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OEA - AG RES. 19 (I-E70)

OEA - Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - AG RES. 19 (I-E70)
Autor
OEA - Organización de Estados Americanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

- 53AG/RES. 19 (I-E/70)

PECHA Y SEDE DEL PRll1ER IERIODO ORDINARIa

DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

(Reso1uci6n aprobada en 1a s~ptima sesi6n p1enaria, ce1ebrada e1 7 de julio de 1970) LA ASAMBLEA GENERAL CONSIDERANOO: Que de conformidad con el artIculo 55 de la Carta la Asamblea General se reunira anualmente en 1a epoca que determine el reglamento y en 1a sede se1eccionada conforme a1 principio de rotacion y que corresponde a 1a pro pia Asamblea determiner le fecha y 1a sede de sus per1odos ordinarios de sesiones, y (,ue en e1 presente periodo de sesiones 1a Asamb1ea no ha dispuesto de tiempo 6uficiente para examinar 10 relativo a la determinacion de sede y especialmente a la forma en que debers aplicarse el principia de rotacion,

RESUELVE:

1. Fijar e1 14 de abri1 de 1971 como fecha de iniciacion de su primer periodo ~ldinario de sesiones.

,

2. Encomendar al Consejo Permenente que estudie el procedimiento que deba adoptarse para aplicar el principio de rotacion a que se refiere el articulo 55 de la Carta y que, siguiendo ese procedimiento, seleccione la sede del primer periodo ordinario de sesiones.

3. Pedir al Conse~o Permanente que en dicho perfodo de sesiones someta a la consideracion de la Asamblea General e1 mencionado procedimien to para su ap1icacion en e1 futuro.

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