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OEA - AG RES. 21 (I-E70)

OEA - Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - AG RES. 21 (I-E70)
Autor
OEA - Organización de Estados Americanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

- 55AG/RES. 21 (I-E/70)

DISTRIBUCION ZONAL PARA LA INTEGRACION DE LA CE~IECC

(Resoluci6n aprobada en la s~ptima sesi6n planaria, celebrada el 7 de julio de 1970) LA ASfu~LEA GB~ERAL CmJ8IDER1\NDO: (~ueel articulo 30 del Estatuto del Consejo Interamericano para Ia l':du~aci6n,lEiCiencia y la Cultura (cnx:::c) establece que lienla elecd6~ de los miembros (de la Comisi6n Ejecutiva Permanente) se tendr~ en cncnta, en 10 posible, los principios de l.aequitativa representaci6n r:f:;o~r~fica",y que el artIculo 28 fija en diez (10) el nmnero de miembro,", adem~c del Presidente, e indica que ellos deben renovarse por tercios c.ada ana ; Que dicho Estatuto establece en una disposici6n transitoria, quela Comisi6n Ejecutiva del Consejo Interamericano Cultural (CECIC) con su ac tual integraci6n se convertir~ en la Comisi6n Ejecutiva Permanentedel ClECC ; ~ue el CrEGC, pOl'Resoluci6n CIECC-3/70 decidi6 que el t~rmino d0 J1lraci6n de los mandatos de los miembros en ejercicio actual de sus car gos, comience a contarse a partir de la fecha de instalaci6n de la Ccmisi6n Ejecutiva, 0 sea, desde el 7 de noviembre de 1968~ Que es necesario establecer disposiciones que per~tan la continui

cad del funcionamiento de la Comisi6n y su adecuaci6n a las nuevas dispo ~i~iones del Estatuto del CrEeC;

RESUELVE:

1. Establecer la siguiente ngrupaci6n de pa{ses a efectos de proponer cqndidatos para ser electos como miembros de la Comisi6n Ejecutiva pOl' el Consejo lnteramericano para la Educaci6n, la Ciencia y la Cultura (ClEGC).

(1 a. A"-'gentina miembro) ~. Barbados, Haiti', Jamaica, Rep&lica Dominicc.na y Trinidad y (1 Toba,.rr,o miembro) - 56c. Bolivia, Para.c1..lY.8YUruguay (1 miembro) d. Erasi1 (1 miembro) e. Chile y Perd (1 miembro) f. Colombia, Ecuador y Venezuela (1 miembro) r:,· Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua. y Panara~ (2 miembros) h. EstA.dos Unidos (1 miembro)

  1. M~xico (1 miembro) El ClEeC podr~ modifica~ en el futuro csta distribuci6n sccllil10 crea conveniente.

2. Encomendar al CIECC que confonne-a la presente Reso1uci6n procedn.) en su pr6xima Reuni6n Ordinaria, a e1egir 10s miembros de la Comision Ejecutiva Permanente necesarios para adecuar su constituci6n al Estatuto aprobado. ). Al efectuar el ClECC en su pr6xima Reuni6n Ordinaria 1a ~lecci6n de los seis nuevos miembros de la Cor.Usi6n Ejecutiva Pennanente se proce der~ a determinar, pOl' sorteo, 10s tres cuyos mandatos durar~ dos anos.

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