MINVIVIENDA - Resolución 0974 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0974 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 1 de 8
RESOLUCIÓN NÚMERO 0974 DE 20 NOVIEMBRE 2025
“Por la cual se asignan cuarenta y seis (46) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9.
Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de
del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.
Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda.
Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta ventidos (22) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.
Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano
modalidad correspondiente.
Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural. Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo 3º, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante laFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0974 DE 20 NOVIEMBRE 2025
“Por la cual se asignan cuarenta y seis (46) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo”
Resolución No. 0974 DE 20 NOVIEMBRE 2025
“Por la cual se asignan cuarenta y seis (46) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo”
configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”. Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2024 se abrió la convocatoria para entidades territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) con el fin de presentar manifestación de interés para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento que se otorgue en el marco del esquema asociativo. Que a través de la resolución 0747 de 10 de octubre de 2024 se asignaron cupos de recursos para zonas urbanas y rurales en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural entre los cuales se encuentra el departamento de Santader.
Que el 12 de noviembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – Fonvivienda y El Departamento de Santander suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 040 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”
Que a través de Otro si N° 1 de 2025 suscrito entre el Fondo Nacional De Vivienda –
con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”
Que a través de Otro si N° 1 de 2025 suscrito entre el Fondo Nacional De Vivienda – Fonvivienda y El Departamento de Santander se redistribuyó funciones operativas hacia El Departamento de Santander, ajustando las condiciones técnicas necesarias para garantizar una ejecución eficiente, con mayor impacto y adecuado uso de los recursos públicos.
Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios.
Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinar á la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que la normativa de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de pre -construcción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta.
Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta.
Que El Departamento de Santander , en atención a la obligaciones contenidas en el numeral 27 de la Cláusula Cuarta y Numeral 8 de la Clausula Quinta del Convenio Interadministrativo N° 040 del 12 de noviembre de 2024 modificado por el otrosí N° 1 de 2025 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados a través del oficio con asunto “Solicitud #9, asignación de subsidios para mejoramiento de vivienda Convenio Interadministrativo De Cooperación No. 040 de 2024, entre FONVIVIENDA – Departamento de Santander ” a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) través de correo electrónico de fecha 31 de octubre de 2025.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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“Por la cual se asignan cuarenta y seis (46) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo”
Que, mediante correo electrónico de fecha 04 de noviembre del 2025, la Dirección de
“Por la cual se asignan cuarenta y seis (46) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo”
Que, mediante correo electrónico de fecha 04 de noviembre del 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo rural, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 040 -2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante ( Departamento de Santander y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015.
Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correos electrónicos del 23 de mayo; 03, 24 de junio; 18, 25 de julio; 02, 08, 13, 15 de agosto y; 05, 09, 22, 24 de septiembre de 2025.
Valor Total del Convenio Entidad Valor aportado Porcentaje
$ 10.530.000.000 Fonvivienda $ 7.371.000.000 70%
Valor Total del Convenio Entidad Valor aportado Porcentaje
$ 10.530.000.000 Fonvivienda $ 7.371.000.000 70% Departamento de Santander $ 3.159.000.000 30%
Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza de conformidad con los topes establecidos para el año de aprobación del diagnóstico por parte del supervisor. Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de SETECIENTOS CINCUENTA Y
TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($753.480.000,00).
Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto.
No. Código Hogar Documento De Identidad
Nombres
Apellidos
Departamento
Municipio
Asociado 1 310636 39687228 IMELDA VARGAS GAONA SANTANDER LA PAZ GOBERNACION DE SANTANDER 2 310629 28205485 ESTRELLA PARRA BONILLA SANTANDER LA PAZ GOBERNACION DE SANTANDER 3 361425 28205512 ARCELIA MELO AMADO SANTANDER LA PAZ GOBERNACION DE
SANTANDER
2 310629 28205485 ESTRELLA PARRA BONILLA SANTANDER LA PAZ GOBERNACION DE SANTANDER 3 361425 28205512 ARCELIA MELO AMADO SANTANDER LA PAZ GOBERNACION DE
SANTANDER
4 324044 37943120 HILDA FLOREZ CASTILLO SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER 5 348684 28285126 ZAYDA
PATRICIA GOMEZ TORRES SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE
SANTANDER
6 324045 5756469 ABELARDO SILVA SILVA SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE
SANTANDER
7 348673 28469204 EPIFANIA ESPINOSA PEREZ SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE
SANTANDER
8 348680 28468818 LUCILA SILVA PEREZ SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER 9 348676 63315837 MIREYA
ARGENIDA GARAVITO CASTELLANOS SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER 10 346851 28078433 MARIA DEL
CARMEN
MALDONADO DE
MURILLO SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE
SANTANDERFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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“Por la cual se asignan cuarenta y seis (46) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo”
No. Código Hogar Documento De Identidad
Nombres
Apellidos
Departamento
Municipio
Asociado
11 346850 28284853 ISABEL TORRES SOLANO SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER 12 357772 2073865 LUIS
ANTONIO MALDONADO SUAREZ SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE
SANTANDER
13 348682 5744239 RICAURTE CASTRO ARDILA SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER 14 348675 1101992097 ALEXANDER CALDERON CASTILLO SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE
SANTANDER
15 348685 37943104 AURORA FLOREZ HERNANDEZ SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER 16 333695 37803548 ANA
MERCEDES GONZALEZ DE OSMA SANTANDER TONA GOBERNACION DE
SANTANDER
17 331769 1098610670 YAQUELINE DELGADO VALBUENA SANTANDER TONA GOBERNACION DE
SANTANDER 18 346364 28280664 CECILIA SILVA RAMON SANTANDER
PALMAS
DEL
SOCORRO
GOBERNACION DE
SANTANDER
19 315247 28177406 ODALINDA RUIZ QUITIAN SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE
SANTANDER
PALMAS
DEL
SOCORRO
GOBERNACION DE
SANTANDER
19 315247 28177406 ODALINDA RUIZ QUITIAN SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE
SANTANDER
20 331979 23156776 MARIA PEÑA QUIROGA SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER 21 330567 2102755 MARCO
LINO VANEGAS MORA SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE
SANTANDER
22 330568 39658680 ADRIANA MATEUS VELASCO SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER 23 330566 51803931 MARIA
BELQUIS CRUZ SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER 24 321009 63499825 ANA DELIA TOVAR ARDILA SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER 25 352025 5658655 JOSE
RAMON CUBIDES SANCHEZ SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER 26 329955 28178170 ZONIA
ISABEL CASTRO GONZALEZ SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE
SANTANDER
27 330565 28177320 ROSINA PEÑA SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE
SANTANDER
28 333687 6794238 ISRAEL FORERO BAUTISTA SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE SANTANDER 29 337714 20982924 MARIA DEL
TRANSITO SUAREZ DE HENAO SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE SANTANDER 30 342727 1015395005 ANGELA
MARCELA ABRIL PINZON SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE
SANTANDER
TRANSITO SUAREZ DE HENAO SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE SANTANDER 30 342727 1015395005 ANGELA
MARCELA ABRIL PINZON SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE
SANTANDER
31 338863 5766786 BENITO SISA CESPEDES SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE
SANTANDER
32
331613
28428236
MARIA DE
LOS
ANGELES
ROJAS CABREJO
SANTANDER
SUAITA GOBERNACION DE SANTANDER 33 358481 28075270 MARIA
FLORELBA CALDERON SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE
SANTANDER
34
329055
28074827
ROSA ANA
CASTELLANOS
SANTANDER
CERRITO
GOBERNACION DE
SANTANDER
35 318135 2072027 JOSE ANGEL MARTINEZ SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE
SANTANDER
36 359097 13928774 FELIX EUGENIO GARCIA SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE SANTANDER 37 360024 5613695 CARLOS
JAVIER CONDE OJEDA SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE SANTANDER 38 328999 1039684705 SANDRA
MARCELA MORENO SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION DE SANTANDER 39 329000 43656409 DIANA
MARIA CIRO ROTAVISTA SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION DE SANTANDER 40 329002 63455796 GIRLEZA DE
GOBERNACION DE SANTANDER 39 329000 43656409 DIANA
MARIA CIRO ROTAVISTA SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION DE SANTANDER 40 329002 63455796 GIRLEZA DE
LA CRUZ GUTIERREZ HENAO SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION DE
SANTANDER
41 329003 37575954 ARGENIS BARRERO ZEA SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION DE
SANTANDER
42 357914 28480819 HILDA NERY ERAZO SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION DE SANTANDER 43 326320 1103674582 ANGIE
KARINA AYALA VELASQUEZ SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION DE
SANTANDERFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
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No. Código Hogar Documento De Identidad
Nombres
Apellidos
Departamento
Municipio
Asociado 44 326321 1103672088 YURLEDYS
TATIANA MIRANDA DURAN SANTANDER PUERTO
PARRA
Identidad
Nombres
Apellidos
Departamento
Municipio
Asociado 44 326321 1103672088 YURLEDYS
TATIANA MIRANDA DURAN SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION DE
SANTANDER
45
359381
28280744 DIANA
PATRICIA
ARGUELLO SUAREZ
SANTANDER
PALMAS
DEL
SOCORRO
GOBERNACION DE
SANTANDER
46 359339 37708143 VIVIANA SAOSA ARDILA SANTANDER COROMORO GOBERNACION DE
SANTANDER
Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Que la normativa de asignación de Subsidios Familiares de Vivienda Rural estipulada en el Decreto 1077 de 2015, consagrada etapas previas a la asignación tales como focalización, postulación y actividades de pre-construcción. Así las cosas, los hogares anteriormente enunciados se validaron por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se indicó que cumplieron con los requisitos reseñados en la normatividad vigente al momento de su validación, y en concordancia con las convocatorias
anteriormente enunciados se validaron por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se indicó que cumplieron con los requisitos reseñados en la normatividad vigente al momento de su validación, y en concordancia con las convocatorias desarrolladas para la modalidad mejoramiento, por tal motivo, y en pro de garantizar la asignación de un subsidio de vivienda procurando que se respeten las condiciones, requisitos y criterios vigentes en el marco de las convocatorias llevadas a cabo por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE: Artículo 1. Asignar cuarenta y seis (46) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Asociativo, por un valor total de SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($753.480.000), a los hogares que se relacionan.
En el presente acto administrativo se relacionan únicamente los jefes de hogar de cada núcleo familiar, no obstante lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:
No. Código Hogar Documento De Identidad Nombres Apellidos Departamento Municipio Asociado Valor Asignación MVCT Valor Asignación Asociado
VALOR SFVR
2015, a saber:
No. Código Hogar Documento De Identidad Nombres Apellidos Departamento Municipio Asociado Valor Asignación MVCT Valor Asignación Asociado VALOR SFVR 1 310636 39687228 IMELDA VARGAS GAONA SANTANDER LA PAZ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 2 310629 28205485 ESTRELLA PARRA BONILLA SANTANDER LA PAZ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 3 361425 28205512 ARCELIA MELO AMADO SANTANDER LA PAZ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 4 324044 37943120 HILDA FLOREZ CASTILLO SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 5 348684 28285126 ZAYDA
PATRICIA
GOMEZ TORRES SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 6 324045 5756469 ABELARDO SILVA SILVA SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 7 348673 28469204 EPIFANIA ESPINOSA
PEREZ SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION
DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 7 348673 28469204 EPIFANIA ESPINOSA PEREZ SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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“Por la cual se asignan cuarenta y seis (46) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo”
No. Código Hogar Documento De Identidad
Nombres
Apellidos
Departamento
Municipio
Asociado Valor Asignación MVCT Valor Asignación Asociado
VALOR SFVR 8 348680 28468818 LUCILA SILVA PEREZ SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
9
348676
63315837 MIREYA
ARGENIDA
GARAVITO
CASTELLAN
OS
SANTANDER
PÁRAMO GOBERNACION
DE SANTANDER
$ 16.380.000
$ 7.020.000
$ 23.400.000 10 346851 28078433 MARIA DEL
SANTANDER
PÁRAMO GOBERNACION
DE SANTANDER
$ 16.380.000
$ 7.020.000
$ 23.400.000 10 346851 28078433 MARIA DEL
CARMEN
MALDONAD
O DE MURILLO SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 11 346850 28284853 ISABEL TORRES SOLANO SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 12 357772 2073865 LUIS
ANTONIO
MALDONAD O SUAREZ SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 13 348682 5744239 RICAURTE CASTRO ARDILA SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 14 348675 1101992097 ALEXANDE R
CALDERON CASTILLO SANTANDER PÁRAMO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
15
348685
37943104
AURORA
FLOREZ
HERNANDE
Z
SANTANDER
PÁRAMO GOBERNACION
DE SANTANDER
$ 16.380.000
$ 7.020.000
$ 23.400.000
FLOREZ
HERNANDE
Z
SANTANDER
PÁRAMO GOBERNACION
DE SANTANDER
$ 16.380.000
$ 7.020.000
$ 23.400.000 16 333695 37803548 ANA
MERCEDES
GONZALEZ DE OSMA SANTANDER TONA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 17 331769 1098610670 YAQUELINE DELGADO VALBUENA SANTANDER TONA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 18 346364 28280664 CECILIA SILVA
RAMON SANTANDER
PALMAS
DEL SOCORRO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 19 315247 28177406 ODALINDA RUIZ QUITIAN SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 20 331979 23156776 MARIA PEÑA QUIROGA SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 21 330567 2102755 MARCO LINO
VANEGAS MORA SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 22 330568 39658680 ADRIANA MATEUS
VELASCO SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION
DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 22 330568 39658680 ADRIANA MATEUS VELASCO SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 23 330566 51803931 MARIA BELQUIS CRUZ SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 24 321009 63499825 ANA DELIA TOVAR ARDILA SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 25 352025 5658655 JOSE RAMON
CUBIDES SANCHEZ SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 26 329955 28178170 ZONIA
ISABEL
CASTRO GONZALEZ SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 27 330565 28177320 ROSINA PEÑA SANTANDER GUAVATÁ GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 28 333687 6794238 ISRAEL FORERO BAUTISTA SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 29 337714 20982924 MARIA DEL
TRANSITO
SUAREZ DE
HENAO SANTANDER SUAITA GOBERNACION
DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 29 337714 20982924 MARIA DEL
TRANSITO
SUAREZ DE HENAO SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 30 342727 1015395005 ANGELA
MARCELA
ABRIL PINZON SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 31 338863 5766786 BENITO SISA CESPEDES SANTANDER SUAITA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
32
331613
28428236
MARIA DE
LOS
ANGELES
ROJAS
CABREJO
SANTANDER
SUAITA GOBERNACION
DE SANTANDER
$ 16.380.000
$ 7.020.000
$ 23.400.000 33 358481 28075270 MARIA FLORELBA CALDERON SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 34 329055 28074827 ROSA ANA CASTELLAN OS SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 35 318135 2072027 JOSE ANGEL MARTINEZ SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
35 318135 2072027 JOSE ANGEL MARTINEZ SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 36 359097 13928774 FELIX EUGENIO GARCIA SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 37 360024 5613695 CARLOS
JAVIER
CONDE OJEDA SANTANDER CERRITO GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 38 328999 1039684705 SANDRA
MARCELA MORENO SANTANDER PUERTO
PARRA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 39 329000 43656409 DIANA
MARIA CIRO
ROTAVISTA SANTANDER PUERTO
PARRA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
40
329002
63455796
GIRLEZA
DE LA CRUZ
GUTIERREZ
HENAO
SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION
DE SANTANDER
$ 16.380.000
$ 7.020.000
$ 23.400.000 41 329003 37575954 ARGENIS BARRERO
ZEA SANTANDER PUERTO
PARRA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
$ 23.400.000 41 329003 37575954 ARGENIS BARRERO
ZEA SANTANDER PUERTO
PARRA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 42 357914 28480819 HILDA
NERY ERAZO SANTANDER PUERTO
PARRA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
43
326320
1103674582 ANGIE
KARINA
AYALA
VELASQUE
Z
SANTANDER PUERTO
PARRA
GOBERNACION
DE SANTANDER
$ 16.380.000
$ 7.020.000
$ 23.400.000 44 326321 1103672088 YURLEDYS
TATIANA
MIRANDA
DURAN SANTANDER PUERTO
PARRA GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
45
359381
28280744 DIANA
PATRICIA
ARGUELLO
SUAREZ
SANTANDER
PALMAS
DEL
SOCORRO
GOBERNACION
DE SANTANDER
$ 16.380.000
$ 7.020.000
$ 23.400.000 46 359339 37708143 VIVIANA SAOSA
ARDILA SANTANDER COROMOR
O GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
$ 23.400.000 46 359339 37708143 VIVIANA SAOSA
ARDILA SANTANDER COROMOR
O GOBERNACION DE SANTANDER $ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
TOTAL $ 753.480.000 $ 322.920.000 $ 1.076.400.000
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses,Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0974 DE 20 NOVIEMBRE 2025
“Por la cual se asignan cuarenta y seis (46) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo”
contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo. Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a:
- La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de
Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a:
- La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada.
- La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y;
- la emisión del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor.
- La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del Programa.
Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437
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