OEA-AG-RECOPILACIÓN DE RESOLUCIONES 2020
OEA - Organización de Estados Americanos
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Detalles
- Título
- OEA-AG-RECOPILACIÓN DE RESOLUCIONES 2020
- Autor
- OEA - Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2020
ASAMBLEA GENERAL QUINCUAGÉSIMO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES OEA/Ser.P 20 y 21 de octubre de 2020 AG/doc.5717/20 rev. 1
Washington, D.C., Estados Unidos de América 21 junio 2021
VIRTUAL Original: español
DECLARACIÓN Y RESOLUCIONES APROBADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL
(Revisadas por la Comisión de Estilo) ÍNDICE Página AG/DEC. 102 (L-O/20) Declaración sobre “La Cuestión de las Islas Malvinas” ............................................................................................... 1 AG/RES. 2948 (L-O/20) Apoyo y seguimiento del proceso de Cumbres de las Américas ................................................................................................. 5 AG/RES. 2949 (L-O/20) Aumento y fortalecimiento de la participación de la sociedad civil y los actores sociales en las actividades de la Organización de los Estados Americanos y en el proceso de Cumbres de las Américas ..................................................... 9 AG/RES. 2950 (L-O/20) Promoción de la seguridad hemisférica: un enfoque multidimensional .................................................................................. 13 AG/RES. 2951 (L-O/20) Actualización de las normas de procedimiento del Consejo Permanente y de sus órganos subsidiarios .............................. 47 AG/RES. 2952 (L-O/20) Promoción de la respuesta hemisférica al cambio climático en el contexto de la pandemia de COVID-19 ............................................................................................ 51 AG/RES. 2953 (L-O/20) Papel prioritario de la Organización de los Estados Americanos en el desarrollo de las telecomunicaciones/tecnologías de la información y la comunicación a través de la Comisión
Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) ................................. 55 AG/RES. 2954 (L-O/20) Hacia una Carta Empresarial Interamericana ....................................... 59 AG/RES. 2955 (L-O/20) Impulsando iniciativas hemisféricas en materia de desarrollo integral: promoción de la resiliencia .................................... 71 AG/RES. 2956 (L-O/20) Los desafíos para la seguridad alimentaria y nutricional en las Américas frente a la pandemia de COVID-19 en el marco del Plan de Acción de Guatemala 2019 .................................................................................... 91 AG/RES. 2957 (L-O/20) Programa-presupuesto de la Organización para 2021 .......................... 99 AG/RES. 2958 (L-O/20) Fortalecimiento de la democracia ....................................................... 125 iii AG/RES. 2959 (L-O/20) Derecho internacional ......................................................................... 143 AG/RES. 2960 (L-O/20) Fortalecimiento de la participación de los observadores permanentes en las actividades de la Organización de los Estados Americanos........................................... 151 AG/RES. 2961 (L-O/20) Promoción y protección de derechos humanos .................................. 155 AG/RES. 2962 (L-O/20) Restablecimiento de las instituciones democráticas y el respeto de los derechos humanos en Nicaragua mediante elecciones libres y justas ..................................................... 191 AG/RES. 2963 (L-O/20) La carencia de condiciones democráticas mínimas, para garantizar elecciones libres, justas y transparentes en la República Bolivariana de Venezuela ........................................................................................... 199 AG/RES. 2964 (L-O/20) Sede y fecha del quincuagésimo primer período
ordinario de sesiones de la Asamblea General ................................... 205 iv AG/DEC. 102 (L-O/20)
DECLARACIÓN SOBRE “LA CUESTIÓN DE LAS ISLAS MALVINAS”1/2/
(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 20 de octubre de 2020) LA ASAMBLEA GENERAL, CONSIDERANDO que en reiteradas oportunidades ha declarado que la Cuestión de las Islas Malvinas constituye un tema de permanente interés hemisférico; RECORDANDO su resolución AG/RES. 928 (XVIII-O/88), aprobada por consenso el 19 de noviembre de 1988, que pide a los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones a fin de encontrar, a la brevedad posible, una solución pacífica a la disputa de soberanía; TENIENDO EN CUENTA que en su resolución AG/RES. 1049 (XX-O/90) manifestó su satisfacción por la reanudación de las relaciones diplomáticas entre ambos países; RECONOCIENDO que la incorporación del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a la Organización de los Estados Americanos en calidad de Observador Permanente, mediante la resolución CP/RES. 655 (1041/95), refleja principios y valores compartidos entre ese país y los Estados Miembros de la Organización que permiten un mayor entendimiento mutuo; CONSTATANDO con beneplácito que los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte mantienen importantes vínculos comerciales, culturales y políticos, comparten valores comunes y desarrollan además una estrecha cooperación tanto bilateral
como en los foros internacionales; TENIENDO EN CUENTA que, a pesar de dichos vínculos y valores comunes, no ha sido posible aún reanudar las negociaciones tendientes a resolver la disputa de soberanía entre los dos países sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes en el marco de las resoluciones 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y 43/25 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, las decisiones adoptadas por el mismo órgano sobre el mismo tema originadas en el Comité Especial sobre Descolonización, y las reiteradas resoluciones y declaraciones aprobadas en esta Asamblea General; y HABIENDO ESCUCHADO la exposición del Jefe de la Delegación de la República Argentina,
1. Antigua y Barbuda considera que la República Bolivariana de Venezuela dejó de ser Estado Miembro de la Organización de los Estados Americanos desde el 27 de abril de 2017, fecha en la que el…
2. México reitera la posición expresada en su intervención durante el Informe del Secretario General sobre Credenciales en el marco de la sesión plenaria del quincuagésimo período ordinario… - 2EXPRESA su satisfacción por la reafirmación de la voluntad del Gobierno argentino de continuar explorando todas las vías posibles para la solución pacífica de la controversia y por su actitud constructiva en favor de los habitantes de las Islas Malvinas.
REAFIRMA la necesidad de que los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido
de Gran Bretaña e Irlanda del Norte reanuden, cuanto antes, las negociaciones sobre la disputa de soberanía, con el objeto de encontrar una solución pacífica a esta prolongada controversia. DECIDE continuar examinando la Cuestión de las Islas Malvinas en los sucesivos períodos de sesiones de la Asamblea General, hasta su solución definitiva. - 3NOTAS A PIE DE PÁGINA 1. …Gobierno de dicho país notificó debidamente al Secretario General de su denuncia de la Carta de esta Organización, de conformidad con su artículo 143, y que esta Carta dejó de tener vigencia con respecto a la República Bolivariana de Venezuela cuando ésta dejó de pertenecer a la Organización el 27 de abril de 2019. Antigua y Barbuda no apoyó la resolución CP/RES. 1124 (2217/19), de 9 de abril de 2019, con la cual se pretendía nombrar al señor Gustavo Tarre como representante de la Asamblea Nacional ante la OEA, y tampoco aceptó las credenciales de los funcionarios que pretendían representar a la República Bolivariana de Venezuela en los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General cuadragésimo noveno y quincuagésimo. Por lo tanto, Antigua y Barbuda notifica a todos los Estados Miembros y a la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos que, tal como lo hiciera en el cuadragésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General y hasta nuevo aviso, no se considerará obligado por ninguna declaración ni resolución emanada del quincuagésimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General ni por ninguna futura declaración ni resolución de ningún consejo ni entidad de la Organización que incluya la participación de
cualquier persona o entidad que pretenda hablar o actuar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y para la cual se alcancen 18 votos con la participación de un supuesto representante de la República Bolivariana de Venezuela. 2. …de la Asamblea General. - 5AG/RES. 2948 (L-O/20)
APOYO Y SEGUIMIENTO DEL PROCESO DE CUMBRES DE LAS AMÉRICAS1/2/
(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 20 de octubre de 2020) LA ASAMBLEA GENERAL, TENIENDO EN CUENTA los mandatos e iniciativas emanadas de la Primera Cumbre de las Américas (Miami, 1994), la Cumbre de las Américas sobre Desarrollo Sostenible (Santa Cruz de la Sierra, 1996), la Segunda Cumbre de las Américas (Santiago, 1998), la Tercera Cumbre de las Américas (ciudad de Quebec, 2001), la Cumbre Extraordinaria de las Américas (Monterrey, 2004), la Cuarta Cumbre de las Américas (Mar del Plata, 2005), la Quinta Cumbre de las Américas (Puerto España, 2009), la Sexta Cumbre de las Américas (Cartagena de Indias, 2012), la Séptima Cumbre de las Américas (ciudad de Panamá, 2015)3/ y la Octava Cumbre de las Américas (Lima, 2018)4/; TENIENDO PRESENTE que la Carta Democrática Interamericana es un logro clave del proceso de Cumbres de las Américas, cuyo fundamento se encuentra en los compromisos asumidos
por los líderes en la Cumbre de las Américas celebrada en la ciudad de Quebec en 2001, y que fue aprobada por la Asamblea General en su período extraordinario de sesiones celebrado en Lima (Perú), el 11 de septiembre de 2001; TENIENDO EN CUENTA el reconocimiento, en la Tercera Cumbre de las Américas, de la función que cumple la Comisión sobre Gestión de Cumbres Interamericanas y Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA como coordinadora de los esfuerzos de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en apoyo al proceso de Cumbres de las Américas, y como foro para que la sociedad civil contribuya a dicho proceso; así como el establecimiento de la Secretaría de Cumbres; y DESTACANDO la importancia de dar un seguimiento coordinado, oportuno y eficaz a los mandatos e iniciativas emanadas de las Cumbres de las Américas y el importante apoyo técnico que brindan la OEA y el Grupo de Trabajo Conjunto de Cumbres,
RESUELVE:
1. Continuar implementando los compromisos establecidos en la resolución AG/RES. 2846 (XLIV-O/14), para apoyar el proceso de Cumbres de las Américas, y solicitar a la Secretaría General que, a través de la Secretaría de Cumbres, continúe actuando como memoria institucional y Secretaría Técnica de este proceso, brindando asesoría al país sede de la Novena Cumbre
1. Antigua y Barbuda considera que la República Bolivariana de Venezuela dejó de ser Estado Miembro de la Organización de los Estados Americanos desde el 27 de abril de 2017, fecha en la que el…
2. México reitera la posición expresada en su intervención durante el Informe del Secretario General sobre Credenciales en el marco de la sesión plenaria del quincuagésimo período ordinario…
3. El Gobierno de la República de Nicaragua ha venido dejando su expresa reserva a los mandatos e iniciativas planteadas en la V, VI y VII Cumbre de las Américas, ya que durante el desarrollo de las…
4. En lo que respecta a la VIII Cumbre de las Américas, el Gobierno de la República de Nicaragua hizo del conocimiento de los Jefes de Estado y de Gobierno presentes en la VIII Cumbre de las… - 6de las Américas y a los Estados Miembros, según lo soliciten, en todos los aspectos relacionados con el proceso, y apoyando las actividades de preparación y coordinación técnica de la próxima Cumbre, a celebrarse en Estados Unidos, así como las actividades de la Cumbre vinculadas al vigésimo aniversario de la aprobación de la Carta Democrática Interamericana.
2. Solicitar a la Secretaría General que, a través de la Secretaría de Cumbres, continúe: a) apoyando el seguimiento y difusión de los mandatos e iniciativas de las Cumbres, según corresponda, incluso involucrando los procesos ministeriales; b) ofreciendo apoyo a los Estados Miembros, para la implementación de los mandatos e iniciativas de las Cumbres, brindando apoyo técnico al Sistema de Seguimiento de las Cumbres de las Américas y asesoría a los Estados Miembros, según lo soliciten, en todos los aspectos relacionados con el proceso y apoyando las actividades de seguimiento de la Octava Cumbre5/ celebrada en Lima (Perú), en abril de 2018, principalmente en lo relacionado
con la implementación del Compromiso de Lima; y c) realizando esfuerzos para promover y difundir los mandatos e iniciativas entre los actores involucrados, a fin de facilitar su contribución y su participación en el seguimiento e implementación, a través de las plataformas de información y comunicación disponibles, incluidas las redes sociales y la Comunidad Virtual de Cumbres de las Américas6/.
3. Encomendar a la Secretaría General que, en su calidad de Presidente del Grupo de Trabajo Conjunto de Cumbres (GTCC), continúe coordinando y promoviendo la implementación y seguimiento de los mandatos de las Cumbres de las Américas en las instituciones del GTCC, y que lleve a cabo, por lo menos, una reunión al año de los jefes de instituciones, para examinar los avances logrados y planificar actividades conjuntas, informando al respecto a la Comisión sobre Gestión de Cumbres Interamericanas y Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA (CISC) y al Grupo de Revisión de la Implementación de Cumbres (GRIC).
4. Solicitar que la CISC colabore con la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, en coordinación con la Secretaría de Cumbres, en la organización de una sesión conjunta especial, en el primer trimestre de 2021, con el tema “Resiliencia democrática, el papel de la Carta Democrática Interamericana y el proceso de Cumbres”, con el objetivo de compartir posibles recomendaciones para la consideración del GRIC, antes de la Novena Cumbre de las Américas.
5. Instar a los Estados Miembros a que, por intermedio del GRIC, informen regularmente sobre la implementación y seguimiento de los mandatos e iniciativas establecidos por el proceso de
Cumbres de las Américas, y solicitar a los Estados y a las organizaciones que conforman el GTCC que todavía no hayan presentado su información al Mecanismo de Seguimiento e Implementación del Compromiso de Lima, que lo hagan.
6. Que la ejecución de las actividades previstas en esta resolución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos;
5. Ídem.
6. Ídem. - 7y encomendar a la Secretaría General que utilice sus recursos según sea necesario y que gestione y movilice fondos voluntarios y recursos técnicos de organismos no gubernamentales y de cooperación internacionales, para llevar a cabo las actividades mencionadas en esta resolución, e instar a los Estados Miembros a que contribuyan al financiamiento de estas actividades. - 8NOTAS A PIE DE PÁGINA 1. …Gobierno de dicho país notificó debidamente al Secretario General de su denuncia de la Carta de esta Organización, de conformidad con su artículo 143, y que esta Carta dejó de tener vigencia con respecto a la República Bolivariana de Venezuela cuando ésta dejó de pertenecer a la Organización el 27 de abril de
2019. Antigua y Barbuda no apoyó la resolución CP/RES. 1124 (2217/19), de 9 de abril de 2019, con la cual se pretendía nombrar al señor Gustavo Tarre como representante de la Asamblea Nacional ante la OEA, y tampoco aceptó las credenciales de los funcionarios que pretendían representar a la República Bolivariana de Venezuela en los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General cuadragésimo noveno y
quincuagésimo. Por lo tanto, Antigua y Barbuda notifica a todos los Estados Miembros y a la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos que, tal como lo hiciera en el cuadragésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General y hasta nuevo aviso, no se considerará obligado por ninguna declaración ni resolución emanada del quincuagésimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General ni por ninguna futura declaración ni resolución de ningún consejo ni entidad de la Organización que incluya la participación de cualquier persona o entidad que pretenda hablar o actuar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y para la cual se alcancen 18 votos con la participación de un supuesto representante de la República Bolivariana de Venezuela. 2. …de la Asamblea General. 3. …mismas, los Jefes de Estado y de Gobierno, no pudieron abordar, ni aprobaron las declaraciones políticas de esas Cumbres. Los mandatos y las partes resolutivas de los ejes temáticos, formaban parte de las declaraciones políticas y al no ser aprobadas éstas, aquellos también quedaron sin aprobación; razón por la cual Nicaragua no está de acuerdo en hacer mención de estos documentos y mandatos que no fueron aprobados. 4. …Américas que Nicaragua no aprueba el Compromiso de Lima “Gobernabilidad democrática frente a la corrupción”, ni otros documentos, declaraciones, comunicados o resoluciones que emanen de esta Cumbre, por no haber participado en la negociación de los mismos. - 9AG/RES. 2949 (L-O/20) AUMENTO Y FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y
LOS ACTORES SOCIALES EN LAS ACTIVIDADES DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS Y EN EL PROCESO DE CUMBRES DE LAS AMÉRICAS1/2/
(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 20 de octubre de 2020) LA ASAMBLEA GENERAL, RECONOCIENDO la importancia de la participación de las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales en el fortalecimiento de la democracia, el desarrollo integral, la promoción y protección de derechos humanos y la seguridad multidimensional en todos los Estados Miembros y que su participación en las actividades de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y en el proceso de Cumbres de las Américas debe llevarse a cabo en un marco de estrecha colaboración entre los órganos políticos e institucionales de la Organización y en cumplimiento con lo establecido en la Carta de la Organización de los Estados Americanos y la resolución CP/RES. 759 (1217/99), “Directrices para la participación de las organizaciones de la sociedad civil en las actividades de la OEA”; y TENIENDO EN CUENTA las resoluciones AG/RES. 2933 (XLIX-O/19), AG/RES. 1915
(XXXIII-O/03), AG/RES. 2901 (XLVII-O/17), AG/RES. 2902 (XLVII-O/17), AG/RES. 2920
(XLVIII-O/18), AG/RES. 2924 (XLVIII-O/18), CP/RES. 759 (1217/99), CP/RES. 864 (1413/04) y todas las resoluciones anteriores aprobadas sobre este tema,
RESUELVE:
1. Reafirmar el compromiso y la voluntad de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) de (a) continuar fortaleciendo e implementando espacios y
mecanismos eficaces que generen acciones concretas para apoyar y promover activamente el registro de las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales, así como los esfuerzos, en los ámbitos nacional y multilateral, para que las organizaciones de la sociedad civil y los actores sociales, participen en las actividades de la OEA, de conformidad con las normas y reglamentos de la Organización y (b) continuar participando en el Diálogo de los Jefes de Delegación con representantes de las organizaciones de la sociedad civil, en el marco de los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General y del proceso de Cumbres de las Américas.
2. Encomendar al Consejo Permanente, al Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral y a la Secretaría General que continúen facilitando la implementación de las estrategias, espacios y mecanismos para promover, aumentar y fortalecer la participación de las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales en las Cumbres de las Américas y en las actividades de la
OEA.
1. Antigua y Barbuda considera que la República Bolivariana de Venezuela dejó de ser Estado Miembro de la Organización de los Estados Americanos desde el 27 de abril de 2017, fecha en la que el…
2. México reitera la posición expresada en su intervención durante el Informe del Secretario General sobre Credenciales en el marco de la sesión plenaria del quincuagésimo período ordinario… - 103. Encomendar a la Secretaría General que continúe invitando a los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes de los Estados Miembros o a sus representantes a participar en el Diálogo de los Jefes de Delegación con representantes de las organizaciones de la sociedad civil y otros
actores sociales, en el marco de los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General, a fin de que dichos representantes formulen recomendaciones y propuestas de iniciativas relacionadas con el tema de la Asamblea General.
4. Encomendar a la Secretaría General que continúe apoyando a los Estados Miembros, cuando así lo soliciten, en sus esfuerzos por aumentar y fortalecer la capacidad institucional de sus Gobiernos para recibir, integrar e incorporar los aportes y sugerencias de la sociedad civil y otros actores sociales.
5. Alentar a todos los Estados Miembros, observadores permanentes y otros donantes, según se define en el artículo 74 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General y demás normas y reglamentos de la Organización, a que consideren contribuir al Fondo Específico para Financiar la Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA y en el proceso de Cumbres de las Américas, creado mediante la resolución CP/RES. 864 (1413/04), a fin de mantener y promover la participación eficaz de organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales en las actividades de la Organización, de conformidad con las metas establecidas por la Asamblea General y por los Jefes de Estado y de Gobierno en el proceso de Cumbres de las Américas, incluido el Diálogo de los Jefes de Delegación de los Estados Miembros, el Secretario General y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil.
6. Encomendar a la Secretaría General que identifique los recursos humanos necesarios a fin de dar cumplimiento a los mandatos encomendados por los Estados Miembros con respecto a la
Sección de Relaciones con la Sociedad Civil de la Secretaría de Acceso a Derechos y Equidad. - 11NOTAS A PIE DE PÁGINA 1. …Gobierno de dicho país notificó debidamente al Secretario General de su denuncia de la Carta de esta Organización, de conformidad con su artículo 143, y que esta Carta dejó de tener vigencia con respecto a la República Bolivariana de Venezuela cuando ésta dejó de pertenecer a la Organización el 27 de abril de 2019. Antigua y Barbuda no apoyó la resolución CP/RES. 1124 (2217/19), de 9 de abril de 2019, con la cual se pretendía nombrar al señor Gustavo Tarre como representante de la Asamblea Nacional ante la OEA, y tampoco aceptó las credenciales de los funcionarios que pretendían representar a la República Bolivariana de Venezuela en los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General cuadragésimo noveno y quincuagésimo. Por lo tanto, Antigua y Barbuda notifica a todos los Estados Miembros y a la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos que, tal como lo hiciera en el cuadragésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General y hasta nuevo aviso, no se considerará obligado por ninguna declaración ni resolución emanada del quincuagésimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General ni por ninguna futura declaración ni resolución de ningún consejo ni entidad de la Organización que incluya la participación de cualquier persona o entidad que pretenda hablar o actuar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y para la cual se alcancen 18 votos con la participación de un supuesto representante de la República Bolivariana
de Venezuela. 2. …de la Asamblea General. - 13AG/RES. 2950 (L-O/20)
PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD HEMISFÉRICA: UN ENFOQUE MULTIDIMENSIONAL1/2/
(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 21 de octubre de 2020) LA ASAMBLEA GENERAL, VISTO el “Informe anual del Consejo Permanente a la Asamblea General julio 2019-octubre 2020” (AG/doc.5691/20 add. 1), en particular la sección que se refiere a las actividades de la Comisión de Seguridad Hemisférica (CSH); REAFIRMANDO su compromiso de promover y fortalecer la paz en el Hemisferio, con pleno respeto a la soberanía de cada Estado y el derecho internacional y de conformidad con la legislación interna de cada país, los principios y valores compartidos, las perspectivas y compromisos comunes y las medidas de cooperación articuladas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos y en la Declaración sobre Seguridad en las Américas; TENIENDO EN CUENTA el impacto sin precedentes de la pandemia de COVID-19 en la salud, la seguridad y el bienestar de los pueblos de las Américas, y reafirmando la importancia de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para contribuir a los esfuerzos nacionales y regionales dirigidos a la reducción de los impactos de la pandemia en la seguridad hemisférica bajo una perspectiva multidimensional; VISTOS los informes anuales a la Asamblea General, en su quincuagésimo período ordinario de sesiones, de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CP/doc.5625/20),
del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CP/doc.5612/20) y de la Junta Interamericana de Defensa (CP/doc.5598/20 corr. 1); TENIENDO EN CUENTA los resultados, informes y recomendaciones de las reuniones y conferencias sobre temas de seguridad realizadas en cumplimiento de los mandatos de esta Asamblea General3/, RECONOCIENDO con preocupación la grave situación global que afecta a los Estados Miembros como consecuencia de la pandemia de COVID-19, así como los daños económicos y sociales conexos, por lo que es necesario fortalecer a la Organización sin descuidar los avances alcanzados en materia de seguridad para combatir la violencia y la delincuencia organizada trasnacional y consolidar la cooperación con otras instituciones internacionales en el ámbito de sus competencias, con miras a contribuir a los esfuerzos para proteger la seguridad ciudadana y enfrentar, mitigar y atender la epidemia en las Américas.
1. Antigua y Barbuda considera que la República Bolivariana de Venezuela dejó de ser Estado Miembro de la Organización de los Estados Americanos desde el 27 de abril de 2017, fecha en la que el…
2. México reitera la posición expresada en su intervención durante el Informe del Secretario General sobre Credenciales en el marco de la sesión plenaria del quincuagésimo período ordinario…
3. Séptima Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública de las Américas (MISPA-VII), Ecuador, octubre 30 y 31 de 2019; Reunión especial sobre vínculos entre el delito…
- 14RESUELVE:
I. ACTIVIDADES DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD HEMISFÉRICA
Y DE LOS ESTADOS MIEMBROS
1. Reafirmar la vigencia de los mandatos aplicables de la Asamblea General sobre seguridad hemisférica (documento CP/CSH/INF.502/20), exhortar al Consejo Permanente, a través de la Comisión de Seguridad Hemisférica (CSH), y a los Estados Miembros a que continúen contribuyendo al logro de los objetivos establecidos en dichos mandatos mediante el desarrollo, la ejecución, la evaluación y la presentación de informes sobre los programas, el intercambio de información y la adopción de medidas y políticas de cooperación, así como mediante la asistencia mutua y aportes y apoyo técnicos y financieros, y encomendar a la Secretaría General que brinde el apoyo necesario a tales efectos y continúe la implementación de esos mandatos.
I. Perspectiva y revisión de la seguridad multidimensional en el Hemisferio
A. Declaración sobre Seguridad en las Américas
2. Encomendar a la CSH que, en el primer semestre de 2021, lleve a cabo una sesión para examinar la Declaración sobre Seguridad en las Américas, teniendo en cuenta las nuevas amenazas, preocupaciones y otros desafíos, y evaluar la conveniencia de convocar una conferencia especial sobre seguridad para seguir impulsando la seguridad hemisférica. Solicitar que los Estados Miembros den sus opiniones por escrito a la CSH a más tardar el 15 de febrero de 2021.
3. Instar a los Estados Miembros a que promuevan la representación equitativa de las mujeres en todos los procesos de adopción de decisiones con respecto a asuntos de seguridad y solicitar a la Secretaría de Seguridad Multidimensional (SSM) que incluya en sus actividades la promoción de
la participación efectiva de la mujer en dichos procesos.
4. Reafirmar el vigésimo aniversario de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sobre mujeres, paz y seguridad que resalta la importancia de la participación de las mujeres de manera igualitaria a la construcción de la paz, la negociación y prevención de conflictos.
B. Efectos de la pandemia de COVID-19 en la seguridad hemisférica
5. Solicitar a la SSM que elabore programas específicos de asistencia técnica para los Estados Miembros, con ajuste a la disponibilidad de recursos financieros, para mejorar o fortalecer las capacidades institucionales en los aspectos de la seguridad hemisférica exacerbados por la actual pandemia de COVID-19, tales como: • Seguridad pública • Amenazas a la ciberseguridad y seguridad de la infraestructura crítica • Falsificación y contrabando de medicamentos e insumos médicos • Trata de personas y tráfico ilícito de migrantes • Delincuencia organizada transnacional y sus actividades ilícitas • Abuso de drogas - 15 - • Violencia doméstica
6. Solicitar a la SSM que informe a la CSH sobre el avance en el cumplimiento del mandato establecido en el párrafo anterior y que identifique, con base en la información proporcionada por los Estados Miembros, otros aspectos de la seguridad hemisférica afectados por
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