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MINVIVIENDA - Resolución 0908 de 2024

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0908 de 2024
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2024

Página 1 de 6

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 09/07/2024

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

RESOLUCIÓN NÚMERO DE

“Por la cual se asignan cuarenta y tres (43) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de gestión comunitaria”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.

Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de

del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.

Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.

Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda.

Que el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 establece que “El valor del subsidio familiar de vivienda de interés social para áreas urbanas que otorgue FONVIVIENDA, con cargo a los recursos del Presupuesto General de la N ación en la modalidad de mejoramiento, será otorgado por un valor equivalente hasta de dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes”, el cual, según el Manual Operativo del programa, deberá cubrir el 100% de los costos de ejecución, que están conformados por costos de diagnóstico y de obra.

dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes”, el cual, según el Manual Operativo del programa, deberá cubrir el 100% de los costos de ejecución, que están conformados por costos de diagnóstico y de obra.

Que mediante la Circular 2023EE0040709 del 15 de mayo de 2023 se abrió la convocatoria a registro de gestores de mejoramientos de viviendas, por medio de la cual se buscó vincular asociaciones populares, oferentes de mejoramientos, constructores, asociaciones público populares, juntas de acción comunal, entes territoriales y sus entidades descentralizadas, cajas de compensación familiar, entidades sin ánimo de lucro, comunidades étnicas, organizaciones no gubernamentales, agremiaciones, organizaciones popul ares de vivienda, organizaciones comunitarias, organizaciones de mujeres, consejos comunitarios, entidades del sector solidario, entidades públicas, entre otras interesadas en hacer parte de este programa, a través de la gestión y ejecución de mejoramiento s de vivienda.

0908 18 NOVIEMBRE 2024Página 2 de 6

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

“Por la cual se asignan cuarenta y tres (43) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de gestión comunitaria”

Que, posteriormente, a través de la Circular 0002 del 30 de agosto de 2023 expedida

Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de gestión comunitaria”

Que, posteriormente, a través de la Circular 0002 del 30 de agosto de 2023 expedida por el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, aclarada mediante la Circular 0005 del 14 de marzo de 2024, se precisaron los requisitos para la ejecución del Esquema de gestión comunitaria , realizando la descripción de los actores, et apas y trámites administrativos, con el fin de que los interesados pudieran expresar su interés y suscribir los anexos requeridos para participar en la ejecución de dicho esquema.

Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema de Gestión Comunitaria” y “ Rural Esquema de Gestión Comunitaria”.

Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios.

Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico , a partir del cual se determinar á la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes,

Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico , a partir del cual se determinar á la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros.

Que se asignaron cupos en el marco del Esquema de gestión comunitaria, dentro de otros, a los siguientes gestores:

Gestor NIT Resolución cupos

ALFREDO ELIAS CORONADO CAMBIA MI CASA 72125492 1227 del 15/11/2023

ARQUITESSA CONSTRUCCIONES SAS 901084647-3 1336 del 04/12/2023

CONSTRUCCIONES GIL Y DELGADO SAS 900821133-9 1336 del 04/12/2023

COSCA SAS 901502469-3 0159 del 24/04/2024

CRISTIAN ANTONIO ROJANO SEGURA 1140881383 1336 del 04/12/2023

FUNDACION CALIDAD DE VIDA Y/O SERVICIOS 901420067-8 1336 del 04/12/2023

FUNDACIÓN VIVIENDA Y TRABAJO LUCRECIA JARAMILLO DE URIBE - VITRA 800246973-1 1147 del 12/10/2023

INVERSIONES RIZCALA HERMANOS RIZCHER 800233461-4 1336 del 04/12/2023

Que los gestores individualizados en el cuadro precedente realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados por EnTerritorio en calidad de supervisor, en cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el marco del Contrato Nº 224004 ENTde las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados por EnTerritorio en calidad de supervisor, en cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el marco del Contrato Nº 224004 ENT02.

Que el supervisor, mediante correo electrónico de fecha 7 de noviembre del 2024 dirigido a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS), informó el resultado de los diagnósticos habili tados viables presentados por los referidos gestores, detallando el valor de los mejoramientos objeto de intervención, los cuales constituyen el valor de los subsidios familiares de vivienda a los que se hace referencia en el artículo primero de este acto administrativo.

Que, mediante correo electrónico de fecha 8 de noviembre del 2024, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema de gestión comunitaria aplicable a suelo urbano, según concepto emitido 0908 del 18 NOVIEMBRE 2024Página 3 de 6

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Resolución No.

“Por la cual se asignan cuarenta y tres (43) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de gestión comunitaria”

por EnTerritorio en calidad de supervisor, frente a los hogares que fueron habilitados por

Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de gestión comunitaria”

por EnTerritorio en calidad de supervisor, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015.

Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza de conformidad con los topes establecidos para el año de aprobación del diagnóstico por parte del supervisor.

Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Resolución nro. 0536 de 2020, ascendiendo a la suma de SEISCIENTOS SETENTA

MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($670.800.000).

Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto.

Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso.

Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de

correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso.

Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Asignar cuarenta y tres (43) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de gestión comunitaria, por un valor total de SEISCIENTOS SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($670.800.000), a los hogares que se relacionan a continuación:

Nro. GESTOR ID CEDULA NOMBRES APELLIDOS DPTO MCPIO VALOR SFV

1

FUNDACION

CALIDAD DE VIDA

Y/O SERVICIOS 217377 26758734 JOSEFINA

ESTHER

MEZA DE

ROMERO MAGDALENA FUNDACIÓN $ 15.600.000

2

FUNDACION

CALIDAD DE VIDA

Y/O SERVICIOS

217379 1081797539 DAIRO JOSE CONTRERAS

BARRIOS MAGDALENA FUNDACIÓN $ 15.600.000

3

FUNDACION

CALIDAD DE VIDA

Y/O SERVICIOS 217387 49745477 ERILDA

217379 1081797539 DAIRO JOSE CONTRERAS

BARRIOS MAGDALENA FUNDACIÓN $ 15.600.000

3

FUNDACION

CALIDAD DE VIDA

Y/O SERVICIOS 217387 49745477 ERILDA

ESTHER ORTIZ MEZA MAGDALENA FUNDACIÓN $ 15.600.000

4

FUNDACION

CALIDAD DE VIDA

Y/O SERVICIOS 217406 19589076 ARLY

JOAQUIN

RODRIGUEZ

CRESPO MAGDALENA FUNDACIÓN $ 15.600.000

5

ALFREDO ELIAS

CORONADO

CAMBIA MI CASA

217890 22688164

MARIA DE

LOS

ANGELES

DE MOYA

SOLANO ATLÁNTICO SOLEDAD $ 15.600.000

6

ALFREDO ELIAS

CORONADO

CAMBIA MI CASA 217894 32814054 NIDIA

ESTHER

BULA DE

NIEBLES ATLÁNTICO SOLEDAD $ 15.600.000

7

ALFREDO ELIAS

CORONADO

CAMBIA MI CASA 217904 32810894 PIEDAD

SOFIA

NIÑO SANDOVAL ATLÁNTICO SOLEDAD $ 15.600.000 0908 del 18 NOVIEMBRE 2024Página 4 de 6

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

“Por la cual se asignan cuarenta y tres (43) subsidios familiares de vivienda en el marco del

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

“Por la cual se asignan cuarenta y tres (43) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de gestión comunitaria”

Nro. GESTOR ID CEDULA NOMBRES APELLIDOS DPTO MCPIO VALOR SFV

8 CRISTIAN ANTONIO

ROJANO SEGURA 218787 26758862 NANCY

CECILIA

DE LA HOZ

MENDOZA MAGDALENA FUNDACIÓN $ 15.600.000

9 CRISTIAN ANTONIO

ROJANO SEGURA 218789 26762362 RINA

BEATRIZ PEREZ MAGDALENA FUNDACIÓN $ 15.600.000

10 CRISTIAN ANTONIO

ROJANO SEGURA 218813 1081819821 KAREN

MARGARITA

RODRIGUEZ

JIMENEZ MAGDALENA FUNDACIÓN $ 15.600.000

11

INVERSIONES

RIZCALA HERMANOS RIZER 221912 40765795 MARIA ENID SANCHEZ CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

12

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER

221913 30510005 CECILIA ROMERO DE

LOZANO CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

13

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER

221922 40762028 LUZ MARINA TAPIERO

TAPIERO CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

14

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER

RIZCALA

HERMANOS RIZER

221922 40762028 LUZ MARINA TAPIERO

TAPIERO CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

14

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 221923 40780739 DISLEY VARGAS

CORTES CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

15

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 221927 40756779 NOHEMY TOLEDO

ANDRADE CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

16

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 221954 40755034 MARIA

ZENAIDA SANJUAN CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

17

INVERSIONES

RIZCALA HERMANOS RIZER 221956 17637603 JAIRO LOSADA ROJAS CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

18

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 221980 52339241 DORIS GARCIA

RIVEROS CAQUETÁ VALPARAÍSO $ 15.600.000

19

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 221983 4893067 ANSELMO TAFUR

NARVAEZ CAQUETÁ VALPARAÍSO $ 15.600.000

20

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 222011 17632906 ENRIQUE VALENCIA

GUTIERREZ CAQUETÁ VALPARAÍSO $ 15.600.000

21

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 222018 1147686855 CLAUDIA

PATRICIA

PIZARRO

GUTIERREZ CAQUETÁ VALPARAÍSO $ 15.600.000

21

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 222018 1147686855 CLAUDIA

PATRICIA

PIZARRO

TRUJILLO CAQUETÁ VALPARAÍSO $ 15.600.000

22

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER

222033 25634769 ANA YOLY MOSQUERA

MONTILLA CAQUETÁ VALPARAÍSO $ 15.600.000

23

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 222045 17649052 DAGOBERTO TAPIERO

ORTEGA CAQUETÁ VALPARAÍSO $ 15.600.000

24

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER

222056 1006846006 JHON JAIRO VARGAS

NARVAEZ CAQUETÁ VALPARAÍSO $ 15.600.000

25

INVERSIONES

RIZCALA HERMANOS RIZER 228799 40764852 NELLY SAPUY OME CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

26

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 228842 26629125 BILMA

BEATRIZ ROJAS CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

27

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 228843 40777504 MARTHA RAMIREZ CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

28

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER

228869 26509267 MARIA ELSA VARON

FAJARDO CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

29

28

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER

228869 26509267 MARIA ELSA VARON

FAJARDO CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

29

INVERSIONES

RIZCALA HERMANOS RIZER 228902 1117527205 JORALIA ROA CASTRO CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

30

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 228918 30351366 DILIA MONTEALEGRE

LASSO CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

31

INVERSIONES

RIZCALA HERMANOS RIZER 232295 40625666 MARIELA ROJAS ROJAS CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

32

FUNDACIÓN

VIVIENDA Y

TRABAJO

LUCRECIA

JARAMILLO DE URIBE - VITRA 233947 14567815 JORGE

ALBERTO

MARIN

GRAJALES

VALLE DEL CAUCA CARTAGO $ 15.600.000

33

FUNDACIÓN

VIVIENDA Y

TRABAJO

LUCRECIA 233948 29621139 MARIA LUZ

DARY

RINCON

ROMERO VALLE DEL CAUCA CARTAGO $ 15.600.000 0908 del 18 NOVIEMBRE 2024Página 5 de 6

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PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

“Por la cual se asignan cuarenta y tres (43) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de gestión comunitaria”

Nro. GESTOR ID CEDULA NOMBRES APELLIDOS DPTO MCPIO VALOR SFV

JARAMILLO DE

URIBE - VITRA

34

FUNDACIÓN

VIVIENDA Y

TRABAJO

LUCRECIA

JARAMILLO DE

URIBE - VITRA 233949 31407601 MARLENE ZUÑIGA MEJIA VALLE DEL CAUCA CARTAGO $ 15.600.000

35

ALFREDO ELIAS

CORONADO

CAMBIA MI CASA 234566 8759364 ARCADIO

MANUEL

CASTRO

VILLARREAL ATLÁNTICO SOLEDAD $ 15.600.000

36

FUNDACIÓN

VIVIENDA Y

TRABAJO

LUCRECIA

JARAMILLO DE URIBE - VITRA 238755 24550371 OLGA

PATRICIA

CARMONA

PATIÑO

VALLE DEL CAUCA CARTAGO $ 15.600.000

37

FUNDACIÓN

VIVIENDA Y

TRABAJO

LUCRECIA

JARAMILLO DE URIBE - VITRA 239520 6237328 ALONSO VALENCIA

BEDOYA

VALLE DEL CAUCA CARTAGO $ 15.600.000

38

INVERSIONES

TRABAJO

LUCRECIA

JARAMILLO DE URIBE - VITRA 239520 6237328 ALONSO VALENCIA

BEDOYA

VALLE DEL CAUCA CARTAGO $ 15.600.000

38

INVERSIONES

RIZCALA

HERMANOS RIZER 239811 40767999 LIDIA HERNANDEZ

AGUILAR CAQUETÁ FLORENCIA $ 15.600.000

39

FUNDACIÓN

VIVIENDA Y

TRABAJO

LUCRECIA

JARAMILLO DE URIBE - VITRA 252539 29925026 HILDA

AURORA MUÑOZ MUÑOZ VALLE DEL

CAUCA EL DOVIO $ 15.600.000

40

ARQUITESSA

CONSTRUCCIONES

SAS 257709 12611331 RAFAEL TAMARA

REYES MAGDALENA SANTA MARTA $ 15.600.000

41

CONSTRUCCIONES

GIL Y DELGADO SAS 259945 22007536 MARIA

LEONISA

CARDONA

ZAPATA ANTIOQUIA SAN CARLOS $ 15.600.000

42

CONSTRUCCIONES

GIL Y DELGADO SAS 262381 70162330 HECTOR OBED URREA CIRO ANTIOQUIA SAN CARLOS $ 15.600.000 43 COSCA SAS 266089 57425717 MARELBIS

ISABEL

MORRON

GARCIA BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $ 15.600.000

VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $670.800.000

Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los

MORRON

GARCIA BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $ 15.600.000

VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $670.800.000

Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo.

Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a:

  • La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada. • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y ii) la emisión del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor. • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del Programa.

0908 del 18 NOVIEMBRE 2024Página 6 de 6

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

“Por la cual se asignan cuarenta y tres (43) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema de gestión comunitaria”

Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Artículo 6. El contenido del presente acto administrativo será comunicado a la Empresa Promotora del Desarrollo Territorial – EnTerritorio, quien en calidad d e supervisor deberá mantener el control de los cupos y recursos asignados.

Artículo 7. Esta resolución será comunicada al Patrimonio Autónomo constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 3-1-83679 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogot á́ y a los gestores ALFREDO ELIAS CORONADO CAMBIA MI CASA , ARQUITESSA CONSTRUCCIONES SAS, CONSTRUCCIONES GIL Y DELGADO SAS , COSCA SAS , CRISTIAN ANTONIO ROJANO SEGURA , FUNDACION

CAMBIA MI CASA , ARQUITESSA CONSTRUCCIONES SAS, CONSTRUCCIONES GIL Y DELGADO SAS , COSCA SAS , CRISTIAN ANTONIO ROJANO SEGURA , FUNDACION CALIDAD DE VIDA Y/O SERVICIOS , FUNDACIÓN VIVIENDA Y TRABAJO LUCRECIA JARAMILLO DE URIBE – VITRA, INVERSIONES RIZCALA HERMANOS RIZCHER quienes, a su vez, comunicarán este acto administrativo a los hogares relacionados en el artículo primero.

Artículo 8. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., a los

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda

Elaboró: Karina Jaimes

Cargo: Contratista

Oficina: SSFV

Revisó: Sandra Real Grass

Cargo: Contratista

Oficina: DIVIS

Revisó: María Victoria García Rangel

Cargo: Subdirectora

Oficina:

Revisó: Alejandro Rodríguez

Cargo: Contratista

Oficina: DIVIS

Revisó: Giovanna Naranjo Guzmán

Cargo: Contratista

Oficina: DIVIS

Aprobó: David Ricardo Ochoa Yepes

Cargo: Director

Oficina: DIVIS

Revisó: Juan Betancourt

Cargo: Contratista

Oficina: FNV

Revisó: Rodolfo Rodríguez

Cargo: Contratista

Oficina: DIVIS

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0908 del 18 NOVIEMBRE 2024 18 NOVIEMBRE 2024

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