MINVIVIENDAS - Concepto 11673 de 2011
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDAS - Concepto 11673 de 2011
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2011
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Oficina Asesora Jurídica Repúbíica de Colombia Bogotá, D. C. Doctora.·
•. ANAYASMIN TORRES TORRES·
Carrera 4 No. 3541 T unjaBoyacá Radicación 4120-E1-11673.
MIMISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA'/ DESARROLLO T. 41312011 1 0:B:31 FOLIOS:3 AIIEXOS:D ALCONTESTARCITE 1200-E2-11673
. TIPO DOCIJMEl'JTALOFICIO
REMITE:OFICll,A ASESORA JURIDICA
DESTltiUARIO: ANA YASMIN TORRES TORRES ASUNTO: Consulta sóbre requisitos de los curadores urbanos.
Doctora Ana Yasmin, En atención .. al asunto de la referencia, trasladado por la Dirección de Desarrollo Territorial mediante memorando 3100-4-011673 del 16 de febrero de 2011 y dentro del término legal me permito dar respuesta a su consulta relacionada con los requisitos de participación en los concursos de méritos para la designación de curadores urbanos así: "1. ¿Cuales-sicdeben ser, en detalle, las calidades que debe presentar la persona propuesta en el equipo disciplinario que ejercerá como curador suplente? "2. Frente a la experiencia: ¿Es necesario sin opción alguna que tenga la misma o mayor experiencia que el que aspira para ser titular, específicamente en lo relativo a la experiencia laboral en las áreas del desarrollo o la planificación urbana? "3. Si en el caso de un éoncurso·de méritos' no se logra que los aspirantespresenten suplente que tengan el mismo perfil para ser curador.- ¿En.la próxima convocatoria-se pueden reducir estos
laboral en las áreas del desarrollo o la planificación urbana? "3. Si en el caso de un éoncurso·de méritos' no se logra que los aspirantespresenten suplente que tengan el mismo perfil para ser curador.- ¿En.la próxima convocatoria-se pueden reducir estos requisitos para el suplente, según determinación del alcalde municipal, o se debe convocar las vecés que sea necesario hasta que se cumpla dicho requisito? Sea lo primero aclarar que según lo establecido en el Decreto -Ley 216 de 2003', "El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, tendrá como objetivos primordiales contribuir y promover el desarrollo sostenible a través de la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación en materia ambiental, recur sos naturales renovables, uso del suelo, ordenamiento territorial, agua potable y saneami ento básico y ambiental, desarrollo territorial y urbano, así como en materia habitacional integral."; en ejercicio de lo cual emite conceptos de carácter general dentro de la abstracción que le permiten sus funciones y competencias sin tratarse de una aplicación a un caso particular y concreto. 1 "Por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones.· Página 1 de 3 ,:r·-7 ,,,.i..:i C010i35Z7• Ministerio de Ambiente, Vivienda y DesarrolloJerritorial Oficina Asesará Jürldica República de Colombia . . . • fi . Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley 388 de 19972, modificado-por el.
Oficina Asesará Jürldica República de Colombia . . . • fi . Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley 388 de 19972, modificado-por el. articulo 9 de la Ley 81 O de 2003', los requisitos para ser designado curadcir urbano son: • "a)Poseermuloprofesirinal de arquitecto, ingeniero civil o posgradpde urbanismó o planificación • • regional o urbana; • · .. • · • · •. · · • . . . · .:-· · . . .. • . • • . . b) Acreditar una experiencia laboral mínima de diez (10) años en el ejercicio de actividades relacionadas con el desarro llo o la planificación urbana. c) Acreditar la colaboración del grupo interdisciplinario especializado que apoyará la labor del curador urbano. '4 En concordancia con las exigencias legales para ser.curador urbano: elarlícfi8&3 Pfitieto 1649 dJ 2010' enumera los requisitos que deben acreditar para concursar íos aspirantes 8 curador urbano, en los siguientes términos: "1. Presentar solicitud de inscripción en fa forma y dentro de los términos previstos en él presente decreto.
2. Ser ciudadano colombiano en ejercicio, no mayor de sesenlay cinco (65) años y estar en pleno gocé de sus derechos civiles. •
3. Poseer título profesional de arquitecto, ingeniero civil O postgrado de urbanismo o planificación regional o urbana.
4. Acreditar una experiencia laboral mínima de diez (10) años en el ejercicio de actividades relacionadas con el desarrollo o fa planificación urbana ..
5. No estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad.
regional o urbana.
4. Acreditar una experiencia laboral mínima de diez (10) años en el ejercicio de actividades relacionadas con el desarrollo o fa planificación urbana ..
5. No estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad. 6.. No haber ejercido como servidores públicos con jun'sdicción o autoridad política;. civil o administrativa en el respectivo municipio o distrito dentro del año anterior a /afecha de cierre de fa convocatoria."
7. Acreditar. un grupo interdisciplinario especializado que apoyará fa labor del curador urbano, como .. mínimo en materia jurídica, arquitectónica y de la ingenierfa civil especializada en estructuras.
B. Acreditar la existencia de equipos, sistemas y programas que utilizará en caso de ser designado curador, los cuales deberán ser compatibles con los equipos, sistemas y programas de la administración municipal o distrital.' De conformidad con las nfirmas parcialmente transcritas, es claro qfie quien aspire a ser designado. e.orno curador urbano debe cumplir en su totalidad los requisitos establecifios tanto.en la Ley, como en el decreto reglamentario. • • • ••• '"Par la cual se modifica la Ley 9' de 1989, y la Ley 3' de 1991 y se dictan otras disposiciones' 3 "Par medio de la cual se modifica la Ley 388 de 1997 en materia de sanciones urbanisticaS' y algunas actuaciones de las curadores urbanas y se dictan airas disposiciones.' 4 Numeral 1, articula 101 de la Ley 388 de i997. 5 "Par el cual se reglamentan las disposiciones retalivas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan las curadores urbanas y se expiden otras disposiciones'.
5 "Par el cual se reglamentan las disposiciones retalivas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan las curadores urbanas y se expiden otras disposiciones'. Cerrera 13 Ho. 37 - 38 Bogota, D. C. POX 332 34 3.1 , 332 3-{ 00 • E.'<tersió:r_ 2'.367 wvt,·, rninEm\Jienté gr:w.co: Página 2 de 3fi- -(wt Llbcrtod y Orden Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Oficina Asesora Jurídica República de Colombia En ese s?nfülo, es coherente I8exigencia prevista en el inciso 4 del numeral.3 del artículo 87•.delOecreto 1469 de 2010 al S?ñalar que al menos uno de los rniembms del grupo interdisciplinarto deberá reunir las •. mismas calidades del curador, esto es, las previstas en los articulas 101 de la .Ley 388. de.1997 Y 83 del Decreto 1469 de 2010, para suplirlo en los casos de faltas temporales y, excepcional y provisionalmente en las fallas absolutas', en los ténminos del capítulo V del citado Decreto. Asi las cosas, y atendiendo el criterio de interpretación contenido en el artículo 27 del Código Civil: "Cuando el sentido de la ley sea claro, no se desatenderá su tenor literal a pretexto de consultar su espíritu.", se considera que en todos los casos se requiere que el aspirante acredite que alguno de los miembros del grupo interdisciplinario reúne las condiciones para ser curador urbano, por cuanto éste será
espíritu.", se considera que en todos los casos se requiere que el aspirante acredite que alguno de los miembros del grupo interdisciplinario reúne las condiciones para ser curador urbano, por cuanto éste será quien lo reemplazará en los casos de ausencia temporal o absoluta, en los ténminos del Decreto 1469 de 2010. El presente concepto se emite de conformidad con lo previsto en el articulo 25 del Código Contencioso Administrativo. Cualquier inquietud con gusto será atendida. Cordialmente, Lfifit ffefi ! Í
Asesora fiboró: Mónica Maria Muñoz B. <¡?fi-cha: Febrero 28 de 2011 6 Decreta 1469 de 2010. "Ar/icu/a 87. Calificación de fas par/icipantes en el concursa de méritas". 7 Decreta 1469 de 2010 "Ar/icu/a 103. Designación del reemplaza en casa de falta absoluta. En casa de falta absoluta del curador urbana, el alcalde municipal a distrital designará en su reemplaza, y par un nueva periodo individual, al siguiente candidata de la lista de elegibles vigente.
Si na hubiere candidatas disponibles en la lista de elegibles a cuando dicha lista hubiese perdida vigencia, el alcalde deberá convocar a un nueva concurso dentro de las treinta /30) dias hábiles siguien1es a la fecha de presentarse la causal y mientras se· sur/e el concursa, designará provisionalmente hasta que tome posesión el nueva curador a alguna de las integrantes del grupa interdisciplinaria especializada que hava apoyada la labor del curador saliente que reúna las mismas calidades exigidas para sefi curador urbana a, en su defecto a una de las demás curadores del municipio a distrito." (Subrayada fuera del texto)
interdisciplinaria especializada que hava apoyada la labor del curador saliente que reúna las mismas calidades exigidas para sefi curador urbana a, en su defecto a una de las demás curadores del municipio a distrito." (Subrayada fuera del texto) Página 3 de 3