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OEA-AG-RECOPILACIÓN DE RESOLUCIONES 2022

OEA - Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA-AG-RECOPILACIÓN DE RESOLUCIONES 2022
Autor
OEA - Organización de Estados Americanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2022

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

ASAMBLEA GENERAL

QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES Lima, Perú 5, 6 y 7 de octubre de 2022

ACTAS Y DOCUMENTOS VOLUMEN I AG/DEC. 106 (LII-O/22) a AG/DEC. 109 (LII-O/22) AG/RES. 2982 (LII-O/22) a AG/RES. 2996 (LII-O/22)

TEXTOS CERTIFICADOS DE LAS DECLARACIONES Y LAS RESOLUCIONES

AG

SECRETARÍA GENERAL

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

WASHINGTON, D.C. 20006

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

ASAMBLEA GENERAL OEA/Ser.P/LII-O.2 8 Junio 2023

Volumen 1

QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES Lima, Perú 5, 6 y 7 de octubre de 2022

ACTAS Y DOCUMENTOS VOLUMEN I AG/DEC. 106 (LII-O/22) a AG/DEC. 109 (LII-O/22) AG/RES. 2982 (LII-O/22) a AG/RES. 2996 (LII-O/22)

TEXTOS CERTIFICADOS DE LAS DECLARACIONES Y LAS RESOLUCIONES

SECRETARÍA GENERAL

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

WASHINGTON, D.C. 20006

AG CERTIFICO que en el presente volumen se reproducen los textos oficiales de las declaraciones y las resoluciones aprobadas por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en su quincuagésimo segundo período ordinario de sesiones, celebrado en Lima, Perú, los días 5, 6 y 7 de octubre de 2022, carl Luis Almagro Secretario General Organización de los Estados Americanos ÍNDICE AG/DEC. 106 (LII-O/22) Declaración de Lima: “Juntos contra la desigualdad y la discriminación”................................................................................ AG/DEC. 107 (LII-O/22) Declaración sobre “La cuestión de las Islas Malvinas”................... AG/DEC. 108 (LII-O/22) Respaldo a la paz total en Colombia................................................ AG/DEC. 109 (LII-O/22) Declaración de solidaridad con el pueblo argentino ante el intento de magnicidio sufrido por la Vicepresidenta de la

República Argentina...................................................................... AG/RES. 2982 (LII-O/22) La situación de la seguridad en Haití y la cooperación hemisférica para la preservación la democracia y la lucha contra la inseguridad alimentaria................................................... AG/RES. 2983 (LII-O/22) Aumento y fortalecimiento de la participación de la sociedad civil y los actores sociales en las actividades de la Organización de los Estados Americanos y en el proceso de Cumbres de las Américas............................................................... AG/RES. 2984 (LII-O/22) Apoyo y seguimiento del proceso de Cumbres de las Américas........................................................................................ AG/RES. 2985 (LII-O/22) Programa-presupuesto de la Organización para 2023................... AG/RES. 2986 (LII-O/22) Promoción de la seguridad hemisférica: un enfoque multidimensional............................................................................ AG/RES. 2987 (LII-O/22) Papel prioritario de la Organización de los Estados Americanos en el desarrollo de las telecomunicaciones/tecnologías de la información y la comunicación a través de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL)....................................................... AG/RES. 2988 (LII-O/22) Impulsando iniciativas hemisféricas en materia de desarrollo integral: promoción de la resiliencia.............................................. AG/RES. 2989 (LII-O/22) Fortalecimiento de la democracia................................................ AG/RES. 2990 (LII-O/22) Derecho internacional.................................................................. AG/RES. 2991 (LII-O/22) Promoción y protección de derechos humanos............................ AG/RES. 2992 (LII-O/22) Situación de la seguridad alimentaria y nutricional en las

Américas..................................................................................... AG/RES. 2993 (LII-O/22) Recuperación y fortalecimiento de sistemas de salud inclusivos y resilientes................................................................. AG/RES. 2994 (LII-O/22) El liderazgo de las mujeres para el avance de la igualdad de género y la democracia en las Américas...................................... AG/RES. 2995 (LII-O/22) La crisis política y de derechos humanos en Nicaragua.............. AG/RES. 2996 (LII-O/22) Voto de agradecimiento al pueblo y Gobierno del Perú..............

AG/DEC. 106 (LII-O/22)

DECLARACIÓN DE LIMA:

“JUNTOS CONTRA LA DESIGUALDAD Y LA DISCRIMINACIÓN” /

1 (Aprobada en la cuarta sesión plenaria celebrada el 7 de octubre de 2022) LAS MINISTRAS Y MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA), reunidos en Lima (Perú), el 5, 6 y 7 de octubre de 2022, con ocasión de la celebración del quincuagésimo segundo período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, CONSIDERANDO: Que el tema central del quincuagésimo segundo período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA destaca la importancia de realizar esfuerzos coordinados para luchar contra la desigualdad y la discriminación en todas sus formas y manifestaciones; Que la dignidad inherente a toda persona humana y la igualdad entre los seres humanos son principios básicos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Declaración

Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Protocolo de San Salvador; la Convención Interamericana contra toda Forma de Discriminación e Intolerancia; la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (“Convención de Belem do Pará”); la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, y otros instrumentos internacionales y regionales relevantes, según corresponda; Que la desigualdad, la discriminación y la pobreza tienen un impacto directo en el pleno goce de los derechos humanos y libertades fundamentales, en especial de las personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad que han sido históricamente discriminados, afectando transversalmente la gobernabilidad democrática; Que, según se reconoce en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el Protocolo de San Salvador y en la Carta Democrática Interamericana, la eliminación de toda forma de discriminación, especialmente, por razones de género, étnicas y raciales, entre otras, y de las diversas formas de intolerancia, incluyendo aquellas de naturaleza política, contribuye al fortalecimiento de la gobernabilidad democrática y la participación ciudadana; Que la desigualdad y las brechas sociales se profundizan por la persistencia de la exclusión

de poblaciones tradicionalmente marginadas debido a la falta de acceso a servicios básicos de salud y derechos fundamentales, a una educación de calidad e inclusiva, a la protección social, a la seguridad alimentaria, a la inclusión financiera, al trabajo decente y a la justicia, entre otras cuestiones, situación que afecta sus derechos humanos y reduce significativamente las oportunidades para su participación plena, equitativa y efectiva en la vida política y su desarrollo integral; 1 .Trinidad y Tobago denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos el 26 de mayo de 1998, con efecto el 26 de mayo de 1999. En consecuencia, Trinidad y Tobago no puede unirse al… Que la desigualdad y la discriminación afectan el derecho a participar en la vida política, particularmente de las personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad que han sido históricamente discriminados, y plantean desafíos para avanzar hacia el afianzamiento de la gobernabilidad democrática en el Hemisferio; Que América Latina y el Caribe se encuentran entre las regiones más desiguales del mundo, y que la pandemia de COVID-19, la crisis económica, climática y alimentaria, así como los eventos coyunturales internacionales que impactan directamente la vida de los seres humanos han intensificado las desigualdades estructurales, profundizando la pobreza y afectando principalmente a todas las mujeres, niñas, adolescentes y a las personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad que han sido históricamente discriminados; Que resulta necesario avanzar en la consecución de los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, recordando especialmente que el Objetivo 10 “Reducir la desigualdad en los

países y entre ellos” y el Objetivo 5 “Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas”, y sus respectivas metas, buscan alcanzar la igualdad de oportunidades y de género, así como el empoderamiento de todas las mujeres, niñas y adolescentes; Que es importante la participación de la sociedad civil, el sector privado y otros actores relevantes en la lucha contra la desigualdad y la discriminación; y Que es necesario enfrentar el cambio climático y sus graves efectos en nuestra región, así como reforzar nuestras sociedades, infraestructuras y economías para avanzar hacia la resiliencia al cambio climático, con acceso a fuentes de financiamiento; y OBSERVANDO que la inclusión de los grupos que han sido históricamente marginados y la mejora de su situación beneficiará a toda la sociedad, además de que estimulará su participación en la economía y, con ello, estimulará el desarrollo económico,

DECLARAN:

1. La importancia de colocar a las personas y sus comunidades en el centro de las políticas nacionales sobre desarrollo y lucha contra la desigualdad y la discriminación, adoptando medidas concretas para revertir la persistencia de las inequidades y desigualdades en el Hemisferio, particularmente a raíz de los impactos derivados de la pandemia de COVID-19.

2. Su compromiso de fortalecer la gobernabilidad e institucionalidad democrática en los países de la región como factor de cohesión social, promoviendo las condiciones que generen sociedades igualitarias, justas y prósperas, asegurando el respeto de los procesos democráticos y los derechos de todas las personas, incluyendo especialmente a los miembros de grupos minoritarios.

3. Su compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos de todas las personas y su convicción de que el efectivo goce de los derechos humanos y libertades fundamentales es condición indispensable para la existencia de sociedades democráticas e inclusivas.

4. La reafirmación del compromiso de promover la inclusión y participación social, política y económica a fin de elevar las condiciones de vida de los pueblos del Hemisferio y fortalecer la gobernabilidad democrática, así como fomentar la credibilidad y la confianza ciudadana 3 en las instituciones democráticas, en particular la legitimidad de los procesos electorales, con pleno respeto al Estado de derecho y promover la transparencia y la rendición de cuentas de las instituciones y los procesos democráticos.

5. La necesidad de lograr aumentos significativos del financiamiento en condiciones favorables y de las inversiones de una amplia variedad de fuentes públicas y privadas, al igual que de la cooperación internacional para el desarrollo, incluyendo organismos multilaterales, países desarrollados y sector privado, a fin de alcanzar sociedades igualitarias, justas, diversas y prósperas.

6. La importancia de reducir la brecha digital en nuestros países, incluyendo la brecha digital de género y subrayando la importancia del acceso equitativo a las tecnologías de la información y la comunicación, la ciberseguridad, la alfabetización digital y la protección de los datos personales, así como la importancia del aprovechamiento de las nuevas tecnologías desde una visión equitativa y neutra para impulsar el desarrollo de nuestras sociedades, en particular para los grupos que tradicionalmente han estado subrepresentados, como las mujeres y las poblaciones o los grupos en situación de vulnerabilidad.

7. Su compromiso de reducir los obstáculos a la inclusión financiera, particularmente entre personas en situación de pobreza y vulnerabilidad, y aquellos que carecen de servicios bancarios, con la ayuda de estrategias de inclusión financiera, el uso de productos y servicios financieros e innovadores, y su compromiso de mejorar la cooperación multilateral con los Estados Miembros a fin de promover marcos regulatorios financieros globales justos, coherentes y predecibles que coadyuven al desarrollo económico sostenible equitativo e inclusivo en todo el

Hemisferio.

8. La necesidad de combatir la pobreza como la manifestación más alta de la desigualdad y la exclusión de amplios grupos de la población, teniendo en cuenta que el ejercicio sustantivo de la democracia requiere la participación de la ciudadanía y de las organizaciones sociales, sin exclusiones.

9. Su condena a toda distinción, exclusión, restricción o preferencia y, especialmente, cualquier tipo de violencia por motivos de, pero no limitados a, raza, color, sexo, género, idioma, religión, etnia, origen o identidad indígena o afrodescendiente, edad, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social, discapacidad, orientación sexual e identidad o expresión de género, y que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas / / /.

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10. La importancia de aplicar la perspectiva de género y la interseccionalidad, entendida

como la interconexión de formas múltiples de discriminación, exclusión y desigualdad, de modo que sean sensibles a las diferencias y requerimientos de los grupos que tradicionalmente han estado 0 .La República del Paraguay deja constancia de que los párrafos de la presente Declaración serán interpretados de conformidad con su ordenamiento jurídico interno, en particular la expresión… 0 .El Estado de Guatemala declara que sus relaciones con otros Estados se rigen de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento… 0 . La República de El Salvador reafirma su firme voluntad con el cumplimiento de sus obligaciones y compromisos adquiridos, tanto a nivel del sistema interamericano como universal, en materia… 4 subrepresentados, como las mujeres y las poblaciones o los grupos en situación de vulnerabilidad, entre otros.

11. Su convicción de que el empoderamiento y autonomía de todas las mujeres, conducente a la plena, igualitaria, significativa y efectiva participación de las mujeres y los grupos tradicionalmente excluidos de las estructuras políticas de poder, especialmente en aquéllas con poder decisorio, es indispensable para alcanzar soluciones efectivas y duraderas.

12. Su decisión de continuar promoviendo —a través de acciones de cooperación y el multilateralismo, siempre en cumplimiento y en adhesión a las prioridades nacionales de desarrollo de cada uno de los Estados Miembros”— el fortalecimiento de las instituciones, valores, prácticas y la gobernabilidad democrática, la lucha contra la corrupción y la consolidación del Estado de derecho, el logro del pleno goce y ejercicio efectivo de los derechos humanos y la reducción de la pobreza, la desigualdad, el racismo y la exclusión social, política o económica.

5 NOTAS A PIE DE PÁGINA 1. consenso sobre los párrafos preambulares #2 y #4, en los que se hace referencia a la mencionada convención y su Protocolo Adicional en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador), pues ya no está obligado por esa Convención y ya que tampoco es signatario del mencionado protocolo, ni de la Convención Interamericana contra toda Forma de Discriminación e Intolerancia (2013) y ni de la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia (2013). Además, Trinidad y Tobago no puede sumarse al consenso sobre el párrafo operativo #9 debido a un conflicto con la legislación nacional vigente. El Gobierno de Trinidad y Tobago sigue plenamente comprometido con la promoción y preservación del Estado de derecho y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, tal como está consagrado en la Constitución de Trinidad y Tobago. 2. …”identidad o expresión de género”. La República del Paraguay no apoya referencias que colisionan con su legislación nacional o que no se encuentren contempladas en su ordenamiento jurídico. 3. …de la paz y la libertad, al respeto y la defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados. Guatemala promueve, defiende y protege al mismo nivel y sin discriminación alguna los derechos humanos de todas las personas reconocidas en los pactos internacionales, conforme su texto, según el sentido propio de sus palabras, a su contexto y de acuerdo con las disposiciones constitucionales.

Según la Constitución Política de la República de Guatemala, el hombre y la mujer, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. En ese sentido, el Estado guatemalteco reconoce el derecho de toda persona a gozar de sus libertades fundamentales sin que ello exija alterar las bases antropológicas sobre las cuales descansa su ordenamiento jurídico. Por tal motivo, Guatemala se desasocia de todas las disposiciones, usos o términos de la presente resolución que no estén expresamente plasmados en los compromisos internacionales de los que forma parte y que contravengan su legislación nacional, incluyendo, pero no limitándose a la interpretación y/o reconocimiento legal de “orientación sexual”, “identidad o expresión de género” y, en general, el uso e interpretación de los términos “diversidad” o “identidad” en el contexto sexual y/o de género. 4. …de derechos humanos. El Salvador establece reserva a cualquier interpretación o aplicación de los términos contenidos en esta Declaración que, por su naturaleza y alcance, riñan con principios constitucionales y del ordenamiento jurídico interno. Asimismo, aquellos que, en el ámbito legal, no sean acordes a políticas públicas orientadas a favorecer a las grandes mayorías o que tiendan a modificar lenguaje acordado en tratados internacionales ratificados por el país. El Salvador ratifica su compromiso con la plena aplicación del principio constitucional de igualdad y no discriminación de las personas y el cumplimiento de las obligaciones derivadas en este principio aplicables a la legislación nacional. Asimismo, reafirma su responsabilidad de continuar trabajando de manera articulada, para transformar patrones socioculturales que generan violencia, desigualdad y discriminación en todos los ámbitos.

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AG/DEC. 107 (LII-O/22)

DECLARACIÓN SOBRE “LA CUESTIÓN DE LAS ISLAS MALVINAS”

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria celebrada el 7 de octubre de 2022) LA ASAMBLEA GENERAL, CONSIDERANDO que en reiteradas oportunidades ha declarado que la Cuestión de las Islas Malvinas constituye un tema de permanente interés hemisférico; RECORDANDO su resolución AG/RES. 928 (XVIII-O/88), aprobada por consenso el 19 de noviembre de 1988, que pide a los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones a fin de encontrar, a la brevedad posible, una solución pacífica a la disputa de soberanía; TENIENDO EN CUENTA que en su resolución AG/RES. 1049 (XX-O/90) manifestó su satisfacción por la reanudación de las relaciones diplomáticas entre ambos países; RECONOCIENDO que la incorporación del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a la Organización de los Estados Americanos en calidad de Observador Permanente, mediante la resolución CP/RES. 655 (1041/95), refleja principios y valores compartidos entre ese país y los Estados Miembros de la Organización que permiten un mayor entendimiento mutuo; CONSTATANDO con beneplácito que los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte mantienen importantes vínculos comerciales, culturales y políticos, comparten valores comunes y desarrollan además una estrecha cooperación tanto bilateral como en los foros internacionales; TENIENDO EN CUENTA que, a pesar de dichos vínculos y valores comunes, no ha sido

posible aún reanudar las negociaciones tendientes a resolver la disputa de soberanía entre los dos países sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes en el marco de las resoluciones 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y 43/25 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, las decisiones adoptadas por el mismo órgano sobre el mismo tema originadas en el Comité Especial sobre Descolonización, y las reiteradas resoluciones y declaraciones aprobadas en esta Asamblea General; y HABIENDO ESCUCHADO la exposición del Jefe de la Delegación de la República Argentina, EXPRESA su satisfacción por la reafirmación de la voluntad del Gobierno argentino de continuar explorando todas las vías posibles para la solución pacífica de la controversia y por su actitud constructiva en favor de los habitantes de las Islas Malvinas. REAFIRMA la necesidad de que los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte reanuden, cuanto antes, las negociaciones sobre la disputa de soberanía, con el objeto de encontrar una solución pacífica a esta prolongada controversia. DECIDE continuar examinando la Cuestión de las Islas Malvinas en los sucesivos períodos de sesiones de la Asamblea General, hasta su solución definitiva. 9

AG/DEC. 108 (LII-O/22)

RESPALDO A LA PAZ TOTAL EN COLOMBIA

(Aprobada en la primera sesión plenaria celebrada el 6 de octubre de 2022)

LA ASAMBLEA GENERAL,

TENIENDO EN CUENTA que la paz es un valor fundamental en el Continente, de conformidad con los principios establecidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos; RECORDANDO el compromiso plasmado en la resolución AG/RES. 2862 (XLIV-O/14), en el que la Asamblea General declaró a las Américas zona de paz; REITERANDO que la paz es un valor y un principio en sí mismo, que se basa en la democracia, la justicia, el respeto a los derechos humanos, la solidaridad, la seguridad y el respeto al derecho internacional; y que la paz es un bien supremo y anhelo legítimo de todos los pueblos y que su preservación es un elemento sustancial de la integración y cooperación hemisférica; RECORDANDO la resolución AG/RES. 2880 (XLVI-O/16) de la Asamblea General en la que se declaró la importancia fundamental para las Américas del proceso de negociación entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) como un aporte a la construcción permanente de las Américas como zona de paz; REITERANDO el espíritu de las declaraciones del Consejo Permanente CP/DEC. 65 (2087/16) y CP/DEC. 67 (2096/16), en las que se respaldan los esfuerzos para la construcción de la paz en Colombia; RECORDANDO su apoyo a los esfuerzos para la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito en 2016; DESTACANDO que el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción

de una Paz Estable y Duradera, suscrito en 2016, reconoce el importante papel que desempeñan las mujeres en la prevención y solución de los conflictos y en la consolidación de la paz, y la necesidad de promover y fortalecer la participación política y ciudadana de las mujeres, más aún en el marco del fin del conflicto, donde su liderazgo y participación en pie de igualdad son necesarios y esenciales en los procesos de toma de decisiones públicas y en la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas gubernamentales para alcanzar una paz estable y duradera; CONSIDERANDO que el Gobierno de Colombia ha señalado como tarea primordial la construcción de un entorno de paz total, donde toda la ciudadanía pueda vivir en igualdad de condiciones, equidad de género y sobre fuertes bases de justicia social, justicia económica y justicia ambiental; y DESTACANDO el acompañamiento amplio y flexible que la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia (MAPP/OEA) ha venido brindando a partir de su experiencia, el despliegue territorial y las capacidades desarrolladas en más de 18 años de trabajo ininterrumpido,

DECLARA:

1. La importancia fundamental de la consolidación de la paz en Colombia como un aporte a la construcción permanente de las Américas como zona de paz.

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2. Que valora de manera positiva los esfuerzos del Presidente Gustavo Petro y del Gobierno de Colombia encaminados al logro de la paz total, así como el compromiso para consolidar una política estatal que provea de soporte institucional a los esfuerzos de construcción de paz en el país.

3. Que reconoce el esfuerzo del Gobierno de Colombia por hacer partícipes a todos los sectores de la sociedad colombiana para el exitoso logro de los objetivos de esta meta; y exhorta a todas las partes a seguir trabajando conjuntamente para lograr la paz que Colombia y el Hemisferio anhelan.

4. Que respalda las iniciativas que contribuyan a fortalecer la perspectiva de género y garantizar y promover el aumento de la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en la construcción de la paz, la prevención y la solución de los conflictos en Colombia.

5. Su reconocimiento a las labores que la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia ha realizado, en cumplimiento de sucesivos mandatos.

6. Su llamado a los órganos de la OEA, a los Estados Miembros y a la comunidad internacional para que continúen acompañando la construcción de una paz estable y duradera en

Colombia.

7. Su disposición para continuar respaldando estos esfuerzos.

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AG/DEC. 109 (LII-O/22)

DECLARACIÓN DE SOLIDARIDAD CON EL PUEBLO ARGENTINO

ANTE EL INTENTO DE MAGNICIDIO SUFRIDO POR LA VICEPRESIDENTA

DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

(Aprobada en la primera sesión plenaria celebrada el 6 de octubre de 2022) LA ASAMBLEA GENERAL, HABIENDO tomado conocimiento del intento de magnicidio contra la actual Vicepresidenta y Presidenta del Senado, y dos veces Presidenta de la República Argentina, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, ocurrido el 1 de septiembre de 2022; DESTACANDO las expresiones de repudio de la comunidad internacional al intento de

magnicidio perpetrado contra la Vicepresidenta de la República Argentina; TOMANDO EN CUENTA las manifestaciones de condena y las muestras de solidaridad y apoyo por parte de la Presidencia del Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, los Estados Miembros, los observadores permanentes y la Secretaría General, en el marco de la sesión ordinaria del Consejo Permanente el pasado 7 de septiembre; y RESALTANDO la necesidad de redoblar los esfuerzos para erradicar de nuestro continente las acciones de violencia política y discursos de odio hacia quienes piensan de una forma distinta, que hieren a nuestras sociedades,

DECLARA:

1. Su solidaridad con el Gobierno y el pueblo de la República Argentina por el atentado contra la vida de la Vicepresidenta y Presidenta del Senado, y dos veces Presidenta de la República Argentina, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, acción que constituye una afrenta a la democracia.

2. Su apoyo a la sociedad argentina que, a casi 40 años ininterrumpidos de democracia, ha sabido consolidar sus instituciones republicanas, fomentando la convivencia pacífica y la tolerancia.

3. Su más enérgica condena al intento de magnicidio cometido contra la Vicepresidenta de la República Argentina.

4. Su rechazo a toda forma de violencia política y su constante apoyo al diálogo y al respeto de las instituciones democráticas del Estado, así como la necesidad del pronto y completo esclarecimiento y condena a los responsables de tal lamentable hecho.

5. Su permanente llamado a buscar los caminos que conduzcan a la paz social y al respeto de las instituciones democráticas y el Estado de derecho.

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AG/RES. 2982 (LII-O/22)

LA SITUACIÓN DE LA SEGURIDAD EN HAITÍ

Y LA COOPERACIÓN HEMISFÉRICA PARA LA PRESERVACIÓN

LA DEMOCRACIA Y LA LUCHA CONTRA LA INSEGURIDAD ALIMENTARIA

(Aprobada en la primera sesión plenaria celebrada el 6 de octubre de 2022) LA ASAMBLEA GENERAL, CONSIDERANDO la declaración de los Ministros de Relaciones Exteriores y Jefes de Delegación sobre la situación en Haití durante el quincuagésimo primer período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA); RECORDANDO la resolución CP/RES. 1168 (2315/21), de 17 de marzo de 2021, mediante la cual se establece la Misión de Buenos Oficios con el mandato de facilitar el diálogo político que conduzca a elecciones libres e imparciales; REAFIRMANDO que cualquier solución a la actual crisis multidimensional de Haití requiere los esfuerzos de todas las partes interesadas de la nación haitiana, como son el Gobierno, la oposición, la sociedad civil, incluidas las organizaciones de mujeres y los sectores privado y religioso; RECORDANDO la resolución 2645 (2022) aprobada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en su 9095ª sesión; CONSIDERANDO las preocupaciones expresadas por el Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Haití en su intervención ante el Consejo Permanente de la OEA el 17 de agosto de 2022; CONSIDERANDO TAMBIÉN el último informe de las Naciones Unidas sobre la seguridad alimentaria en Haití;

CONSIDERANDO ASIMISMO los efectos devastadores del terremoto del 14 de agosto de 2021, que asoló el Grand Sud de la República de Haití; REITERANDO las recomendaciones de la Misión de Buenos Oficios de la O

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