OEA - AG - Resolución AG08385S03
OEA - Organización de Estados Americanos
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- OEA - AG - Resolución AG08385S03
- Autor
- OEA - Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
ASAMBLEA GENERAL QUINCUAGÉSIMO PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES OEA/Ser.P Del 10 al 12 de noviembre de 2021 AG/doc.5734/21
Ciudad de Guatemala, Guatemala 5 noviembre 2021
VIRTUAL Original: español Punto 17 del temario
PROYECTO DE RESOLUCIÓN AUMENTO Y FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y LOS ACTORES SOCIALES EN LAS ACTIVIDADES DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS Y EN EL PROCESO DE CUMBRES DE LAS AMÉRICAS (Acordado por el Consejo Permanente en la sesión ordinaria virtual celebrada el 3 de noviembre de 2021 y remitido al Plenario de la Asamblea General para su consideración) LA ASAMBLEA GENERAL, RECONOCIENDO la importancia de la participación de las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales en el fortalecimiento de la democracia, el desarrollo integral, la promoción y protección de derechos humanos y la seguridad multidimensional en todos los Estados Miembros y que su participación en las actividades de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y en el proceso de Cumbres de las Américas debe llevarse a cabo en un marco de estrecha colaboración entre los órganos políticos e institucionales de la Organización y en cumplimiento con lo establecido en la Carta de la Organización de los Estados Americanos y la resolución CP/RES. 759 (1217/99), “Directrices para la participación de las organizaciones de la sociedad civil en las actividades de la OEA”; TENIENDO EN CUENTA las resoluciones AG/RES. 1915 (XXXIII-O/03), AG/RES. 2901
(XLVII-O/17), AG/RES. 2902 (XLVII-O/17), AG/RES. 2920 (XLVIII-O/18), AG/RES. 2924
(XLVIII-O/18), AG/RES. 2933 (XLIX-O/19), AG/RES. 2949 (L-O/20), CP/RES. 759 (1217/99), CP/RES. 864 (1413/04) y todas las resoluciones anteriores aprobadas sobre este tema; TENIENDO EN CUENTA también la Directiva OSG-629/16 de la Secretaría General, de fecha 22 de noviembre de 2016, en la que se establece que la participación y cooperación de la sociedad civil en las actividades de la Organización debe realizarse en estricta coordinación con la Sección de Relaciones con la Sociedad Civil de la Secretaría de Acceso a Derechos y Equidad; TOMANDO NOTA de que, desde la fecha en que concluyó el quincuagésimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General (21 de octubre de 2020), el Consejo Permanente ha aprobado la inclusión de 30 organizaciones de la sociedad civil en el registro correspondiente, para un total de 636 organizaciones; y TOMANDO NOTA TAMBIÉN de la celebración de la “Reunión especial sobre la participación de las organizaciones de la sociedad civil como parte de los preparativos para el2quincuagésimo primer período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA” el 28 de septiembre de 2021,
RESUELVE:
1. Reafirmar el compromiso y la voluntad de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) de continuar (a) apoyando y promoviendo el registro de
organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales, de conformidad con las normas y reglamentos de la Organización; (b) consolidando y poniendo en práctica foros y mecanismos eficaces para dar lugar a medidas y actividades en los ámbitos nacional y multilateral, que permitan a las organizaciones de la sociedad civil y a los actores sociales, incluidas las organizaciones de mujeres, participar en las actividades de la OEA y en el proceso de Cumbres de las Américas, y (c) participando en el Diálogo de representantes de organizaciones de la sociedad civil y otros actores con los Jefes de Delegación, el Secretario General y el Secretario General Adjunto , en el marco de los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General y del proceso de Cumbres de las Américas, lo cual incluye la Novena Cumbre, de la que Estados Unidos será anfitrión en 2022.
2. Encomendar al Consejo Permanente, al Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral y a la Secretaría General que continúen facilitando la implementación de las estrategias, espacios y mecanismos para promover, aumentar y fortalecer la participación de las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales, tales como las organizaciones de mujeres, en las Cumbres de las Américas y en las actividades de la OEA.
3. Encomendar a la Secretaría General que continúe invitando a los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes de los Estados Miembros o a sus representantes a participar en el Diálogo de representantes de organizaciones de la sociedad civil y otros actores con los Jefes de
Delegación, el Secretario General y el Secretario General Adjunto , en el marco de los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General, a fin de que dichos representantes formulen recomendaciones y propuestas de iniciativas relacionadas con el tema de la Asamblea General.
4. Encomendar a la Secretaría General que continúe apoyando a los Estados Miembros, cuando así lo soliciten, en sus esfuerzos por aumentar y fortalecer la capacidad institucional de sus Gobiernos para recibir, integrar e incorporar los aportes y sugerencias de la sociedad civil y otros actores sociales.
5. Alentar a todos los Estados Miembros, observadores permanentes y otros donantes, según se define en el artículo 74 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General y demás normas y reglamentos de la Organización, a que consideren contribuir al Fondo Específico para Financiar la Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA y en el proceso de Cumbres de las Américas, creado mediante la resolución CP/RES. 864 (1413/04), a fin de mantener y promover la participación eficaz de organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales en las actividades de la Organización, de conformidad con las metas establecidas por la Asamblea General y por los Jefes de Estado y de Gobierno en el proceso de Cumbres de las Américas, incluido el Diálogo de los Jefes de Delegación de los Estados Miembros, el Secretario General y los representantes de las organizaciones de la sociedad civil.- 36. Encomendar a la Secretaría General que identifique los recursos humanos necesarios a fin de dar cumplimiento a los mandatos encomendados por los Estados Miembros con respecto a la Sección de Relaciones con la Sociedad Civil de la Secretaría de Acceso a Derechos y Equidad, particularmente para que pueda coordinar eficazmente los esfuerzos encaminados a promover, aumentar y consolidar la participación de la sociedad civil en las actividades que realizan todas las áreas de la Organización.
AG08385S01