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MINVIVIENDA - Resolución 5017 de 2022

Ministerio de Defensa

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 5017 de 2022
Autor
Ministerio de Defensa
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2022

RESOLUCIÓN 5017 DE 2022

(agosto 5) Diario Oficial No. 52.117 de 5 de agosto de 2022 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1175 de 2019 “por la cual se crea el Comité Interno de Programación Presupuestal del Ministerio de Defensa Nacional Sección Presupuestal 1501, y se dictan otras disposiciones”. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial aquellas conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998, en concordancia con el artículo 3o numeral 12 del Decreto 1874 de 2021, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 1175 de 2019, se creó el Comité Interno de Programación Presupuestal del Ministerio de Defensa Nacional Sección Presupuestal 1501, y se dictaron otras disposiciones. Que el artículo 44 de la Ley 1765 de 2015, transformó la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar en la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Defensa Nacional, definiéndose su estructura mediante el Decreto 312 de 2021. Que con el Decreto 1874 de 2021, se adecuó la estructura organizacional del Ministerio de Defensa Nacional, creando nuevas dependencias, modificando la denominación de otras, asignando y reasignando funciones. Estructura que posteriormente se concretó con la creación y organización de los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General a través de la expedición de la Resolución 0028 de 2022, modificada entre otras, por la Resolución 0379

Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General a través de la expedición de la Resolución 0028 de 2022, modificada entre otras, por la Resolución 0379 de 2022 específicamente en cuanto a los Grupos de la Dirección de Finanzas. Que atendiendo la transformación de la Justicia Penal Militar y Policial en Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, y la reestructuración del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General, que modificó la denominación de algunas dependencias y las funciones de los grupos internos que hacen parte del Comité Interno de Programación Presupuestal del Ministerio de Defensa Nacional Sección Presupuestal 1501 y los Subcomités Internos de Programación Presupuestal de las Unidades Ejecutoras y Dependencias del Ministerio de Defensa Nacional, se hace necesario la modificación de la Resolución 1175 de 2019.

RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o de la Resolución 1175 de 2019 el cual quedará así: “ Artículo 1o . Conformación. Confórmese en la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional el Comité Interno de Programación Presupuestal del Ministerio de Defensa Nacional SecciónPresupuestal 1501, el cual estará integrado por los siguientes miembros:

l. Director de Finanzas del Ministerio de Defensa Nacional, quien lo preside.

2. Director de Planeación y Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional.

3. Director de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS).

4. Coordinador Grupo Sistemas de Información de la Dirección de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones (TIC).

5. Director de Logística.

6. Coordinador Grupo Contabilidad General de la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa

Nacional.

7. Coordinador Grupo Gestión Presupuestal de la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa Nacional quien ejercerá la secretaría técnica del comité.

8. Coordinador Grupo Programación Presupuestal de la Dirección de Planeación y Presupuesto del

Ministerio de Defensa Nacional. PARÁGRAFO. El Presidente del Comité podrá convocar a las sesiones a los presidentes de los Subcomités de Programación de las unidades ejecutoras y dependencias del Ministerio de Defensa Nacional, o a la persona que estos deleguen, así como al Jefe de Control Interno Sectorial del Ministerio de Defensa Nacional, quienes asistirán a las reuniones con voz, pero sin voto.” ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 6o de la Resolución 1175 de 2019 el cual quedará así: “ Artículo 6o . Secretaría Técnica. El Coordinador del Grupo Gestión Presupuestal de la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa Nacional ejercerá la Secretaría Técnica del Comité Interno de Programación Presupuestal del Ministerio de Defensa Nacional Sección Presupuestal 1501, quien tendrá a su cargo las siguientes funciones: l. Coordinar las reuniones, convocar a los integrantes e invitados, elaborar el Orden del Día de la reunión, verificar el quórum y realizar seguimiento a los compromisos.

2. Preparar, consolidar y presentar los documentos, informes o material que se requiera para el normal desarrollo de las sesiones.

3. Recibir y consolidar las observaciones y novedades realizadas por los Subcomités Internos de las unidades ejecutoras y dependencias para ser presentados a evaluación y aprobación por parte del

Comité.

4. Elaborar, divulgar, y conservar las actas de cada sesión. El acta deberá estar debidamente elaborada y suscrita por el Presidente y Secretario Técnico, dentro de los diez (10) días siguientes a cada sesión.

5. Las demás que le asigne el comité y por normatividad que rige la materia.ARTÍCULO 3o. Modificar el artículo 7o de la resolución 1175 de 2019, el cual quedará así: “Artículo 7o . Subcomités Internos de Programación Presupuestal de las Unidades Ejecutoras y Dependencias del Ministerio de Defensa Nacional . Delegar y disponer que el Comandante General de las Fuerzas Militares, el Comandante del Ejército Nacional, el Comandante de la Armada Nacional, el Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana, el Director General Marítimo, el Director General de Sanidad Militar, y el Director de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva, conformarán sus respectivos Subcomités Internos de Programación Presupuestal, los cuales deberán estar integrados por el Director Financiero o quien haga sus veces, Jefe de la Oficina Asesora de Planeación o quien haga sus veces, Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces, Contador de la unidad ejecutora o de la dependencia y

demás funcionarios que así lo estime conveniente. Las unidades ejecutoras de la Sección Presupuestal 1501 deben enviar copia del acto administrativo por el cual se integre el Subcomité, a la Dirección de Finanzas del Ministerio de Defensa Nacional. PARÁGRAFO. La Unidad Ejecutora 1501-01 conformada por las subunidades de Gestión General y Comisión Colombiana del Océano, está exenta de conformar un subcomité interno de Programación Presupuestal, toda vez que para la Gestión General sus integrantes conforman el Comité de Programación Presupuestal y las apropiaciones de la Comisión Colombiana del Océano se apropian en la Unidad Ejecutora 1501-01.” ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deberá aplicarse de manera integral con las disposiciones contenidas en la Resolución número 1175 de 2019 que continúan vigentes. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C. a 5 de agosto de 2022. El Ministro de Defensa Nacional, Diego Aponte Molano Aponte

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.

Última actualización: 20 de abril de 2024

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