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MINVIVIENDA - Resolución 1271 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 1271 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 7 RESOLUCIÓN NÚMERO 1271 DE 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda. Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 2 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió la Circular No. 0003 de 2024 bajo radicado 2024EE0012931 del 5 de marzo de 2024, convocando a los entes territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) a manifestar interés, para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramientos en el esquema asociativo. Por lo anterior, EL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA manifestó interés mediante oficio del 20 de marzo de 2024 y tras haber cumplido con los requisitos previstos en la Convocatoria, para la asignación de cupos de recursos en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural. Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0747 de 2024 “ Por la cual se asignan cupos de recursos para zonas urbanas y rural a los Departamentos de Arauca, Bolívar, Boyacá, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés, Santander, Valle del Cauca y Vichada; en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural”. Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés, Santander, Valle del Cauca y Vichada; en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural”. Que el 11 de diciembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – Fonvivienda y el Departamento de Cundinamarca suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 055 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.” Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios. Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinará la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta. Que el Departamento de Cundinamarca, en atención a las obligaciones contenidas en el numeral 5 de la Cláusula Cuarta del Convenio Interadministrativo N° 055 del 11 de diciembre de 2024 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados a través del oficio con asunto “Subsanación Solicitud No.8. Asignación de subsidios para mejoramiento de vivienda CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DEFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” COOPERACIÓN No. 55 DE 2024, FONVIVIENDA – SECRETRIA DE VIVIENDA DE CUNDINAMARCA.” a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) través del oficio de fecha 24 de noviembre de 2025. Que, mediante correo electrónico de fecha 26 de noviembre del 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo rural, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 055-2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7 5. del Decreto 1077 de 2015. Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correos electrónicos del de 14 de julio; 4, 8, 13, 15, 19, 22, 26 y 28 de agosto; 17 y 22 de septiembre; 10, 15, 17, 22, 23, 28 y 29 de octubre y 5, 6 y 14 de noviembre de 2025. Valor Total del Convenio Entidad Valor aportado Porcentaje $ 18.984.000.000 FONVIVIENDA $ 11.368.800.000 60% DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA $ 7.615.200.000 40% Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza de conformidad con los topes establecidos para el año de aprobación del diagnóstico por parte del supervisor Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de QUINIENTOS TREINTA Y

NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA

Y SEIS PESOS M/CTE ($539.741.536).

Que los montos a asignar en el presente acto administrativo son aportados por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDAy provienen de los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación. Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDAy provienen de los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación. Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 4 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Asignar cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Asociativo en el Departamento de Cundinamarca, por un valor total de QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M/CTE ($539.741.536), recursos aportados por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDAprovenientes del Presupuesto General de la Nación, a los hogares que se relacionan más adelante. En el presente acto administrativo se relacionan únicamente los jefes de hogar de cada núcleo familiar, no obstante lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:

No. ID

HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR

ASOCIADO

VALOR SFVR 1 356271 1072719378

ANA FABIOLA

QUEVEDO

AGUDELO

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO

DE VALOR SFVR 1 356271 1072719378

ANA FABIOLA

QUEVEDO

AGUDELO

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

11.967.692 2 354564 20976166

BLANCA

CECILIA

FRAILE

RODRIGUEZ

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

11.967.692 3 366252 1072718735 SAUL

CARRILLO

GARZON

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

11.967.692 4 366722 20545552

ROSA ELENA

ACOSTA VIUDA

DE MORALES

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

11.967.692 5 366756 80450525

CARLOS

VICENTE

ACOSTA

HERNANDEZ

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

11.967.692 6 366253 20546307

ALBA IMELDA

GARAY

CASTRO

CUNDINAMARCA

FOSCA

CUNDINAMARCA

11.967.692 6 366253 20546307

ALBA IMELDA

GARAY

CASTRO

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

11.967.692 7 353612 20546327

FLOR ALBA

CASTRO

CASTRO

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

11.967.692 8 366721 80450799

HECTOR

ADELMO

BARBOSA

CASTRO

CUNDINAMARCA

FOSCA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

11.967.692 9 323958 79901600

LUIS ARTURO

DIAZ ROZO

CUNDINAMARCA

SAN

BERNARDO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 10 323956 20885412

TERESA DE

JESUS

CASTRO

CUNDINAMARCA

SAN

BERNARDO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 11 323953 1070751971

ANGELA

YOHANA

SANABRIA

CASTILLO

CUNDINAMARCA

CUNDINAMARCA

12.000.000 11 323953 1070751971

ANGELA

YOHANA

SANABRIA

CASTILLO

CUNDINAMARCA

SAN

BERNARDO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 12 323949 371754

NELSON

REINEL

MORALES

ROMERO

CUNDINAMARCA

SAN

BERNARDO

DEPARTAMENTO

DE CUNDINAMARCA 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 5 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca”

No. ID

HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR

ASOCIADO

VALOR SFVR 13 357687 20871558

ANA MATILDE

GONZALEZ

VARGAS

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 20871558

ANA MATILDE

GONZALEZ

VARGAS

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 14 324033 52452168

ARELIS

HERNANDEZ

LOPEZ

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 15 357685 11451409 JOSE

EULOGIO

PAEZ LOPEZ

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 16 361461 52037563 MARIA

CRISTINA

ROMERO AVILA

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 17 361458 20498886

MARIA IMELDA

VEGA ARIAS

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 18 367652 20871199

CONCEPCION

RUBIANO

GALEANO

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 19 367642

CONCEPCION

RUBIANO

GALEANO

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 19 367642 1073630024

EDITH JOHANA

GALINDO

ROBAYO

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 20 367644 39687695 SOFIA

SERRANO

PEÑA

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 21 361460 3149017

TEODULO

ARENAS

GORDILLO

CUNDINAMARCA

APULO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 22 326093 13893609

HECTOR

VANEGAS

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 23 361466 3234370

VICTOR JULIO

PEREZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 24 326078 80320175

NELSON

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 24 326078 80320175

NELSON

MAHECHA

LEON

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 25 326079 20699210

MARIA FEMIS

TRIANA

VIRGUEZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 26 326084 3077813

LUIS ANTONIO

MARTINEZ

BERNAL

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 27 326086 20759767

MARLEIBI

ARIAS

SANCHEZ

CUNDINAMARCA

ÚTICA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 28 325074 212694

MIGUEL

CHIGUAZUQUE

PEÑUELA

CUNDINAMARCA

CHAGUANÍ

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 29 338997 2991286

ROBERTO

CUNDINAMARCA

CHAGUANÍ

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 29 338997 2991286

ROBERTO

RAMOS

GARCIA

CUNDINAMARCA

CHAGUANÍ

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 30 366732 2990567

FERNANDO

MARTINEZ

AREVALO

CUNDINAMARCA

CHAGUANÍ

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 31 325051 19325915

ALVARO

BELLO

CUNDINAMARCA

CHAGUANÍ

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 32 330845 52430463

MARIA FANNY

CASTAÑEDA

MARTINEZ

CUNDINAMARCA

PARATEBUENO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 33 330847 35285889

LEYDA NAYIBE

RODRIGUEZ

PIÑEROS

CUNDINAMARCA

PARATEBUENO

DEPARTAMENTO

DE CUNDINAMARCA 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia

CUNDINAMARCA

PARATEBUENO

DEPARTAMENTO

DE CUNDINAMARCA 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 6 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca”

No. ID

HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR

ASOCIADO

VALOR SFVR 34 330829 80879129 DUMAR

SALOMON

URREGO

RODRIGUEZ

CUNDINAMARCA

PARATEBUENO

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 35 330789 80252877 CENEN

CARDENAS

GIRAL

CUNDINAMARCA

ZIPACÓN

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 36 330764 19443704

LUIS ALFREDO

SILVA

MATALLANA

CUNDINAMARCA

ZIPACÓN

DEPARTAMENTO

DE 12.000.000 36 330764 19443704

LUIS ALFREDO

SILVA

MATALLANA

CUNDINAMARCA

ZIPACÓN

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 37 330790 3262187

JOSE EMILIO

CITA

CASTAÑEDA

CUNDINAMARCA

ZIPACÓN

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 38 330760 28934415

LUZ MELIDA

ORTIZ

HERNANDEZ

CUNDINAMARCA

ZIPACÓN

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 39 330770 35515271

MARIA DORIS

AGUDELO

BARBOSA

CUNDINAMARCA

ZIPACÓN

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 40 330776 51791242

FLOR STELLA

GUZMAN

RONCANCIO

CUNDINAMARCA

ZIPACÓN

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 41 330762 19457646

CARLOS JULIO

SILVA

CUNDINAMARCA

ZIPACÓN

DEPARTAMENTO

DE 12.000.000 41 330762 19457646

CARLOS JULIO

SILVA

CUNDINAMARCA

ZIPACÓN

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 42 360542 3236180

ANGEL MARIA

ARIAS AVILA

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 43 364815 1077970896

CARLOS

JAVIER

MARCHAN

GARZON

CUNDINAMARCA

NIMAIMA

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 44 365760 3140173 JOSE

EVANGELISTA

PARRADO

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 45 365759 1003586594

YEFERSON

ARLEY

PARRADO

GARCIA

CUNDINAMARCA

QUETAME

DEPARTAMENTO

DE

CUNDINAMARCA

12.000.000 TOTAL 539.741.536 Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) 12.000.000 TOTAL 539.741.536 Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo. Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a:

  • La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada. • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y ii) la emisiónFondo Nacional de Vivienda

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 7 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor. • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del Programa.

Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de Administración y Pagos No. 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y al Departamento de Cundinamarca, quien, a su vez, comunicará este acto administrativo a los hogares relacionados en el artículo primero. Artículo 7o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 30 DICIEMBRE 2025

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Fecha: 2025.12.29

ARTURO GALEA

17 N :39 O :38 Á -05 V '0 I 0' LA Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda Rosa Elena Espitia Riaño Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social Raúl Gaitán García Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural Eduardo Calderon Contratista PA RURAL CTO 023F-2025 Fonvivienda Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural Andrei Alexander Suárez Moreno Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural

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