MINVIVIENDA - Resolución 1241 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1241 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 1 de 7 RESOLUCIÓN NÚMERO 1241 DE 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda. Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta veintidós (22) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y correspondiente. Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural. Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “Urbano Esquema Asociativo” y “Rural Esquema Asociativo”. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió la Circular No. 0003 de 2024 bajo radicado 2024EE0012931 del 5 de marzo de 2024, convocando a los entes territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) a manifestar interés, para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramientos en el esquemaFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) a manifestar interés, para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramientos en el esquemaFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 2 de 7 Resolución No. 1241 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” asociativo. Por lo anterior, EL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA manifestó interés mediante oficio del 20 de marzo de 2024 y tras haber cumplido con los requisitos previstos en la Convocatoria, para la asignación de cupos de recursos en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural. Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0747 de 2024 “Por la cual se asignan cupos de recursos para zonas urbanas y rural a los Departamentos de Arauca, Bolívar, Boyacá, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés, Santander, Valle del Cauca y Vichada; en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural”. Risaralda, San Andrés, Santander, Valle del Cauca y Vichada; en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural”. Que el 11 de diciembre de 2024, el Fondo Nacional De Vivienda – Fonvivienda y el Departamento de Cundinamarca suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 055 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.” Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios. Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinará la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta. Que el Departamento de Cundinamarca, en atención a las obligaciones contenidas en el numeral 5 de la Cláusula Cuarta del Convenio Interadministrativo N° 055 del 11 de diciembre de 2024 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados a través del oficio con asunto “Solicitud No.11 Asignación de subsidios para mejoramiento de vivienda CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACIÓN No. 55 DE 2024, FONVIVIENDA – SECRETRIA DE VIVIENDA DE CUNDINAMARCA.” a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) través del oficio de fecha 4 de diciembre de 2025. Que, mediante correo electrónico de fecha 11 de diciembre del 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo rural, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 055 -2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 3 de 7 Resolución No. 1241 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correos electrónicos del Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correos electrónicos del 2, 13, 15, 19 y 28 de agosto; 15, y 29 de septiembre; 2, 3, 10, 23, 28 y 29 de octubre y 4, 11 y 14 de noviembre de 2025. Valor Total del Convenio Entidad Valor aportado Porcentaje $ 18.984.000.000 FONVIVIENDA $ 11.368.800.000 60% DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA $ 7.615.200.000 40% Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza de conformidad con los topes establecidos para el año de aprobación del diagnóstico por parte del supervisor. Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de SEISCIENTOS SETENTA Y DOS
MILLONES DE PESOS M/CTE ($672.000.000).
Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Asociativo en el Departamento de Cundinamarca, por un valor total de SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($672.000.000), a los hogares que se relacionan. En el presente acto administrativo se relacionan únicamente los jefes de hogar de cada núcleo familiar, no obstante lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:
No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR
ASOCIADO VALOR SFVR
1 367685 20749971
MARTHA
LUCERO
GARZON
ALFONSO
CUNDINAMARCA
MEDINA
DEPARTAMENTO
DE CUNDINAMARCA $ 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Fecha: 29/04/2025
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Página 4 de 7 Resolución No. 1241 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca”
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR
ASOCIADO VALOR SFVR
2 365145 86082426 DARIO
YANCARLOS
BENAVIDEZ
CANO
CUNDINAMARCA
MEDINA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 3 367416 3272952
CARLOS
ALBERTO
RODRIGUEZ
MARTINEZ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 3 367416 3272952
CARLOS
ALBERTO
RODRIGUEZ
MARTINEZ
CUNDINAMARCA
MEDINA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 4 326013 3099087
GERARDINO
VERGARA
RUIZ
CUNDINAMARCA
MEDINA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 5 357682 20367359
ROSALBA
MORA VIVAS
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 6 345713 11433493
MANUEL
ANTONIO
CLAVIJO
CASTIBLANCO
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 7 345718 21475661
MIRIAM
PEREZ PEREZ
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 8 357683 3262056
LUIS DANIEL
FORERO
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 8 357683 3262056
LUIS DANIEL
FORERO
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 9 367668 39767112
CLEMENCIA
MARTINEZ
LIBERATO
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 10 345723 2960997
ERNESTO
PULIDO DAZA
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 11 345714 1074616713 HAWAR JOSE
QUEVEDO
MOLINA
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 12 367667 21014088
BLANCA
JUDITH
ROMERO DE
RODRIGUEZ
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 13 361867 20381933
LUCILA
GARZON
GOMEZ
CUNDINAMARCA
ZIPACON
$ 12.000.000 13 361867 20381933
LUCILA
GARZON
GOMEZ
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 14 367670 19171120 JESUS
LINARES
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 15 345717 21894011 MARIA
CECILIA
PEREZ PEREZ
CUNDINAMARCA
ZIPACON
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 16 366765 26067231
NAUDITH
PAOLA PEREZ
MONTES
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 17 366764 11390036 LUIS
ANTONIO
MARTINEZ
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 18 366763 1066525451
LINA LUZ
RIVERA GOEZ
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE $ 12.000.000 18 366763 1066525451
LINA LUZ
RIVERA GOEZ
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 19 330831 1119886768
ARNULFO
ERLEY
GARZON
NOVOA
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 20 330824 35285643 MARIA
EUGENIA
MARTINEZ
ARENAS
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 21 331599 3134855 PABLO PAIBA
BAUTISTA
CUNDINAMARCA
PULÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 22 328212 3023551
JOSE OMAR
DIAZ
CASTILLO
CUNDINAMARCA
PULÍ
DEPARTAMENTO
DE CUNDINAMARCA $ 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025 $ 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda
Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 5 de 7 Resolución No. 1241 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca”
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR
ASOCIADO VALOR SFVR
23 362304 356419 LUIS
ALBERTO
OTALORA
CUNDINAMARCA
PULÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 24 328225 20902981
JOSEFA
VELOZA
FORERO
CUNDINAMARCA
PULÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 25 325978 20461548 LUCIA
CIPRIAN
CUNDINAMARCA
CHAGUANÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 26 366731 3162499
JOSE TITO
BONILLA
BARRAGAN
CHAGUANÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 26 366731 3162499
JOSE TITO
BONILLA
BARRAGAN
CUNDINAMARCA
CHAGUANÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 27 323950 20885947 DORA
ALICIA
DIAZ RINCON
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 28 323930 20391432
MARTHA
ISABEL
MANRIQUE
AGUILAR
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 29 362834 3153356 JOSE
ALBERTO
PULIDO
AUSIQUE
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 30 323929 3153917
SALVADOR
NIETO
ACOSTA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 31 323937 NIETO
ACOSTA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 31 323937 20886373 NUBIA
GONZALEZ
MORENO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 32 362835 3153233
SAMUEL
PEREZ
MENDEZ
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 33 323951 3154265
MISAEL
PEREZ
MENDEZ
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 34 323961 20886969 OLGA
MARINA
RINCON
RODRIGUEZ
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 35 323943 1070752908 ANGIE
MARCELA
BOHORQUEZ
AMAYA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
1070752908 ANGIE
MARCELA
BOHORQUEZ
AMAYA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 36 323936 1070753471
ANDREA
BOHORQUEZ
CASTAÑEDA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 37 362836 20887608 YANET
BRICEIRA
DURAN
MARTINEZ
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 38 362394 20886657
LUZ MIREYA
RODRIGUEZ
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 39 323959 1120353744
WILLIAM
RODRIGUEZ
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 40 328171 51853421
MARIA ELSA
AYALA PICON
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
$ 12.000.000 40 328171 51853421
MARIA ELSA
AYALA PICON
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 41 323941 17176816
VICTOR
JULIO
BARACALDO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 42 323960 3155783 OSCAR
JAVIER
MARTINEZ
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 43 323952 20884911 MARIA
SUSANA
RIVERA DE
BELTRAN
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE CUNDINAMARCA $ 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 6 de 7 Resolución No. 1241 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del
Código: GDC-PL-11
Página 6 de 7 Resolución No. 1241 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca”
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR
ASOCIADO VALOR SFVR
44 364762 20888549 DIANA ROCIO
VELANDIA
GARZON
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 45 363553 20886534
BLANCA
HERMINDA
GONZALEZ
ROA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 46 328170 20885898
MARIA DEL
CARMEN
CASTILLO
VELANDIA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 47 362351 7350047 JOSE
DANILO
TRIVIÑO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
362351 7350047 JOSE
DANILO
TRIVIÑO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 48 363522 20887247
MARTHA
LORENA
SORZA
PEDRAZA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 49 323939 3155732
HELEVI
RODRIGUEZ
CASTIBLANCO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 50 362427 1070751250 MAGDA
LILIANA
CASTILLO
SANDOVAL
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 51 323934 1003558803
CRISTIAN
RODOLFO
PEÑALOZA
FORERO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 52 362389 20885468
HORTENCIA
GRACILIANA
PRIETO DE
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 52 362389 20885468
HORTENCIA
GRACILIANA
PRIETO DE
VERGARA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 53 362428 39619907 MARIA
LEONOR
ACOSTA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 54 328177 20887654
ARCELIA
DIMATE
PINILLA
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 55 363497 3155653
HECTOR
RICARDO
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000 56 362348 5750783
GRATINIANO
SUAREZ
PACHECO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000
TOTAL $ 672.000.000
SUAREZ
PACHECO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
$ 12.000.000
TOTAL $ 672.000.000
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo. Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a:
- La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada. • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica:
- la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y;Fondo Nacional de Vivienda
Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 7 de 7 Resolución No. 1241 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del
Código: GDC-PL-11
Página 7 de 7 Resolución No. 1241 del 24 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cincuenta y seis (56) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” ii) la emisión del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor. • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del Programa.
Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, comunicada al Patrimonio Autónomo FideicomisoPrograma de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de Administración y Pagos No. 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y al Departamento de Cundinamarca, quien, a su vez, comunicará este acto administrativo a los hogares relacionados en el artículo primero. Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 24 DICIEMBRE 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
Dada en Bogotá D.C., a los 24 DICIEMBRE 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON
ANDERSON ARTURO
ARTURO
Fecha: 2025.12.24
12:50:09 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda Fonvivienda Rosa Elena Espitia Riaño Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social Raúl Gaitán García Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural María Antonia Prieto Contratista PA 030F – 2025 Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural Andrei Alexander Suárez Moreno Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural