MINVIVIENDA - Resolución 6815 de 2021
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 6815 de 2021
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2021
RESOLUCIÓN 6815 DE 2021
(diciembre 31) Diario Oficial No. 51.908 de 5 de enero de 2022 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1003 del 28 de febrero 2012. EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el parágrafo del artículo 24 del Decreto 092 de 2007, y CONSIDERANDO: Que corresponde a los Ministros dirigir las funciones de administración de personal, conforme con las normas sobre la materia, de acuerdo con el artículo 61 , literal g, de la Ley 489 de 1998. Que el parágrafo del artículo 24 del Decreto Ley 092 del 2007, señala que el Ministro de Defensa Nacional adoptará mediante acto administrativo, el formato de Manual de Funciones para los empleos del Sector Defensa. Que los requisitos de estudio y experiencia fijados en el Decreto 1070 del 2015, deben ser tenidos en cuenta por las entidades que integran el Sector Defensa para la elaboración de los Manuales Específicos de Funciones y Competencias para los diferentes empleos que conforman las plantas de personal, así como las competencias comportamentales modificadas mediante Decreto 1877 de 2021. Que el Ministerio de Defensa Nacional presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 ., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar su estructura, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable evidenciado mediante Decreto 1874
., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar su estructura, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable evidenciado mediante Decreto 1874 del 2021. Que en consecuencia al epígrafe anterior se identificó la necesidad de modernizar el formato del Manual Específico de Funciones y Competencias para estar acorde a los requerimientos y necesidades de la administración pública. Que es necesario modificar parcialmente la Resolución 1003 del 28 de febrero 2012 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Que en virtud de lo anterior, se hace necesario adoptar el formato del Manual Especifico de Funciones y Competencias para el Sector Defensa. Que por lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN. Adoptar para los empleos públicos de los funcionarios civiles y nouniformados de las entidades y dependencias que conforman el Sector Defensa, el formato del Manual Específico de Funciones y Competencias, y su contenido, así:ARTÍCULO 2o. DILIGENCIAMIENTO. El formato del Manual Específico de Funciones y Competencias de los empleos de las entidades y dependencias que conforman el Sector Defensa, debe ser diligenciado, de conformidad con las instrucciones que se enuncian a continuación y con el encabezado de calidad que caracterice a cada dependencia o entidad:
I. Identificación del empleo: - Entidad - Dependencia: Se debe diligenciar la información correspondiente a la Fuerza o la Entidad de que se trate, de acuerdo con el acto administrativo por el cual fue establecida la estructura y la planta de
personal. por ejemplo: “Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional”. - Nivel: Se diligencia el nivel jerárquico (directivo, asesor, profesional, técnico, asistencial) al que pertenece el cargo que se está describiendo. - Denominación: Diligenciar la denominación específica del empleo que se está describiendo, el cual, debe estar contemplado en el decreto o decretos de planta de personal de la entidad o dependencia. - Código: Diligenciar el código que corresponda al empleo que se está describiendo, el cual, debe estar contemplado en el decreto o decretos de planta de personal de la entidad o dependencia.
Grado: Diligenciar el grado del empleo que se está describiendo, el cual, debe -corresponder con el contenido en el decreto o decretos de planta de personal de la entidad o dependencia. - No. de Cargos: Registrar el número de cargos existentes en la entidad o dependencia, que tengan la misma denominación, código y grado, registrados en el decreto o decretos de planta de personal de la entidad o dependencia. - Ubicación: Registrar, para los empleos de los que trata el numeral 2 del artículo 8o del Decreto Ley 091 de 2007, pertenecientes a la planta estructural la ubicación dentro de la estructura de acuerdo con el contenido en el decreto o decretos de planta de personal de la entidad o dependencia.
Para los demás empleos pertenecientes a la Planta Global de la entidad o dependencia, se diligenciará este espacio con la expresión “donde se ubique el empleo”.
II. Requisitos de formación académica y experiencia: En este espacio deben incluirse los requisitos de estudio y experiencia requeridos para el desempeño del empleo, establecidos en el Decreto 1070 del
este espacio con la expresión “donde se ubique el empleo”.
II. Requisitos de formación académica y experiencia: En este espacio deben incluirse los requisitos de estudio y experiencia requeridos para el desempeño del empleo, establecidos en el Decreto 1070 del 2015, así como las equivalencias previstas en el mismo, en caso de ser necesarias.III. Área Funcional: De acuerdo con lo registrado en el decreto de estructura y organigrama de cada fuerza o entidad, se debe diligenciar el nombre de la dependencia donde se ubicará el empleo.
IV. Propósito Principal: Realizar una descripción breve sobre el propósito principal del empleo que se está describiendo.
V. Descripción de funciones esenciales: En este espacio se incluyen las funciones esenciales que se encuentran asignadas al empleo que se describe, teniendo en cuenta el nivel al que pertenezca el empleo y el grado de responsabilidad asignado, así como el rol dentro de la institución. Las funciones contempladas en el manual deben ser específicas por área de desempeño, con el fin de permitir una adecuada asociación de las familias de competencias y criterios de desempeño de acuerdo con las necesidades institucionales y siguiendo la política de administración del Talento Humano por
Competencias.
VI. Competencias Comportamentales: Se deben relacionar las competencias comunes que fueron adoptadas mediante el Decreto 1877 de 2021, “por el cual se modifica los artículos 2.2.1.1.1.2.5 y 2.2.1.1.1.2.6 de la Parte 2 del Título 1 del Capítulo 1 de la Sección 1, Subsección 2 del Decreto 1070
de 2015 “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa”, así mismo, deberán ser registradas de acuerdo con el nivel del empleo.
VII. Competencias Funcionales: Registrar las competencias asociadas a la familia de acuerdo con las funciones relacionadas con el cargo, teniendo en cuenta el nivel jerárquico al que pertenece y conforme a lo establecido en la Resolución 3135 del 30 de junio 2011. a) Familia: Registrar la familia de la competencia seleccionada de acuerdo con lo establecido en la Resolución 3135 del 30 de junio 2011, asociadas a las funciones desempeñadas, b) Criterios de desempeño: Registrar los criterios de desempeño, según corresponda con la competencia asociada, descrita en la Resolución 3135 del 30 de junio 2011. c) Evidencias: Diligenciar los productos y/o servicios, criterios de desempeño, conocimientos asociados al empleo y evaluación (oral o escrita), los cuales, deberán facilitar la valoración mediante información verificable del funcionario.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. la presente resolución rige a partir de su expedición. Publíquese y cúmplase Dada en Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de 2021. El Ministro de Defensa Nacional, Diego Andrés Molano Aponte.
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Última actualización: 20 de abril de 2024