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MINVIVIENDA - Resolución 1352 de 2021

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 1352 de 2021
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2021

RESOLUCIÓN 1352 DE 2021

(mayo 26) Diario Oficial No. 51.687 de 27 de mayo de 2021 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se delegan unas funciones relacionadas con la administración de personal en la Dirección General Marítima (Dimar) EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL En uso de las facultades legales, en especial que le confiere el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 8 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011, y CONSIDERANDO: Que la función administrativa está al servido de los Intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la Ley 489 de 1998, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con fundones afines o complementarias. Que los ministros podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y por los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa. Que corresponde a los ministros dirigir las funciones de administración de personal, conforme a las normas sobre la materia, de conformidad con el artículo 61 literal g) de la Ley 489 de 1998. Que el numeral 8 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011 dispone que es función del Ministro delegar en funcionarlos subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias para la correcta

literal g) de la Ley 489 de 1998. Que el numeral 8 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011 dispone que es función del Ministro delegar en funcionarlos subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias para la correcta prestación del servicio del Ministerio. Que en consecuencia de lo anterior y con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa, en especial los de economía y celeridad, se hace necesario delegar en el Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional, algunas funciones consagradas en el Decreto 1792 de 2000 y Decreto 091 de 2007, de administración de personal de la planta de personal de la Dirección General Marítima - DIMAR.

RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Delegar en el Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional, las siguientes funciones relacionadas con la administración de personal de la planta de personal de la Dirección General Marítima - DIMAR, contempladas en los Decretos 1792 de 2000 y 091 de 2007, así:1. Expedir y firmar los actos administrativos de encargo y nombramiento del Director General Marítimo, de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 091 de 2007. Ésta facultad incluye la resolución de situaciones de que trata el artículo 51 del Decreto 1792 de 2000.

2. La expedición y firma del acto administrativo mediante el cual se acepta la renuncia, el retiro por destitución, declaratoria de vacancia del cargo por abandona del mismo y retiro por esta causal del Director General Marítimo - DIMAR, de conformidad con los artículos 39 , 41 y 42 del Decreta Ley 1792 de 2000.

3. La declaratoria de insubsistencia del nombramiento del Director General Marítimo - DIMAR, de que trata los artículos 44 y 45 del Decreto Ley 1792 de 2000.

, 41 y 42 del Decreta Ley 1792 de 2000.

3. La declaratoria de insubsistencia del nombramiento del Director General Marítimo - DIMAR, de que trata los artículos 44 y 45 del Decreto Ley 1792 de 2000.

ARTICULO 2o. CONDICIONES DE LA DELEGACION. Las delegaciones efectuadas a través de la presente resolución, serán ejercidas por el funcionarlo delegatario conforme a las siguientes condiciones:

1. Constituye condición necesaria para el ejercido de las competencias que por medio de la presente resolución se delegan, la observancia plena de tas condiciones, requisitos y políticas establecidas por este Ministerio.

2. Cuando lo estime conveniente el Ministro de Defensa Nacional podrá reasumir en todo caso y en cualquier momento, total o parcialmente, las competencias delegadas por medio del presente acto.

3. Cuando el Ministro de Defensa Nacional reasuma una facultad para un caso específico, dicha facultad no se entenderá reasumida en forma permanente, a menos que el acto administrativo emitido para tal fin así lo exprese.

4. Las facultades delegadas mediante la presente resolución son indelegables. Los delegados no podrán subdelegar en otros funcionarios la realización de los actos objeto de la delegación.

5. El Ministro de Defensa Nacional continuará ejerciendo el seguimiento de la actividad delegada mediante el presente acto administrativo, por medio de instrumentos y herramientas que en su oportunidad se implementen.

6. En caso de supresión de cargos o de cambio de denominación de los mismos, las delegaciones se

entenderán efectuadas en aquellos cargos que tengan autoridad y responsabilidades equivalentes de aquellos que se han citado en el presente acto administrativo para la delegación de competencia, hasta tanto se expida el nuevo acto administrativo que las reasigne.

7. Las responsabilidades y consecuencias de la presente resolución, se rigen por las normas legales aplicables, y en particular por los artículos 9o y siguientes de la Ley 489 de 1998.

8. La delegación contenida en el presente acto administrativo exime de responsabilidad al delegante.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deja vigentes las demás disposiciones relacionadas con la delegación en materia de administración de personal.PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los, 26 MAY 2021.

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

DIEGO ANDRES MOLANO APONTE

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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