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MINVIVIENDA - Resolución 1203 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 1203 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 4

RESOLUCIÓN NÚMERO 1203 DE 19 DICIEMBRE 2025

“Por la cual se asignan diecinueve (19) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 se incorporó el programa “Casa Digna, Vida Digna” , destinado al mejoramiento de viviendas de interés social – VIS, de hogares con ingresos totales mensuales de hasta cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes, conforme con lo dispuesto

incorporó el programa “Casa Digna, Vida Digna” , destinado al mejoramiento de viviendas de interés social – VIS, de hogares con ingresos totales mensuales de hasta cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes, conforme con lo dispuesto en el artículo 2.1.1.1.1.1.4 del Decreto 1077 de 2015. Que, en virtud de lo establecido en el artículo 2.1.1.7.3 del Decreto 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda suscribió el Contrato Fiduciario nro. 001 del 14 de marzo de 2019, en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3 -1-83679, por medio del cual se constituyó un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa “Casa Digna, Vida Digna”.

Que el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Decreto 1077 de 2015, determina las condiciones y requisitos de los hogares para ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento.

Que en el marco del programa de Mejoramiento de Vivienda se asignaron cupos a los siguientes municipios, entre otros:

Municipio Departamento Número de Cupos

MEDELLIN ANTIOQUIA 171

BUENAVENTURA VALLE DEL CAUCA 171

Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá

vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.

Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de las postulaciones al programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velaráFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 1203 del 19 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan diecinueve (19) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta. Que de conformidad con el artículo 2.1.1.7.3. del Decreto 1077 de 2015, y en atención

por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta. Que de conformidad con el artículo 2.1.1.7.3. del Decreto 1077 de 2015, y en atención a lo estipulado en el artículo 5.2.5.3 del contrato de prestación de servicios N° 1 del 5 de junio de 2019 suscrito entre la Fiduciaria Bogotá y la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. – Findeter, el 2 de diciembre de 2025 a través de correo electrónico, Findeter informó al Fideicomiso que ejecuta la operatividad del Programa de Mejoramiento, el listado de hogares con el resultado de los diagnósticos efectivos con el fin que Fonvivienda pueda asignar el respectivo subsidio.

Que, mediante correo electrónico de fecha 3 de diciembre de 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables aplicable a suelo urbano, según concepto emitido por Findeter en calidad de supervisor, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015. Que el mencionado listado, remitido por Findeter, contó con el respectivo control de calidad reportado por el grupo de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 11 de dicembre de 2025, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa

de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 11 de dicembre de 2025, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda, así como el porcentaje de los aportes realizados por cada entidad en los convenios:

Entidad Valor Total del Convenio

Entidad

Valor aportado

Porcentaje Medellín $ 6.120.000.000 FONVIVIENDA $ 6.120.000.000 100% Buenaventura $ 3.000.000.000 FONVIVIENDA $ 3.000.000.000 100%

Que el valor total de los recursos objeto de asignación por concepto de los subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES

DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ($373.220.000).

Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015 y el Manual Operativo del programa, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el interventor, ejecutor y el prestador de asistencia técnica.

Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere

vivienda y el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el interventor, ejecutor y el prestador de asistencia técnica.

Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el fideicomiso constituido para el programa. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se haceFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

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Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 “perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Resolución No. 1203 del 19 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan diecinueve (19) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

Resolución No. 1203 del 19 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan diecinueve (19) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Asignar diecinueve (19) subsidios familiares de vivienda en el marco de Programa de Mejoramiento de Vivienda para el mejoramiento de viviendas de interés social, por un valor total de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ($373.220.000), a los hogares que se relacionan a continuación:

No ID_HOGAR CEDULA NOMBRE APELLIDO DEPARTAMNTO MUNICIPIO VALOR ASIGNADO 1 25185053 16475059 DIMAS VALENCIA OCORO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 2 25155355 26372889 FREDID HURTADO RENTERIA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 3 25155357 1004537503 KEVIN ANDRES TELLO MANCILLA VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 4 25156817 66733915 MIRELLA VENTE LOPEZ VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 5 21744731 66938686 NINFA CECILIA ESTRADA

OBREGON VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000

5 21744731 66938686 NINFA CECILIA ESTRADA OBREGON VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 6 25127194 31381616 RUBIELA LOPEZ RIVAS VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 7 25136788 27365656 CRISTOBALINA PINEDA MORENO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 8 25146908 29231087 YAQUELINE MORENO MULATO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 9 24886910 25014316 MARIA IRENE HENAO OSORIO VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 15.600.000 10 28486751 1017232724 MAIRA

ALEJANDRA

VELEZ JARAMILLO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 11 28486689 1128475893 LUZ YESENIA MONSALVE RIOS ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 12 28485979 71724575 JAIME HORACIO MARTINEZ HERRON ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 13 28486743 43617424 KATTERINE ALZATE RODRIGUEZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 14 28486678 82060056 JARIS ALONSO RODRIGUEZ MOSQUERA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 15 28485760 39438605 NAZARETH DE

LOS ANGELES

LOPEZ GONZALEZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 22.220.000 16 28486590 42778875 GLADIS ELENA MUÑOZ

15 28485760 39438605 NAZARETH DE

LOS ANGELES

LOPEZ GONZALEZ ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 22.220.000 16 28486590 42778875 GLADIS ELENA MUÑOZ ECHEVERRI ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 17 28486699 26283991 MARTHA OLIVIA PALACIOS MOSQUERA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 18 28485380 32288252 EDILMA DE JESUS HOLGUIN SILVA ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000 19 28485983 3448531 FRANCISCO

JAVIER

RAMIREZ

GIRALDO ANTIOQUIA MEDELLÍN $ 23.400.000

VALOR TOTAL DE LOS SFVE ASIGNADOS $373.220.000

Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

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Resolución No. 1203 del 19 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan diecinueve (19) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

Resolución No. 1203 del 19 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan diecinueve (19) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”

Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a: • La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada. • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) La existencia de un diagnóstico que determine que la vivienda es viable para la ejecución de obras que permitan el mejoramiento de la misma, ii) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y iii) la emisión del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor.

Artículo 5. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. Comunicar al Patrimonio Autónomo del Fideicomiso - Programa “Casa Digna, Vida Digna” , constituido según el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos Nro. 001 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogotá, al prestador de asistencia técnica, Findeter, y a los municipios relacionados en el artículo primero, quienes a su vez comunicarán este acto administrativo a los hogares relacionados en este mismo artículo.

Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 19 DICIEMBRE 2025

este mismo artículo.

Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 19 DICIEMBRE 2025

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ANDERSON

ANDERSON ARTURO

ARTURO Fecha: 2025.12.19

09:58:15 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda

Elaboro: Jhon Meyer

Cargo: Contratista

Oficina: SSFV

Revisó: Juliana Toro Cadavid

Cargo: Subdirectora

Oficina: SSFV

Catherin Muñoz Contratista FNV

Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño

Cargo: Directora Oficina: DIVIS • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del Programa.

Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.

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