MINVIVIENDA - Resolución 1271 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1271 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 1 de 7 RESOLUCIÓN NÚMERO 1271 DE 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda. Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 2 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió la Circular No. 0003 de 2024 bajo radicado 2024EE0012931 del 5 de marzo de 2024, convocando a los entes territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) a manifestar interés, para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramientos en el esquema asociativo. Por lo anterior, EL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA manifestó interés mediante oficio del 20 de marzo de 2024 y tras haber cumplido con los requisitos previstos en la Convocatoria, para la asignación de cupos de recursos en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural. Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0747 de 2024 “ Por la cual se asignan cupos de recursos para zonas urbanas y rural a los Departamentos de Arauca, Bolívar, Boyacá, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés, Santander, Valle del Cauca y Vichada; en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural”. Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés, Santander, Valle del Cauca y Vichada; en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural”. Que el 11 de diciembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – Fonvivienda y el Departamento de Cundinamarca suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 055 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.” Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios. Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinará la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta. Que el Departamento de Cundinamarca, en atención a las obligaciones contenidas en el numeral 5 de la Cláusula Cuarta del Convenio Interadministrativo N° 055 del 11 de diciembre de 2024 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados a través del oficio con asunto “Subsanación Solicitud No.8. Asignación de subsidios para mejoramiento de vivienda CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DEFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
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Página 3 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” COOPERACIÓN No. 55 DE 2024, FONVIVIENDA – SECRETRIA DE VIVIENDA DE CUNDINAMARCA.” a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) través del oficio de fecha 24 de noviembre de 2025. Que, mediante correo electrónico de fecha 26 de noviembre del 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo rural, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 055-2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7 5. del Decreto 1077 de 2015. Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correos electrónicos del de 14 de julio; 4, 8, 13, 15, 19, 22, 26 y 28 de agosto; 17 y 22 de septiembre; 10, 15, 17, 22, 23, 28 y 29 de octubre y 5, 6 y 14 de noviembre de 2025. Valor Total del Convenio Entidad Valor aportado Porcentaje $ 18.984.000.000 FONVIVIENDA $ 11.368.800.000 60% DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA $ 7.615.200.000 40% Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza de conformidad con los topes establecidos para el año de aprobación del diagnóstico por parte del supervisor Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de QUINIENTOS TREINTA Y
NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA
Y SEIS PESOS M/CTE ($539.741.536).
Que los montos a asignar en el presente acto administrativo son aportados por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDAy provienen de los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación. Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDAy provienen de los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación. Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 4 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Asociativo en el Departamento de Cundinamarca, por un valor total de QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M/CTE ($539.741.536), recursos aportados por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDAprovenientes del Presupuesto General de la Nación, a los hogares que se relacionan más adelante. En el presente acto administrativo se relacionan únicamente los jefes de hogar de cada núcleo familiar, no obstante lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR
ASOCIADO
VALOR SFVR 1 356271 1072719378
ANA FABIOLA
QUEVEDO
AGUDELO
CUNDINAMARCA
FOSCA
DEPARTAMENTO
DE VALOR SFVR 1 356271 1072719378
ANA FABIOLA
QUEVEDO
AGUDELO
CUNDINAMARCA
FOSCA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
11.967.692 2 354564 20976166
BLANCA
CECILIA
FRAILE
RODRIGUEZ
CUNDINAMARCA
FOSCA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
11.967.692 3 366252 1072718735 SAUL
CARRILLO
GARZON
CUNDINAMARCA
FOSCA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
11.967.692 4 366722 20545552
ROSA ELENA
ACOSTA VIUDA
DE MORALES
CUNDINAMARCA
FOSCA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
11.967.692 5 366756 80450525
CARLOS
VICENTE
ACOSTA
HERNANDEZ
CUNDINAMARCA
FOSCA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
11.967.692 6 366253 20546307
ALBA IMELDA
GARAY
CASTRO
CUNDINAMARCA
FOSCA
CUNDINAMARCA
11.967.692 6 366253 20546307
ALBA IMELDA
GARAY
CASTRO
CUNDINAMARCA
FOSCA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
11.967.692 7 353612 20546327
FLOR ALBA
CASTRO
CASTRO
CUNDINAMARCA
FOSCA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
11.967.692 8 366721 80450799
HECTOR
ADELMO
BARBOSA
CASTRO
CUNDINAMARCA
FOSCA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
11.967.692 9 323958 79901600
LUIS ARTURO
DIAZ ROZO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 10 323956 20885412
TERESA DE
JESUS
CASTRO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 11 323953 1070751971
ANGELA
YOHANA
SANABRIA
CASTILLO
CUNDINAMARCA
CUNDINAMARCA
12.000.000 11 323953 1070751971
ANGELA
YOHANA
SANABRIA
CASTILLO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 12 323949 371754
NELSON
REINEL
MORALES
ROMERO
CUNDINAMARCA
SAN
BERNARDO
DEPARTAMENTO
DE CUNDINAMARCA 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR
ASOCIADO
VALOR SFVR 13 357687 20871558
ANA MATILDE
GONZALEZ
VARGAS
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 20871558
ANA MATILDE
GONZALEZ
VARGAS
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 14 324033 52452168
ARELIS
HERNANDEZ
LOPEZ
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 15 357685 11451409 JOSE
EULOGIO
PAEZ LOPEZ
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 16 361461 52037563 MARIA
CRISTINA
ROMERO AVILA
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 17 361458 20498886
MARIA IMELDA
VEGA ARIAS
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 18 367652 20871199
CONCEPCION
RUBIANO
GALEANO
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 19 367642
CONCEPCION
RUBIANO
GALEANO
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 19 367642 1073630024
EDITH JOHANA
GALINDO
ROBAYO
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 20 367644 39687695 SOFIA
SERRANO
PEÑA
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 21 361460 3149017
TEODULO
ARENAS
GORDILLO
CUNDINAMARCA
APULO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 22 326093 13893609
HECTOR
VANEGAS
CUNDINAMARCA
ÚTICA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 23 361466 3234370
VICTOR JULIO
PEREZ
CUNDINAMARCA
ÚTICA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 24 326078 80320175
NELSON
CUNDINAMARCA
ÚTICA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 24 326078 80320175
NELSON
MAHECHA
LEON
CUNDINAMARCA
ÚTICA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 25 326079 20699210
MARIA FEMIS
TRIANA
VIRGUEZ
CUNDINAMARCA
ÚTICA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 26 326084 3077813
LUIS ANTONIO
MARTINEZ
BERNAL
CUNDINAMARCA
ÚTICA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 27 326086 20759767
MARLEIBI
ARIAS
SANCHEZ
CUNDINAMARCA
ÚTICA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 28 325074 212694
MIGUEL
CHIGUAZUQUE
PEÑUELA
CUNDINAMARCA
CHAGUANÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 29 338997 2991286
ROBERTO
CUNDINAMARCA
CHAGUANÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 29 338997 2991286
ROBERTO
RAMOS
GARCIA
CUNDINAMARCA
CHAGUANÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 30 366732 2990567
FERNANDO
MARTINEZ
AREVALO
CUNDINAMARCA
CHAGUANÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 31 325051 19325915
ALVARO
BELLO
CUNDINAMARCA
CHAGUANÍ
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 32 330845 52430463
MARIA FANNY
CASTAÑEDA
MARTINEZ
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 33 330847 35285889
LEYDA NAYIBE
RODRIGUEZ
PIÑEROS
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE CUNDINAMARCA 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE CUNDINAMARCA 12.000.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 6 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca”
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO GESTOR
ASOCIADO
VALOR SFVR 34 330829 80879129 DUMAR
SALOMON
URREGO
RODRIGUEZ
CUNDINAMARCA
PARATEBUENO
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 35 330789 80252877 CENEN
CARDENAS
GIRAL
CUNDINAMARCA
ZIPACÓN
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 36 330764 19443704
LUIS ALFREDO
SILVA
MATALLANA
CUNDINAMARCA
ZIPACÓN
DEPARTAMENTO
DE 12.000.000 36 330764 19443704
LUIS ALFREDO
SILVA
MATALLANA
CUNDINAMARCA
ZIPACÓN
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 37 330790 3262187
JOSE EMILIO
CITA
CASTAÑEDA
CUNDINAMARCA
ZIPACÓN
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 38 330760 28934415
LUZ MELIDA
ORTIZ
HERNANDEZ
CUNDINAMARCA
ZIPACÓN
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 39 330770 35515271
MARIA DORIS
AGUDELO
BARBOSA
CUNDINAMARCA
ZIPACÓN
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 40 330776 51791242
FLOR STELLA
GUZMAN
RONCANCIO
CUNDINAMARCA
ZIPACÓN
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 41 330762 19457646
CARLOS JULIO
SILVA
CUNDINAMARCA
ZIPACÓN
DEPARTAMENTO
DE 12.000.000 41 330762 19457646
CARLOS JULIO
SILVA
CUNDINAMARCA
ZIPACÓN
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 42 360542 3236180
ANGEL MARIA
ARIAS AVILA
CUNDINAMARCA
NIMAIMA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 43 364815 1077970896
CARLOS
JAVIER
MARCHAN
GARZON
CUNDINAMARCA
NIMAIMA
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 44 365760 3140173 JOSE
EVANGELISTA
PARRADO
CUNDINAMARCA
QUETAME
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 45 365759 1003586594
YEFERSON
ARLEY
PARRADO
GARCIA
CUNDINAMARCA
QUETAME
DEPARTAMENTO
DE
CUNDINAMARCA
12.000.000 TOTAL 539.741.536 Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) 12.000.000 TOTAL 539.741.536 Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo. Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda de que trata la presente resolución para los hogares relacionados en su artículo 1°, queda condicionada a:
- La anuencia y disposición del hogar a la realización de las obras de mejoramiento en la vivienda postulada. • La efectiva ejecución de la obra, lo que implica: i) la suscripción del acta de recibo de los mejoramientos por parte del hogar beneficiario y ii) la emisiónFondo Nacional de Vivienda
Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 7 de 7 Resolución No. 1271 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” “Por la cual se asignan cuarenta y cinco (45) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema asociativo en el Departamento de Cundinamarca” del respectivo certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor. • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso del Programa.
Parágrafo: En caso de comprobarse el incumplimiento de alguna de estas circunstancias se aplicará la figura jurídica de pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo respecto de la asignación del subsidio familiar de vivienda del hogar correspondiente, conforme con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de Administración y Pagos No. 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y al Departamento de Cundinamarca, quien, a su vez, comunicará este acto administrativo a los hogares relacionados en el artículo primero. Artículo 7o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 30 DICIEMBRE 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA ANDERSON ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
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ANDERSON ARTURO
Fecha: 2025.12.29
ARTURO GALEA
17 N :39 O :38 Á -05 V '0 I 0' LA Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda Rosa Elena Espitia Riaño Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social Raúl Gaitán García Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural Eduardo Calderon Contratista PA RURAL CTO 023F-2025 Fonvivienda Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural Andrei Alexander Suárez Moreno Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural