MINVIVIENDA - Resolución 1035 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1035 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 01 DICIEMBRE 2025
“Por la cual se acepta un (01) renuncia al Subsidio de Mejoramiento de Vivienda en el marco del “Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Comunitario”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en la Resolución 725 del 23 de agosto de 2003 del Ministerio de Vivienda, Ciudad Territorio, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del director ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "(...) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional(...)”.
subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional(...)”.
Que en el Capítulo 1 Sección I Titulo 10 Parte I Capítulo I del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015, se incorporó la política de vivienda rural y los requisitos y condiciones de la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en sus diferentes modalidades.
Que, con fundamento en la norma citada, FONVIVIENDA, expidió la Resolución 0514 del 29 de julio de 2025, mediante el cual se asignaron subsidios familiares de vivienda rurales, entre otros al hogar que se relaciona en la parte resolutiva del presente acto.
Que posterior a la asignación, el hogar presento renuncia voluntaria suscrita por todos los miembros mayores de edad ante FONVIVIENDA, mediante radicado 2025ER0166827 del 21 de noviembre de 2025.
Que el artículo 11 de la Resolución 725 de 2023 del MVCT, establece: “(…) Artículo 11°. Adiciónese el artículo 14E a la Resolución 0536 de 2020, el cual quedará así:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 1035 del 01 DICIEMBRE 2025 “
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
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Resolución No. 1035 del 01 DICIEMBRE 2025 “ “Por la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio de Mejoramiento de Vivienda en el marco del “Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Comunitario” "ARTÍCULO 14E. RENUNCIA Al SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA RURAL. El beneficiario del subsidio familiar de vivienda rural -SFVR, en cualquiera de sus modalidades, antes de la ejecución material de las obras, podrá renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros del hogar, mayores de edad, solicitantes del subsidio.
En caso de que la renuncia sea posterior al inicio de las obras o desembolso del subsidio, el beneficiario deberá restituirlo indexado según el índice de precios al consumidor desde la fecha de asignación."
Que, según lo manifestado por la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, el hogar beneficiario en mención, previo al inicio de las actividades de ejecución del mejoramiento, presentó comunicación escrita de renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda Rural dentro del Esquema Gestión Comunitaria asignado por FONVIVIENDA, por cuanto no harán uso de este, y se encuentran dentro de los presupuestos y condiciones del artículo 11 de la Resolución No. 725 de 2023 del MVCT.
Que así mismo, la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural informó que “el subsidio no ha sido desembolsado teniendo en cuenta que no
Resolución No. 725 de 2023 del MVCT.
Que así mismo, la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural informó que “el subsidio no ha sido desembolsado teniendo en cuenta que no se dio inicio a las actividades de ejecución del mejoramiento”.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado en el marco del programa “mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Comunitario", con relación al hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 11 de la Resolución 725 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y en concordancia con el Decreto 1077 de 2015, y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:
No.
CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
TOTAL
ASIGNACIÓN SFVR
486
281726
1003192906 KELLY
JOHANNA
RIVERA
RIVERO
CORDOBA CIENAGA DE
ORO
$23.400.000,00
ARTÍCULO 2º. - Modificar parcialmente la Resolución Número 0514 del 29 de julio de 2025, en el sentido de dejar sin efecto la asignación al hogar relacionado en el artículo primero de la presente Resolución, los demás
ARTÍCULO 2º. - Modificar parcialmente la Resolución Número 0514 del 29 de julio de 2025, en el sentido de dejar sin efecto la asignación al hogar relacionado en el artículo primero de la presente Resolución, los demás acápites y apartes de la Resolución reseñada no sufre modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 1035 del 01 DICIEMBRE 2025 “ “Por la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio de Mejoramiento de Vivienda en el marco del “Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Comunitario” ARTÍCULO 3º. - Notifíquese al hogar antes señalado a través de LA FUNDACION PARA EL DESARROLLO MEDICO SOCIAL Y CULTURAL COLOMBIANO - FUNDASACOL. El contenido del presente acto administrativo en la forma prevista en el numeral 1° del artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.
ARTÍCULO 4º. La presente Resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y comunicada al municipio de la referencia.
ARTÍCULO 5º. El contenido del presente acto administrativo será comunicado a la Empresa Promotora del Desarrollo Territorial – EnTerritorio (221014).
ARTÍCULO 6º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D.C., a los 01 DICIEMBRE 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2025.12.01
15:24:03 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA
Rosa Elena Espitia Riaño Directora DIVIS Laura Marcela Sanguino Gutierrez Subdirectora SSEVR SSEVR
Diana Marcela Castañeda Barbosa Contratista SSEVR
Catherin Muñoz Contratista FNV Andrei Suárez Contratista SSEVR