MINVIVIENDA - Resolución 1288 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1288 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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RESOLUCIÓN NÚMERO 1288 DE 30 DICIEMBRE 2025
“Por la cual se asignan Cuarenta y ocho (48) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el departamento del Huila”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”.
Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 Fonvivienda administrará y ejecutará los
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 Fonvivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012.
Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 se establece que FONVIVIENDA es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 3571 de 2011, modificado por el Decreto 1604 de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad encargada de formular, dirigir y coordinar las políticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda, financiación de vivienda, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento básico, así como de los instrumentos normativos para su implementación, y, programas en materia de vivienda urbana y rural que son ejecutados por el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA.
Que de acuerdo con lo propuesto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 "Colombia, potencia mundial de la vida " se plantea como uno de los catalizadores " 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral", la implementación por parte del Gobierno Nacional de " programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a
la vida " se plantea como uno de los catalizadores " 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral", la implementación por parte del Gobierno Nacional de " programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población".
Que el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda y El Departamento de Huila suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 0029 -2024 , cuyo objeto se circunscribe a: “Aunar esfuerzos administrativos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, tendientes a superar las condiciones sanitarias satisfactorias de espacio y servicios públicos de los hogares en el marco del programa de mejoramiento regulado en el Decreto 1077 de 2015 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.”Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en departamento del Huila” Que en atención a lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación de este.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1;
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, acto administrativo que fue modificado por la Resolución No. 725 de 23 agosto de 2023. Que de acuerdo con el artículo 30 de la Resolución No. 0536 de 2020 Fonvivienda a través de la Subdirección de Subsidios y Ejecución de Vivienda Rural verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes.
Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó a través de sus contratistas y funcionarios el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correo electrónicos del 2 y 28 de marzo; 14, 21 y 23 de abril; 1, 19 y 26 de mayo; 11 de junio; 9 y 18 de julio; 4, 8 y 21 de agosto; 17 y 30 de septiembre; 2 y 28 de octubre y 4 de noviembre de 2025. Que en consideración al artículo 54 de la Resolución No. 0536 de 2020, se desarrolló
agosto; 17 y 30 de septiembre; 2 y 28 de octubre y 4 de noviembre de 2025. Que en consideración al artículo 54 de la Resolución No. 0536 de 2020, se desarrolló la etapa de preconstrucción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de mejoramiento en especie por parte de FONVIVIENDA, el ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada.
Que el artículo 18 de la Resolución No. 0536 de 2020 establece las etapas del programa de Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales se encuentra la relativa a los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos. Que las actividades de preconstrucción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, en tal sentido, el supervisor mediante correo electrónico de fecha 15 de diciembre de 2025, informó el resultado de las actividades desarrolladas, detallando el valor del diagnóstico objeto de la asignación.
No. CODIGO
HOGAR
DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO 1 321524 55188307 ALVENIS VARGAS
DUSSAN HUILA PALERMOFondo Nacional de Vivienda
No. CODIGO
HOGAR
DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO 1 321524 55188307 ALVENIS VARGAS
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HOGAR
DOCUMENTO DE
IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO
2
309159
83235740
ROBERTO JOSE PEREZ
SOLORZANO
HUILA
PALERMO 3 314737 12135686 HUGO CHARRY GUZMAN HUILA NEIVA 4 314735 1004225503 MONICA MOYA HUILA NEIVA 5 314733 55158300 RUBIELA GARZON
SANCHEZ HUILA NEIVA
6
314738
17102724
DIONICIO BAHAMON
PALOMARES
HUILA
NEIVA
7 321531 26459983 ESPERANZA JAVELA RAMIREZ HUILA COLOMBIA
8 333580 1084925131 ANA MARIA CUTIVA ROMERO HUILA TERUEL
PALOMARES
HUILA
NEIVA
7 321531 26459983 ESPERANZA JAVELA RAMIREZ HUILA COLOMBIA
8 333580 1084925131 ANA MARIA CUTIVA ROMERO HUILA TERUEL 9 305845 1084922772 LUIS MIGUEL TAMAYO AVILES HUILA TERUEL 10 321529 12205792 LUNIO CASTAÑEDA HUILA COLOMBIA 11 314732 1075545103 YESICA NATALIA BELTRAN MOSQUERA HUILA NEIVA 12 314743 26428676 CLAUDIA
MARCELA ALVAREZ CHARRY HUILA NEIVA 13 321532 55163933 MARIA ADELIA ROA CRUZ HUILA COLOMBIA 14 345857 26476939 MARIA DIONIL REYES
GONZALEZ HUILA COLOMBIA 15 310193 83221349 ALDEMAR BRAVO CUELLAR HUILA COLOMBIA 16 333545 26477178 EVA ACEVEDO
OSPINA HUILA COLOMBIA 17 321527 26476669 GRISNEIDA REYES HUILA COLOMBIA 18 333546 83248501 VICTOR MANUEL CRUZ TRUJILLO HUILA COLOMBIA 19 321533 1004035115 FERNANDO CHACON CHACON HUILA COLOMBIA 20 321528 1075598572 CARLOS
EDUARDO
GONZALEZ REYES HUILA COLOMBIA 21 305843 1084925174 DANIEL
FERNANDO ARIAS VARGAS HUILA TERUEL 22 305840 12132196 JESUS ELIGIO ALVARADO HUILA TERUEL 23 314742 1075542529 JAIME MEDINA
21 305843 1084925174 DANIEL
FERNANDO ARIAS VARGAS HUILA TERUEL 22 305840 12132196 JESUS ELIGIO ALVARADO HUILA TERUEL 23 314742 1075542529 JAIME MEDINA
BAHAMON HUILA NEIVA
24 323574 26535736 LUZ MYRIAM VARGAS PEREZ HUILA PALERMO 25 309161 1080294198 AMIBILED RADA NARVAEZ HUILA PALERMO 26 366084 4912322 ALIRIO ZAMBRANO CARVAJAL HUILA GUADALUPE 27 367360 26574798 MARIA
CONSUELO
ZAMBRANO BUENDIA HUILA GUADALUPE 28 367359 1109005052 GELMER EDUARDO MASMELA GOMEZ HUILA GUADALUPE 29 367361 1003993928 JULIO CESAR GOMEZ
ZAMBRANO HUILA GUADALUPE 30 366087 83166538 FABIAN ALMARIO CABRERA HUILA TARQUI 31 314720 1083867347 DIONISIO
ISRAEL ORTEGA MUÑOZ HUILA PITALITO 32 314719 1007745350 KERLI JOHANA PAEZ SANDOVAL HUILA PITALITO 33 314718 41107024 DORA LIZ REY TAFURTH HUILA PITALITOFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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HOGAR
DOCUMENTO DE
IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO 34 314716 1083875694 OSWALDO
ALEXANDER FORERO ARDILA HUILA PITALITO 35 314715 1085319150 MARILY BUITRON
BOLAÑOS HUILA PITALITO 36 314714 98348376 UBEIMAR ALDERETE
RODRIGUEZ HUILA PITALITO
37 314712 12241253 UVEIMAR ÑAÑEZ MUÑOZ HUILA PITALITO
38 314709 36289912 DOLORES CHICA CORREA HUILA PITALITO 39 314708 1070017729 DERLY JOHANA CRIOLLO TOVAR HUILA PITALITO 40 333569 1083912776 YURANI FERNANDEZ
BOLAÑOS HUILA PITALITO 41 333566 26570913 AURA ELISA BOTINA DE
PEREZ HUILA PITALITO 42 309171 4924223 DANNY ARLEY RODRIGUEZ
VARGAS HUILA PALERMO 43 366086 12127681 JOSE HUMBERTO PUENTES
VARGAS HUILA PALERMO 44 333563 12122053 JUAN MANRIQUE
PERDOMO HUILA PALERMO
VARGAS HUILA PALERMO 43 366086 12127681 JOSE HUMBERTO PUENTES
VARGAS HUILA PALERMO 44 333563 12122053 JUAN MANRIQUE
PERDOMO HUILA PALERMO 45 358535 7690809 JOSE ARLEY GAVIRIA
ANDRADE HUILA NEIVA 46 321523 83234806 ALMILKAR FLOREZ
RAMIREZ HUILA PALERMO 47 333581 1084922264 IVAN ANDRES CALDERON
BARRERO HUILA TERUEL
48 314736 12119861 VICTOR ALCIDES MORENO HUILA NEIVA
Que el valor total de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda Rural, destinados a la solución de vivienda de cada hogar que cumplió los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Resolución No. 0536 de 2020 asciende a la suma
de MIL CIENTO VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS
M/CTE(1.123.200.000).
Que los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados para Fonvivienda según lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.5.1. del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 76 de la Resolución No. 0536 de 2021 con el documento que acredita la asignación dicho subsidio y el certificado de existencia de la obra, suscrito por el supervisor y el ejecutor.
Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3
asignación dicho subsidio y el certificado de existencia de la obra, suscrito por el supervisor y el ejecutor.
Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “pérdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda. Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE: Fondo Nacional de Vivienda
Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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de MIL CIENTO VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS
el Departamento del Huila en la modalidad de vivienda Mejoramiento, por valor total de MIL CIENTO VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS (1.123.200.000), valor que no excede de los veintidós (22) SMLMV por unidad habitacional, para los hogares que supere dicho valor, este se circunscribe a actividades de Delta de Transporte respecto de los hogares que se relacionan a continuación: En el presente acto administrativo se relacionan únicamente los jefes de hogar de cada núcleo familiar, no obstante, lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:
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HOGAR
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO GESTOR
ASOCIATIVO
VALOR SFVR 1 321524 55188307 ALVENIS VARGAS
DUSSAN HUILA PALERMO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000
2
309159
83235740
ROBERTO
JOSE
PEREZ
SOLORZANO
HUILA
PALERMO
DEPARTAMENTO
DEL HUILA
$ 23.400.000 3 314737 12135686 HUGO CHARRY
GUZMAN HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 4 314735 1004225503 MONICA MOYA HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000
GUZMAN HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 4 314735 1004225503 MONICA MOYA HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 5 314733 55158300 RUBIELA GARZON
SANCHEZ HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000
6
314738
17102724
DIONICIO
BAHAMON
PALOMARES
HUILA
NEIVA
DEPARTAMENTO
DEL HUILA
$ 23.400.000 7 321531 26459983 ESPERANZA JAVELA RAMIREZ HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 8 333580 1084925131 ANA MARIA CUTIVA ROMERO HUILA TERUEL DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 9 305845 1084922772 LUIS
MIGUEL
TAMAYO
AVILES HUILA TERUEL DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 10 321529 12205792 LUNIO CASTAÑEDA HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 11 314732 1075545103 YESICA
NATALIA
BELTRAN MOSQUERA HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 12 314743 26428676 CLAUDIA
MARCELA
ALVAREZ CHARRY HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 13 321532 55163933 MARIA
12 314743 26428676 CLAUDIA
MARCELA
ALVAREZ CHARRY HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 13 321532 55163933 MARIA ADELIA ROA CRUZ HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 14 345857 26476939 MARIA
DIONIL
REYES GONZALEZ HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 15 310193 83221349 ALDEMAR BRAVO CUELLAR HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 16 333545 26477178 EVA ACEVEDO OSPINA HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 17 321527 26476669 GRISNEIDA REYES HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 18 333546 83248501 VICTOR
MANUEL
CRUZ TRUJILLO HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 19 321533 1004035115 FERNANDO CHACON CHACON HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 20 321528 1075598572 CARLOS
EDUARDO
GONZALEZ REYES HUILA COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 21 305843 1084925174 DANIEL
FERNANDO
ARIAS
VARGAS HUILA TERUEL DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000
DEL HUILA $ 23.400.000 21 305843 1084925174 DANIEL
FERNANDO
ARIAS VARGAS HUILA TERUEL DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 22 305840 12132196 JESUS ELIGIO ALVARADO HUILA TERUEL DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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No. CODIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO GESTOR
ASOCIATIVO
VALOR SFVR 23 314742 1075542529 JAIME MEDINA BAHAMON HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 24 323574 26535736 LUZ
MYRIAM
VARGAS PEREZ HUILA PALERMO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 25 309161 1080294198 AMIBILED RADA NARVAEZ HUILA PALERMO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 26 366084 4912322 ALIRIO ZAMBRANO
25 309161 1080294198 AMIBILED RADA NARVAEZ HUILA PALERMO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 26 366084 4912322 ALIRIO ZAMBRANO CARVAJAL HUILA GUADALUPE DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 27 367360 26574798 MARIA
CONSUELO
ZAMBRANO BUENDIA HUILA GUADALUPE DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 28 367359 1109005052 GELMER
EDUARDO
MASMELA GOMEZ HUILA GUADALUPE DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 29 367361 1003993928 JULIO
CESAR GOMEZ ZAMBRANO HUILA GUADALUPE DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 30 366087 83166538 FABIAN ALMARIO CABRERA HUILA TARQUI DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 31 314720 1083867347 DIONISIO
ISRAEL
ORTEGA MUÑOZ HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 32 314719 1007745350 KERLI
JOHANA
PAEZ SANDOVAL HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 33 314718 41107024 DORA LIZ REY TAFURTH HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 34 314716 1083875694 OSWALDO
ALEXANDER
FORERO
ARDILA HUILA PITALITO DEPARTAMENTO
TAFURTH HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 34 314716 1083875694 OSWALDO
ALEXANDER
FORERO ARDILA HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 35 314715 1085319150 MARILY BUITRON BOLAÑOS HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 36 314714 98348376 UBEIMAR ALDERETE RODRIGUEZ HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 37 314712 12241253 UVEIMAR ÑAÑEZ MUÑOZ HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 38 314709 36289912 DOLORES CHICA CORREA HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 39 314708 1070017729 DERLY
JOHANA
CRIOLLO TOVAR HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 40 333569 1083912776 YURANI FERNANDEZ BOLAÑOS HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 41 333566 26570913 AURA ELISA
BOTINA DE PEREZ HUILA PITALITO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 42 309171 4924223 DANNY
ARLEY
RODRIGUEZ VARGAS HUILA PALERMO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 43 366086 12127681 JOSE
HUMBERTO
PUENTES
ARLEY
RODRIGUEZ VARGAS HUILA PALERMO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 43 366086 12127681 JOSE
HUMBERTO
PUENTES VARGAS HUILA PALERMO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 44 333563 12122053 JUAN MANRIQUE PERDOMO HUILA PALERMO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 45 358535 7690809 JOSE ARLEY GAVIRIA ANDRADE HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 46 321523 83234806 ALMILKAR FLOREZ RAMIREZ HUILA PALERMO DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 47 333581 1084922264 IVAN
ANDRES
CALDERON BARRERO HUILA TERUEL DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000 48 314736 12119861 VICTOR
ALCIDES MORENO HUILA NEIVA DEPARTAMENTO DEL HUILA $ 23.400.000
TOTAL $ 1.123.200.000
Artículo 2. La vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acto administrativo.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 1288 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan Cuarenta y ocho (48) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en departamento del Huila” Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “pérdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, de llegarse a configurar dichas causales, por lo que podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Artículo 4. A los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda Rural, relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, que incumplan con las condiciones y requisitos indicados en los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, se les aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará
artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará el Subsidio Familiar de Vivienda Rural, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto administrativo.
Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, comunicada al Patrimonio Autónomo FideicomisoPrograma de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y comunicada a la respectiva Fundación. Artículo 6. El presente acto administrativo no genera ejecución y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural. Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 30 DICIEMBRE 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2025.12.30
16:26:36 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2025.12.30
16:26:36 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda Fonvivienda
Rosa Elena Espitia Riaño Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social
Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural
1 Normativa | MinviviendaFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 1288 del 30 DICIEMBRE 2025 “Por la cual se asignan Cuarenta y ocho (48) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en departamento del Huila”
Raúl Gaitán García Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural
María Antonia Prieto Contratista PA 030F – 2025 Andrei Alexander Suárez Moreno Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural