHERINE
GOMEZ REYES
CESAR
PARNETH
CASTELLON
73087424 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $700.000 $640.575 $7.686.900 55 Permiso por protección Temporal
6855557 ANA MEJIAS
MEJIAS MENDOZA
ANA
YOLANDA
MARTINEZ
TAPIAS
39401792 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 56 Permiso por protección Temporal
5154532 GENESIS LISBETH
ROJAS
VILLANUEVA
MARIA
YANETH
BONILLA
MENDEZ
45494707 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $800.000 $640.575 $7.686.900 57 Permiso por protección Temporal
5502717 GLEIBIS ELOISA
GUTIERREZ
MARTINEZ
ALBEIRO
GIRALDO
HOYOS 98512520 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $700.000 $640.575 $7.686.900 58 Permiso por protección Temporal
5153411 MILAGROS
YUREISY PANTOJA
ARAUJO
MARTA
CECILIA
AGUIRRE
PEREZ 23229083 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 59 Permiso por protección Temporal
6378686 MARIA CAROLINA
TORREALBA
RIVERO
JANUAR
CHAVERRA
BARCO
INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 59 Permiso por protección Temporal
6378686 MARIA CAROLINA
TORREALBA
RIVERO
JANUAR
CHAVERRA BARCO 11798889 CHOCÓ QUIBDÓ $650.000 $640.575 $7.686.900 60 Permiso por protección Temporal
5478162 MAITE KARINA
ZABALETA JAIMES
JANUAR
CHAVERRA BARCO 11798889 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 61 Permiso por protección Temporal
6336208 YENNIFER
ORIANNY PEREZ
INFANTE
GONZALO
DE JESUS
RIVERO AGUDELO 11790323 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 62 Permiso por protección Temporal
6379209 JORGEANNI
MARIA RUIZ
TORREALBA
WILLIAN
MARTINEZ BERRIO 11812771 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 63 Permiso por protección Temporal
1428642 BETHANIA
ARACELYS GAMEZ
OROPEZA
IRMA LUCIA GIL PINO 45440221 CHOCÓ QUIBDÓ $700.000 $640.575 $7.686.900 64 Permiso por protección Temporal
5171820 NINOSKA
ANDREINA NELO
TIMAURE
AMARICE
RAMIREZ RODRIGUEZ 54252384 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 65 Permiso por protección Temporal
ANDREINA NELO
TIMAURE
AMARICE
RAMIREZ RODRIGUEZ 54252384 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 65 Permiso por protección Temporal
4247781 YETZABETH
KARINA CAZORLA
SECO
ALFRETH
ENRIQUE
AYALA BAQUERO 17956988 LA GUAJIRA FONSECA $450.000 $450.000 $5.400.000 66 Permiso por protección Temporal
5439160 EXAMARIS
CAROLINA GOMEZ
ARANGUREN
MARIA
ESTELA
MOLINA DE MILIAN 26994233 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 67 Permiso por protección Temporal
5187035 GLADYS MARLENE
RENDILES
CHACON
CLARIVEL
SEGURA ESPITIA 25954659 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 68 Permiso por protección Temporal
5696640 ANNIE PAOLY
REYES URDANETA
JEAN
CARLOS
RIVERA ROJAS 17959534 LA GUAJIRA FONSECA $300.000 $300.000 $3.600.000 69 Permiso por protección Temporal
5636707 PAOLA CAROLINA
FUENMAYOR
FUENMAYOR
JOSE CELIN
VERGARA MEDINA 12608192 LA GUAJIRA FONSECA $250.000 $250.000 $3.000.000 70 Permiso por protección Temporal
5437131 MILEIDY JOSEFINA
FUENMAYOR
FUENMAYOR
MEDINA 12608192 LA GUAJIRA FONSECA $250.000 $250.000 $3.000.000 70 Permiso por protección Temporal
5437131 MILEIDY JOSEFINA
FUENMAYOR
FUENMAYOR
YOHANDRI
MENDOZA URECHE 1120748805 LA GUAJIRA FONSECA $400.000 $400.000 $4.800.000 71 Permiso por protección Temporal
1118494 KAROLINE
ESTRELLA
CADENAS
BARBOZA
CARMEN
ALICIA
MANJARREZ LEON 26994351 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 72 Permiso por protección Temporal
1202124 MARYURY PAOLA
GONZALEZ
RODRIGUEZ
DORISMEL
DELGADO SANTIAGO 18937608 LA GUAJIRA FONSECA $400.000 $400.000 $4.800.000 73 Permiso por protección Temporal
5179545 YUSMARI
MARGARITA
CARROZ
FERNANDEZ
YENEIDIS
BRITO ROSADO 56054128 LA GUAJIRA FONSECA $350.000 $350.000 $4.200.000 74 Permiso por protección Temporal
1166150 ROMAN JOSE
NAVA DELIA
TERESA
MARTINEZ GUTIERREZ 32792464 MAGDALENA SANTA MARTA $450.000 $450.000 $5.400.000
TOTAL,ASIGNACION $ 469.958.700
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares
GUTIERREZ 32792464 MAGDALENA SANTA MARTA $450.000 $450.000 $5.400.000
TOTAL,ASIGNACION $ 469.958.700
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de la presente asignación.
Artículo 3. El Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda podrá en cualquier momento verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0845 del 28 OCTUBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y cuatro (74) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda para los hogares relacionados en el artículo 1° de esta resolución queda condicionada a:
- La suscripción de los contratos de arrendamiento o ajuste de los que se encuentren vigentes, los cuales inician desde el momento que se haga entrega material de la vivienda, lo cual será reportado por el gestor inmobiliario y/o
- La suscripción de los contratos de arrendamiento o ajuste de los que se encuentren vigentes, los cuales inician desde el momento que se haga entrega material de la vivienda, lo cual será reportado por el gestor inmobiliario y/o propietario de la vivienda que funja como arrendador. • La verificación del arrendador en las bases de SARLAFT que haga la Fiduciaria Bogotá en cumplimiento del contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nros. 006 de 2018 y/o el establecimiento de crédito al cual se trasladen los valores correspondientes del subsidio, de conformidad con lo indicado en el numeral 9.5.2.2.1. del manual operativo. • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “ Semillero de Propietarios” subcuenta de recursos de cooperación no reembolsables.
Artículo 5. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. Comunicar el presente acto administrativo a los hogares beneficiarios y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios”, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 de 2018, suscrito con la Fiduciaria de Bogotá S.A. Artículo 7. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., 28 OCTUBRE 2025
GALEANO
AVILA Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., 28 OCTUBRE 2025
GALEANO
AVILA Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON
ANDERSON ARTURO
ARTURO
Fecha: 2025.10.28
10:49:31 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda
Elaboró:
Alejandro Marín Llanos Contratista Contrato nro. 026-2025 SSFV
Revisó:
Geraldine Campo Contratista Contrato nro. 397 – 2025 SSFV
María Fernanda Merlano Contratista Contrato nro. 233 - 2025 SSFV
Juliana Toro Cadavid Subdirectora SSFV
Janeth Riaño Contratista Contrato nro. 0616 – 2025
Aprobó:
Rosa Elena Espitia R. Directora DIVIS