MINVIVIENDA - Resolución 1000 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1000 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 1 de 6
RESOLUCIÓN NÚMERO 1000 DE 24 NOVIEMBRE 2025
“Por la cual se asignan setenta y ocho (78) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA –
FONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 se enmarcan las condiciones especiales de asignación del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de arrendamiento en el marco del programa de promoción y acceso a la vivienda "Semillero de Propietarios" para población migrante, destinado a facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población migrante venezolana cuyos ingresos sean iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), por medio de una política de arrendamiento social.
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.6.4.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda suscribió con la Fiduciaria Bogotá S.A. – Fidubogotá el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 del 26 de diciembre de 2018 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3183165, por medio del cual se realizará la administración de los recursos para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinados a la atención de hogares a los que se refiere el programa de promoción y acceso a vivienda “Semillero de Propietarios". Que la sección 9, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares
Que la sección 9, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa “Semillero de Propietarios” para población migrante.
Que el artículo 2.1.1.6.9.3. del Decreto 1077 de 2015 establece siguiendo sus líneas:
“Artículo 2.1.1.6.9.3. Valor del subsidio familiar de vivienda destinado a hogares migrantes. El valor del subsidio familiar de vivienda aplicable al canon de arrendamiento mensual, para los hogares migrantes beneficiarios, se establecerá así:
a) Para contratos de arrendamiento con plazo igual o inferior a seis (6) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,60 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 1000 del 24 NOVIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y ocho (78) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
b) Para contratos de arrendamiento con plazo de doce (12) meses, se asignará un
en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
b) Para contratos de arrendamiento con plazo de doce (12) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,45 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento.” Que, en cumplimiento del artículo 2.1.1.6.9.8 del Decreto 1077 de 2015, los hogares migrantes habilitados solicitaron ante Fonvivienda la asignación de subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda “Semillero de Propietarios" , en la modalidad de arrendamiento para población migrante, para hogares que suscribieron contratos de arrendamiento. Para el efecto, los hogares enviaron el correspondiente contrato de arrendamiento debidamente suscrito, los documentos que permiten acreditar las condiciones mínimas de habitabilidad de la vivienda objeto de arrendamiento, acta de entrega y recibo de la vivienda objeto de arrendamiento y la información del arrendador para su validación.
Que, para el desarrollo de la actividad descrita, se requiere disponer de experiencia técnica y capacidad operativa para la verificación de las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas arrendadas a los hogares potenciales beneficiarios del programa, razón por la cual se han suscrito los respectivos Convenios Interadministrativos entre Fonvivienda y las Entidades Territoriales competentes, con el fin de garantizar la adecuada ejecución de esta labor.
Que, en el marco de los convenios interadministrativos suscritos, las entidades
Interadministrativos entre Fonvivienda y las Entidades Territoriales competentes, con el fin de garantizar la adecuada ejecución de esta labor.
Que, en el marco de los convenios interadministrativos suscritos, las entidades territoriales efectuaron la verificación de las condiciones mínimas de habitabilidad en las viviendas postuladas por las personas habilitadas por Fonvivienda, certificando su viabilidad para la asignación de subsidios en el marco del programa “Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de Arrendamiento para población Migrante”. Que, como parte de las actividades previstas en los convenios interadministrativos, las entidades territoriales realizarán el seguimiento a los hogares beneficiarios del subsidio, a través de visitas trimestrales efectuadas aleatoriamente.
Que, para el cumplimiento de dichas responsabilidades, las entidades territoriales realizan un aporte en especie consistente en la vinculación de un equipo de profesionales contratados por prestación de servicios, conformado por perfiles financieros, jurídicos, sociales, técnicos, administrativos, cartográficos, entre otros, así como la disposición del servicio de transporte para movilizar al personal interdisciplinario encargado de las visitas de verificación a las unidades habitacionales y de seguimiento a los hogares.
Que el valor total de los recursos asignados mediante el presente acto administrativo, como subsidios familiares de vivienda en dinero a los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 del 2015, asciende a la suma de QUINIENTOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS PESOS M/CTE. ($513.426.300), que corresponde en todo o en parte
a la suma de QUINIENTOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS PESOS M/CTE. ($513.426.300), que corresponde en todo o en parte al canon de arrendamiento, que no puede exceder los 0.45 SMLMV por hogar, durante doce (12) meses. Que, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2.1.1.6.9.5 y 2.1.1.6.9.8 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que los hogares reportados en el correo electrónico de fecha 5 de noviembre de 2025 cumplieron con los requisitos establecidos en la norma antes mencionada, se hace necesario expedir el presente acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.
Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo con las reglas establecidas en la secciónFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 1000 del 24 NOVIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y ocho (78) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 de 2015, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra
modalidad de arrendamiento para población migrante”
2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 de 2015, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios” subcuenta de recursos de cooperación no reembolsables. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015, relacionada con la posibilidad de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar setenta y ocho (78) subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda “ Semillero de Propietarios ", en la modalidad de arrendamiento para población migrante, por un valor total de QUINIENTOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS PESOS M/CTE. ($513.426.300), a los hogares que se relacionan a continuación:
N°
TIPO DE
DOCUMENT
O DE
IDENTIDAD
NÚMERO DE
DOCUMENT
O DE
IDENTIDAD
NOMBRES Y
APELLIDOS
ARRENDADOR
Nro. DE
DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
ARRENDADOR
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
VALOR CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR
SUBSIDIO
AL CANON
ARRIENDO
ARRENDADOR
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
VALOR CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR
SUBSIDIO
AL CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR TOTAL
SUBSIDIO
POR 12 MESES 1 Permiso por protección Temporal
4873731 YORDALIS
HAYDEE
MUJICA
DANIELA
CASTAÑO TORRES 1128418121 ANTIOQUIA BELLO $900.000 $640.575 $7.686.900 2 Permiso por protección Temporal
4958986 EMILY
LUANDRYS
ALVARADO
ROMERO
OLGA LUCIA ISAZA BEDOYA 43651721 ANTIOQUIA BELLO $800.000 $640.575 $7.686.900 3 Permiso por protección Temporal
4900199 JUNIOR JOSE
RODRIGUEZ
MONTERO
LINA MARCELA PULGARÍN 43203102 ANTIOQUIA BELLO $700.000 $640.575 $7.686.900 4 Permiso por protección Temporal
4561089 JOSE MANOLO
GUERRERO
SANCHEZ
ALONSO CADAVID 98486257 ANTIOQUIA BELLO $840.000 $640.575 $7.686.900 5 Permiso por protección Temporal
2113967 RICHARD ENIR
PALACIOS
SAAVEDRA
LUZ DORY
BUSTAMANTE MONTOYA 22228888 ANTIOQUIA BELLO $700.000 $640.575 $7.686.900 6 Permiso por protección Temporal
4933323 RICHARD
PALACIOS
SAAVEDRA
LUZ DORY
BUSTAMANTE MONTOYA 22228888 ANTIOQUIA BELLO $700.000 $640.575 $7.686.900 6 Permiso por protección Temporal
4933323 RICHARD
ALEXANDER
ALVAREZ
BRACHO
FABER ANDRES RIVAS 8102097 ANTIOQUIA BELLO $600.000 $600.000 $7.200.000 7 Permiso por protección Temporal
4281431 JOSE
ARQUIMEDES
CHINCHILLA
BAPTISTA
LEONARDO
FABIO CÓRDOBA LEGARDA 98644118 ANTIOQUIA BELLO $800.000 $640.575 $7.686.900 8 Permiso por protección Temporal
4938048 GROPSELYS
LORENA
PERDOMO
TERAN
AVALUOS E
INMOBILIARIA
S.A.S. AVALUOS
E INMOBILIARIA S.A.S. 901326079 ANTIOQUIA BELLO $1.200.000 $640.575 $7.686.900 9 Permiso por protección Temporal
6311939 SARDARI
CHIQUINQUIRA
ROMERO
RAMIREZ
ARNOLDO DE
JESUS MUÑOZ DURANGO 8393075 ANTIOQUIA BELLO $700.000 $640.575 $7.686.900 10 Permiso por protección Temporal
1244182 JENNE
COROMOTO
CHIRINOS
CRISTIANS
YURANY
ANDREA
BRAVO PADIERNA 1020466747 ANTIOQUIA BELLO $800.000 $640.575 $7.686.900 11 Permiso por protección
COROMOTO
CHIRINOS
CRISTIANS
YURANY
ANDREA
BRAVO PADIERNA 1020466747 ANTIOQUIA BELLO $800.000 $640.575 $7.686.900 11 Permiso por protección Temporal
4863369 DANIELA
CAROLINA
RODRIGUEZ
LUZ MARINA ZULUAGA RIOS 42460825 ANTIOQUIA BELLO $600.000 $600.000 $7.200.000 12 Permiso por protección Temporal
5136210 NAILIMAR
PAOLA
RAMIREZ
OBREGON
DIANA MARIA
LEZCANO MEDINA 43675980 ANTIOQUIA BELLO $550.000 $550.000 $6.600.000 13 Permiso por protección Temporal
4777442 JOSE ENRIQUE
VARGAS LUGO
JAVIER
ALFONSO DE
LA ESPRIELLA FLOREZ 8766180 ATLÁNTICO SOLEDAD $400.000 $400.000 $4.800.000 14 Permiso por protección Temporal
1451855 ANYELY
STEPHANIE
DELGADO
MILLER
EDWIN RAMIREZ FIGUEROA 72276206 ATLÁNTICO SOLEDAD $650.000 $640.575 $7.686.900 15 Permiso por protección Temporal
2501106 JULICET DEL
VALLE ARIAS
ANTILLANO
LUZ AMPARO CARDONA 30341860 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 16 Permiso por protección Temporal
1929448 JAIKELLY
PAOLA ACOSTA
JIMENEZ
CARMEN
GONZÁLEZ
16 Permiso por protección Temporal
1929448 JAIKELLY
PAOLA ACOSTA
JIMENEZ
CARMEN GONZÁLEZ 22644376 ATLÁNTICO SOLEDAD $650.000 $640.575 $7.686.900 17 Permiso por protección Temporal
5495126 MILAGROS
ISABEL
FERNANDEZ
MATOS
VIRGINIA
AMPARO
FERNANDEZ RUIZ 26231209 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 18 Permiso por protección Temporal
5904902 TAHIS DEL
CARMEN
ORTEGA DIAZ
ISAURA
PATRICIA
PELUFO MADRID 22589201 ATLÁNTICO SOLEDAD $600.000 $600.000 $7.200.000 19 Permiso por protección Temporal
6133580 OSLARYS
MARIA
MARTINEZ
GARCIA
JORGE LUIS DE ORO BANDA 1048291765 ATLÁNTICO SOLEDAD $480.000 $480.000 $5.760.000 20 Permiso por protección Temporal
1510090 NORMARIS
JOSEPH
ROMERO
MENDOZA
KATIA MILENAY NORIEGA AVILA 1048324004 ATLÁNTICO SOLEDAD $550.000 $550.000 $6.600.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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N°
TIPO DE
DOCUMENT
O DE
IDENTIDAD
NÚMERO DE
DOCUMENT
O DE
IDENTIDAD
NOMBRES Y
APELLIDOS
ARRENDADOR
Nro. DE
DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
ARRENDADOR
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
VALOR CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR
SUBSIDIO
AL CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR TOTAL
SUBSIDIO
POR 12 MESES 21 Permiso por protección Temporal
4917173 GINA PAOLA
BARRIOS
CAÑAS
YADIRA
ESTHER RUIZ FRIAS 32845620 ATLÁNTICO SOLEDAD $450.000 $450.000 $5.400.000 22 Permiso por protección Temporal
1251480 ADRIANA
COROMOTO
LOPEZ SIBADA
ROBERTO
CARLOS
MENDIVIL
VIDES
22 Permiso por protección Temporal
1251480 ADRIANA
COROMOTO
LOPEZ SIBADA
ROBERTO
CARLOS
MENDIVIL VIDES 18777613 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 23 Permiso por protección Temporal
5449342 YARITZA
COROMOTO
ALVAREZ GIL
MARTHA LIGIA ZARZA GARAY 32673643 ATLÁNTICO SOLEDAD $650.000 $640.575 $7.686.900 24 Permiso por protección Temporal
1222254 NIVIA ROSA
CASTILLO
FLORES
KATY LIZ CAMPO REYES 1015456432 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 25 Permiso por protección Temporal
2289785 MARIA
ALEJANDR
JIMENEZ
SAAVEDRA
LIMILETH
ISABEL
JIMENEZ GOMEZ 22736766 ATLÁNTICO SOLEDAD $580.000 $580.000 $6.960.000 26 Permiso por protección Temporal
5703350 REBECA
MILAGRO
CASTELLANO
RUIZ
EVELIN DEL
CARMEN PUCCINI REINO 1045676289 ATLÁNTICO SOLEDAD $550.000 $550.000 $6.600.000 27 Permiso por protección Temporal
5233873 ELEIDIBET
EDIANY PARRA
AZUAJE
JOHANA PALACIO 1042457215 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 28 Permiso por protección Temporal
5363272 YESICA
CAROLINA
EDIANY PARRA
AZUAJE
JOHANA PALACIO 1042457215 ATLÁNTICO SOLEDAD $500.000 $500.000 $6.000.000 28 Permiso por protección Temporal
5363272 YESICA
CAROLINA
ROJAS
FIGUEROA
ROSA MARIA VILLA GUERRA 32759656 ATLÁNTICO SOLEDAD $400.000 $400.000 $4.800.000 29 Permiso por protección Temporal
5494492 ADIANEZ
PAOLA
GONZALEZ
COLINA
YAJAIRA
CASTILLA QUINTERO 1140895868 ATLÁNTICO SOLEDAD $650.000 $640.575 $7.686.900 30 Cédula de
Extranjería (C.E)
835404 CARLOS
JAVIER
PULGAR SOTO
DAMARIS
MARIA MEZA MOSQUERA 32885011 ATLÁNTICO SOLEDAD $450.000 $450.000 $5.400.000 31 Permiso por protección Temporal
5659086 LUISANA
ANGELICA LEAL
ACOSTA
EDELMIRA
GUARIN
21341455 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $940.000 $640.575 $7.686.900 32 Permiso por protección Temporal
4913301 MARYORIS
CAROLINA
BELTRAN
RAMOS
EVA MARIA
LEON 52135971 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 33 Permiso por protección Temporal
5254199 ANKARYS
MARIA
ANTONIA
ACOSTA
PINEDA
IBRAHIN
ANTONIO
DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 33 Permiso por protección Temporal
5254199 ANKARYS
MARIA
ANTONIA
ACOSTA
PINEDA
IBRAHIN
ANTONIO
SUAREZ
ARAQUE
9281562 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $850.000 $640.575 $7.686.900 34 Permiso por protección Temporal
4899839 CANDIDA ROSA
GOMEZ
ACOSTA
SOBEIDA
AMADOR
45483301 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $850.000 $640.575 $7.686.900 35 Permiso por protección Temporal
6054889 ELVIRA
BERBESI
ESTIVENSON
MENDOZA
11171515 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 36 Permiso por protección Temporal
2900634 RENNYER JOSE
NARANJO
ACOSTA
JOHN EDILSON
BOTERO
HERNANDEZ
73571170 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $610.000 $610.000 $7.320.000 37 Permiso por protección Temporal
6394401 GABRIELA DEL
VALLE
VELASCO
OCHOA
ALFREDO DIAZ
PARRA 7457928 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $700.000 $640.575 $7.686.900 38 Permiso por protección Temporal
3315503 BEATRIS
ADRIANA
ESPINOZA
BRACHO
MARIDIS
AMPARO
ZULUAGA
$700.000 $640.575 $7.686.900 38 Permiso por protección Temporal
3315503 BEATRIS
ADRIANA
ESPINOZA
BRACHO
MARIDIS
AMPARO
ZULUAGA
CELIS 45752311 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $600.000 $600.000 $7.200.000 39 Permiso por protección Temporal
5779278 JENNIFER
COROMOTO
COA
GUTIERREZ
JUAN MANUEL
PARDO
SALCEDO
73089113 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 40 Permiso por protección Temporal
6323913 MILEYDI DEL
CARMEN NELO
DE GARCIA
CRISTHIAN
EDUARDO
VIDES ARROYO
1048602012 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $550.000 $550.000 $6.600.000 41 Permiso por protección Temporal
3224483 SIMON JAVIER
MENDOZA
MENDOZA
DIDIER
FERNEY
CASTAÑO
RAMIREZ
1045682636 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $580.000 $580.000 $6.960.000 42 Permiso por protección Temporal
6911334 MARLY YITZA
GUTIERREZ
RODRIGUEZ
WILFREDO
PACHECO
ROPERO
73009777 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $680.000 $640.575 $7.686.900 43 Permiso por protección Temporal
5201269 ERIKA
CAROLINA
PACHECO
ROPERO
73009777 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $680.000 $640.575 $7.686.900 43 Permiso por protección Temporal
5201269 ERIKA
CAROLINA
GONZALEZ
BRACHO
ELIZABETH
LOPEZ BETTIAN
45421318 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $1.000.000 $640.575 $7.686.900 44 Permiso por protección Temporal
6845276 YESSICA
CAROLINA
VAZQUEZ
REVEROL
DOLORES
CORREA
VALDELAMAR
33129056 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $650.000 $640.575 $7.686.900 45 Permiso por protección Temporal
5292816 LUIS DAVID
MARTINEZ
CARABALLO
YOSBELY
ESTER RAMOS
RODELO
32907045 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $500.000 $500.000 $6.000.000 46 Permiso por protección Temporal
692181 MADELINE
DANIELA
MUGUERZA
CARRASQUEL
ALEXANDER
CASSIANI
ZAPATA
8773784 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $450.000 $450.000 $5.400.000 47 Permiso por protección Temporal
6180875 JESSICA
KAROLINA
SALAS TORRES
ARMANDO
MONTERO
SALCEDO
73094996 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $550.000 $550.000 $6.600.000 48 Permiso por protección Temporal
SALAS TORRES
ARMANDO
MONTERO
SALCEDO
73094996 BOLÍVAR CARTAGENA DE INDIAS $550.000 $550.000 $6.600.000 48 Permiso por protección Temporal
6413763 LISSETT MARIA
PEREIRA
CHACON
MIGUEL ANGEL MOSQUERA 16289149 CHOCÓ QUIBDÓ $400.000 $400.000 $4.800.000 49 Permiso por protección Temporal
4337143 YELITZA DEL
CARMEN
LOPEZ
CHIRINOS
ANGIE PAOLA
BOBADILLA VANEGAS 1006318952 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 50 Permiso por protección Temporal
5746686 RONALD
HORACIO
SANGUINO
FIGUROA
PATRICIA
RODRIGUEZ GUERRERO 52850653 CHOCÓ QUIBDÓ $350.000 $350.000 $4.200.000 51 Permiso por protección Temporal
6365068 JASMIN
COROMOTO
PARRA SOTO
LUZ DARY
MUÑOZ DE GIRALDO 26323103 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000 52 Permiso por protección Temporal
6301896 BLADIMIR
ENRIQUE
RODRIGUEZ
SILVA
LAURA MARIA
PALACIOS PALACIOS 26337395 CHOCÓ QUIBDÓ $800.000 $640.575 $7.686.900 53 Permiso por protección Temporal
6375634 ALEJANDRO
ANTONIO DIAZ
CASTELLANOS
YANNEY
PALACIOS 26337395 CHOCÓ QUIBDÓ $800.000 $640.575 $7.686.900 53 Permiso por protección Temporal
6375634 ALEJANDRO
ANTONIO DIAZ
CASTELLANOS
YANNEY
ASPRILLA HINESTROZA 26259182 CHOCÓ QUIBDÓ $550.000 $550.000 $6.600.000 54 Permiso por protección Temporal
6339069 KEYLIANIS
ALISMAR GIL
LOPEZ
ANGIE PAOLA
BOBADILLA VANEGAS 1006318952 CHOCÓ QUIBDÓ $600.000 $600.000 $7.200.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 1000 del 24 NOVIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y ocho (78) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
N°
TIPO DE
DOCUMENT
O DE
IDENTIDAD
NÚMERO DE
DOCUMENT
O DE
IDENTIDAD
NOMBRES Y
APELLIDOS
ARRENDADOR
Nro. DE
DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
ARRENDADOR
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
VALOR CANON
ARRIENDO
ARRENDADOR
Nro. DE
DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
ARRENDADOR
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
VALOR CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR
SUBSIDIO
AL CANON
ARRIENDO
MENSUAL
VALOR TOTAL
SUBSIDIO
POR 12 MESES 55 Permiso por protección Temporal
6032082 ABRAHAN
DANIEL
APARICIO
GUEVARA
AMARICE
RAMÍREZ RODRÍGUEZ 5425238 CHOCÓ QUIBDÓ $400.000 $400.000 $4.800.000 56 Permiso por protección Temporal
5220276 DIONEL
ANTONIO
BRICEÑO DIAZ
ANDREA DEL
SOCORRO
CUESTA MORCILLO 26258079 CHOCÓ QUIBDÓ $1.000.000 $640.575 $7.686.900 57 Permiso por protección Temporal
1130811 YACKELIN
MARIA
CHIRINOS
OLANO MARIA
MADALINA
SOCARRAS JIMENEZ 26992712 LA GUAJIRA FONSECA $400.000 $400.000 $4.800.000 58 Permiso por protección Temporal
7693725 JEISON
ANTONIO
RAMIREZ
CHIRINO
MARIA
AUXILIADORA
OSPINO SOLANO 27038457 LA GUAJIRA FONSECA $300.000 $300.000 $3.600.000 59 Permiso por protección Temporal
5684847 JOHANNY
ROSELY
MARIA
AUXILIADORA
OSPINO SOLANO 27038457 LA GUAJIRA FONSECA $300.000 $300.000 $3.600.000 59 Permiso por protección Temporal
5684847 JOHANNY
ROSELY
GARCIA SOTO
FERMIN ELIECER DIAZ 17954124 LA GUAJIRA FONSECA $420.000 $420.000 $5.040.000 60 Permiso por protección Temporal
5603525 MEILYNG
NACARY
MATHEUS
OROPEZA
FERMIN ELIECER DIAZ 17954124 LA GUAJIRA FONSECA $420.000 $420.000 $5.040.000 61 Permiso por protección Temporal
4931602 NORELSI
MARIA RIVAS
MIGUEL ANGEL
DONNEYS
SEVILLANO
1130636235 VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $450.000 $450.000 $5.400.000 62 Permiso por protección Temporal
1125789 FRANCYS
MARINA ZURITA
MACHADO
CARLOS
SANCHEZ
AGUIRRE
93121104 VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $500.000 $500.000 $6.000.000 63 Permiso por protección Temporal
7130867 LILIANA
ESTHER
ARGOTA
THOMAS
ANTONIA
PRECIADO
CABEZAS
66845991 VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $650.000 $640.575 $7.686.900 64 Permiso por protección Temporal
5095749 ROTCEH
NATALY MORA
GONZALEZ
JOHANA
DE CALI $650.000 $640.575 $7.686.900 64 Permiso por protección Temporal
5095749 ROTCEH
NATALY MORA
GONZALEZ
JOHANA
CASTAÑEDA
29180079 VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $1.100.000 $640.575 $7.686.900 65 Permiso por protección Temporal
1424725 EGLEE YURIMA
BELLO DUQUE
GERSAIN
NARVAEZ
4698386 VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $850.000 $640.575 $7.686.900 66 Permiso por protección Temporal
1437906 SAIDY NAYIT
HERRADA
APONTE
ANTONIA
PRECIADO
66845991 VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $650.000 $640.575 $7.686.900 67 Permiso por protección Temporal
1669215 MARÍA DEL
CARMEN MORA
DE VASQUEZ
MARITZA
OSPINA
OREJUELA
31931703 VALLE DEL CAUCA SANTIAGO DE CALI $350.000 $350.000 $4.200.000 68 Permiso por protección Temporal
1247880 MARIA
EUGENIA
MADRIZ
MADRIZ
PAULINA CHAPARRO 41364373 ARAUCA ARAUCA $500.000 $500.000 $6.000.000 69 Permiso por protección Temporal
4520419 LUIS ALBERTO
ROSI TORRES
ELIZABETH
CORTES MENDEZ 1042425000 ARAUCA ARAUCA $550.000 $550.000 $6.600.000
69 Permiso por protección Temporal
4520419 LUIS ALBERTO
ROSI TORRES
ELIZABETH
CORTES MENDEZ 1042425000 ARAUCA ARAUCA $550.000 $550.000 $6.600.000 70 Permiso por protección Temporal
5812675 MARIA
MILAGROS
CUEVA SILVA
NEYLA ROSA
PAEZ INOCENCIO 68286548 ARAUCA ARAUCA $300.000 $300.000 $3.600.000 71 Permiso por protección Temporal
4864648 XIOMARA
YOLIBETH
MARIÑO
RODRIGUEZ
FLOR ANGELA
RANGEL BOLAÑOS 27276778 ARAUCA ARAUCA $500.000 $500.000 $6.000.000 72 Permiso por protección Temporal
5651601 CRISTI
OSCARINA
GARCIA
ALVARADO
AYDE MONTAÑEZ SUAREZ 68292317 ARAUCA ARAUCA $550.000 $550.000 $6.600.000 73 Permiso por protección Temporal
5124954 NINOSKA DEL
VALLE
RODRIGUEZ
FIGUERAS
JULIO CESAR
AMEZQUITA TORRES 1072640697 ARAUCA ARAUCA $500.000 $500.000 $6.000.000 74 Permiso por protección Temporal
937289 FRANCELYS
BEATRIZ
COLMENAREZ
SIRA MARIA YAMILE ORTIZ MURILLO 68289524 ARAUCA ARAUCA $550.000 $550.000 $6.600.000 75 Permiso por protección
BEATRIZ
COLMENAREZ
SIRA MARIA YAMILE ORTIZ MURILLO 68289524 ARAUCA ARAUCA $550.000 $550.000 $6.600.000 75 Permiso por protección Temporal
1321713 VIVIANA DEL
CARMEN
VERGARA
CAJIAO
ROSA ELENA DIAZ BOTELLO 60343344 ARAUCA ARAUCA $670.000 $640.575 $7.686.900 76 Permiso por protección Temporal
877444 NEIDA VIDALIA
ARCHILA
ELSY AYDEE AGUIRRE 24242183 ARAUCA ARAUCA $500.000 $500.000 $6.000.000 77 Permiso por protección Temporal
5905576 JESUS
ALBERTO
BERMUDEZ
LINARES
YADYRA
RODRIGUEZ PALENCIA 42215143 ARAUCA ARAUCA $450.000 $450.000 $5.400.000 78 Permiso por protección Temporal
5145388 JOSE MANUEL
JIMENEZ
CASTILLO
MARGARITA ROSA NOVOA 49552839 ARAUCA ARAUCA $500.000 $500.000 $6.000.000
TOTAL, ASIGNACION $ 513.426.300
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de la presente asignación. Artículo 3. El Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda podrá en cualquier momento verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares
contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de la presente asignación. Artículo 3. El Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda podrá en cualquier momento verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015.
Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda para los hogares relacionados en el artículo 1° de esta resolución queda condicionada a:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 1000 del 24 NOVIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan setenta y ocho (78) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”
- La suscripción de los contratos de arrendamiento o ajuste de los que se encuentren vigentes, los cuales inician desde el momento que se haga entrega material de la vivienda, lo cual será reportado por el gestor inmobiliario y/o propietario de la vivienda que funja como arrendador. • La verificación del arrendador en las bases de SARLAFT que haga la Fiduciaria Bogotá en cumplimiento del contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nros. 006 de 2018 y/o el establecimiento de crédito al cual se trasladen
- La verificación del arrendador en las bases de SARLAFT que haga la Fiduciaria Bogotá en cumplimiento del contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nros. 006 de 2018 y/o el establecimiento de crédito al cual se trasladen los valores correspondientes del subsidio, de conformidad con lo indicado en el numeral 9.5.2.2.1. del manual operativo.
- La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “ Semillero de Propietarios” subcuenta de recursos de cooperación no reembolsables.
Artículo 5. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. Comunicar el presente acto administrativo a los hogares beneficiarios y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios”, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 de 2018, suscrito con la Fiduciaria de Bogotá S.A. Artículo 7. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., 24 NOVIEMBRE 2025
GALEANO
AVILA
ANDERSO
N ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON
ARTURO
Fecha: 2025.11.24
14:16:11 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda
Elaboró:
ANDERSON
ARTURO
Fecha: 2025.11.24
14:16:11 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda
Elaboró:
Alejandro Marín Llanos Contratista Contrato nro. 026-2025 SSFV
Revisó:
Geraldine Campo Contratista Contrato nro. 397 – 2025 SSFV
María Fernanda Merlano Co
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