MINVIVIENDA - Resolución 0958 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0958 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
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RESOLUCIÓN NÚMERO 0958 DE 20 NOVIEMBRE 2025
“Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0161, 0412, 0448 y 0570 de 2025, respecto de trece (13) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° y el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003, sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)”. Que, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que en el capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio nro. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”, modificado por el Decreto 490 de 2023, con el objetivo de facilitar la adquisición de una solución de vivienda de interés social ubicada en suelo rural o urbano. Que, a su vez, el artículo 2.1.1.4.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 490 de 2023, estableció que aquellos hogares que se encuentren clasificados entre los grupos A1 y C8 del SISBÉN IV podrá asignárseles un subsidio por el monto equivalente a treinta salarios mínimos legales mensuales vigentes (30 SMLMV), y a los hogares que se encuentren clasificados entre los grupos C9 y D20, un subsidio por el monto equivalente a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes (20 SMLMV) al momento de la solicitud de la asignación.
Que el numeral 2.6 y 2.11. del artículo 2.1.1.1.1.1.2 del Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1533 de 2019, indica la definición de la concurrencia del subsidio familiar de vivienda, y de los recursos complementarios al subsidio para la adquisición de vivienda.
modificado por el Decreto 1533 de 2019, indica la definición de la concurrencia del subsidio familiar de vivienda, y de los recursos complementarios al subsidio para la adquisición de vivienda.
Que el artículo 2.1.1.8.1 del Decreto 1077 de 2015 establece la aplicación concurrente y complementaria de los subsidios familiares de vivienda otorgados por el Gobierno nacional para zonas urbanas, a través del Fondo Nacional de Vivienda o quien haga sus veces, con los subsidios familiares de vivienda otorgados por las cajas de compensación familiar, para las nuevas postulaciones al subsidio familiar de vivienda destinados a la adquisición de vivienda nueva.
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11Fondo Nacional de Vivienda
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Resolución No. 0958 de 20 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0161, 0412, 0448 y 0570 de 2025, respecto de trece (13) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”
Que en la circular nro. 0013 del 03 de octubre de 2019 de Fonvivienda se
Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”
Que en la circular nro. 0013 del 03 de octubre de 2019 de Fonvivienda se establecieron las condiciones generales para la asignación de subsidio en concurrencia y al respecto instituyó lo siguiente:
“(…) I. REQUISITOS Y CONDICIONES GENERALES PARA ASIGNACIÓN EN
CONCURRENCIA:
(…)
2. Los hogares deben tener asignado, vigente y sin aplicar el Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado por las Cajas de Compensación Familiar. En caso de no contar con un subsidio asignado, el hogar deberá tramitarlo primero en la respectiva Caja.
(…)”
Que el artículo 2.1.1.8.5. del Decreto 1077 de 2015 establece el monto del subsidio otorgado por FONVIVIENDA, indicando que el subsidio para la adquisición de vivienda, en cualquiera de los esquemas o programas de que trata el citado decreto, se asignará por un monto de hasta veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando este sea aplicado de forma concurrente con el subsidio familiar de vivienda otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el subsidio de vivienda otorgado por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía. Que, en cumplimiento de sus funciones, FONVIVIENDA expidió las Resoluciones nro. 0161, 0412, 0448 y 0570 de 2025, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda del programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”. Que, mediante la resolución 0161 del 29 de abril de 2025, se asignó un subsidio
familiares de vivienda del programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”. Que, mediante la resolución 0161 del 29 de abril de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora MARIA CELINA PAYAN PANAMEÑO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1006187550, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del
SISBÉN B7.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la jefe de Sección Crédito Hipotecario del Banco Bancolombia solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora MARIA CELINA PAYAN PANAMEÑO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1006187550, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora MARIA CELINA PAYAN PANAMEÑO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1006187550, previo al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 21 de abril de 2025 y lo reportó el 06 de octubre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido
Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 21 de abril de 2025 y lo reportó el 06 de octubre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, mediante la resolución 0161 del 29 de abril de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar del señor EDWARD FARID SANCHEZ PAZ, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1144097261, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN C7.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la jefe de Sección Crédito Hipotecario del Banco Bancolombia solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado al señor EDWARD FARID SANCHEZ PAZ,
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la jefe de Sección Crédito Hipotecario del Banco Bancolombia solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado al señor EDWARD FARID SANCHEZ PAZ, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1144097261, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar del señor EDWARD FARID SANCHEZ PAZ, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1144097261, previo al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 21 de abril de 2025 y lo reportó el 03 de octubre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019. Que, mediante la resolución 0161 del 29 de abril de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora ISMELDA ESTER ORELLANO LEEST, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1128188584, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del
SISBÉN A3.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y
correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del
SISBÉN A3.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la jefe de Sección Crédito Hipotecario del Banco Bancolombia solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora ISMELDA ESTER ORELLANO LEEST, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1128188584, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFENALCO VALLE asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora ISMELDA ESTER ORELLANO LEEST, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1128188584, previo al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 24 de abril de 2025 y lo reportó el 06 de octubre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, mediante la resolución 0161 del 29 de abril de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora RUBIELA ESPAÑA ELEJALDE , identificada con cédula de ciudadanía nro. 25329233, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30
con cédula de ciudadanía nro. 25329233, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN B7. Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Coordinador de Procesos Especiales Crédito Hipotecario del Banco Davivienda solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora RUBIELA ESPAÑA ELEJALDE , identificada con cédula de ciudadanía nro. 25329233, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora RUBIELA ESPAÑA ELEJALDE, identificada con cédula de ciudadanía nro. 25329233, previo al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 21 de abrilFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0958 de 20 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0161, 0412, 0448 y 0570 de 2025, respecto de trece (13) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”
de 2025 y lo reportó el 15 de septiembre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019. Que, mediante la resolución 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora MARTHA CECILIA POLINDARA GUAUÑA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 66849486, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN C5.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Coordinador de Procesos Especiales Crédito Hipotecario del Banco Davivienda solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora MARTHA CECILIA POLINDARA GUAUÑA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 66849486, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa
CECILIA POLINDARA GUAUÑA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 66849486, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente. Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora MARTHA CECILIA POLINDARA GUAUÑA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 66849486, previo al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 15 de septiembre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, mediante la resolución 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora CLAUDIA MARCELA GONZALEZ QUIÑONES, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144051173, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del
SISBÉN B3.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Coordinador de Procesos Especiales Crédito Hipotecario del Banco Davivienda solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora CLAUDIA
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Coordinador de Procesos Especiales Crédito Hipotecario del Banco Davivienda solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora CLAUDIA MARCELA GONZALEZ QUIÑONES, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144051173, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente. Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora CLAUDIA MARCELA GONZALEZ QUIÑONES, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144051173, previo al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 15 de septiembre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, mediante la resolución 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora GINNA VIVIANA ESTERILLA CASTRO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1143976935, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del
SISBÉN C3.
DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del
SISBÉN C3.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Coordinador de Procesos Especiales Crédito Hipotecario del BancoFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0958 de 20 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0161, 0412, 0448 y 0570 de 2025, respecto de trece (13) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”
Davivienda solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora GINNA VIVIANA ESTERILLA CASTRO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1143976935, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora GINNA VIVIANA ESTERILLA CASTRO, identificada con cédula de
Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora GINNA VIVIANA ESTERILLA CASTRO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1143976935, previo al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 15 de septiembre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, mediante la resolución 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora PAOLA STELLA GOMEZ MEDINA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 67029159, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN B2.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Coordinador de Procesos Especiales Crédito Hipotecario del Banco Davivienda solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora PAOLA STELLA GOMEZ MEDINA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 67029159, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente. Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar
Ya” será aplicado de forma concurrente. Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora PAOLA STELLA GOMEZ MEDINA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 67029159, de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 15 de septiembre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, mediante la resolución 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora PAOLA STELLA GOMEZ MEDINA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 67029159, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN B2.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Coordinador de Procesos Especiales Crédito Hipotecario del Banco Davivienda solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora PAOLA STELLA GOMEZ MEDINA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 67029159, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
STELLA GOMEZ MEDINA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 67029159, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora PAOLA STELLA GOMEZ MEDINA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 67029159, de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 15 de septiembre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0958 de 20 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0161, 0412, 0448 y 0570 de 2025, respecto de trece (13) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”
Que, mediante la resolución 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio
Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”
Que, mediante la resolución 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora MIRYANI FLOREZ LANDAZURI, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1130682278, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN C1. Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la jefe de Sección Crédito Hipotecario del Banco Bancolombia solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora MIRYANI FLOREZ LANDAZURI, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1130682278, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFENALCO VALLE asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora MIRYANI FLOREZ LANDAZURI, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1130682278, de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 20 de junio de 2025 y lo reportó el 03 de agosto de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Casa Ya”, el día 20 de junio de 2025 y lo reportó el 03 de agosto de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, mediante la resolución 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora ANA MARIA CANTERO PILLIMUE, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144209360, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del
SISBÉN C7.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la jefe de Sección Crédito Hipotecario del Banco Bancolombia solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora ANA MARIA CANTERO PILLIMUE, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144209360, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora ANA MARIA CANTERO PILLIMUE, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144209360, de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el
nro. 1144209360, de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 06 de octubre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, mediante la resolución 0412 del 09 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora MARYOLY MOSQUERA CAICEDO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1193147007, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN C6.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la jefe de Sección Crédito Hipotecario del Banco Bancolombia solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora MARYOLY MOSQUERA CAICEDO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1193147007, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0958 de 20 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se modifican las Resoluciones nro. 0161, 0412, 0448 y 0570 de 2025, respecto de trece (13) subsidios familiares de vivienda asignados en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – Mi Casa Ya”
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COMFANDI asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora MARYOLY MOSQUERA CAICEDO, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1193147007 de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 06 de octubre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019. Que, mediante la resolución 0448 del 16 de julio de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora CAREN JULIET CLEVES PIÑEROS, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1024560100, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del
DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del
SISBÉN B6.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Coordinador de Procesos Especiales Crédito Hipotecario del Banco Davivienda solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado a la señora CAREN JULIET CLEVES PIÑEROS, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1024560100, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente.
Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar CAFAM asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar de la señora CAREN JULIET CLEVES PIÑEROS, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1024560100, de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 19 de junio de 2025 y lo reportó el 06 de octubre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, mediante la resolución 0570 del 15 de agosto de 2025, se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar del señor NELSON YAIMA TIMOTE, identificado con cédula de ciudadanía nro. 93021764, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES
familiar de vivienda al hogar del señor NELSON YAIMA TIMOTE, identificado con cédula de ciudadanía nro. 93021764, por valor de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 42.705.000), correspondiente a 30 SMLMV para el año 2025, por encontrarse con clasificación del SISBÉN B5.
Que, mediante comunicación electrónica enviada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Coordinador de Procesos Especiales Crédito Hipotecario del Banco Davivienda solicita que se ajuste el valor del subsidio asignado al señor NELSON YAIMA TIMOTE, identificado con cédula de ciudadanía nro. 93021764, variando de 30 SMMLV a 20 SMMLV, en razón a que el subsidio del programa “Mi Casa Ya” será aplicado de forma concurrente. Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda evidenció que la Caja de Compensación Familiar COLSUBSIDIO asignó un Subsidio Familiar de Vivienda al hogar del señor NELSON YAIMA TIMOTE, identificado con cédula de ciudadanía nro. 93021764, de manera previa al otorgado por Fonvivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, el día 14 de agosto de 2025 y lo reportó el 02 de septiembre de 2025, dando cumplimiento con lo establecido en el Decreto 1533 del 2019.
Que, teniendo en cuenta que las asignaciones de subsidio realizadas por las Cajas de Compensación Familiar se efectuaron de manera previa a la asignación de los subsidios familiares de vivienda en el marco del programa “Mi Casa Ya”, resulta
Que, teniendo en cuenta que las asignaciones de subsidio realizadas por las Cajas de Compensación Familiar se efectuaron de
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