🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINVIVIENDA - Resolución 1090 de 2025

Ministerio de Vivienda

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 1090 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 1090 DE 11 DICIEMBRE 2025

“Por la cual se asignan veintiseis (26) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del director ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.

Que en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 se incorporó el programa “Casa Digna, Vida Digna” , destinado al mejoramiento de viviendas de interés social – VIS, de hogares con ingresos totales mensuales de hasta cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes, conforme con lo dispuesto en el artículo 2.1.1.1.1.1.4 del Decreto 1077 de 2015. Que, en virtud de lo establecido en el artículo 2.1.1.7.3 del Decreto 1077 de 2015, el

en el artículo 2.1.1.1.1.1.4 del Decreto 1077 de 2015. Que, en virtud de lo establecido en el artículo 2.1.1.7.3 del Decreto 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda suscribió el Contrato Fiduciario nro. 001 del 14 de marzo de 2019 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3 -1-83679, por medio del cual se constituyó un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa “Casa Digna, Vida Digna”.

Que el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Decreto 1077 de 2015 determina las condiciones y requisitos de los hogares para ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento.

Que en el marco del programa de Mejoramiento de Vivienda se asignaron cupos a los siguientes municipios, entre otros:

Municipio Departamento Número de Cupos

MEDELLIN ANTIOQUIA 171

BUENAVENTURA VALLE DEL CAUCA 171

Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV)

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 1 de 5Resolución No. 1090 DE 11 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiseis (26) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda” para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.

Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de las postulaciones al programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta.

Que de conformidad con el artículo 2.1.1.7.3. del Decreto 1077 de 2015 y en atención a lo estipulado en el artículo 5.2.5.3 del contrato de prestación de servicios N° 1 del 5 de junio de 2019 suscrito entre la Fiduciaria Bogotá y la Financiera de Desarrollo

a lo estipulado en el artículo 5.2.5.3 del contrato de prestación de servicios N° 1 del 5 de junio de 2019 suscrito entre la Fiduciaria Bogotá y la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. – Findeter, el 19 de noviembre de 2025 a través de correo electrónico Findeter informó al Fideicomiso que ejecuta la operatvodad del Programa de Mejoramiento, el listado de hogares con el resultado de los diagnósticos efectivos con el fin que Fonvivienda pueda asignar el respectivo subsidio.

Que, mediante correo electrónico de fecha 20 de noviembre de 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables aplicable a suelo urbano, según concepto emitido por Findeter en calidad de supervisor, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015. Que el mencionado listado, remitido por Findeter, contó con el respectivo control de calidad reportado por el grupo de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 2 de dicembre de 2025, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda, así como el porcentaje de los aportes realizados por cada entidad en los convenios:

Entidad Valor Total del Convenio

Entidad

Valor aportado

Porcentaje

mejoramiento de vivienda, así como el porcentaje de los aportes realizados por cada entidad en los convenios:

Entidad Valor Total del Convenio

Entidad

Valor aportado

Porcentaje Medellín $ 6.120.000.000 FONVIVIENDA $ 6.120.000.000 100% Buenaventura $ 3.000.000.000 FONVIVIENDA $ 3.000.000.000 100%

Que el valor total de los recursos objeto de asignación por concepto de los subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES

SETECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($480.700.000).

Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015 y el Manual Operativo del programa, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el interventor, ejecutor y el prestador de asistencia técnica.

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 2 de 5Resolución No. 1090 DE 11 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiseis (26) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda” Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el fideicomiso constituido para el programa. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar veintiséis (26) subsidios familiares de vivienda en el marco de Programa de Mejoramiento de Vivienda para el mejoramiento de viviendas de interés social, por un valor total de CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($480.700.000) , a los

Programa de Mejoramiento de Vivienda para el mejoramiento de viviendas de interés social, por un valor total de CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($480.700.000) , a los hogares que se relacionan a continuación: No ID_HOGAR CEDULA NOMBRE APELLIDO DEPARTAMNTO MUNICIPIO VALOR ASIGNADO 1 25223074 6158793 ANDRES IBARGUEN VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 2 25202544 31370920 GLORIA VALENCIA

GAMBOA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 3 25202545 31376672 ANA VIAFARA DE

MEJIA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 4 25155354 43841880 LUZ MARIA GAMBOA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 5 25307939 66733992 MARICEL MEDINA

LOPEZ VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 6 25127153 14470401 YIMMY

ALEXANDER

SANCHEZ

HENRIQUEZ VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 7 21718315 94443490 LUIS ORLANDO HURTADO

VALLENCIA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 8 25156814 66745501 DEYANIRA RODRIGUEZ

PAZ VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 9 25156815 16506549 JAIME

ENRIQUE

TENORIO

QUIÑONES

PAZ VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 9 25156815 16506549 JAIME

ENRIQUE

TENORIO

QUIÑONES VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 10 25156816 16493768 LUIS ALBERTO MINA

MOSQUERA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 11 25146902 66738998 GLORIA

MARITZA

RAMOS

MICOLTA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 12 24917770 66739939 LUZ MARINA HINESTROSA

SINISTERRA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 13 24910205 94444067 ROBINSON GARCES

PAREDES VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 14 24910224 1111778423 INGRID

YOHANA

FORIZ

BANGUERA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 15 25136752 31238524 MERY URBANO

GONGORA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 16 25136756 31385448 MARIELA MARIN DE

ARISTIZABAL VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 17 28485224 22087955 CARMEN JULIA GARCIA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 3 de 5Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 “perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Resolución No. 1090 DE 11 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiseis (26) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda” No ID_HOGAR CEDULA NOMBRE APELLIDO DEPARTAMNTO MUNICIPIO VALOR ASIGNADO 18 28485962 43991404 KELLY JOHANNA TOBÓN ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 19 28485697 1036643074 LEIDY

JOHANNA

MONTOYA RUIZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 20 28485322 8412236 FROILAN USUGA CASTAÑO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 21 28485591 21370775 RUTH AMPARO GUTIERREZ LONDOÑO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 22 28485888 43527045 BEATRIZ ELENA

MURILLO

POSADA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000

LONDOÑO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 22 28485888 43527045 BEATRIZ

ELENA MURILLO POSADA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 23 28485989 32511669 MARCIANA RODRIGUEZ RODRIGUEZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 24 28486580 1025890385 CARLOS JOSUE LOTERO ESTRADA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 20.500.000 25 28485618 43041868 ESTHER

CONSUELO

RENDÓN RESTREPO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 26 28485593 43780931 DORIS ELENA DAVID HENAO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000

VALOR TOTAL DE LOS SFVE ASIGNADOS $480.700.000

Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo. Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a: • La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada.

  • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) La existencia de un diagnóstico que determine que la vivienda es viable para la ejecución de obras que permitan el mejoramiento de la misma, ii) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y iii) la emisión del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor.

Artículo 5. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. Comunicar al Patrimonio Autónomo del Fideicomiso - Programa “Casa Digna, Vida Digna” , constituido según el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos Nro. 001 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogotá, y al prestador de asistencia técnica y a los municipios relacionados en el artículo primero, Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 4 de 5 La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del Programa.

Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.Resolución No. 1090 DE 11 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiseis (26) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del

1437 de 2011.Resolución No. 1090 DE 11 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiseis (26) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda” quienes a su vez comunicarán este acto administrativo a los hogares relacionados en este mismo artículo. Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los Dada en Bogotá D.C., a los 11 DICIEMBRE 2025

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA

ANDERSO

N ARTURO Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ANDERSON

ARTURO

Fecha: 2025.12.10

09:06:53 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda

Elaboro: Jhon Meyer

Cargo: Contratista

Oficina: SSFV

Revisó: Juliana Toro Cadavid

Cargo: Subdirectora

Oficina: SSFV

Julián Vásquez Cargo. Contratista CMC 17-2025 Oficina. FNV

Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño

Cargo: Directora

Oficina: DIVIS

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 5 de 5 11 DICIEMBRE 2025

Consultar sobre este documento ...