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MINVIVIENDAS - Concepto 061830 del 9 de junio de 2009

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDAS - Concepto 061830 del 9 de junio de 2009
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2009

F-1200.CJ.103.02 –Conceptos Jurídicos ExternosCalle 37 No. 8 – 40 Bogotá, D. C. PBX. 332 3400 - 332 3434 www.minambiente.gov.co

Página 1 de 2 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Oficina Asesora Jurídica República de Colombia Bogotá D.C., 9-Junio-2009 1200-E2-61830

Doctora

EDNA JULIETH CALDERON TRIANA

Secretaria General y de Gobierno Municipio de Chaparral Carrera 9 Calle 9 Esquina, Piso 2 Fax 2461309 Chaparral, Tolima

Referencia: Criterios Selección Interventoría , Derecho de Petición No. 4120 -E161830 del 3 de junio de 2009.

Respetada señora,

Previo a dar respuesta a su cuestionamiento debe señalarse que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial tiene dentro de sus funciones asignadas por la Ley 99 de 1993 y el Decreto -Ley 216 de 2003, expedir las políticas y regulaciones en materia de ambiente, vivienda, desarrollo territorial, agua y saneamiento , en ejercicio de lo cual emite conceptos de carácter general dentro de la abstracción que le permite n sus funciones y competencias, razón por la cual no puede pronunciarse sobre asuntos de carácter particular y concreto.

No obstante, con el ánimo de brindar información le comentamos lo siguiente en respuesta a su solicitud de la referencia en donde se pregunta respecto a:

“Nuestro municipio fue beneficiado con 122 subsidios de vivienda de Interés Social en el barrio José

No obstante, con el ánimo de brindar información le comentamos lo siguiente en respuesta a su solicitud de la referencia en donde se pregunta respecto a:

“Nuestro municipio fue beneficiado con 122 subsidios de vivienda de Interés Social en el barrio José María Melo de Chaparral Tolima, en el trámite correspondiente nos encontramos ante una duda en materia de aplicabilidad de norma jurí dica respecto al tema de los criterios a tener en cuenta para la selección del interventor ya que el artículo 2° de la Resolución 1407 de 2008, establece un procedimiento totalmente diferente al artículo 16 de la Resolución 966 de 2004.

Por lo tanto necesitamos y de manera cordial se sirvan dictaminarnos cual de las dos resoluciones en mención deben ser aplicados al tema de Selección del Contratista.” sic

En lo que respecta al objeto de la presente consulta, se puede afirmar que la norma que se aplica actualmente para establecer los criterios para la selección y contratación del profesional que ejerce la labor de interventoría de los proyectos de vivienda, es el artículo 2° de la Resolución 1407 del 11 de agosto de 2008; el cual sustituyó (subrogó) la norm a que se venía implementando (artículo 16 de la Resolución 966 de l 17 de agosto de 2004). La Resolución 1407 de 2008 empezó a regir a partir de su publicación , según su artículo 7°, habiéndose publicado la misma en el Diario Oficial 47.082 de 15 de agosto de 2008.

Por lo tanto, la selección del in terventor se realizará por parte de las agremiaciones que

habiéndose publicado la misma en el Diario Oficial 47.082 de 15 de agosto de 2008.

Por lo tanto, la selección del in terventor se realizará por parte de las agremiaciones que asocian a los profesionales de la ingeniería y la arquitectura que hayan celebrado elF-1200.CJ.103.02 –Conceptos Jurídicos ExternosCalle 37 No. 8 – 40 Bogotá, D. C. PBX. 332 3400 - 332 3434 www.minambiente.gov.co

Página 2 de 2 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Oficina Asesora Jurídica República de Colombia respectivo convenio con el Fondo Nacional de Vivienda (entidad otorga nte), siendo contratados por el oferente del proyecto.

Para lo cual el interventor seleccionado deberá estar inscrito en la lista actualizada de profesionales de las oficinas regionales de alguna de las agremiaciones del lugar en el cual vaya a ser desarr ollado el proyecto, al igual que deberá cumplir con los requisitos exigidos por el artículo 15 de la Resolución 966 del 2004, el cual fuera subrogado por el texto señalado en el artículo 1° de la Resolución 1407 de 2008.

En conclusión, la norma aplicable para establecer los criterios para la selección y contratación del profesional que ejerce la labor de interventoría de los proyectos de vivienda, es el artículo 16 de la Resolución 966 de 2004, actualmente remplazado (subrogado) por el texto señalado en el artículo 2° de la Resolución 1407 de 2008.

El presente concepto se expide de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código

texto señalado en el artículo 2° de la Resolución 1407 de 2008.

El presente concepto se expide de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

Elsa Judith Garavito Gómez Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

Proyectó: Alexander Torres Morales

Revisó: Andrés Mejía

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