MINVIVIENDAS - Concepto 134864 del 21 de octubre de 2010
Ministerio de Vivienda
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINVIVIENDAS - Concepto 134864 del 21 de octubre de 2010
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2010
Bogotá, D. C. Doctor· Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección Desarrollo Territorial MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIEN!:RepÚI!l!IÍE:l!lRIB:Í40Uilrnbia 21/10/2010 12:42:24 FOfiIOS:5 ANEXOS:□ AL CONTESTAR CITE: ,:¡¡JD\t\E2'2f}34'j64 2•· ,_:_: :, l _ , TIPO DOCUMENTAL:cfiArl)I • \J "' fi V .;k fi .. REMITE:DESPACHO VICEMINISTRO DE AMBIENTE
DESTINATARIO:ALCALDIA MUNICIPAL DE POPAYAN
RAMIRO ANTONIO NAVIA DIAZ
Alcalde Municipal Carrera 6 No 4 - 21
Teléfono: 8243075
Popayán - Cauca 1 Respuesta Oficio 4120-E1-114'I29. Proyecto de revisión del POT Municipio de Popayán Respetado Señor Alcalde, Mediante el oficio de la referencia se remitió a este Ministerio la solicitud de trámite de apelación en razón al "CONCEPTO NO FAVORABLE AL ACUERDO DE MODIFICACIÓN" del proyecto de revisión del Plan de Ordenamiento Territorial -POT del municipio de Popayán con la Corporación Autónoma Regional del Cauca -CRC-, hasta tanto la administración municipal no cumpl9 con las obligaciones establecidas por la Corporación mediante oficio 04531 del 31 de mayo de 2010. Para tal fin remite los siguientes documentos: las comuniqaciones entre el municipio y la CRC en el marco del proceso adelantado, el·proyecto de acuerdo "por el cual se revisa de manera excepcional el Plan de Ordenamiento territorial de Popayán ( ... )", la
Para tal fin remite los siguientes documentos: las comuniqaciones entre el municipio y la CRC en el marco del proceso adelantado, el·proyecto de acuerdo "por el cual se revisa de manera excepcional el Plan de Ordenamiento territorial de Popayán ( ... )", la memoria justificativa y el documento de seguimiento y evaluación del POT. l En primer lugar, es importante aclarar que de acuerdo co'n lo previsto en el parágrafo 6 del artículo 1 de la Ley 507 de 1999 que modificó el artículo 24 de la Ley 388 de 1997, corresponde al Ministerio únicamente decidir sobre aquellos aspectos sobre los cuales no se llegó a ningún acuerdo en el proceso de concertaciqn. A continuación se exponen los antecedentes, conclusionJs y recomendaciones sobre el trámite de concertación de los asuntos ambientales:
1. ANTECEDENTES 1.1. El municipio de Popayán adoptó su POT, mediante acuerdos municipales 06 y 07 de agosto de 2002 y adelantó 5 procesos de revisión (Acuerdos 024 de 2007, 026 de 2003, 05 de 2007, 08 de 2004 y 019 de 2004) los cuales no surtieron el proceso de concertación de los asuntos ambientales con la CRC.
Ca!le 37 No. 8 - 40 Bogotá. D. C.
PBX: 332 :!4 :14 • 332 34 00 • Extensión: ·1137
Teleíax: Extensión ·1608
www.minainlJiente.gov. coMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección de Desarrollo Territorial República de Colombia 1.2. El proyecto de modificación excepcional presentado por el municipio comprende los siguientes temas:
www.minainlJiente.gov. coMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección de Desarrollo Territorial República de Colombia 1.2. El proyecto de modificación excepcional presentado por el municipio comprende los siguientes temas: • Suelo de protección: Delimitación de cerros tutelares y parque lineal del rio Cauca. • Incorporación de normas urbanísticas en el sector histórico a partir del PEMP • Normas urbanísticas para los planes parciales de la zona de LAME, central de sacrificio y plaza d'e ferias. • Normas para usos_ del suelo en zonas de comercio y servicios • Normas para la instalación de parasoles. • Normas para la central de sacrificio y relleno sanitario. • Normas para avisos y vallas • Normas para procedimientos de cesiones urbanísticas • Normas para definir procedimientos para licencias de urbanismo y construcción • Normas para definir procedimientos para la aplicabilidad de sanciones urbanísticas. • Derogatoria de los acuerdos de modificación del POT que no surtieron el proceso de concertación ambiental. 1.3 En el documento enviado por el municipio de Popayán al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial -MAVDT-, se relacionan las comunicaciones entre el municipio y la CRC, asi: a) Oficio del 24 de septiembre 2009, por el cual el municipio remite el proyecto de modificación exce¡µcional del POT a la CRC para la concertación de los asuntos ambientales. b) Oficio del 21 de octubre de 2009, en el cual la CRC hace requerimientos de información al municipio y realiza observaciones a algunos de los contenidos del proyecto c) Oficio del 4 de diciembre de 2009 dirigido a la CRC, atendiendo la solicitud de la
información al municipio y realiza observaciones a algunos de los contenidos del proyecto c) Oficio del 4 de diciembre de 2009 dirigido a la CRC, atendiendo la solicitud de la Corporación .. el) Oficio del 22 de enero de 201 O mediante el cual la Corporación solicita información al municipio. e) Oficio del 19 de marzo de 2010 que da respuesta a la CRC y se remiten los soportes solicitados. f) Oficio del 13 de mayo de 2010 en el que el municipio solicita a la CRC que se adelanté el trámite de concertación de los asuntos ambientales del proyecto de modificación excepcional del POT de Popayán g) Oficio del 31 de mayo ele 201 O de la CRC en el que emite concepto "NO
FAVORABLE AL ACUERDO DE MODIFICACIÓN".
Calle '.l7 No. IJ - 40 Bogot8. D C 1 PBX: 332 3-! 34 • 332 34 00 • Extensión: 1 J;57
Telefax: Extensión 1608
www.minarnbienlB.gm: coIViinisterio de Ambiente, Viv1enda y Desarrollo Territorial Dirección de Desarrollo Territorial República de Colombia 1.4 Por lo anterior, el municipio de Popayán solicita al Ministerio en oficio del 8 de septiembre de 201 O con radicado 4120-E1-114129, que se pronuncie favorablemente al proceso de modificación excepcional del POT. Una vez analizada la información se encontró que con respecto a cada uno de los temas objeto de concertación, la CRC manifestó: ,<'TEMAs•osfiE'FO!IDE0REVISIQN.Y+/
proceso de modificación excepcional del POT. Una vez analizada la información se encontró que con respecto a cada uno de los temas objeto de concertación, la CRC manifestó: ,<'TEMAs•osfiE'FO!IDE0REVISIQN.Y+/ ··•·••·itI,?i? T lf.,Á'4t1fiffi :E't\Iitftltfif;,iJ;/1t'..!i 5/i é; ¡:,.J;fifififififi.fi[1,2{fi$ .•· ..... •.... .• •• j.••·· Sostiene que el mun1cIpI0 no presentó
1. Suelo de protección: Delimitación estudios técnicos para la modificación de cerros tutelares y parque lineal de la delimitación del sector Pomona, del Río Cauca. Cerro de la Eme y las Tres Cruces
(Cerros Tutelares)
2. Incorporación de normas Considera el PEMP debe urbanísticas el sector histórico que se en a incorporar a la revisión del POT. partir de! PEMP
3. Normas urbanísticas para los planes parciales de la zona LAME, No pronunció. central de sacrificio plaza de se y ferias.
4. Normas para LISOS del suelo en No pronunció. de comercio v servicios se zonas
5. Normas para la instalación de No pronunció. parasoles. se
6. Normas para la central de sacrificio No pronunció. v relleno sanitario. se
7. Normas para avisos v vallas No se oronunció.
B. Normas para procedimientos de No pronunció. urbanísticas se cesiones
9. Normas para definir procedimientos para licencias de No se pronunció. urbanismo y construcción 10.Normas para definir procedimientos para la No pronunció. aplicabilidad de sanciones se urbanísticas.
9. Normas para definir procedimientos para licencias de No se pronunció. urbanismo y construcción 10.Normas para definir procedimientos para la No pronunció. aplicabilidad de sanciones se urbanísticas.
11. Derogatoria de los acuerdos Señala que fue lo único que trató la modificatorios del POT revisión del POT sobre el componente que no ambiental, salvo el acuerdo 05 de tuvieron concertación ambiental. 2007 v solicita que sea derosiado. ' . BICENTENARIO /rfi
Calle 37 No. 8 - 40 Bogotil. O. C. M 1, lfifi"MfiCrnola fia Calfirnn,i ,..::::::,) fi. 1810-2010 ---. ] • PBX: 332 34 34 • 332 34 00 • Extensión: 1 ·137
Telefax: Extensión '1608
www.minc1rnbienle.gov.co2. CONCLUSIONES. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección de Desarrollo Territorial República de Colombia De acuerdo con la información aportada a este Ministerio, se estima lo siguiente: 2.1. De conformidad con los antecedentes remitidos por el municipio, se considera que se trata de una modificación excepcional en los términos del articulo 6 del Decreto 4002. 2.2. En lo relacionado con los asuntos ambientales, la CRC solicitó al municipio revisar e incorporar temas que ho fueron tenidos en cuenta en el proyecto de modificación del POT e incluso le sugiere adelantar la revisión estructural del plan, considerando que se trata de un proceso integral cuyos ajustes y modificaciones alteran y afectan diversidad de temas. Así mismo, la Corporación hace referencia a que hay asuntos del POT de Popayán que
POT e incluso le sugiere adelantar la revisión estructural del plan, considerando que se trata de un proceso integral cuyos ajustes y modificaciones alteran y afectan diversidad de temas. Así mismo, la Corporación hace referencia a que hay asuntos del POT de Popayán que no se están ajustando o revisando y que requieren mayor atención tales como: el componente rural, que no se encuentra desarrollado en el Plan; los contenidos relacionados con amenazas y riesgos y la mitigación de los daiios ambientales ocasionados por las modificaciones realizadas al POT, sin agotar la concertación con la autoridad ambiental, entre otros. En razón a lo anterior, CHC concluye que "no se han remitido los estudios técnicos que permitan abordar la modificación pretendida" por lo cual dan "un CONCEPTO NO FAVORABLE AL ACUERDO DE MODIFICACION, hasta tanto la Administración Municipal cumpla ( ... )" con los requerimientos de información técnica a que alude en su oficio No.04531 del 31 de mayo de 2010. 2.3. Teniendo en cuenta lo expuesto, se considera que de acuerdo con la información remitida a este Ministerio, la concertación del proyecto de revisión del POT del municipio de Popayán se encuentra en curso, esto es, no se ha finalizado como quiera que no se ha realizado un pronunciamiento técnico de fondo por las razones expuestas en el citado oficio No.04531 del 31 de mayo del afio en curso. En consecuencia, dado que no se ha agotado el proceso de concertación con la autoridad ambiental, no se reúnen los requisitos exigidos en el parágrafo 6 del articulo 1 de la Ley 507 de 1999 para que el Ministerio intervenga con el fin de decidir sobre los puntos de desacuerdo.
3. RECOMENDACIONES.
autoridad ambiental, no se reúnen los requisitos exigidos en el parágrafo 6 del articulo 1 de la Ley 507 de 1999 para que el Ministerio intervenga con el fin de decidir sobre los puntos de desacuerdo.
3. RECOMENDACIONES.
Para la modificación excepcional de norma urbanística, es necesario que el municipio demuestre que en las condiciones actuales la norma estructural o general que se pretenda cambiar, no permite asegurar la consecución de los objetivos y estrategias Calle 37 No. 84(1 Bogotá, O. C PBX: 332 3-1 34 • 332 34 00 • E :lonr.lón, 1 '137
Telefax: f ,:tensión 1608
www.rnlnar 1bien1e.gov.co GP 153-1Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección de Desarrollo Territorial República de Colombia territoriales de mediano y largo plazo definidas en los c,Jmponentes general y urbano del POT y que por ello se revisan algunas de las normas del POT, lo anterior en concordancia con el artículo 6 del Decreto 4002 de 2004, que señala: "Artículo 6º. Modificación excepcional de normas urbanísticas. De conformidad con lo establecido en el articulo 15 de la Ley 388 de 1997, adicionado por el articulo 1 ºde la Ley 902 de 2004, la modificación excepcional de alguna o algunas de las normas urbanlsticas de carácter estructural o general del Plan de Ordenamiento Territorial, que tengan por obíeto asegurar la consecución de los obíetivos y estrategias territoriales de largo y mediano plazo definidas en los componentes General y Urbano del Plan de Ordenamiento
de carácter estructural o general del Plan de Ordenamiento Territorial, que tengan por obíeto asegurar la consecución de los obíetivos y estrategias territoriales de largo y mediano plazo definidas en los componentes General y Urbano del Plan de Ordenamiento Territorial, podrá emprenderse en cualquier momento, a iniciativa del Alcalde municipal o distrital, siempre y cuando se demuestren y soporten técnicamente los motivos que dan lugar a su modificación. La modificación excepcional de estas normas se sujetará en todo a las previsiones vigentes en el Plan de Ordenamiento Territorial, de acuerdo con la jerarquía de prevalencia de los componentes, contenidos y demás normas urbanísticas que lo integran." Como puede observarse, la modificación excepcional : de norma urbanística es un espacio para complementar o modificar el POT en aqueilas normas que se orienten al logro de los objetivos y estrategias territoriales de largo plazo. Por lo que es importante que la autoridad municipal competente a través dEol proceso de evaluación y seguimiento del Plan, identifique los temas que requieren ser modificados en el POT y en ese sentido se prioricen los que serán incluidos eI1 el proyecto de modificación excepcional, para alcanzar los fines mencionados y se soporten técnicamente los motivos que dan lugar a dichos cambios. • , fi Atentamente, ,,,_"51'fi- / Viceministro de Ambiente ¿fi.,,,--"'='"''"',.,...,..= me,") GUILLERMO HERRERA CASTAÑO \ ;. ir , ec;tor de Desarrollo Territorial , J \ l Klí SCljlR;Efi MULLER Jfie Oficink Asesora Jurídica - \ . '- '
GUILLERMO HERRERA CASTAÑO \ ;. ir , ec;tor de Desarrollo Territorial , J \ l Klí SCljlR;Efi MULLER Jfie Oficink Asesora Jurídica - \ . '- '
Copia: JESUS HERNAN fitiEVARA DJAGO. Director Corporación Autónoma Regionfi _ 11 del Cauca RC Revisó: C/Ramire-dÍ/Cafial - M/Mufi - FUNegrete - P/RodríguezB/Rojas fi :
Elaboró: Luis Felixfifirquez D. DDTfiEfi849 ( '
Calle 37 No. 8 - -W Bogotá, D. C F'BX 3J2 .34 34 • 332 J4 00 • Extensión. 1 lJ/ T -=:leía.':: Extension -1 G08 www 1111narnbiente grn.1.co