OEA - AG RES. 5 (I-E70)
OEA - Organización de Estados Americanos
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Detalles
- Título
- OEA - AG RES. 5 (I-E70)
- Autor
- OEA - Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
- 8AG/RES. 5 (I-~/70)
CONDICIONES DE EMPLEO EN LA SE);RETARIA GENERAL
DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
(Resoluci6n Aprobada en la s~ptima sesi6n p1enaria celebrada el 7 de julio de 1970) LA ASAMBLF.AGF1~ERAL q,uee1 22 de ,julio de 1969 el Consejo de la Organizaci6n de 10s ;~:t.ndos/\mericanos resolvi6 aceptar el principio la paridad en las remu neracionps y condiciones de trabajo con las Naciones Unidas como objetivo de la administraci6n de personal de la 3ecretarfa General, y establecer Las esca]a.s de sueldos y ajuste pOl'lugar de destino que rigen en las f';acionesUnidas, de acuerdo con un cuadro deterrninado; ~Ul' e1 Consejo resolvi6 en 1a misma fecha continual' considerando c1 infol~e y las recomendaciones de la Secretarfa General sobre 1as r'ondiciones de empleo a la luz del estudio que realizar:!a la Secretarfa ';(:neral,se;;6,nlas recomendaciones de los expertos independientes rela t.i'v'as 3. las normas de trabajo, clasificaci6n de cargos, asignaci6n de p(:l'~~onaly evaluaci6n de su rendimiento; .;.,UC can la entrada en vigor del Protocolo de Buenos Aires el 27 de f'ebrcro de 197C, incumbe a la Asamblea General tomar las decisiones nece :~8ri8.sal respecto, aunque durante este Primer Peri,odo Extraordinario de 'csiones la Asamblea no esta en condiciones de cumplir esa responsabili
d:vl pOl' la complejidad del asunto y pOl'no contar con trabajos preparato l'10'::; a1 respecto; ~ue de conformidad con el Art:lculo 68 de la Carta, el Consejo Permanente debe desempenar 1as funciones que le encomiende la Asamblea General, y que ('011 arreglo al Articulo 91 (bi, el Consejo Permanente debe adoptar, cuando la Asamblea General no este reunida, las disposiciones de indole reglamenta ria que habiliten a la 3ecretaria General para cumplir con sus funciones 3.~ninistrativas, y Q~leel Presupuesto para el ana fiscal 1970/71 incluye una partida de :~150000 para financial' la segunda etapa de paridad con las Naciones iJnidas,
RE~~UELVE:
1. Confirmar como norma general la decisi6n del Consejo de la O~[~anizaci6n de los Estados Americanos del 22 de julio de 1969 en que re solvi6 aceptar en principio como objetivo de la Secretar:!a General la pa ridad con las Naciones Unidas en la remuneraci6n y condiciones de trabajo . • - 92. Confirmar las escalas existentes de sueldos y ajuste por lugar de destino para los empleados de 1a Organizaci6n de los Estados Americanos, de acuerdo con 10s cuadros anexos.
3. Solicitar del Secretario General que adem~s del informe sobre normas de trahajo, clasificaci6n de cargos y asuntos afines, prepare y presente al Consejo Permanente una exposici6n detallada de los beneficios adicionales que han de recibir lo·sempleados durante la segunda etapa
para establecer la paridad con las Naciones Unidas en sus condiciones de empleo en la Secretarta General de la Organizaci6n de los Estados Americanos. En esa exposici6n se incluir~: (a) una explicaci6n deta 11ada de cada beneficio propuesto, (b) una descripci6n completa de la manera en que se aplicar~, (c) unacomparaci6n con las actuales condicio nes de empleo en la Secretarta General de la Organizaci6n de los Estados Americanos en los casos en que rijan beneficios comparables e incluya una descripci6n del aumento 0 reducci6n, segdn fuere el caso, de los benefi cios que reciben actualmente 10s empleados de la Organizaci6n de los Estados Americanos y (d) el estimado del costo anual de cada uno de estos benefi cios adicionales, acompanado de un estado comparativo del costo de benefi cios similares actualrnente en vigencia. El problema de los beneficios para capaci taciones especiales deber~ ser materia para un estudio separado a fin de determinar cu~es de 10s necesarios y aplicables a los empleados de las Naciones Unidas son aplicables tambi~n a los empleados de la Organizaci6n de los Estados Americanos.
4. Encargar al Consejo Permanente que decida para el 30 de noviembre de 1970 10 tocante a cada una de las propuestas que habr~ de presentarse en el documento que se solicita en el p~rrafo 3 y sus costos respectivos a fin de poder aplicar el 1.° de enero de 1971 10 que haya decidido dicho Consejo acerca de la segunda etapa para establecer la pari dad con las Naciones Unidas en las condiciones de empleo.
5. Solicitar del Secretario General que incluya en sus informes finan
cieros peri6dicos datos acerca del costo efectivo de 10 dispuesto en la pre sente Resoluci6n. Cuadra 1
SUELDOSBASICOS
CATIDORIA PRO~IONAL Efect! YO Julio 1.0 de 1969 PASOS .cLASE 1 2 , 6 7 6 9 10 11 1.2 fa ~ -1 BU1eo 6 200 6 ~" 6 66, 6 898 7 1,0 7 36' 7 595 7 626 80'56 8 27'\ ll'' ~"7 .- ., \ 1M Ua 11 ce oo - I'10.'BI U1e~o1"eIo-'Iln119119911u11U1ll1111111118812181111991111l11~i1i6O 805188,8011245667222671970661'79,299t"250t25e28117~~_r61615t1979·'92620'18t16_ t610•8},5~}04,65'70~8.'12850506m'1-920'6e~.•ls76I6151t/2S19l0613"9957666625611tm766.Jt0062.6122 66286,75679.1.Ul1,i9.6t660892672526158t - ., Ma1eo '-f BU1eo, ,-2.
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1. Refleja el cambio aprobado en 1as escalas de sueldos de Naciones Unidas para Servicias Generales,
para el ~ea de Washington, 'D.C. D-2 PP--o5l P-J PD--2l SS S SS S S P-1 s= I\) TTaa...,rr477712444•5555666652233"42222223336453333344444774444434422233332233333~2t33J3444446G74(~545G6671222(55526714456675J253i16334~5i3 ,648f7824C90826f357•236823571179123157890243025780124501788018378803567134579131561u90203192572'4O69191239123J528128521310e940 .5575736G5.aaJ88657050912044086804571849154856'642G04884066704406620578643686~580466288G<568760G286848092039O30760428027114294660922G2917114401 78.34231.'26......ddeell AAjjuusst .t CeeCC CCCC ppoorr LLuuggaarr ddee DDeessttiinnoo taa-'pplliiccaabbllee aall ppeerrssoonnaall qcoune nuonotie0nem!sdedpeepnednideinetnCetseusadrporp1rn1 :3cnicp1apleasle.s. AJUSTEFORLUGARDEDESTINO Efectivo Julio 1.0 de 1969 C::a ,