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OEA - AG - Resolución AG-doc-5903-rev. 1

OEA - Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - AG - Resolución AG-doc-5903-rev. 1
Autor
OEA - Organización de Estados Americanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año

QUINCUAGÉSIMO QUINTO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES OEA/Ser.P Del 25 al 27 de junio de 2025 AG/doc.5903/25 rev.1

St. John’s, Antigua y Barbuda 4 diciembre 2025

Original: español/inglés

DECLARACIÓN Y RESOLUCIONES APROBADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL

(Versión revisada por la Comisión de Estilo)

ASAMBLEA GENERALiii

ÍNDICE

AG/DEC. 117 (LV-O/25) Declaración sobre “La Cuestión de las Islas Malvinas” ........................ 1 AG/RES. 3036 (LV-O/25) Hacer frente a la grave crisis de salud mental en las Américas ................................................................................................................ 3 AG/RES. 3037 (LV-O/25) Reafirmación de mandatos y establecimiento de un mecanismo de gestión de mandatos ....................................................... 7 AG/RES. 3038 (LV-O/25) Impulsando iniciativas hemisféricas en materia de desarrollo integral .................................................................................................. 11 AG/RES. 3039 (LV-O/25) Llamado a la aplicación urgente de soluciones concretas para resolver la grave crisis institucional y de seguridad en Haití ............... 15 AG/RES. 3040 (LV-O/25) Establecimiento de un comité de credenciales para la Organización de los Estados Americanos ............................................ 21 AG/RES. 3041 (LV-O/25) Conmemoración del bicentenario del Congreso Anfictiónico de Panamá ............................................................................................ 25

Organización de los Estados Americanos ............................................ 21 AG/RES. 3041 (LV-O/25) Conmemoración del bicentenario del Congreso Anfictiónico de Panamá ............................................................................................ 25 AG/RES. 3042 (LV-O/25) Conmemoración hemisférica del 250 aniversario de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América ................................................................................................ 27 AG/RES. 3043 (LV-O/25) Conmemoración del bicentenario de la Independe ncia de Bolivia .................................................................................................. 29 AG/RES. 3044 (LV-O/25) Conmemoración del bicentenario de la Independencia de la República Oriental del Uruguay : “C ruzada libertadora ” y “Declaratoria de la independencia de la provincia oriental” ................ 31 AG/RES. 3045 (LV-O/25) Reconocimiento de las contribuciones del Papa Francisco a los valores interamericanos .................................................................. 33 AG/RES. 3046 (LV-O/25) Celebración de la Semana del Idioma Español en la OEA .................. 37 AG/RES. 3047 (LV-O/25) Enmienda al artículo 31.1 del Estatudo de la Junta Interamericana de Defesa referente a la sede de dicho órgano ............ 39 AG/RES. 3048 (LV-O/25) Financiamiento del programa-presupuesto de la Organización para 2026 y convocatoria a período estraordinario de sesiones de la A samblea General para considerar y aprobar el programa-presupuesto para 2026 ......................................................... 41 AG/RES. 3049 (LV-O/25) Sede y fecha del quincua gésimo sexto período ordinario de sesiones de la Asamblea General ......................................................... 47

programa-presupuesto para 2026 ......................................................... 41 AG/RES. 3049 (LV-O/25) Sede y fecha del quincua gésimo sexto período ordinario de sesiones de la Asamblea General ......................................................... 47 AG/RES. 3050 (LV-O/25) Voto de agradecimiento al pueblo y Gobierno de Antigua y Barbuda ................................................................................................ 49iv

SIGLAS Y ABREVIATURAS

ACE Intercambio para la Competitividad de las Américas BINUH Oficina Integrada de las Naciones Unidas en Haití CAAP Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios CIC Comisión Interamericana de Cultura CIDES Comisión Interamericana de Desarrollo Social CIDI Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral CIDS Comisión Interamericana de Desarrollo Sostenible CIE Comisión Interamericana de Educación CIFTA Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados CIMT Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo CIP Comisión Interamericana de Puertos CITUR Comisión Interamericana de Turismo COMCyT Comisión Interamericana de Ciencia y Tecnología JID Junta Interamericana de Defensa MESICIC Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción mipymes micro, pequeñas y medianas empresas MMAS Misión Multinacional de Apoyo a la Seguridad OEA Organización de los Estados Americanos OPS Organización Panamericana de la Salud REMJA Reunión de Ministros de Justicia u Otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas

MMAS Misión Multinacional de Apoyo a la Seguridad OEA Organización de los Estados Americanos OPS Organización Panamericana de la Salud REMJA Reunión de Ministros de Justicia u Otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas SECURE-Haiti Esfuerzos de seguridad y respuesta unificada integral para una sociedad resiliente en Haití TCA Tratado sobre el Comercio de ArmasAG/DEC. 117 (LV-O/25)

DECLARACIÓN SOBRE “LA CUESTIÓN DE LAS ISLAS MALVINAS”

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria celebrada el 27 de junio de 2025)

LA ASAMBLEA GENERAL,

CONSIDERANDO que en reiteradas oportunidades ha declarado que la Cuestión de las Islas Malvinas constituye un tema de permanente interés hemisférico;

RECORDANDO su resolución AG/RES. 928 (XVIII-O/88), aprobada por consenso el 19 de noviembre de 1988, que pide a los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones a fin de encontrar, a la brevedad posible, una solución pacífica a la disputa de soberanía;

TENIENDO EN CUENTA que en su resolución AG/RES. 1049 (XX-O/90) manifestó su satisfacción por la reanudación de las relaciones diplomáticas entre ambos países;

RECONOCIENDO que la incorporación del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a la Organización de los Estados Americanos en calidad de Observador Permanente, mediante la resolución CP/RES. 655 (1041/95), refleja principios y valores compartidos entre ese país y los Estados

a la Organización de los Estados Americanos en calidad de Observador Permanente, mediante la resolución CP/RES. 655 (1041/95), refleja principios y valores compartidos entre ese país y los Estados Miembros de la Organización que permiten un mayor entendimiento mutuo;

CONSTATANDO con beneplácito que los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte mantienen importantes vínculos comerciales, culturales y políticos, comparten valores comunes y desarrollan además una estrecha cooperación tanto bilateral como en los foros internacionales;

TENIENDO EN CUENTA que, a pesar de dichos vínculos y valores comunes, no ha sido posible aún reanudar las negociaciones tendientes a resolver la disputa de soberanía entre los dos países sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes en el marco de las resoluciones 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y 43/25 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, las decisiones adoptadas por el mismo órgano sobre el mismo tema originadas en el Comité Especial sobre Descolonización, y las reiteradas resoluciones y declaraciones aprobadas en esta Asamblea General; y

HABIENDO ESCUCHADO la exposición del Jefe de la Delegación de la República Argentina,

EXPRESA su satisfacción por la reafirmación de la voluntad del Gobierno argentino de continuar explorando todas las vías posibles para la solución pacífica de la controversia y por su actitud constructiva en favor de los habitantes de las Islas Malvinas.- 2continuar explorando todas las vías posibles para la solución pacífica de la controversia y por su actitud constructiva en favor de los habitantes de las Islas Malvinas.- 2REAFIRMA la necesidad de que los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte reanuden, cuanto antes, las negociaciones sobre la disputa de soberanía, con el objeto de encontrar una solución pacífica a esta prolongada controversia.

DECIDE continuar examinando la Cuestión de las Islas Malvinas en los sucesivos períodos de sesiones de la Asamblea General, hasta su solución definitiva.- 3AG/RES. 3036 (LV-O/25)

HACER FRENTE A LA GRA VE CRISIS DE SALUD MENTAL EN LAS AMÉRICAS1/2/

(Aprobada en la primera sesión plenaria celebrada el 26 de junio de 2025)

LA ASAMBLEA GENERAL,

REAFIRMANDO el derecho de toda persona , en particular, niños, niñas y adolescentes, al goce del más alto nivel posible de salud física y mental, consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y posteriormente incorporado en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”;

RECONOCIENDO que la salud mental está estrechamente vinculada a la salud en general y al bienestar y desarrollo social y económico, y que la región no puede alcanzar sus objetivos de desarrollo en general sin dar prioridad a la salud mental;

TENIENDO PRESENTE la resolución AG/RES. 3028 (LIV-O/24), “Promoción y protección

desarrollo en general sin dar prioridad a la salud mental;

TENIENDO PRESENTE la resolución AG/RES. 3028 (LIV-O/24), “Promoción y protección de derechos humanos ”, en cuya sección X titulada “Derechos humanos y salud mental ” se resuelve “[r]eafirmar la obligación de los Estados Miembros de respetar, proteger y hacer efectivos todos los derechos humanos y las libertades fundamentales y de asegurar se de que las políticas y los servicios relacionados con la salud mental se ajusten al derecho internacional de los derechos humanos”;

RECONOCIENDO la Estrategia de la OPS para Mejorar la Salud Mental y la Prevención del Suicidio en la Región de las Américas, adoptada mediante la resolución CD60.R12, con base en el documento CD60/9, así como el informe de la Comisión de Alto Nivel sobre Salud Mental y COVID19 de la O rganización Panamericana de la Salud (O PS) que dio lugar a la creación de “Una nueva agenda para la salud mental en las Américas”;

CONSCIENTE de que la salud mental es un tema transversal de los objetivos estratégicos del Proyecto de Plan Estratégico de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) 2026-2031;

RECONOCIENDO que, de conformidad con el documento de políticas de la Organización Mundial de la Salud “Ayudar a las personas con trastornos mentales graves a vivir vidas más largas y saludables” (OMS/MSD/MER/17.7), los trastornos de salud mental y el suicidio se encuentran entre las principales causas de morbilidad y mortalidad prematura en las Américas, y que sólo una pequeña fracción de las personas afectadas recibe atención adecuada;

las principales causas de morbilidad y mortalidad prematura en las Américas, y que sólo una pequeña fracción de las personas afectadas recibe atención adecuada;

ENTENDIENDO que las condiciones de salud mental están asociadas con el desarrollo y el agravamiento de enfermedades físicas, tanto infecciosas como no transmisibles, así como con reducciones significativas en la esperanza de vida;

1. La República de Panamá deja constancia de que la presente resolución será aplicada de acuerdo con la Constitución Nacional, su legislación interna, sus usos y costumbres.

2. La República del Perú deja constancia que las políticas públicas en esta materia constituyen una prioridad nacional y que la presente resolución será implementada de manera progresiva de acuerdo con la Constitución Política del Perú, su legislación interna y las realidades propias del país.- 4REAFIRMANDO la necesidad de promover la salud mental, la atención preventiva en salud mental y la prevención de los problemas de salud mental en todas las etapas del curso de vida, con especial atención a niños, niñas y adolescentes, conforme a la Estrategia de la OPS para Mejorar la Salud Mental y la Prevención del Suicidio en la Región de las Américas, que indica que casi la mitad de las enfermedades mentales se manifiestan por primera vez durante la adolescencia, lo que genera cargas económicas y sociales duraderas;

CONSCIENTE de las consecuencias de largo alcance en la sociedad de los trastornos de salud mental no tratados, incluidos los que afectan a niños, niñas y adolescentes, como la reducción de la productividad laboral, el desempleo, la disminución del rendimiento y nivel educativo, la pobreza, la falta de vivienda y el encarcelamiento;

mental no tratados, incluidos los que afectan a niños, niñas y adolescentes, como la reducción de la productividad laboral, el desempleo, la disminución del rendimiento y nivel educativo, la pobreza, la falta de vivienda y el encarcelamiento;

PONIENDO DE RELIEVE los efectos devastadores y duraderos de la pandemia de COVID19 sobre la salud mental en las Américas;

RECORDANDO el informe de 2018 de la Comisión Lancet sobre Salud Mental Global y Desarrollo Sostenible, previo a la pandemia de COVID -19, cuyas conclusiones indicaban que los trastornos de salud mental iban en aumento en todo el mundo y advertía que el tratamiento inadecuado de estos trastornos podría costar a la economía mundial unos 16 billones de dólares para 2030; y consciente también de que, desde entonces, los continuos análisis del Institute for Health Metrics and Evaluation indican que los desafíos e n materia de salud mental se han acelerado en muchas regiones, incluyendo las Américas;

RECONOCIENDO la necesidad de una inversión adecuada en salud mental en la región;

RECONOCIENDO TAMBIÉN la importancia de la detección oportuna y de acelerar los avances en la mejora del acceso a la atención de salud mental a nivel comunitario, tal y como lo promueve la Declaración de Caracas (1990);

COMPROMETIDA a eliminar los importantes obstáculos existentes para la prestación de asistencia, especialmente a las personas y comunidades que viven en condiciones de vulnerabilidad;

AFIRMANDO el compromiso contenido en la resolución CPNNA/RES. 1 (XXIII -24) “Promoción y protección de derechos humanos de niñas, niños y adolescentes sobre salud mental,

AFIRMANDO el compromiso contenido en la resolución CPNNA/RES. 1 (XXIII -24) “Promoción y protección de derechos humanos de niñas, niños y adolescentes sobre salud mental, primera infancia y movilidad humana en las Américas” adoptada en el XXIII Congreso Panamericano del Niño, la Niña y Adolescentes de crear entornos íntegros en salud mental para niñas, niños y adolescentes fortaleciendo los espacios comunitarios, promoviendo el acceso sin barreras a servicios de salud mental cuando lo requieran y fomentando su participación en las Américas;

SUBRAYANDO la urgente necesidad de aumentar la financiación para la salud mental, canalizándola al desarrollo y fortalecimiento de redes de servicios de salud mental a nivel comunitario que sean accesibles para todos , y a la promoción de la salud mental y la prevención de trastornos de salud mental y el suicidio a lo largo del curso de vida desde la niñez hasta adultos mayores3/;

DESTACANDO la crucial importancia de aumentar la inversión en sistemas de salud mental, a fin de garantizar que cuenten con recursos suficientes, sean resilientes y respondan a las emergencias

3. Estados Unidos no apoya la proliferación de nuevos fondos para la salud regionales o mundiales. Más bien, Estados Unidos insta a la movilización de recursos internos.- 5y constantes amenazas para la salud mental, como los fenómenos meteorológicos extremos y conflictos;

REAFIRMANDO el papel crucial de todos los sectores, incluidos la salud, las finanzas, la educación, la protección social, el derecho, la justicia, el trabajo y el medio ambiente, entre otros, a la hora de colaborar e invertir en salud mental para atender l as causas sociales y económicas fundamentales;

educación, la protección social, el derecho, la justicia, el trabajo y el medio ambiente, entre otros, a la hora de colaborar e invertir en salud mental para atender l as causas sociales y económicas fundamentales;

RECONOCIENDO que la voluntad política, el compromiso y el liderazgo en los más altos niveles de Gobierno son fundamentales para hacer realidad las políticas antes mencionadas para hacer frente a la grave crisis de salud mental en las Américas;

SUBRAYANDO la necesidad de reforzar la solidaridad, las alianzas y la acción colectiva en la región para lograr una reforma sostenible en materia de salud mental en beneficio de todos los pueblos de las Américas;

RECORDANDO la Declaración política de la reunión de alto nivel de las Naciones Unidas sobre la cobertura sanitaria universal (2019) y su determinación de aplicar “medidas para promover y mejorar la salud y el bienestar mentales como componente esencial de la cobertura sanitaria universal”, para que todas las personas tengan acceso a toda la gama de servicios de calidad de atención de la salud que necesiten, cuando y donde los necesiten, sin dificultades económicas; y

RESUELVE:

1. Instar a los Estados Miembros, considerando sus contextos, necesidades, vulnerabilidades y prioridades, a que continúen reforzando la inversión pública y privada en salud mental, con una perspectiva de derechos con un enfoque centrado en el paciente, y la equidad que haga hincapié en la promoción de la salud mental, así como en la prevención, la atención, la rehabilitación y la recuperación dispensada en la comunidad4/.

2. Apoyar a la OPS como institución regional de salud para las Américas en sus esfuerzos

hincapié en la promoción de la salud mental, así como en la prevención, la atención, la rehabilitación y la recuperación dispensada en la comunidad4/.

2. Apoyar a la OPS como institución regional de salud para las Américas en sus esfuerzos para mejorar el acceso a los servicios de salud mental y prevenir el suicidio a lo largo del curso de vida, desde la infancia hasta la edad adulta mayor; y, en coordinaci ón con la OPS y los Estados Miembros interesados, explorar la posibilidad de establecer una alianza regional de salud mental para fortalecer la colaboración, ampliar el acceso y promover la implementación de iniciativas de salud mental de base comunitaria en las Américas.

3. Negociar con miras a adoptar en el quincuagésimo sexto período ordinario de sesiones de la Asamblea General una declaración sobre el mejoramiento de la salud mental en las Américas en la que se reafirme el compromiso de los Estados Miembros de dar prioridad a estrategias intersectoriales para promover la salud mental y atender la crisis de salud mental en la región.

4. Establecer un grupo de trabajo interamericano por un período inicial de un año. Este grupo de trabajo estará abierto a todos los Estados Miembros y, después de consultas, incluirá a todas las entidades pertinentes del sistema interamericano y a las instituciones financieras internacionales que acepten participar, con el fin de elaborar un plan de acción r egional que detalle y guíe la labor de

4. Estados Unidos rechaza el término equidad, pues no existe un consenso sobre su definición. El término no discriminatorio daría mayor claridad y con ello se definiría lo que significa equidad en este contexto.- 6la alianza regional de salud mental, alineando su trabajo a la Estrategia de la OPS para Mejorar la Salud

no discriminatorio daría mayor claridad y con ello se definiría lo que significa equidad en este contexto.- 6la alianza regional de salud mental, alineando su trabajo a la Estrategia de la OPS para Mejorar la Salud Mental y la Prevención del Suicidio en la Región de las Américas.

5. Explorar el establecimiento de un fondo regional de salud mental para reunir recursos financieros a fin de reforzar iniciativas prioritarias de salud mental en las Américas, sujeto a las capacidades de los Estados Miembros y de la Secretaría General, en colaboración con socios regionales, tales como la OPS, el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe, el Banco de Desarrollo del Caribe y el Banco Interamericano de Desarrollo entre otros, que estén dispuestos a participar5/.

6. Encomendar a la Secretaría General que designe un departamento pertinente que actúe como secretaría del Grupo de Trabajo, en función de los recursos disponibles, para apoyar su funcionamiento.

7. Instar a los Estados Miembros a que aumenten el seguimiento y la evaluación de las iniciativas en materia de salud mental para garantizar su eficacia y la calidad de las políticas, planes y servicios.

8. Solicitar al Grupo de Trabajo que informe al Consejo Permanente sobre los avances del plan de acción regional.

9. Proclamar la segunda semana de octubre de cada año como la Semana Interamericana de la Salud Mental, en el marco del Día Mundial de la Salud Mental que se celebra el 10 de octubre; e instar a los Estados Miembros a que, conjuntamente con la OPS y otras partes interesadas pertinentes, y en función de los recursos disponibles, realicen actividades de sensibilización y educación,

instar a los Estados Miembros a que, conjuntamente con la OPS y otras partes interesadas pertinentes, y en función de los recursos disponibles, realicen actividades de sensibilización y educación, encaminadas a la formulación de políticas para promover la salud mental, prevenir los trastornos mentales, reforzar las políticas pú blicas inclusivas y basadas en derechos y garantizar el acceso equitativo a servicios de salud mental de calidad en toda la región.

10. Solicitar además al Secretario General que supervise y haga seguimiento de la implementación de la presente resolución y que informe de sus avances a la Asamblea General en su quincuagésimo sexto período ordinario de sesiones.

5. Estados Unidos no apoya la proliferación de nuevos fondos para la salud regionales o mundiales. Más bien, Estados Unidos insta a la movilización de recursos internos.- 7AG/RES. 3037 (LV-O/25)

REAFIRMACIÓN DE MANDATOS Y ESTABLECIMIENTO

DE UN MECANISMO DE GESTIÓN DE MANDATOS

(Aprobada en la primera sesión plenaria celebrada el 26 de junio de 2025)

LA ASAMBLEA GENERAL,

RECONOCIENDO la importancia de los mandatos aprobados mediante resoluciones previas de la Asamblea General, en particular aquellos que promueven los cuatro pilares de la Organización de los Estados Americanos (OEA): el desarrollo, la democracia, los derechos humanos y la seguridad;

TENIENDO PRESENTES las continuas restricciones financieras que enfrenta la OEA y la importancia de garantizar que sus mandatos estén adecuadamente financiados y alineados con las prioridades estratégicas;

RECONOCIENDO las especiales circunstancias de los pequeños Estados insulares en

importancia de garantizar que sus mandatos estén adecuadamente financiados y alineados con las prioridades estratégicas;

RECONOCIENDO las especiales circunstancias de los pequeños Estados insulares en desarrollo y la necesidad de preservar aquellos mandatos que son esenciales para su desarrollo y participación;

CONSCIENTE de la toma de posesión del nuevo Secretario General, cuyo programa de trabajo aún está tomando forma y de la importancia de que los Estados Miembros le presten el apoyo adecuado;

RECONOCIENDO los avances institucionales en materia de gestión de mandatos, iniciados con la resolución AG/RES. 2957 (L -O/20), mediante la cual se instruyó al Consejo Permanente que estableciera un marco regulatorio para que las comisiones del Consejo Perm anente y del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI) examinen el impacto de nuevos mandatos en el programa-presupuesto;

RECORDANDO que desde 2021 la Asamblea General ha aprobado instrumentos operativos al respecto, incluidos: (i) los criterios para la clasificación de mandatos; (ii) la plantilla para el costeo de nuevos mandatos y sus criterios de aplicación; y (iii) la metodología para su priorización, conforme a las resoluciones AG/RES. 2971 (LI-O/21), AG/RES. 2985 (LII-O/22) y AG/RES. 1 (LV-E/24);

RECORDANDO TAMBIÉN que en 2023 la Secretaría General implementó el Sistema de Gestión de Mandatos (SIGMA), que fue actualizado por mandato de la Asamblea General mediante resolución AG/RES. 3011 (LII I-O/23), el cual se encuentra plenamente operativo y permite a los

Gestión de Mandatos (SIGMA), que fue actualizado por mandato de la Asamblea General mediante resolución AG/RES. 3011 (LII I-O/23), el cual se encuentra plenamente operativo y permite a los Estados Miembros conocer el estado, categorización, priorización y costeo de los mandatos adoptados por la Asamblea General; y

REAFIRMANDO los compromisos asumidos en la resolución AG/RES. 1 (LV -E/24), “Programa-presupuesto de la Organización para 2025 ”, que aprobó la Asamblea General en su quincuagésimo quinto período extraordinario de sesiones el 1 de noviembre de 2024, incluida la definición de “mandato” que aparece en la sección IV, párrafo 11(f), a saber: “Decisiones de la Asamblea General sobre políticas públicas relativas a los cuatro pilares más las áreas de soporte de la Organización que implican instrucciones a la órganos, organismos y entidades de la Organización para8su implementación que no están comprendidas dentro de sus funciones rutinarias delimitadas en su respectiva normativa”; la planificación estratégica de recursos humanos; y la decisión contenida en la sección IV, párrafo 11(c) de que “[s]i su implementación no inicia en el plazo de dos años o no se presenta el cálculo de costos correspondiente en el plazo establecido, el mandato expirará y deberá ser sometido nuevamente a la consideración de los Estados Miembros, si los proponentes así lo desean”,

RESUELVE:

1. Ratificar el acuerdo alcanzado por el Consejo Permanente y el CIDI de presentar a la consideración de este período de sesiones de la Asamblea General únicamente (a) aquellos proyectos

RESUELVE:

1. Ratificar el acuerdo alcanzado por el Consejo Permanente y el CIDI de presentar a la consideración de este período de sesiones de la Asamblea General únicamente (a) aquellos proyectos de resolución que se consideren esenciales para la continuidad institucional; (b) proyectos de resolución que requiera la nueva administración para implementar su plan de trabajo; (c) proyectos de resolución independientes; (d) proyectos de resolución con los que se aprueben convenios, planes de acción o declaraciones ya negoc iados y cerrados al debate; y (e) proyectos de resolución relacionados con recomendaciones emanadas de reuniones de alto nivel que requieran ser deliberados por la Asamblea

General.

2. Encomendar a la Secretaría General que elabore e implemente, teniendo en cuenta los avances ya alcanzados, una política de gestión de mandatos que, como mínimo, incluya lo siguiente:

a) un proceso de revisión periódica de los mandatos para determinar su viabilidad, eficacia y sostenibilidad financiera; b) criterios claros para la priorización, consolidación o eliminación de mandatos en función de su valor estratégico y la disponibilidad de recursos; c) un marco de referencia para la presentación de informes en el que se vincule la ejecución de los mandatos con consideraciones financieras y operativas, y que incluya actualizaciones periódicas al Consejo Permanente y a la Asamblea General; y d) procedimientos estandarizados por los que se exija que todos los mandatos nuevos y existentes incluyan lo siguiente:

  1. identificación de la(s) fuente(s) de financiación, ya sea con cargo al programa-presupuesto o contribuciones externas confirmadas; ii. un cronograma definido de ejecución, con resultados y metas importantes; y
  1. identificación de la(s) fuente(s) de financiación, ya sea con cargo al programa-presupuesto o contribuciones externas confirmadas; ii. un cronograma definido de ejecución, con resultados y metas importantes; y iii. cláusulas de vencimiento, cuando proceda, en las que se establezca una fecha determinada de finalización o revisión para evaluar la pertinencia, dotación de recursos y ejecución del mandato, con vistas a su renovación, modificación o conclusión.

3. Establecer un mecanismo de gestión de mandatos, el cual será gestionado por la Secretaría General y supervisado por el Consejo Permanente. Este mecanismo reportará periódicamente a las comisiones del Consejo Permanente y al CIDI, conforme a sus respectivas competencias. Tendrá como fundamento los instrumentos normativos pertinentes aprobados por la Asamblea General desde 2020 e integrará lo siguiente de manera sistemática y eficaz:

a) un proceso de revisión periódica para determinar la viabilidad, efectividad y sostenibilidad financiera de los mandatos;- 9b) los criterios para la clasificación de mandatos; c) el uso de la plantilla para el costeo de nuevos mandatos y sus criterios de aplicación; y d) la implementación de la metodología para la priorización de mandatos.

4. Encomendar al Consejo Permanente, al CIDI, a la Secretaría General y a los demás órganos comprendidos en el artículo 53 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos que continúen trabajando en la implementación de los mandatos vigentes, salvo q ue en determinada resolución se exprese lo contrario o que los mandatos hayan sido cumplidos. Los textos de las

continúen trabajando en la implementación de los mandatos vigentes, salvo q ue en determinada resolución se exprese lo contrario o que los mandatos hayan sido cumplidos. Los textos de las resoluciones aprobadas por la Asamblea General en sesiones anteriores permanecerán en pleno vigor.

5. Solicitar al Consejo Permanente y al CIDI que presenten informes anuales a la Asamblea General sobre el estado de ejecución de los mandatos, incluidas evaluaciones del impacto financiero y la evalua

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