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MINVIVIENDA - Resolución 962 de 2024

Congreso de la República

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 962 de 2024
Autor
Congreso de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2024

Página 1 de 3

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 09/07/2024

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

RESOLUCIÓN NÚMERO

“Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución nro. 0621 de 2024”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en las Secciones 1 y 2 del capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y el artículo 91 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)”.

Que, asimismo, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”

de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”

Que en el capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio nro. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “ Mi Casa Ya ”, modificado por el Decreto 490 de 2023, con el objetivo de facilitar la adquisición de una solución de vivienda de interés social o prioritario ubicada en suelo rural o urbano para aquellas familias que cuenten con una clasificación de Sisbén IV entre A1 y D20, y cumplan con los demás requisitos del programa, a través de un subsidio familiar de vivienda y una cobertura a la tasa de interés del crédito hipotecario o leasing habitacional.

Que en cumplimiento de sus funciones, el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA expidió la Resolución nro. 0621 del 20 de septiembre de 2024, mediante la cual se asignaron subsidios familiares de vivienda del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”.

Que dentro de los subsidios familiares de vivienda asignados mediante el acto administrativo en mención se encuentra el del hogar con ID 1547387 encabezado por la señora MARIA FERNANDA ALBARRACIN MORENO , identificad a con cédula de ciudadanía nro. 1014253165.

Que, mediante comunicación electrónica allegada a la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio , la Constructora

ciudadanía nro. 1014253165.

Que, mediante comunicación electrónica allegada a la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio , la Constructora INVERSIONES PROMEXPORT SAS informó lo siguiente:

“A la señora MARIA FERNANDA ALBARRACIN MORENO con CC. 1014253165 y Id de hogar 1547387, se debe cambiar datos incorrectos: Cuidad: BOGOTA D.C. , D epartamento: CUNDINAMARCA, Por los datos correctos: Municipio : MELGAR y proyecto 28892 – 0962 27 NOVIEMBRE 2024Página 2 de 3

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. del “Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución nro. 0621 de 2024”

MIRADOR DE LA ESTANCIA ET. 1, del Departamento de CUNDINAMARCA, cuyo vendedor

es INVERSIONES PROMEXPORT SAS.”

Que la novedad fue reportada por la Constructora INVERSIONES PROMEXPORT SAS a la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, mediante solicitud de Corrección de Información de Hogares “Mi Casa Ya”.

Que una vez verificada la información del hogar que reposa en la base de datos del sistema de información del subsidio familiar de vivienda, se observa que se incurrió en

Territorio, mediante solicitud de Corrección de Información de Hogares “Mi Casa Ya”.

Que una vez verificada la información del hogar que reposa en la base de datos del sistema de información del subsidio familiar de vivienda, se observa que se incurrió en un error por parte de la constructora INVERSIONES PROMEXPORT SAS al momento de llevar a cabo el registro del proyecto, generando así error con respecto a la ubicación del proyecto.

Que, una vez la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda validó los documentos del hogar relacionado anteriormente, resulta procedente realizar la corrección solicitada.

Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso

Administrativo establece:

“(…) Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.

Que en razón a que la inconsistencia sobre el municipio en el que la señora MARIA FERNANDA ALBARRACIN MORENO adquirió su vivienda corresponde a un error formal que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir la Resolución nro. 0621 de 2024.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Corregir parcialmente la Resolución nro. 0621 de 2024 del Programa de

nro. 0621 de 2024.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Corregir parcialmente la Resolución nro. 0621 de 2024 del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa ya”, en el sentido de indicar el municipio correcto en el que la señora MARIA FERNANDA ALBARRACIN MORENO, identificada con cédula de ciudadanía nro . 1014253165, adquirió su vivienda, tal como se indica a continuación:

Id Hogar Resolución Fecha Resolución Cédula Nombre Municipio errado Municipio correcto 1547387 0621 20/09/2024 1014253165 MARIA FERNANDA

ALBARRACIN MORENO

BOGOTA

(BOGOTA D.C.)

MELGAR

(TOLIMA)

Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución nro. 0621 del 20 de septiembre de 2024, expedida por el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.

Artículo 3. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Artículo 4. Comunicar el presente acto administrativo al hogar de la señora MARIA FERNANDA ALBARRACIN MORENO , identificada con cédula de ciudadanía nro. 1014253165, y al Patrimonio Autónomo FideicomisoMi Casa Ya, constituido según 0962 27 NOVIEMBRE 2024Página 3 de 3

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1014253165, y al Patrimonio Autónomo FideicomisoMi Casa Ya, constituido según 0962 27 NOVIEMBRE 2024Página 3 de 3

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. del “Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución nro. 0621 de 2024”

el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015 suscrito con la Fiduciaria de Occidente S.A.

Artículo 5. Contra esta resolución no procede recurso alguno.

Artículo 6. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.

Dada en Bogotá, D.C.,

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda

Elaboró:

Sharon Contreras Contratista Subdirección SFV

Revisó:

Tatiana Castillo Contratista Subdirección SFV

María Fernanda Merlano Contratista Subdirección SFV

María Victoria García Subdirectora Subdirección SFV

María José Morales Contratista C-392 DIVIS - Fonvivienda

Aprobó:

Contratista Subdirección SFV

María Victoria García Subdirectora Subdirección SFV

María José Morales Contratista C-392 DIVIS - Fonvivienda

Aprobó:

David Ochoa Yepes

Director DIVIS 0962 27 NOVIEMBRE 2024 27 NOVIEMBRE 2024

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