MINVIVIENDA - Resolución 1255 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1255 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 1255 DE 29 DICIEMBRE 2025 “Por medio de la cual el Fondo Nacional de Vivienda adopta e implementa la Política de Prevención del Daño Antijurídico para los años 2026 y 2027.” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En uso de las facultades legales que le confiere el artículo 209 de la Constitución Política, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el artículo 115 de la Ley 2220 de 2022, el Decreto 1069 de 2015, el artículo 8 numeral 3 del Decreto Ley 555 de 2003 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 90 de la Constitución Política establece que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades. Que de conformidad con el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015, el “Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad”. Que el artículo 2.2.3.2.4.1.2, numeral 1, ordinal (ii), inciso segundo, del Decreto 1069 de 2015 dispone que “cada entidad a través de sus comités de conciliación, áreas de planeación y control interno o quien haga sus veces, son las únicas responsables del proceso de formulación, aprobación, implementación y seguimiento de sus políticas de prevención del daño antijurídico, y mediante sus políticas se debe encontrar una planeación y control interno o quien haga sus veces, son las únicas responsables del proceso de formulación, aprobación, implementación y seguimiento de sus políticas de prevención del daño antijurídico, y mediante sus políticas se debe encontrar una respuesta de carácter transversal y sistémica para reducir los eventos generadores del daño antijurídico y, con ellos, impactar en la disminución de las demandas y condenas en contra del Estado”. Que el Decreto 104 de 2025 que adicionó el Decreto 1069 de 2015, reglamentó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y establece que cada entidad a través de sus comités de conciliación, áreas de planeación y control interno o quien haga sus veces, son las únicas responsables del proceso de formulación, aprobación, implementación y seguimiento de sus políticas de prevención del daño antijurídico. Que la Ley 2220 de 2022 tiene por objeto expedir el Estatuto de Conciliación y crear el Sistema Nacional de Conciliación, reglamentó todo lo concerniente en materia de conciliación extrajudicial en asuntos contenciosos administrativos y en especial los relacionado al funcionamiento del Comité de Conciliación. Que de conformidad con el artículo 117 de la Ley 2220 de 2022, se define el Comité de Conciliación como “una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad”. Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Página 1 de 3Resolución No. 1255 del 29 DICIEMBRE 2025 “Por medio de la cual el Fondo Nacional de Vivienda adopta e implementa la Política de Prevención del Daño Antijurídico para los años 2026 y 2027.” Que de conformidad con el artículo 120 de la Ley 2220 de 2022, corresponde al Comité de Conciliación formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico, entre otras. Que la Resolución No. 1430 de 29 de diciembre de 2023, establece en su artículo cuarto, que es función del Comité de Conciliación del Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA, Formular, aprobar y ejecutar las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico de la entidad, de conformidad con los lineamientos emitidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. Que, en uso de las facultades legales, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado - ANDJE sugirió el Manual para la elaboración de políticas de prevención del daño antijurídico en las entidades del orden nacional, y, mediante la Circular Externa No. 7 del 10 de septiembre de 2025 dio instrucciones vinculantes para que se adoptaran internamente las políticas de prevención y defensa, a través de la cual se detectan y plantean medidas para evitar problemas administrativos que general litigiosidad y mitigar sus efectos. Que de conformidad con las obligaciones legales inherentes a toda entidad pública y adoptaran internamente las políticas de prevención y defensa, a través de la cual se detectan y plantean medidas para evitar problemas administrativos que general litigiosidad y mitigar sus efectos. Que de conformidad con las obligaciones legales inherentes a toda entidad pública y en cabeza del Comité de Conciliación de la entidad, se realizó el análisis de litigiosidad de sentencias desfavorables, demandas activas, solicitudes de conciliación y acciones de tutela, se decidió instalar una mesa de trabajo interna interdisciplinaria con el fin de analizar las causas que generan mayor nivel de litigiosidad para la entidad y someter a consideración del comité propuestas para la elaboración de la política de prevención del daño antijurídico. Que el Comité de Conciliación del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, en sesiones virtuales llevadas a cabo los días 12, 17 y 24 de diciembre de 2025, estudió y aprobó la Política de Prevención del Daño Antijurídico 2026-2027. Que, en consecuencia, se hace necesario adoptar e implementar la Política de Prevención del Daño Antijurídico del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA para los años 2026 y 2027, con el propósito de prevenir situaciones que puedan significar reclamaciones extrajudiciales o demandas contra los intereses del Fondo. Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1. Adoptar e implementar la política de prevención del daño antijurídico del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA para los años 2026 y 2027, contenida en medio magnético anexo, el cual forma parte integral del presente acto administrativo. Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA para los años 2026 y 2027, contenida en medio magnético anexo, el cual forma parte integral del presente acto administrativo. Artículo 2. Ordenar la divulgación de esta política a todas las dependencias y su publicación. Artículo 3. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a su publicación. Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO GALEANO ÁVILA
DIRECTOR EJECUTIVO FONVIVIENDA
Elaboro: César David Castro Sarmiento
Secretario Técnico del Comité del Comité Ad hoc Oficina Asesora Jurídica
Reviso: Rodrigo Andrés Bernal Montero
Jefe Oficina Asesora Jurídica (E) MVCT
Reviso: Zolangie Carolina Franco Díaz
Contrato 573-2025
Revisó: Ana Alexandra Buitrago
Contrato 503-2025
Reviso: Comité de Conciliación Fondo Nacional de Vivienda
Reviso: Zolangie Carolina Franco Díaz
Contrato 573-2025
Revisó: Ana Alexandra Buitrago
Contrato 503-2025
Reviso: Comité de Conciliación Fondo Nacional de Vivienda en sesión de los días 12 y 24 de diciembre de 2025.
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
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Página 3 de 3POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO - PPDA Fecha de generación: 2025-12-29 - 11:03 AM Página 1 de 4
Estado de la PPDA: Entidad:
APROBADA FONDO NACIONAL DE VIVIENDA Información general de la PPDA Vigencia de la política: 2026-2027
Forma de divulgación de la PPDA: CORREO ELECTRONICO
Área responsable: Oficina Asesora Jurídica
Fecha de la formulación: Usuario que realizó la formulación: Fecha aprobación: 2025-12-29
Usuario que realizó la aprobación: VALERIA HERRAN OCAMPO Información general del Plan de acción 1
Insumo: LITIOGISIDAD
Causa: Justificación:
Fecha aprobación: 2025-12-29
Usuario que realizó la aprobación: VALERIA HERRAN OCAMPO Información general del Plan de acción 1
Insumo: LITIOGISIDAD
Causa: Justificación:
CONFIGURACION DEL CONTRATO REALIDAD Segunda causa más alta de litigiosidad del FONVIVIENDA con veinte (20) procesos activos para el periodo objeto de analisis (1 de enero de 2024 a 30 de septiembre de 2025), que generan un riesgo latente frente a la responsabilidad indirecta del FONVIVIENDA en procesos donde se reclama la declaratoria de contrato realidad, con pretensiones que ascienden a la suma $1.372 millones de pesos.
Subcausa: Incumplimiento de obligaciones laborales a cargo de quien ejecuta los proyectos de vivienda (contratistas derivados), respecto de los cuales eventualmente puede resultar vinculado FONVIVIENDA de manera directa y/o solidaria.
Formulación de indicadores del Plan de acción Descripción del indicador de impacto: Número de procesos del periodo de análisis:
0 (0 en estado ACTIVO y 0 en estado TERMINADO) Valor económico indexado de los procesos en el periodo de análisis: $ 0.00 Descripción del indicador Resultado - Medida:
Indicador Medida Descripción medida periodo 1 Cantidad periodo 1 Forma implementación periodo 1 Frecuencia implementación periodo 1 Descripción medida periodo 2 Cantidad periodo 2 Forma implementación periodo 2 Frecuencia implementación periodo 2 implementación periodo 1 Descripción medida periodo 2 Cantidad periodo 2 Forma implementación periodo 2 Frecuencia implementación periodo 2 1 DAR INSTRUCCI ONES Anualmente por el Grupo de Contratos, Grupo de Talento Humano y Oficina Asesora Jurídica y dirigida a directivos y supervisores de contratos y/o convenios de las diferentes oficinas de la entidad. 1 PERIODICA ANUAL Anualmente por el Grupo de Contratos, Grupo de Talento Humano y Oficina Asesora Jurídica y dirigida a directivos y supervisores de contratos y/o convenios de las diferentes oficinas de la entidad. 1
PERIODICA
ANUAL Descripción del indicador Gestión - Mecanismo:POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO - PPDA Fecha de generación: 2025-12-29 - 11:03 AM Página 2 de 4 Indicador Medida Mecanismo Explicación mecanismo Descripción mecanismo periodo 1 Cantidad periodo 1 Forma implementación periodo 1 Frecuencia implementación Mecanismo Explicación mecanismo Descripción mecanismo periodo 1 Cantidad periodo 1 Forma implementación periodo 1 Frecuencia implementación periodo 1 Descripción mecanismo periodo 2 Cantidad periodo 2 Forma implementa ción periodo 2 Frecuencia implementa ción periodo 2 1 DAR
INSTRUCCIO
NES CAPACITACION VIRTUAL Anualmente ( año 1 y año 2) por el Grupo de Contratos, Grupo de Talento Humano y Oficina Asesora Jurídica y dirigida a ditrectivos y supervisores de contratos y/o convenios de las diferentes oficinas de la entidad. Liderada por el Grupo de Contratos, Grupo de Talento Humano y Oficina Asesora Jurídica. 1
PERIODICA
ANUAL Liderada por el Grupo de Contratos, Grupo de Talento Humano y Oficina Asesora Jurídica. 1
PERIODICA
ANUAL Seguimiento a los indicadores del Plan de acción Descripción del indicador de impacto (No se ha reportado seguimiento) Descripción del indicador Resultado - Medida ANUAL Seguimiento a los indicadores del Plan de acción Descripción del indicador de impacto (No se ha reportado seguimiento) Descripción del indicador Resultado - Medida (No se ha reportado seguimiento) Descripción del indicador Gestión - Mecanismo (No se ha reportado seguimiento) Información general del Plan de acción 2
Insumo: LITIOGISIDAD
Causa: Justificación: ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE DECLARA LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO Y ORDENA HACER EFECTIVA LA POLIZA Novena causa más alta de litigiosidad del FONVIVIENDA con 5 procesos activos para el periodo objeto de análisis (1 de enero de 2024 a 30 de septiembre de 2025) y cuyas pretensiones consisten en la declaratoria de nulidad de los actos administrativos que declaran el incumplimiento de los proyectos a los cuales se les asignan subsidios familiares de vivienda y que a su vez constituyen la base del título ejecutivo para adelantar los procesos administrativos de cobro coactivo y que ascienden al valor de $4.889 millones, sin perjuicio de la indexación que se deba liquidar en caso de fallos desfavorables a la entidad.
Subcausa: Expedición de actos administrativos sin el lleno de requisitos legales, indebida notificación, perdida de fuerza ejecutoria, ausencia de elementos que constituyen el título ejecutivo, falsa motivación, prescripción de la accion de cobro y violación al debido proceso administrativoPOLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO - PPDA ausencia de elementos que constituyen el título ejecutivo, falsa motivación, prescripción de la accion de cobro y violación al debido proceso administrativoPOLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO - PPDA Fecha de generación: 2025-12-29 - 11:03 AM Página 3 de 4
Formulación de indicadores del Plan de acción Descripción del indicador de impacto: Número de procesos del periodo de análisis:
0 (0 en estado ACTIVO y 0 en estado TERMINADO) Valor económico indexado de los procesos en el periodo de análisis: $ 0.00 Descripción del indicador Resultado - Medida:
Indicador Medida Descripción medida periodo 1 Cantidad periodo 1 Forma implementación periodo 1 Frecuencia implementación periodo 1 Descripción medida periodo 2 Cantidad periodo 2 Forma implementación periodo 2 Frecuencia implementación periodo 2 1 FIJAR LINEAMIEN TOS Anualmente por la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT y Oficina Asesora Jurídica y dirigido a los funcionarios adscritos a la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT . 1 PERIODICA ANUAL Anualmente por la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT y Técnico SPAT . 1 PERIODICA ANUAL Anualmente por la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT y Oficina Asesora Jurídica y dirigido a los funcionarios adscritos a la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT . 1
PERIODICA
ANUAL 2
EFECTUAR
SEGUIMIEN
TO Y CONTROL Semestralmente a los funcionarios adscritos a la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT. 2 PERIODICA SEMESTRAL Semestralmente a los funcionarios adscritos a la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT. 2
PERIODICA
SEMESTRAL
Descripción del indicador Gestión - Mecanismo:
Indicador Medida Mecanismo Explicación mecanismo Descripción mecanismo periodo 1 Cantidad periodo 1 Forma implementación periodo 1 Frecuencia implementación periodo 1 Descripción mecanismo periodo 2 Cantidad periodo 2 Forma implementa ción periodo 2 Frecuencia implementa Frecuencia implementación periodo 1 Descripción mecanismo periodo 2 Cantidad periodo 2 Forma implementa ción periodo 2 Frecuencia implementa ción periodo 2 1 FIJAR
LINEAMIENT
OS OTRO (Circular) Anualmente ( año 1 y año 2) por la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT y Oficina Asesora Jurídica y dirigido a los funcionarios adscritos a la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT . Liderado por la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT y Oficina Asesora Jurídica 1
PERIODICA
ANUAL Liderado por la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT y Oficina Asesora Jurídica 1
PERIODICA
ANUAL 2
EFECTUAR
SEGUIMIENT
O Y CONTROL
OTRO (Reunión Virtual) Semestralmente a los funcionarios adscritos a la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT. Liderado por la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT y Oficina Asesora Jurídica la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT. Liderado por la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT y Oficina Asesora Jurídica 2 PERIODICA SEMESTRAL Liderado por la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico SPAT y Oficina Asesora Jurídica 2
PERIODICA
SEMESTRAL Seguimiento a los indicadores del Plan de acción Descripción del indicador de impacto (No se ha reportado seguimiento)POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO - PPDA Fecha de generación: 2025-12-29 - 11:03 AM Página 4 de 4 Descripción del indicador Resultado - Medida (No se ha reportado seguimiento) Descripción del indicador Gestión - Mecanismo (No se ha reportado seguimiento)