MINVIVIENDA - Resolución 1234 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1234 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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EL DIRECTOR EJECUTIV0 DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA RESOLUCIÓN NÚMERO 1234 DE 24 DICIEMBRE 2025
“Por la cual se asignan veintiún (21) Subsidios Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Vigía del Fuerte en el departamento de Antioquia en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 005 de 2023”
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º de la ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, conforme lo establecido en el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 55 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas
2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (…)” Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 establece que FONVIVIENDA es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, FONVIVIENDA celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARÍA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al
de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, encargada del proceso de validaciones y cruces en forma sistematizada, verifico el hogar que cumplió con los requisitos, con fechas de resultado del proceso el 5, 23, 29 de abril, 3 de mayo y 13 de diciembre del 2024, para los respectivos controles de información y de calidad del proceso antes anotado. Que, FIDUAGRARÍA S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso –Programa de Promoción de Vivienda Rural y CONSORCIO VIVIENDA MURRI suscribieron contrato de obra 009F-2024 cuyo objeto es “CONTRATAR POR EL SISTEMA DE PRECIO GLOBAL FIJO SIN FÓRMULA DE REAJUSTE Y DE CONFORMIDAD
MURRI suscribieron contrato de obra 009F-2024 cuyo objeto es “CONTRATAR POR EL SISTEMA DE PRECIO GLOBAL FIJO SIN FÓRMULA DE REAJUSTE Y DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, LA Resolución No. 1234 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiún (21) Subsidios Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Vigía del Fuerte en el departamento de Antioquia en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 005 de 2023”
Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del mismo. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015. Que de conformidad con las etapas señaladas en la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio priorizó los hogares
1077 del 26 de mayo de 2015. Que de conformidad con las etapas señaladas en la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio priorizó los hogares potencialmente beneficiarios y las autoridades locales validaron la información. Que FONVIVIENDA suscribió Convenio No. 005 de 2023, con el municipio de Vigía del Fuerte, La Empresa de Vivienda de Antioquia – VIVA y la Gerencia de Servicios Públicos. Que en virtud de lo establecido en dicho convenio existen obligaciones reciprocas entre FONVIVIENDA y los municipios para postular y habilitar hogares. Que FIDUAGRARIA S.A., actuando como vocera y administradora del patrimonio autónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del Contrato de Fiducia Mercantil No. 027 -2020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité Fiduciario, con el fin de contratar la “Interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y construcción necesaria para la ejecución de los subsidios familiar de vivienda rural de conformidad con las especificaciones establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL”, en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1., de dicho manual. Que en virtud de lo anteriormente expuesto se suscribió el contrato de prestación de servicios de interventoría no. 004F -2021 suscrito entre FIDUAGRARIA S.A., como
manual. Que en virtud de lo anteriormente expuesto se suscribió el contrato de prestación de servicios de interventoría no. 004F -2021 suscrito entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del patrimonio autónomo fideicomiso – programa de promoción de vivienda rural y la empresa nacional promotora de desarrollo territorial, Enterritorio (221014). Que de acuerdo con el artículo 30 de la Resolución 0536 de 2020 FONVIVIENDA a través de la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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APLICACION DE LOS SUBSIDIOS FAMILIARES DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL RURAL BAJO LA MODALIDAD DE VIVIENDA NUEVA EN ESPECIE EN EL CORREGIMIENTO PLAYA DE MURRÍ UBICADO EN EL MUNICIPIO VIGÍA DEL FUERTE
DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA”.
Resolución No. 1234 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiún (21) Subsidios Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Vigía del Fuerte en el departamento de Antioquia en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 005 de 2023”
Que mediante acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARÍA S.A., como vocera y
el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 005 de 2023”
Que mediante acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARÍA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso –Programa de Promoción de Vivienda Rural, el ejecutor y la interventoría se consignó como fecha de inicio el 06 de junio de 2024 y se fijó un plazo de 14 meses de ejecución. Que, mediante acta de reinicio N°. 1 de la suspensión No. 4 se consignó fecha de terminación 28 de febrero de 2026. Que, en cumplimiento al artículo 33 de la Resolución 0536 de 2020, se realizó la etapa de preconstrucción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de vivienda nueva por parte de FONVIVIENDA, el ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción de vivienda nueva. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada. Que las actividades de pre -construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, el interventor mediante correo electrónico de fecha 5 de diciembre de 2025, informó el resultado de las actividades desarrolladas. Que el artículo 18 de la Resolución 0536 de 2020 establece las etapas del programa de Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales
fecha 5 de diciembre de 2025, informó el resultado de las actividades desarrolladas. Que el artículo 18 de la Resolución 0536 de 2020 establece las etapas del programa de Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales se encuentran los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos. Que la interventoría informó a través de correo electrónico con fecha del 3 de octubre del 2025, que los diagnósticos cumplieron con los lineamientos establecidos en el contrato de obra antes reseñado, respecto de los hogares que se trascriben de la siguiente manera:
No. N°
CONTRATO
NOMBRE
PROYECTO ID. HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO 1 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215535 1.003.969.927 DAMARIS MOSQUERA
IMBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 2 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215553 11.560.310 NIEVE ALGUMEDO
LEMUS ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 3 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215569 1.003.934.149 DASNEY CORDOBA
GUERRERO ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 4 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215574 11.706.908 LUIS
CLEMENTE
PALACIOS
OREJUELA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 5 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215574 11.706.908 LUIS
CLEMENTE
PALACIOS
OREJUELA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 5 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215584 8.115.124 CATALINO PALACIO
HURTADO ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 6 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215602 26.265.333 YASMARA VALENCIA
MENA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 7 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215610 1.077.422.053 NELSON VALENCIA
ROMAÑA ANTIOQUIA VIGÍA DEL
FUERTEFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 1234 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiún (21) Subsidios Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Vigía del Fuerte en el departamento de Antioquia en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 005 de 2023”
No. N°
CONTRATO
NOMBRE
PROYECTO ID. HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO 8 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215613 3.646.284 WILMAN GUERRERO
NOMBRE
PROYECTO ID. HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO 8 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215613 3.646.284 WILMAN GUERRERO
PALACIO ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 9 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215623 1.001.846.738 LEIDER VALOYES
PEREA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 10 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215627 11.807.774 JACKSON SANCHEZ
ROMAÑA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 11 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215629 11.810.736 ENEMECIO PEREA
MARTINEZ ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 12 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215631 71.933.664 ALMENIO CORDOBA
VALENCIA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 13 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215662 35.898.813 YUSNEY GUERRERO
CORDOBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 14 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215664 22.181.634 BERNARDA PALACIO
ROMAÑA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 15 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215670 1.042.733.034 MARIA DEL
CARMEN
TORRES
ROMAÑA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 15 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 215670 1.042.733.034 MARIA DEL
CARMEN
TORRES
CUESTA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 16 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 233218 71.990.005 SINERCIO VALENCIA
MARTINEZ ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 17 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 233508 11.812.833 WILBER RAMIREZ
CORDOBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 18 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 233513 1.001.846.208 NELLYS ARBOLEDA
GUERRERO ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 19 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 233518 1.001.846.721 NELFI CORDOBA
BLANDON ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 20 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 233519 1.001.846.764 DIANNY PEREA
PALACIOS ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE 21 009F - 2024 MCC MURRÍ
009F-2024 233969 1.077.467.547 FRANCIA
ELENA
MARTINEZ
CÓRDOBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL
FUERTE
Que el valor de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda Rural, destinados a la solución de vivienda para los hogares que cumplieron con los
CÓRDOBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL
FUERTE
Que el valor de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda Rural, destinados a la solución de vivienda para los hogares que cumplieron con los requisitos establecidos, asciende a la suma de CIENTO TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS Y CINCUENTA CENTAVOS ($130.476.586,50), distribuidos de la siguiente manera: el 45,75% proviene de FONVIVIENDA, equivalente a CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TREINTA Y OCHO PESOS Y TREINTA Y DOS CENTAVOS ($59.693.038,32); el 38,92% corresponde a un aporte de VIVA, por un valor de CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS Y CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($50.781.487,46); y el 15,33% restante, equivalente a VEINTE MILLONES DOS MIL SESENTA PESOS Y SETENTA Y UN CENTAVOS ($20.002.060,71), proviene de la Gerencia de Servicios Públicos. Que, los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados para FONVIVIENDA según lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.5.1. del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 76 de la Resolución 0536 de 2020 con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra,
2015 y el artículo 76 de la Resolución 0536 de 2020 con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra, suscrito por el interventor y ejecutor.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 1234 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiún (21) Subsidios Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Vigía del Fuerte en el departamento de Antioquia en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 005 de 2023”
Que, FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “pérdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar veintiún (21) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el
vivienda Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar veintiún (21) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Vigía del Fuerte, en el departamento de Antioquia en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa Mi Casa en el Campo, por un valor de CIENTO TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS Y CINCUENTA CENTAVOS ($130.476.586,50), por unidad habitacional, cuya distribución de aportes fue esbozada en la parte considerativa del presente acto administrativo, para un total de DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA MILLONES OCHO MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS PESOS Y CINCUENTA CENTAVOS ($2.740.008.316,50), los subsidios por unidad habitacional están distribuidos de la siguiente forma: • CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TREINTA Y OCHO PESOS Y TREINTA Y DOS CENTAVOS ($59.693.038,32), corresponden a Fonvivienda.
- CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS Y CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($50.781.487,46), corresponden a VIVA.
- VEINTE MILLONES DOS MIL SESENTA PESOS Y SETENTA Y UN CENTAVOS ($20.002.060,71), provenientes de la Gerencia de Servicios Públicos.
En el presente acto administrativo se relacionan únicamente el jefe de hogar del
- VEINTE MILLONES DOS MIL SESENTA PESOS Y SETENTA Y UN CENTAVOS ($20.002.060,71), provenientes de la Gerencia de Servicios Públicos.
En el presente acto administrativo se relacionan únicamente el jefe de hogar del núcleo familiar, no obstante, lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 1234 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiún (21) Subsidios Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Vigía del Fuerte en el departamento de Antioquia en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 005 de 2023”
# ID. HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPTO MUNICIPIO Valor SFVR Aportes VIVA Aportes GSP TOTAL 1 215535 1.003.969.927 DAMARIS MOSQUERA IMBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 2 215553 11.560.310 NIEVE ALGUMEDO
LEMUS ANTIOQUIA VIGÍA DEL
FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 2 215553 11.560.310 NIEVE ALGUMEDO LEMUS ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 3 215569 1.003.934.149 DASNEY CORDOBA GUERRERO ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 4 215574 11.706.908 LUIS
CLEMENTE
PALACIOS OREJUELA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 5 215584 8.115.124 CATALINO PALACIO HURTADO ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 6 215602 26.265.333 YASMARA VALENCIA MENA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 7 215610 1.077.422.053 NELSON VALENCIA ROMAÑA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 8 215613 3.646.284 WILMAN GUERRERO
ROMAÑA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 8 215613 3.646.284 WILMAN GUERRERO PALACIO ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 9 215623 1.001.846.738 LEIDER VALOYES PEREA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 10 215627 11.807.774 JACKSON SANCHEZ ROMAÑA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 11 215629 11.810.736 ENEMECIO PEREA MARTINEZ ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 12 215631 71.933.664 ALMENIO CORDOBA VALENCIA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 13 215662 35.898.813 YUSNEY GUERRERO CORDOBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50
13 215662 35.898.813 YUSNEY GUERRERO CORDOBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 14 215664 22.181.634 BERNARDA PALACIO ROMAÑA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 15 215670 1.042.733.034 MARIA DEL
CARMEN
TORRES CUESTA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 16 233218 71.990.005 SINERCIO VALENCIA MARTINEZ ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 17 233508 11.812.833 WILBER RAMIREZ CORDOBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 18 233513 1.001.846.208 NELLYS ARBOLEDA GUERRERO ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 19 233518 1.001.846.721 NELFI CORDOBA
BLANDON ANTIOQUIA VIGÍA DEL
FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 19 233518 1.001.846.721 NELFI CORDOBA BLANDON ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 20 233519 1.001.846.764 DIANNY PEREA PALACIOS ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50 21 233969 1.077.467.547 FRANCIA ELENA
MARTINEZ CÓRDOBA ANTIOQUIA VIGÍA DEL FUERTE $59.693.038,32 $50.781.487,46 $20.002.060,71 $ 130.476.586,50
TOTAL
$1.253.553.804,72
$ 1.066.411.236,66
$ 420.043.274,91
$ 2.740.008.316,50
Artículo 2. La vigencia del subsidio familiar de vivienda rural asignado al hogar relacionado en el artículo 1° de la presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación de la resolución de asignación en el Diario Oficial.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 1234 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiún (21) Subsidios Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Vigía del Fuerte en el departamento de Antioquia en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 005 de 2023”
Artículo 3. FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “pérdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar beneficiario. Artículo 4. Al hogar beneficiario del subsidio familiar de vivienda rural, relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, que incumpla con las condiciones y requisitos indicados en los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, se les aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al
de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará el Subsidio Familiar de Vivienda Rural, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto administrativo. Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ( www.minvivienda.gov.co) y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A. y comunicada al municipio de la referencia. Artículo 6. El presente acto administrativo no genera ejecución y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural. Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 24 DICIEMBRE 2025
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2025.12.24
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2025.12.24
10:42:36 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA
Laura Katerin García Quintero Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Contratista CTO 704 – 2025 Subdirectora
SSEVR SSEVR
Nikolay Suarez Kozov Angélica Viviana Acero Rubio Contratista CTO 708 – 2025 Funcionaria SSEVR SSEVRFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 1234 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan veintiún (21) Subsidios Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Vigía del Fuerte en el departamento de Antioquia en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 005 de 2023”
Camila Ramos Contratista CTO 764 – 2025 Contratista CTO 727 - 2025
SSEVR SSEVR
Eduardo Calderon Contratista PA RURAL CTO 023F-2025 Fonvivienda
Andrei Suarez