MINVIVIENDAS - Concepto 143960 de diciembre 9 de 2010
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDAS - Concepto 143960 de diciembre 9 de 2010
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2010
. ' Bogotá, D. C. Señora Ana Delia Abril Fernández Arquitecta ' Mifisterio dé Ambiente, Vivifinda y OefiarroHo Territorial ' Oficina Asesara J.urldica República de .cc¡iombia MJUiSTfh'./0 üf .&t18lfUHfi, Vl\/JENDA 'f DE.::·ARRnLLo T 10/1_212010 !J:44:46 FOLIOS:! ANEXOS:O , . _ '",._ AL l:ONTESTAR CITE 1200-E:2-143960 TIPO DOclJMEtff.u.L:OFICIO REMITE:OFICINA P.SESORA JURIDICA DEfiTli'-.iB.Tf,.R/0:ALC-fi1\DLr:,: MUN!CJP.I.\L_Dfi S!}Li.O{e. - SECRETA.R!.a. ... , fi-fi-, JÍ 'ñ' ·, . . ·. •Secretaría de Planeación y OrdenamientoTerritoriaL Alcaldía de Soacha • - • Calle 13 No.7-30 Piso 2 I • • if · "'.fi · ':':·.\fi,, l'! •. f¡ .iq Soacha • ASUNTO: Solicitud -radicado4120-E1-143960 del 9/11/2010 Oficio Oficina Asesora Jurídica - radicado 1200-E2-143960 .dfiI 19/1 Ú201 O . . Señora AnaDelia: De conformidad con lo manifestado ¡,n. el • oficio radicado 120ú-E2-143960 del 19/11/201 O de esta Oficina, damos respuesta a ';su .. solicitud 'felacionada con escombreras municipales.
. Señora AnaDelia: De conformidad con lo manifestado ¡,n. el • oficio radicado 120ú-E2-143960 del 19/11/201 O de esta Oficina, damos respuesta a ';su .. solicitud 'felacionada con escombreras municipales. 1.'. "Emisión de un conceptó éon ¡;¡Ústentojurídjéo sobre la nbrr:patividad legal • -vigente, competenciafi por parte de los Municipios y Autoridádes Ambientales eí¡ . el tema de disposición final de .escombros (escombreras municipale,i:¡);'' Desde el punto de vista ambiental, las regulaciones sobre escombrerás municipales .-se • encuentran desarrolladas por la Resolución 541 de 19941 de este Ministfirio y el Decreto 1713 de 2002, modificado por el Decreto 838 de 2005. De conformidad con el firtículo 3.de la resdlución 54t de 1994 Jos municipios deben, seleccionar· los sitios especificas para la disposición final de los materiales y elementos a que se refiere esta resolución, que se denominarán escombrefias municipales. ' "Por medio de la cual se regula el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición fihal de escombros, materiales, elementos, concretos y agregados sueltos, de construcción, de demolición y capa orgánica, suelo y subsuelo de excavación." . C;1n,::,r2. l'._I Ho. fiq :.-'Jtl Cc,fi;c,!2 D.•fi·- , f'.':":::< ·sfi:: :fi.1/:,,¡ • fi<!2 3.; 00 • f:d0n;,;1r)r:,. '.!2.6/.' • ' l. .• • ' Ministerió de Ambiente,' Vivienda Y Desarrollo TerritorifiI • •
l. .• • ' Ministerió de Ambiente,' Vivienda Y Desarrollo TerritorifiI • • • , • Oficina Asesora Jurldica ·. • [<epública de ,Colombia. . . . Cons(Jgra este artículo quelas e;combrerás municipales se localizarár, prioritariamente en. áreas cuyo paisaje se enyuentre 'degradado, tales .como .minas y cánteras abandonadas, entre otros, con la finalidad prir,cipal de que con la utiHzacióri de estos· materiales se contribuya a su ·resfa:uraciófi·paisajfstica: • • E.1 artículo 4 ibídfim, prevé los ,criterios básicos de manejo ambiental d8\eséombreras • mu'nicipales, previendo que para. éstas se. debe cumplir con las especificaciónés de la re.solución en relación con el almacenamiento de aquellos materiales que nó sean sujetos de disposición final y con el cargue y descargue de todos los materiales y elementos que entren y salgan de ellas • • 1 • Sobre la recolección de escombros consagra el artículo 44 del Decretó 1713 de 20022•. que es responsabili_dad de los ·prnductores de escombros su recolección, transporte y • disposición en las escombreras autórizadás. El· Mynicfpio· o -□istritó y las personas .. prestadóras del servicio de aseo son responsables de coordinar.estas actiyidades en .el • marco de los programas establecidos para el desárrollo del respectivo Plan •di;, Gestióh Integral de Residuos Sólidos, PGIRS: • • • . 1 En c11anto a la disposición de escornbros,prevé el artículo.102 dél decrefo,.1713 2002
Integral de Residuos Sólidos, PGIRS: • • • . 1 En c11anto a la disposición de escornbros,prevé el artículo.102 dél decrefo,.1713 2002 que los escombros que no sean objetó de un programa de recupé',ración y aprovechamiento deberán ser dispuestos adecuadamente en escombreras cuya. • ' ' ! ' ' • ' • - ub,icación haya sido previamente defir:iida por el Municipio oDistrito. • . • ' . ' ' . ' ' , , • ', L '.- . , ' ' '\" • Sobre la acción . urbanística relacionada eón. el ordenamiento del territorio y la intervención de los usos d8I suelo,,el articuló 8 de la ley la Ley 388 de 19973 prevé qUe las entidades distritales y municipales, ·pueden establ8cer obJigacioñes con respecto a , la clasificación del territorio, la loéalización; señalización • y características para la dispesición y tratamiento de los residüos sói'idos.• • ' • Recientemente y en materia .de trénsito1 el artículo1.02 de la Ley 799 de 2002', modificado por el artículo 1.9 de la' ley 1383 de 20·105 consagra sobrl'J el manejo de escombros: • • ' "Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994. la. Ley632 de ·2000 y la Ley 689 de 2001, en relación con la pi'estación del selVicio público de aseo, y el Decreto Ley 2811 de-1974Y la Ley 99 de 1.993 en relación con la Gestión 1ntegraf.deResiduos Sólidos"..
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con la pi'estación del selVicio público de aseo, y el Decreto Ley 2811 de-1974Y la Ley 99 de 1.993 en relación con la Gestión 1ntegraf.deResiduos Sólidos"..
- • 3 "Por la cual se modifica la Ley 9ª el.e 1989, y la Ley 3ª de 199fy se dic/an otras disposicifinfis" 4 "Por la cual se expide él Código Nacional dfi Tránsito Terrestre y se dictan otras ·disposiciones". t,fi.:i1rc-:i'a U Hu fin •• fi18 Bngc114, O. C.
Pf:J,.;: 332, 34 fiq. , J32 34 oo • Ettc•n:;ión' no::.:. 2• I Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrolló Territorial • • • Oficina Asfisora Jurldica RepúbliC¡¡ de Colombia . . ' • "Cada municipio determinará el fugar o Iu9ares autorizados para la .disposición final ,de los escombros que . se produzcan en su jurisdfr::ción, el maáejr, d13 ,estos materia/es se hará debidamente. aistado i!11pidiendo que se disemine por las v/as. y de acuerdo con }a norlnatividad ambiental vigente,_ bajo fa ,t6sponsabilidéid del portador del permiso que haya otorgado la autoridad de tránsito quien será responsf,lb!e del control <;fe vigilancia del cumplimiento. de la norma, sin perjuicio que sfi fe determine la responsal:¡j/jdad spbre daños en bienes de uso público. · El incumplimiento de esta norma.se sancJonatá oon'mufta de treinta (30)S.MLD:V.
en bienes de uso público. · El incumplimiento de esta norma.se sancJonatá oon'mufta de treinta (30)S.MLD:V. • Parágrafo. Será. sancionado con una multa de '(30) S. M.L.D. v.: quien transportando .¡¡gregadps minerales· como: Arena, tnturado o concretos; no alsfe peifectamente la·carga y permita que el/p se esparza por las • vlas públicas, poniendo en riesgo ia seguridad da otros'ilehfcu/os., "(subrayado fuera .de texti¡i) • . . . • . ' De conformidad con la normativa expuesta, el funcionamiento de ,E/scqmbrí:;ras se sujeta ... al cumplimiento de obligaciones ambientales,, de • ordenamiento del territorio • i¡ de .• • • tránsito: Por. consiguiente son objeto de cbntrol , y seguimieAfo pcir parte de las autoridades ambientales, municipales ·y de tránsito, respectivamente.· • ' . \ ' • ' ' ' _· · ' • 1 • ' 2. «Si para la em1s1on. de permisos de. escoinbréras.por parte del Municipio se hace necesario solicitar viabilidad ambiental ante la autoridad ambiental..."• De cónformidad cor:i la Aormativa expÚí,sta en el numern 1 del·. presente concepto, corresponde él las autoridades r:hunicipalE)s competentes establecer los .. sitiós espedficos en los cuales va a funcionar las escombreras municipales. •
- ' . fi· ,. ' . . . De conformidad con eíartículó 8 del la Ley 388 de, 1997, "Lérfµnción pública del ordenamiento
espedficos en los cuales va a funcionar las escombreras municipales. •
- ' . fi· ,. ' . . . De conformidad con eíartículó 8 del la Ley 388 de, 1997, "Lérfµnción pública del ordenamiento d,el t,erritorio rnunicipa/ o distrital se ejerce mediante la accióá úrbanlstica de las 'entidades d/stritales y municipales, referida a /as decisiones· administra/iva.s y a las. actuaéiones · urbanfsticas .que les son • propias, relacionadas· con • el. ordenamiento .de/•.territorio • y • fa_ inte,vención. en los· úsps 'dél suelo.· Son acciones urbanísticas, entre otras:. • • • • 1. Clasificar el territorio en sue/p urt¡ano, rural y dey expansi6r¡ urbana: . . . . .
2. Localizar 'Y señalar l?Js caracterfsticas de la infraestrur;tura para ·et. transporte, /os servicios públicós • domiciliarios, la disposición y tratamiento de los. residuosssó/idos, 1/quidos, .tóxicos y peligrosos y los • equipamientos de· serviciós • de interés público y social,· tales como .centros docentes. y .·110spitalários, aeropuertos y lugares análogos. • • • • ( ) Las, acciones urbanfsticas agur previstasdeberán estar contenidas a autori;adas en los planes de ordenamiento territorial o en los instrumentos que los desarrollen o compleinenteyn,, en los términos previstos en fa presente ley." (Subrayado fúera de texto),· • • • El articulo 24 de la ley en comento, consagra en· cuanto airtsta:ncias .de concertación y. consulta que·:
previstos en fa presente ley." (Subrayado fúera de texto),· • • • El articulo 24 de la ley en comento, consagra en· cuanto airtsta:ncias .de concertación y. consulta que·: 5 "Por la cufi/ se reforma la lay 76_9 de 2002Código Na;ional de Tránsit,a, y fie clictan otras dispó,;;iciones'' (;¡:Hafira :J l·b .rr· fi. :.iB FJ:1fi1cM1, tJ. ·e PfJ>:. 3:1?. :;., 34 • 33fifi 3;¡ Oo , fixtc-ns1ón 23_62 3Ministfi;iode Ambiente, Vivienday' oesarroHÓ Territorial • Oficina Asesora Jurídica • • Repú;blica de Colombia • "El alcalde distrital o municipal, a través de, las oficinas• dé p/aneación .º de fa:-dependenqia que. haga sus • • veces, será responsable de coordinar ta formulación ppo,:tun'{J del proyecto del plan .• de Ordenamiento. Territorial, y de _someterlo a consideración del Consejo.de Gobierno. •. • En todo caso, antes de fa p"esentación del proyecto de p/al) de ordenamiento territorial a consideración . ·del concejo distritq/ o municipal, se surtirán los trá/nites e/e concertación lnterinstitucional y consulta ciudadana .. de aéurardo con e/'s¡guientéprocedimienlo:_ • • t • . - - • • • . . . '- · ; • ' ' ! ' ' • . 1. El proyecto de plan se someterá a cohsideración de la Corporación Autónoma Regional o autoridad ambiental correspondiente, para su .aprobación ·. en lo : concernfrmte • a los asuntos. exclusivamente.
· ; • ' ' ! ' ' • . 1. El proyecto de plan se someterá a cohsideración de la Corporación Autónoma Regional o autoridad ambiental correspondiente, para su .aprobación ·. en lo : concernfrmte • a los asuntos. exclusivamente. ámbienta/es. dentro' del ámbito de 'su competencia',de .acuerdo con lo dispuesto por la Ley 99 de 1993 y • . en especial por su art/cu/o m!: pa'ra lo clial díspondrá de treinta (30) •d/as; sólo podrá ser objetado pqr razones técnicas y ftindái:Jas en )os .estudios previos.: Esta. decisión será, en todo cqso,. apelable ante el Ministerio del Medio Ambiente.'' (Subrayado fuera de texto) • • Lo anterior sin perjuicio• de los permisos y demás autorizaciones , arnbiÉmtales que requiere la escombrera, pqra el aprovechamierto de IQfi recursos naturales renovables. , '. ; • • 1 3. "En el tema de NivelaciQnes y Adecuaé:i ones'topográficas o morfolfigici'cual es 'Ja: entidad competente para la expedición de dichos perrriisiJs( .y cuaJ ,e s la . . norfiativida.d legal vigente.'' • De .conformidad con el concepto ,de lp [Jireéción de. Licencias, Perr_nisos y Tramites Ambientales de este Ministerio radicado 2400fi4-143960 del 7/12/2010:
"Conforme a' lo .establecido en el a1tlculo 44 del Decreto 17 ) 3 "d,f2002, pqr a/cuar,se reglamentó la Ley 142 de 1994, la Ley 632 dé 200y fa leji689 de 2001, enre/acióií' cpn la prestación del sarviciopúb/ico de aseo, y el Decreto Lay 2811 dé 19 7 4 y la Lay 99 de 1993 en re/ación con la Gastión:lntegral.de RasidL/os Sólidos, los productores de escombros tienen la obiigacióo de recolectar, transportar y dlsponecestos materiales en las ascombreras autorizadas, y son al muniéipio o .Disttito, y las persi:mas pres/ador;,s del servicio de aseo los • responsables de coordinar es/as actividades .en et m9rco de. /os progr<1mas astablecidos para el desarrollo del respectivo Plan.de GeStió1r/ntegral deResidllOs Sólidcsi PG/RS. As/ miS'mo, que /a, recolacción, transporte y disposición finá/ de. escombros debe efactuarse· en forma separada del msto deresiduos sólidos. • • Teniendo en Clienta las competencias ·atorgadas; és preciso señfilar que corresponde a /¡is autorídades municipale.s detarminar la ubic.ación, el estado y la legalidad da las escombraras, Jicorde. con lo dispuesto en el artluc/0102 del decreto en cita. ' • • • En relación con las obras de nivelación topoqráficá. fa /eqis/aci6n viqenta n0 establece la necesidad de • . licencia ambiental para su desarrollo: conforme · lo dis'ponen los artlcu/os 7. 8 v .9 da/ Decreto 2820 de
En relación con las obras de nivelación topoqráficá. fa /eqis/aci6n viqenta n0 establece la necesidad de • . licencia ambiental para su desarrollo: conforme · lo dis'ponen los artlcu/os 7. 8 v .9 da/ Decreto 2820 de 2010. por el cual se regula er Titulo VIII de la Lev 99 de 1993. a menos que talas obras se encuentren· ubicadas en áIeas del Sistema de Parques· Nacionales Naturales. • • Sin embargo. es opo,tuno ilidicar que el Decreto 2811 de 197 4. Código Nacional de Recursos Naturales Renovables .v da Protacció/)al Medio Ambiente, establece los modos de adquirir el derecho. de uso o aprfivechamIento da los recursos naturales renovables . . • indicando . Que .e/ mis/no se , adquiere por m1msteno de la lev, concesión o permiso . . sfiqún el recurso que se trate, . a igualmente la /egisfációll (,¡,rrcfira 1 J f·Jt,·. fi'li -· :rn rfiogot¡'.¡, D. C.
Pfji: .·332 ;:¡4 ·fiq • :13·¿ 3·1 Dú. • E'.itC-1',si,}n·. 2fil>2 4; Minis terio de Ambientfi, Viviend/;lyOesarrollo Territorial • ·· •. . • · .. . •.. • . •. . .. · • : ; ' Qñéina A;eson, Jurldica República de Colombia . -,.. ' ' ambiental contempla el otorg_amieqto deau.tbrizacionespata desarrollar, qeterminadas·actividades, en las
República de Colombia . -,.. ' ' ambiental contempla el otorg_amieqto deau.tbrizacionespata desarrollar, qeterminadas·actividades, en las cuales se causa ose.puede causar afectación al tales'recursos: . . ·, •. , • . • . . . ., . ' ' ' ; . ' " ,· . Por 1b anterior, si bien }as Ob(qS de nivelación topográfica no (!Ji:¡µiérén de licencia 'ambien/13( en casó de , .que al qesarrollar·estas obrasreqf.!iera da/uso y/o apim¡édhamiento di} algún, recurso naluial. renováb/e, . se deberá obletJer el permis?; concesión o aut.orízaóión que /as horri)as de'protección a/ rt,edio ambiente establezca,n, de acuerdo con el recurso natural que se.trate. • • • • • Finalmenie. es de· anotar que esta respuesta se hace sin petjuicia de las regulaciones que en materia 'urbanística y/a miréra existan y apliq/Jen pam el inoldmiento de tierras y·las actividaiJes de extracción y captapión del1Jinera/es del súbsáefo:" (fiubrayado fuera d!, texto) • • • • • • .. • ' •• \ '. ' ' • ."·, ' ;_; . :, ·:: ' _,,' -' : ' . '_1_ ." ' •• •• El presente concepto se emite .hecha la, s.al\/edád 6$lablecida en fi1'.inoi$ó 3 éfel ,artlcul.o 25. del Código ,Contencioso Admini strativo·. ' '·
OSKAR A'OG • T SCHRGE DER,MULLER
Jefe Oficina Ase ora Jurí'.dica
Código ,Contencioso Admini strativo·. ' '·
OSKAR A'OG • T SCHRGE DER,MULLER
Jefe Oficina Ase ora Jurí'.dica fi-Proyectó: Piedad Qecilía Hern8ndez Flefiío . :fod.,. 1' Elaboró: Clau<;lia Fernanda Carvaja[•Mir,anda .' Fecfia; 7112/i'01.0 . • • • :· , . I;scombrerfis ·a peticion9:rio 20·1 O Final Cr.1r .fir;,1 :13 /<Jt1 fi,, •·- 3S-8u 8oti'l, o: C. PBX; 3:J,2 34 :S4 • 332_ 3,i 00 • Efitc-nsión: 2.'.:l62.
Ftlx: fi408?11 • - • • ww:✓J. ci1in<m1b:ontE .9ov.,;0
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