MINVIVIENDA - Resolución 1051 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1051 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Página 1 de 5 1051 26-DIC-2025Página 2 de 5Página 3 de 5 26-DIC-2026Página 4 de 5 Artículo 1°. Identidad visual. Ajustar la identidad visual y el uso de imagen institucional en los documentos adoptados en los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Resolución No. 1026 de 2021por la cual se modifica la Resolución No. 463 de 2017 de conformidad con los lineamientos gráficos establecidos en el Manual de Identidad del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Este ajuste aplica para el Formulario Único Nacional para la solicitud de licencias urbanísticas y el reconocimiento de edificaciones, el anexo sobre construcción sostenible, el Formato de Revisión e Información de Proyectos para la radicación en legal y debida forma de las solicitudes de licencias urbanísticas y de reconocimiento de edificaciones, así como para la Guía para diligenciar el Formulario Único Nacional para la solicitud de licencias urbanísticas y el reconocimiento de edificaciones.
Parágrafo: El ajuste a los lineamientos de identidad visual y uso de imagen dispuesta en la presente resolución no modifica el contenido, alcance, estructura ni demás aspectos técnicos o procedimentales de los documentos de que trata el presente artículo.
Artículo 2°. Implementación. Los municipios, distritos y curadores urbanos deberán publicar y divulgar los documentos mencionados en el artículo primero de la presente resolución en los medios de difusión de las entidades, con el fin de garantizar su adecuada implementación.
Parágrafo transitorio: Los curadores urbanos y las autoridades administrativas competentes para el estudio, trámite y expedición de licencias urbanísticas y reconocimiento de edificaciones podrán continuar recibiendo, hasta el 15 de marzo
garantizar su adecuada implementación.
Parágrafo transitorio: Los curadores urbanos y las autoridades administrativas competentes para el estudio, trámite y expedición de licencias urbanísticas y reconocimiento de edificaciones podrán continuar recibiendo, hasta el 15 de marzo de 2026, documentación que utilice los elementos distintivos, papelería o material impreso conforme a los documentos adoptados mediante la Resolución 1026 de
2021. A partir de dicha fecha, será de obligatorio cumplimiento el uso de los documentos adoptados en este acto administrativo. 1051 26-DIC-2025P ágina 5 de 5 Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Resolución 1026 de 2021, que modifican la Resolución 463 de 2017. 26-DIC-2025 26-DIC-2025 1051