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MINVIVIENDA - Resolución 0911 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0911 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 6 RESOLUCIÓN NÚMERO 0911 DE 06 NOVIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo Departamento de Cundinamarca” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral ”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral ”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda. Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta veintidós (22) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural. Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “Urbano Esquema Asociativo” y “Rural Esquema Asociativo”. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió la Circular No. 0003 de 2024 bajo radicado 2024EE0012931 del 5 de marzo de 2024, convocando a los entes territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) a manifestar interés, para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramientos en el esquema asociativo. Por lo anterior, EL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA manifestó interés mediante oficio del 20 de marzo de 2024 y tras haber cumplido con los requisitos previstos en la Convocatoria, para la DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA manifestó interés mediante oficio del 20 de marzo de 2024 y tras haber cumplido con los requisitos previstos en la Convocatoria, para la asignación de cupos de recursos en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 2 de 6 RESOLUCIÓN NO. 0911 DE 06 NOVIEMBRE 2025 ““Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo Departamento de Cundinamarca” Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0747 de 2024 “ Por la cual se asignan cupos de recursos para zonas urbanas y rural a los Departamentos de Arauca, Bolívar, Boyacá, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés, Santander, Valle del Cauca y Vichada; en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural”. Que el 11 de diciembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – Fonvivienda y el Departamento de Cundinamarca suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 055 cuyo Que el 11 de diciembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – Fonvivienda y el Departamento de Cundinamarca suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 055 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de DesarrolloLey 2294 de 2023.” Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios. Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinar á la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de pre -construcción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta. Que el Departamento de Cundinamarca, en atención a la obligaciones contenidas en el numeral 5 de la Cláusula Cuarta del Convenio Interadministrativo N° 055 del 11 de diciembre de 2024 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados a través del oficio con asunto “Solicitud #3, asignación de subsidios para mejoramiento de vivienda CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACIÓN No. 055 de 2024, FONVIVIENDA – DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – SECRETARIA DE VIVIENDA DE CUNDINAMARCA” a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) través del oficio de fecha 16 de octubre de 2025. Que, mediante correo electrónico de fecha 17 de octubre del 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo rural, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 055 -2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA y sus contratistas), aplicable a suelo rural, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 055 -2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7 5. del Decreto 1077 de 2015. Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correos electrónicos del 23 de mayo; 03, de junio; 7, 14 y 25 de julio; 2, 13, 15, 21 y 28 de agosto y 15,17,22 y 24 de septiembre de 2025.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 6 RESOLUCIÓN NO. 0911 DE 06 NOVIEMBRE 2025 ““Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo Departamento de Cundinamarca” Valor Total del ““Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo Departamento de Cundinamarca” Valor Total del Convenio Entidad Valor aportado Porcentaje $ 18.984.000.000 FONVIVIENDA $ 11.368.800.000 60% DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA $ 7.615.200.000 40% Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza de conformidad con los topes establecidos para el año de aprobación del diagnóstico por parte del supervisor Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 576.000.000) Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso. de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Asociativo, por un valor total de QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 576.000.000) a los hogares que se relacionan. En el presente acto administrativo se relacionan únicamente los jefes de hogar de cada núcleo familiar, no obstante lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:

N° CODIGO HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR ASOCIATIVO VALOR A ASIGNAR

MVCT 1 326026 3139915

ELADIO

ANTONIO

ROZO

BOBADILLA

MVCT 1 326026 3139915

ELADIO

ANTONIO

ROZO

BOBADILLA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 2 326019 41593949

MARIA INES

ARDILA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 3 326368 11411570 OMAR

GERARDO

CESPEDES

HERRERA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 4 326021 20852004

OLGA LUCIA

VELASQUEZ

BAQUERO

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 5 326020 40265937

LIDIA YANET

PARDO

MANCERA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

40265937

LIDIA YANET

PARDO

MANCERA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA $ 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 4 de 6 RESOLUCIÓN NO. 0911 DE 06 NOVIEMBRE 2025 ““Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo Departamento de Cundinamarca” N° CODIGO HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR ASOCIATIVO VALOR A ASIGNAR MVCT 6 361860 21228111

FILOMENA

BETANCOURTH

DE GARCIA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 7 326027 21191297

SONIA ROCIO

PARDO

MANCERA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 8 PARDO

MANCERA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 8 326357 79705373

ABELARDO

MANCERA

HERRERA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 9 326361 1071302917

PABLO EMILIO

BETANCOURTH

BETANCOURTH

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 10 324157 20546364

HERMINIA

BARBOSA

BARBOSA

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 11 353615 20546258

GLORIA ELSA

GARAY

ACOSTA

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 12 324137 2983429 MARIO FOSCA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 12 324137 2983429 MARIO

HECTOR

RIVEROS REY

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 13 337723 20476713

CARMEN

ROSA

CARRILLO

LOPEZ

CUNDINAMARCA

CHIPAQUE

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 14 359751 2995671

MARCO FIDEL

MORENO

MORENO

CUNDINAMARCA

CHIPAQUE

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 15 361512 3106450 ELIAS

GUERRA VERA

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 16 323783 20767829

MERY IDE

RAMIREZ

RAMIREZ

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 16 323783 20767829

MERY IDE

RAMIREZ

RAMIREZ

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 17 323762 52655903

MARIELA

FIERRO LOPEZ

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 18 323760 3107965

GUILLERMO

BENAVIDES

DIAZ

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 19 323774 329292

CARLOS

VIRGILIO

FIERRO FEO

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 20 360538 20705957 MARIA

PATRICIA

HERNANDEZ

RODRIGUEZ

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO DE

360538 20705957 MARIA

PATRICIA

HERNANDEZ

RODRIGUEZ

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 21 357652 21113912 ORFA

URREA MUÑOZ

CUNDINAMARCA

NIMAIMA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 22 361515 329143 JOSE

EDUARDO

MAHECHA

ROJAS

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 23 343845 1071868165

FLOR ALBA

VERA VERA

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA $ 12.000.000 24 325913 21112487 MAGNOLIA BETANCUR ESCUDERO CUNDINAMARCA NIMAIMA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA $ 12.000.000 25 324191 1074908699 HILDA MARIA LOBATON

SOTO CUNDINAMARCA TIBIRITA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000

26 324193 25 324191 1074908699 HILDA MARIA LOBATON

SOTO CUNDINAMARCA TIBIRITA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 26 324193 80394244

BENEDICTO

VELANDIA

CUNDINAMARCA

TIBIRITA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 27 324194 3202652

JOAQUIN

ALFREDO

BERMUDEZ

CALDERON

CUNDINAMARCA

TIBIRITA

DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA $ 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 5 de 6 RESOLUCIÓN NO. 0911 DE 06 NOVIEMBRE 2025 ““Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo Departamento de Cundinamarca” N° CODIGO HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR ASOCIATIVO VALOR A ASIGNAR MVCT mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo Departamento de Cundinamarca” N° CODIGO HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR ASOCIATIVO VALOR A ASIGNAR MVCT 28 324208 79241128 PABLO EMILIO LOPEZ MEJIA CUNDINAMARCA TIBIRITA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 29 324217

1069716041 JUANA

GABRIELA

CALDERON

RODRIGUEZ

CUNDINAMARCA

TIBIRITA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 30 326039 21081774

MARIA NELLY

BRAVO

CUNDINAMARCA

ÚTICA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000

31 326040 3233930 SILVESTRE MUÑOZ MUÑOZ CUNDINAMARCA ÚTICA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA $ 12.000.000 32 326041 3244063 HELI RAMOS

ORDOÑEZ CUNDINAMARCA ÚTICA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 33 326042 21081943

CENAIDA SANCHEZ

LEON

CUNDINAMARCA

ÚTICA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 34 326044 10158388

CARLOS

LEON

CUNDINAMARCA

ÚTICA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 34 326044 10158388

CARLOS

MUÑOZ TORO

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 35 326046 21081465 ADELA

CASTILLO

SANCHEZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 36 326048 21080987

MARINA

CIFUENTES

CUNDINAMARCA

ÚTICA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA $ 12.000.000 37 326049 21082574 NANCY OLAYA

CIFUENTES CUNDINAMARCA ÚTICA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA $ 12.000.000 38 326051 21082500 EMILCE CIFUENTES

SALDAÑA CUNDINAMARCA ÚTICA DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 39 326053 3233974

CARLOS

ALIRIO

LEON

MAHECHA

CUNDINAMARCA

ÚTICA 39 326053 3233974

CARLOS

ALIRIO

LEON

MAHECHA

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 40 326054 21080637

BLANCA

CECILIA

CRUZ

MARTINEZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 41 326055 3233448

GUSTAVO

HERNANDEZ

MORENO

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 42 326056 3234747

ALIRIO

GARCIA

RODRIGUEZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 43 326057 3233737

VIRGILIO

RAMIREZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000

VIRGILIO

RAMIREZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 44 326058 21081715 MARIA

ELICINIA

TORO

ORDOÑEZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 45 326059 80458666

AMADEO

MAHECHA

MALDONADO

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 46 326060 3234954

ALIRIO

MAHECHA

MALDONADO

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 47 326061 3234960

FLORENCIO

MAHECHA

ORDOÑEZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 48 326064 3234023 ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 48 326064 3234023

PEDRO JULIO

MAHECHA

ORDOÑEZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO DE

CUNDINAMARCA

$ 12.000.000 TOTAL $ 576.000.000 Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 6 de 6 Laura Marcela Sanguino Subdirectora SSEVR RESOLUCIÓN NO. 0911 DE 06 NOVIEMBRE 2025 ““Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo Departamento de Cundinamarca” Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a:

  • La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada. • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y ii) la emisión del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor. • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del Programa.

Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo FideicomisoPrograma de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de Administración y Pagos No. 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y al Departamento de Santander, quien, a su vez, comunicará este acto administrativo a los hogares relacionados de Administración y Pagos No. 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y al Departamento de Santander, quien, a su vez, comunicará este acto administrativo a los hogares relacionados en el artículo primero. Artículo 7o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 06 NOVIEMBRE 2025

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ARTURO

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2025.11.06

10:58:50 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda Fonvivienda Laura Alejandra Jimenez Acosta Contratista SSEVR Andrei Suarez Contratista SSEVR María Antonia Prieto Contratista PA 030F – 2025 Rosa Elena Espitia Riaño Directora DIVIS

ANDERSON

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