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MINVIVIENDA - Resolución 0972 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0972 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Página 1 de 3

RESOLUCIÓN NÚMERO 0972 DE 20 NOVIEMBRE 2025

Por medio de la cual se corrige un error formal en la Resolución 0406 de 9 de julio de 2025”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 3° y los numerales 3 y 5 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, corresponde al Fondo Nacional de Vivienda –FONVIVIENDA– asignar subsidios de vivienda de interés social en sus diferentes modalidades, dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones y celebrar los contratos y convenios requeridos para tal fin.

Que en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 se enmarcan las condiciones especiales de asignación del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de arrendamiento en el marco del programa de promoción y acceso a la vivienda "Semillero de Propietarios" para población migrante, destinado a facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población migrante venezolana cuyos ingresos sean iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales

y acceso a la vivienda "Semillero de Propietarios" para población migrante, destinado a facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población migrante venezolana cuyos ingresos sean iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), por medio de una política de arrendamiento social.

Que, en cumplimiento de sus funciones, el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA expidió la Resolución 0406 del 9 de julio del 2025, “ Por la cual se asignan treinta (30) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”. Que, mediante la resolución referida se asignó un subsidio familiar de vivienda al hogar de la señora MADELEY DE LOS ÁNGELES HUAPAYA RÍOS, con PPT 1266351, en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en modalidad de arriendo para población migrante.

Que, por un error involuntario en la resolución de asignación del subsidio familiar de vivienda, en la casilla del arrendador quedó enunciada la señora MADELEY HUAPAYA, con número de identificación 1266351, tal como se ve reflejado de la siguiente manera:

Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11Fondo Nacional de Vivienda

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11Fondo Nacional de Vivienda

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0972 del 20 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se corrige un error formal en la Resolución 0406 de 9 de julio de 2025”

Que, de conformidad con el numeral 11 del artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la administración debe actuar bajo el principio de eficacia y para ello “ las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho material objeto de la actuación administrativa”. Que, en ese mismo sentido, el Código Contencioso Administrativo y de Procedimiento Administrativo, establece: “Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará́ lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá́ los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta

digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará́ lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá́ los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá́ ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.

Que, en virtud de lo anterior, y por tratarse de un error simplemente formal, la corrección prevista no afecta el sentido material de la decisión adoptada por la Resolución 0406 de 9 de Julio de 2025, por lo que es procedente enmendar el yerro mediante el presente acto administrativo.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE: Artículo 1. Corregir el error formal contenido en la Resolución 0406 de 9 de julio del 2025, en el sentido de corregir el nombre del arrendador y su número de identificación, del hogar de la señora MADELEY DE LOS ÁNGELES HUAPAYA RÍOS, en el marco del Programa de Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para hogares migrantes, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo, así:

TIPO DE

DOCUMENTO DE

IDENTIDAD

NÚMERO DE

DOCUMENTO

DE

IDENTIDAD

NOMBRES Y

APELLIDOS

ARRENDADOR

Nro. DE

DOCUMENTO

DE IDENTIDAD

ARRENDADOR

DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

VALOR CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR

SUBSIDIO

AL CANON

DE IDENTIDAD

ARRENDADOR

DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

VALOR CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR

SUBSIDIO

AL CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR TOTAL

SUBSIDIO

POR 12 MESES

7 PPT 1266351 MADELEY DE LOS

ANGELES HUAPAYA

RIOS

OMAR JAVIER DIAZ SCOTT 1.082.850.858 MAGDALENA SANTA MARTA $580.000 $580.000 $6.960.000

Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución nro. 0406 del 9 de julio del 2025, expedida por el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. La corrección se realiza únicamente para efectos de aclarar la información del hogar ya mencionado.

Artículo 3. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0972 del 20 NOVIEMBRE 2025 “Por medio de la cual se corrige un error formal en la Resolución 0406 de 9 de julio de 2025”

Artículo 4. Comunicar el presente acto administrativo a los hogares beneficiarios y

“Por medio de la cual se corrige un error formal en la Resolución 0406 de 9 de julio de 2025”

Artículo 4. Comunicar el presente acto administrativo a los hogares beneficiarios y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios”, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 de 2018, suscrito con la Fiduciaria de Bogotá S.A. Artículo 5. Contra esta resolución no procede recurso alguno

Artículo 6. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 20 NOVIEMBRE 2025

GALEANO

AVILA

ANDERSON

ARTURO Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2025.11.20

12:38:17 -05'00'

ANDERSON ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda

Elaboró: Alejandro Marín Llanos.

Contratista Contrato 026-2025 Subdirección SFV

Revisó: Geraldine Campo Contratista Contrato nro. 397 – 2025

SSFV

Nilson Parodys Contratista Contrato nro. 235 - 2025 SSFV

Janeth Riaño Contratista Contrato nro. 0616 – 2025

Juliana Toro Cadavid Subdirectora SSFV

Contratista Contrato nro. 235 - 2025 SSFV

Janeth Riaño Contratista Contrato nro. 0616 – 2025

Juliana Toro Cadavid Subdirectora SSFV

Aprobó: Rosa Elena Espitia R.

Directora DIVIS

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