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MINVIVIENDA - Resolución 0942 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0942 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 5

RESOLUCIÓN NÚMERO 0942 DE 14 NOVIEMBRE 2025

“Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0521 y 0917 de 2023; 0030, 0161 de 2025, respecto de cinco (5) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° y el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en la sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (…)”.

de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (…)”.

Que, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo de FONVIVIENDA “ 3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”. Que, en la sección 1, capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio nro. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”, modificado por el Decreto 490 de 2023, con el objetivo de facilitar la adquisición de una solución de vivienda de interés social ubicada en suelo rural o urbano.

Que, a su vez, el artículo 2.1.1.4.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 490 de 2023, estableció que a aquellos hogares que se encuentren clasificados entre los grupos A1 y C8 del SISBÉN IV podrá asignárseles un subsidio por el monto equivalente a treinta salarios mínimos legales mensuales vigentes (30 SMLMV), y a los hogares que se encuentren clasificados entre los grupos C9 y D20, un subsidio por el monto equivalente a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes (20 SMLMV) al momento de la solicitud de la asignación.

Que los numerales 2.6 y 2.11 del artículo 2.1.1.1.1.1.2 del Decreto 1077 de 2015,

mensuales vigentes (20 SMLMV) al momento de la solicitud de la asignación.

Que los numerales 2.6 y 2.11 del artículo 2.1.1.1.1.1.2 del Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1533 de 2019, indican la definición de la concurrencia del subsidio familiar de vivienda, y de los recursos complementarios al subsidio para la adquisición de vivienda, respectivamente.

Que el artículo 2.1.1.8.1 del Decreto 1077 de 2015 establece la aplicación concurrente y complementaria de los subsidios familiares de vivienda otorgados por el Gobierno nacional para zonas urbanas, a través de Fonvivienda o quien haga sus veces, con los subsidios familiares de vivienda otorgados por las cajas de compensación familiar y por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, para las nuevas postulaciones al subsidio familiar de vivienda destinados a la adquisición de vivienda nueva.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0942 del 14 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0521, 0917 de 2023; 0030, 0161 de 2025, respecto de cinco (5) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

Que, en la circular nro. 0013 del 03 de octubre de 2019 de Fonvivienda se

Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

Que, en la circular nro. 0013 del 03 de octubre de 2019 de Fonvivienda se establecieron las condiciones generales para la asignación de subsidio en concurrencia y, al respecto, instituyó lo siguiente:

“(…) I. REQUISITOS Y CONDICIONES GENERALES PARA ASIGNACIÓN EN

CONCURRENCIA:

(…)

2. Los hogares deben tener asignado, vigente y sin aplicar el Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado por las Cajas de Compensación Familiar. En caso de no contar con un subsidio asignado, el hogar deberá tramitarlo primero en la respectiva Caja.

(…)”

Que el artículo 2.1.1.8.5. del Decreto 1077 de 2015 establece el monto del subsidio otorgado por Fonvivienda, indicando que el subsidio para la adquisición de vivienda, en cualquiera de los esquemas o programas de que trata el citado decreto, se asignará por un monto de hasta veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes (20 SMLMV) cuando este sea aplicado de forma concurrente con el subsidio familiar de vivienda otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el subsidio de vivienda otorgado por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía.

Que, en cumplimiento de sus funciones, Fonvivienda expidió las Resoluciones nro. 0521 y 0917 de 2023; 0030 y 0161 de 2025, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”.

0521 y 0917 de 2023; 0030 y 0161 de 2025, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”.

Que, mediante la resolución nro. 0521 del 23 de junio de 2023, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar del señor JHON ALEXANDER MELO CANO, identificado con cédula de ciudadanía nro. 6334424, y de la señora JEIMMY ESPARZA MORA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1112463704, por valor de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 34.800.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2023, por encontrarse con clasificación del

SISBÉN C5.

Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA METROPOLITAN LTDA solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado al señor JHON ALEXANDER MELO CANO y la señora JEIMMY ESPARZA MORA, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda el día 05 de junio de 2023 y lo reportó el 26 de junio de 2025. Que, de acuerdo con lo anterior, la Caja de Compensación Familiar COMFANDI otorgó

de junio de 2023 y lo reportó el 26 de junio de 2025. Que, de acuerdo con lo anterior, la Caja de Compensación Familiar COMFANDI otorgó al hogar del señor JHON ALEXANDER MELO CANO y la señora JEIMMY ESPARZA MORA, el subsidio familiar de vivienda de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.

Que, mediante la resolución 0917 del 08 de septiembre de 2023, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora DIANA MARÍA LÓPEZ, identificada con cédula de ciudadanía nro. 39388732, por valor de TREINTA Y CUATRO MILLONESFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

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Resolución No. 0942 del 14 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0521, 0917 de 2023; 0030, 0161 de 2025, respecto de cinco (5) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 34.800.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2023, por encontrarse con clasificación del SISBÉN C6.

OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 34.800.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2023, por encontrarse con clasificación del SISBÉN C6. Que, en proceso de verificación efectuado por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se constató que el hogar de la señora DIANA MARÍA LÓPEZ se encuentra en estado reportado para pago y cumple con los requisitos establecidos en la normatividad vigente para acceder a la concurrencia de subsidios, variando de 30

SMMLV a 20 SMMLV.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFAMA asignó un Subsidio Familiar de Vivienda el día 01 de septiembre de 2023 y lo reportó el 15 de septiembre de 2025. Que, de acuerdo con lo anterior, la Caja de Compensación Familiar COMFAMA otorgó a la señora DIANA MARÍA LÓPEZ el subsidio familiar de vivienda de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.

Que, mediante la Resolución nro. 0030 del 03 de marzo de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora NATALIA ANDREA LUBO CARDONA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1107517855, por valor de CUARENTA Y

DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000),

identificada con cédula de ciudadanía nro. 1107517855, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del

SISBÉN C5.

Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el FONDO NACIONAL DEL AHORRO solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora NATALIA ANDREA LUBO CARDONA, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFENALCO VALLE asignó un Subsidio Familiar de Vivienda el 24 de febrero de 2025 y lo reportó el 11 de julio de 2025.

Que, de acuerdo con lo anterior, la Caja de Compensación Familiar COMFENALCO VALLE otorgó a la señora NATALIA ANDREA LUBO CARDONA el subsidio familiar de vivienda de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1533 del 2019. Que, mediante la Resolución nro. 0161 del 29 de abril de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora ANA MARÍA MORALES ZAMBRANO,

Que, mediante la Resolución nro. 0161 del 29 de abril de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora ANA MARÍA MORALES ZAMBRANO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1143866681, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del

SISBÉN C2.

Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, BANCO DE BOGOTÁ solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora ANA MARÍA MORALES ZAMBRANO, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Resolución No. 0942 del 14 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0521, 0917 de 2023; 0030, 0161 de 2025, respecto de cinco (5) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de

Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda el día 21 de abril de 2025 y lo reportó el 21 de agosto de 2025.

Que, de acuerdo con lo anterior, la Caja de Compensación Familiar COMFANDI otorgó a la señora ANA MARÍA MORALES ZAMBRANO el subsidio familiar de vivienda de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1533 del 2019. Que, mediante la Resolución nro. 0161 del 29 de abril de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar del señor ALEXANDER GARCÍA SANDOBAL, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1010113787, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN B3. Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, BANCO DE BOGOTÁ solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado al señor ALEXANDER GARCÍA SANDOBAL, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de

a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.

Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda el día 21 de abril de 2025 y lo reportó el 21 de agosto de 2025.

Que, de acuerdo con lo anterior, la Caja de Compensación Familiar COMFANDI otorgó al señor ALEXANDER GARCIA SANDOBAL, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1010113787, el subsidio familiar de vivienda de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.

Que, teniendo en cuenta que las asignaciones de subsidio realizadas por las Cajas de Compensación Familiar se efectuaron de manera previa a la asignación de los subsidios familiares de vivienda en el marco del programa “Mi Casa Ya”, resulta procedente realizar la modificación del valor de los subsidios asignados mediante las Resoluciones nro. 0521 y 0917 de 2023; 0030 y 0161 de 2025, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE: Artículo 1. Modificar el valor del subsidio familiar de vivienda asignado mediante las Resoluciones nro. 0521 y 0917 de 2023; 0030 y 0161 de 2025, en el marco del programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”, a

Resoluciones nro. 0521 y 0917 de 2023; 0030 y 0161 de 2025, en el marco del programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”, a los hogares que se indican a continuación, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

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Resolución No. 0942 del 14 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0521, 0917 de 2023; 0030, 0161 de 2025, respecto de cinco (5) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”

Hogar ID Resolución Fecha resolución Cédula Nombres Apellidos Valor Anterior Valor Actual

1369929

0521

23/06/2023

6334424 JHON

ALEXANDER

MELO CANO

$ 34.800.000

$ 23.200.000

1112463704 JEIMMY ESPARZA

MORA

1370200

0917

08/09/2023

39388732 DIANA

MARÍA

LÓPEZ

$ 34.800.000

$ 23.200.000 1556580 0030 03/03/2025 1107517855 NATALIA

08/09/2023

39388732 DIANA

MARÍA

LÓPEZ

$ 34.800.000

$ 23.200.000 1556580 0030 03/03/2025 1107517855 NATALIA

ANDREA LUBO CARDONA $ 42.705.000 $ 28.470.000 1551431 0161 29/04/2025 1143866681 ANA MARÍA MORALES ZAMBRANO $ 42.705.000 $ 28.470.000 1495741 0161 29/04/2025 1010113787 ALEXANDER GARCÍA SANDOBAL $ 42.705.000 $ 28.470.000

Artículo 2. Los demás acápites y apartes de las Resoluciones nro. 0521 y 0917 de 2023; 0030 y 0161 de 2025 expedidas por Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 3. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Artículo 4. Comunicar el presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo 1° y al establecimiento de crédito y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - “Mi Casa Ya”, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015, suscrito con la Fiduciaria de Occidente S.A.

Artículo 5. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación. Dada en Bogotá, D.C., 14 NOVIEMBRE 2025 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por

Artículo 5. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación. Dada en Bogotá, D.C., 14 NOVIEMBRE 2025 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por AVILA

ANDERSO

GALEANO AVILA

ANDERSON

ARTURO

Fecha: 2025.11.18

16:16:53 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda

Elaboró: Andrea Peña A.

Contratista Contrato nro. 767 - 2025 Subdirección SFV

Revisó: Tatiana Castillo Contratista Contrato nro. 485 - 2025

Subdirección SFV

Nilson Parodys Contratista Contrato nro. 235 - 2025 Subdirección SFV Juliana Toro Cadavid Subdirectora Subdirección SFV

Sorayda Janneth Riaño Contratista Contrato nro. 616 de 2025 Fonvivienda

Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño

Directora DIVIS

GALEANO

N ARTURO

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