OEA - AG - Resolución AG08388S03
OEA - Organización de Estados Americanos
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Detalles
- Título
- OEA - AG - Resolución AG08388S03
- Autor
- OEA - Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
ASAMBLEA GENERAL QUINCUAGÉSIMO PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES OEA/Ser.P Del 10 al 12 de noviembre de 2021 AG/doc.5737/21
Ciudad de Guatemala, Guatemala 5 noviembre 2021
VIRTUAL Original: español Punto 20 del temario
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
CARTA EMPRESARIAL INTERAMERICANA
(Acordado por el Consejo Permanente en la sesión virtual celebrada el 4 de noviembre de 2021 y remitido al Plenario de la Asamblea General para su consideración) LA ASAMBLEA GENERAL, VISTOS: La resolución AG/RES. 2954 (L-O/20) “Hacia una Carta Empresarial Interamericana”, El informe del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI); y CONSIDERANDO: Que el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI) tiene dentro de su ámbito reuniones ministeriales y de altas autoridades que abarcan los diversos sectores del desarrollo contenidos en la Carta Empresarial Interamericana, y que dichas ministeriales otorgan mandatos a la Secretaría de Desarrollo Integral (SEDI); Que la Asamblea General adoptó la resolución AG/RES. 2954 (L-O/20) denominada “Hacia una Carta Empresarial Interamericana” con el fin de fortalecer los instrumentos de la OEA para promover el papel del sector privado en el desarrollo integral del Hemisferio, para iniciar discusiones lo antes posible con miras a considerar su aprobación en el quincuagésimo primer período de sesiones; Que el 26 de enero de 2021 el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral, CIDI,
adoptó el formato para las deliberaciones de la Carta Empresarial Interamericana y estableció el “Grupo de Trabajo para la elaboración del Proyecto de Carta Empresarial Interamericana”. (CIDI/doc.306/21 rev.2); y Que el 22 de octubre de 2021, el Grupo de Trabajo finalizó las deliberaciones sobre el Proyecto de Carta Empresarial Interamericana (CIDI/GT/CEI-19/21 rev.7), y presentó su informe al Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral en sesión del 26 de octubre de 2021, el cual acogió con beneplácito la conclusión de las negociaciones, aprobó el Proyecto de naturaleza jurídica no vinculante y acordó transmitirlo a la Asamblea General recomendando su adopción,2
RESUELVE:
1. Adoptar la Carta Empresarial Interamericana anexa a esta resolución.
2. Instruir a la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral (SEDI), a través de las reuniones ministeriales y de altas autoridades del CIDI, y en colaboración con otras Secretarías relevantes para que apoye a los Estados Miembros, que así lo soliciten, en la identificación de los propósitos y oportunidades que surjan de dichos procesos, relacionados con los temas abordados en la
Carta Empresarial Interamericana.
3. Alentar a los Estados Miembros, cuando quiera que se discutan temas relacionados con la Carta Empresarial Interamericana en las reuniones ministeriales relevantes y otros foros de alto nivel de la Organización de Estados Americanos, a continuar promoviendo el diálogo con representantes del sector empresarial a fin de fortalecer su rol en el desarrollo integral.
4. Instar al Consejo Interamericano de Desarrollo Integral (CIDI) a incluir bienalmente dentro de su programación de trabajo, una sesión conjunta con el Consejo Permanente, donde los
representantes del sector empresarial a fin de fortalecer su rol en el desarrollo integral.
4. Instar al Consejo Interamericano de Desarrollo Integral (CIDI) a incluir bienalmente dentro de su programación de trabajo, una sesión conjunta con el Consejo Permanente, donde los Estados Miembros tendrán la oportunidad de reflexionar en torno a los temas de la Carta Empresarial Interamericana, sobre lo cual la SEDI en coordinación con otras Secretarías relevantes realizará un informe para ser transmitido a la Asamblea General, con un conjunto de propuestas generales sobre cómo los Estados Miembros pueden avanzar en los diferentes temas de la Carta Empresarial
Interamericana.
5. Que la ejecución de las actividades previstas en esta resolución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros.3
ANEXO PROYECTO DE CARTA EMPRESARIAL INTERAMERICANA LA ASAMBLEA GENERAL, CONSIDERANDO que las personas deberían ser el centro de las políticas públicas y que la Carta de la Organización de los Estados Americanos señala que el desarrollo integral abarca los campos económico, social, educativo, cultural, científico y tecnológico, por medio de los cuales los Estados Miembros procuran alcanzar sus objetivos de desarrollo integral; RECORDANDO que la Carta Democrática Interamericana reconoce la importancia del estado de derecho y que el crecimiento económico y el desarrollo social basados en la justicia y la equidad y la democracia son interdependientes y se refuerzan mutuamente; RECORDANDO TAMBIÉN las resoluciones sobre Promoción de la Responsabilidad Social de las Empresas en el Hemisferio; sobre Promoción y Protección de los Derechos Humanos en el
Ámbito Empresarial; así como los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que establecieron un marco de referencia para ayudar a prevenir y abordar los impactos adversos de las actividades empresariales en los derechos humanos; RECORDANDO ADEMÁS la Declaración de Mar del Plata de 2005, la Declaración de Compromiso de Puerto España de 2009, el Protocolo de San Salvador de 1988, la Declaración sobre los Principios Fundamentales y Derechos en el trabajo de la Organización Internacional del Trabajo de 1998, así como los convenios ratificados de la OIT, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Declaración de Filadelfia de 1944; RECORDANDO que la Carta Social de las Américas reconoce que el sector empresarial desempeña un papel importante en la creación de empleo y la expansión de oportunidades, lo cual contribuye a la reducción de la pobreza y ayuda a la implementación de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible; TENIENDO PRESENTE el empoderamiento de todas las mujeres como medio para lograr la igualdad de género, y la necesidad de poner fin a las prácticas discriminatorias, y de eliminar las barreras a la participación de las mujeres en el mercado laboral, a través de la división equitativa del trabajo no remunerado, el acceso pleno a recursos productivos, acceso al cuidado infantil asequible y de calidad, el desarrollo de las capacidades empresariales de las mujeres así como la creación de
oportunidades de liderazgo que promuevan su participación de manera activa e igualitaria, favoreciendo el crecimiento y desarrollo económico de la región; REAFIRMANDO que la eliminación de la pobreza es un imperativo para alcanzar el desarrollo sostenible y el pleno desarrollo democrático de los pueblos del Hemisferio y que su eliminación es esencial y constituye una responsabilidad común y compartida de los Estados Miembros; RECONOCIENDO la importancia de fortalecer los mecanismos de cooperación regional y las alianzas multiactor orientadas a la promoción de entornos empresariales que apoyen la colaboración, fomenten la innovación, aceleren el desarrollo de iniciativas empresariales, el acceso a bienes y servicios esenciales y contribuyan al desarrollo sostenible;4 RECORDANDO que la Carta de la OEA dispone que las empresas transnacionales y la inversión privada extranjera están sometidas a la legislación y a la jurisdicción de los tribunales nacionales competentes de los países receptores y a los tratados y convenios internacionales en los cuales éstos sean Parte y, además, deben ajustarse a la política de desarrollo de los países receptores; CONSIDERANDO que en el contexto de los desafíos que supone la digitalización de la economía global, los esfuerzos para lograr un consenso internacional sobre una asignación más justa de los derechos tributarios tendrían un efecto positivo en los países donde las empresas transnacionales operan; RECORDANDO que en la Carta Social de las Américas, los Estados Miembros, reconocen las contribuciones de los pueblos indígenas, afrodescendientes y comunidades migrantes al proceso
histórico continental e insular y promoverán su valoración, y que, igualmente los Estados Miembros reconocen la necesidad de adoptar políticas para promover la inclusión, prevenir, combatir y eliminar todo tipo de intolerancia y discriminación, especialmente la discriminación de género, étnica y racial para resguardar la igualdad de derechos y oportunidades y fortalecer los valores democráticos; RECONOCIENDO TAMBIÉN el papel fundamental de las micro, pequeñas y medianas empresas, y empresas de economía social como motores del desarrollo y crecimiento económico; RECORDANDO los “Mandatos derivados de la Sexta Cumbre de las Américas”, respecto de la promoción del crecimiento económico con equidad e inclusión social, por medio del fortalecimiento de las cooperativas, micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMEs) y el aporte de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el surgimiento de éstas; DESTACANDO la importancia de promover políticas basadas en el respeto a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, que contribuyan a la formalización del empleo como medida para lograr empleos dignos, combatir la desigualdad y fomentar el crecimiento económico; DESTACANDO TAMBIÉN la necesidad de políticas orientadas a brindar acceso equitativo a una educación continua, de calidad e inclusiva y capacitación que promueva oportunidades de aprendizaje a lo largo de toda la vida, y aporten una mano de obra altamente cualificada y, al mismo tiempo, refuercen los valores democráticos, el respeto de los derechos humanos y el avance hacia la
paz; CONSIDERANDO la intención de los Estados Miembros de promover políticas públicas que incorporen la innovación como motor de la transformación estructural para alcanzar el desarrollo inclusivo y sostenible, fomentando un ambiente empresarial en donde el respeto a los derechos humanos sea prioritario, así como implementar acciones para apoyar y promover la economía creativa en nuestro hemisferio como fuente de crecimiento económico y desarrollo sostenible; TENIENDO EN CUENTA las diversas capacidades presupuestarias de los Estados Miembros, así como sus estrategias específicas de resiliencia y sus particulares condiciones de adaptación, reconstrucción y reactivación económica frente a las crisis; RECONOCIENDO que la corrupción es uno de los principales obstáculos comunes que enfrenta el hemisferio para el desarrollo sostenible, y recordando que, en el Compromiso de Lima, adoptado en la VIII Cumbre de las Américas los Estados Miembros coincidieron para continuar trabajando en su prevención y combate; y5 CONSCIENTE que el respeto de la propiedad privada, en el marco del estado de derecho, es fundamental para la promoción de la iniciativa empresarial, aumentar la formalización de la economía, la inversión extranjera, la innovación tecnológica y el aumento de la productividad, RESUELVE aprobar la siguiente
CARTA EMPRESARIAL INTERAMERICANA
CAPÍTULO I.
RECONOCIMIENTO DEL PAPEL DE LAS EMPRESAS COMO CATALIZADORAS DEL
DESARROLLO SOSTENIBLE E INTEGRAL
1. Los pueblos de las Américas tienen una legítima aspiración al desarrollo sostenible,
inclusivo e integral y se espera que sus gobiernos lo promuevan y creen las condiciones favorables para su realización. Un sector empresarial competitivo, incluidas las empresas transnacionales que operan en países de la región, es fundamental para lograr un entorno estable, democrático y pacífico, y para contribuir al crecimiento y desarrollo económico de las naciones, sin descuidar sus funciones sociales, en términos de creación de empleo decente, justicia social y reducción de la pobreza.
2. Los Estados Miembros reconocen la importancia de promover y potencializar la capacidad del sector empresarial para contribuir al desarrollo sostenible, inclusivo e integral y la estabilidad económica de la región, a la seguridad multidimensional, el fortalecimiento de la democracia, y la promoción y protección de los derechos humanos.
3. Los Estados Miembros, consistentes con los instrumentos interamericanos, tienen la intención de fomentar el desarrollo de un entorno favorable e inclusivo para fortalecer el crecimiento de un sector empresarial competitivo, a través de políticas que procuren la creación, la formalización, la consolidación e integración a las cadenas globales y regionales de valor y de suministro, de más empresas privadas en el hemisferio, con especial énfasis en las micro, pequeñas y medianas empresas
(MIPYMES) y cooperativas y las empresas de economía social incluyendo aquellas que pertenecen a personas que forman parte de grupos tradicionalmente subrepresentados o en situación de vulnerabilidad.
4. Los Estados Miembros tienen la intención de promover el diseño y la implementación de políticas y marcos normativos, dirigidos a fortalecer la igualdad y equidad de género y el empoderamiento y autonomía económica de todas las mujeres, respetando y valorando la plena diversidad de las situaciones y condiciones en que se encuentran; promoviendo la generación de
de políticas y marcos normativos, dirigidos a fortalecer la igualdad y equidad de género y el empoderamiento y autonomía económica de todas las mujeres, respetando y valorando la plena diversidad de las situaciones y condiciones en que se encuentran; promoviendo la generación de oportunidades y capacidades empresariales a través del financiamiento, creación de redes y promoción de su talento y experticia; los Estados Miembros tienen la intención de promover la creación de un clima propicio a fin de aumentar el número de empresarias y el desarrollo y tamaño de sus empresas, así como una mayor participación de las mujeres en espacios de toma de decisión y liderazgo en las mismas. Este propósito podrá hacerse conjuntamente con el sector empresarial.
5. Los Estados Miembros buscan promover el emprendimiento femenino, el acceso a los recursos productivos, el acceso a mercados y la participación en cadenas globales y regionales de valor de empresas dirigidas por mujeres, en especial de las MIPYMES, así como el acceso a servicios financieros asequibles y educación de calidad.
6. Los Estados Miembros, con miras a evitar en el entorno empresarial todas las formas de discriminación por razón de género, entre otros motivos, tienen la intención de promover políticas6 y marcos normativos para eliminar las barreras en las relaciones laborales y desarrollar un entorno favorable para la empleabilidad, la inserción y mantenimiento del empleo de todas las mujeres, a través de la división equitativa del trabajo de cuidado no remunerado, el acceso a servicios de cuidado de calidad y la conciliación de la vida laboral y familiar, así como la igualdad de sueldos por igual
trabajo o trabajo de igual valor.
7. Los Estados Miembros buscarán apoyar esfuerzos para combatir la discriminación sobre la base de discapacidad y deberían considerar medidas para apoyar la adopción de políticas empresariales que garanticen el acceso para personas con discapacidad, posibilitando la inclusión, la accesibilidad y la promoción de la lucha contra la exclusión social.
CAPÍTULO II.
ROBUSTECIMIENTO DE LOS MARCOS JURÍDICOS E INSTITUCIONALES
8. Los Estados Miembros tienen la intención de adoptar buenas prácticas regulatorias relacionadas con la planificación, el diseño, emisión, implementación y revisión de normas que mejoren la calidad regulatoria y permitan la creación de un entorno empresarial estable que facilite el comercio, la inversión y el crecimiento económico de sus países, reconociendo al mismo tiempo la soberanía de los Estados miembros, en concordancia con sus sistemas e instituciones legales para alcanzar objetivos legítimos.
9. Los Estados Miembros, en su determinación y compromiso con el desarrollo empresarial, tienen la intención de impulsar políticas públicas y marcos regulatorios que promuevan la libre competencia, eviten la conformación de monopolios, busquen la eliminación de los requisitos administrativos y burocráticos innecesarios que dificulten la creación de nuevas empresas o que conlleven a la extinción de las existentes, de manera consistente con la normatividad internacional aplicable en la materia.
10. Los Estados Miembros tienen la intención de promover el desarrollo de políticas y marcos regulatorios que faciliten y diversifiquen las opciones disponibles para el sector empresarial,
particularmente las mujeres emprendedoras, para acceder a servicios financieros, adoptar nuevos conocimientos y tecnologías que les permitan innovar, producir bienes o servicios con mayor valor agregado y facilitar su institucionalidad de modo tal de consolidar la formalización, acceso a los mercados y eficacia en la gestión.
CAPÍTULO III.
COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ALIANZAS ESTRATÉGICAS
11. Los Estados Miembros tienen la intención de impulsar, de manera consistente con el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), mecanismos de cooperación internacional para el desarrollo, así como las alianzas multiactor , con miras al fortalecimiento de la infraestructura productiva, tecnológica, logística y de transporte, la transferencia voluntaria de conocimiento en términos mutuamente determinados y el continuo fortalecimiento de las agencias de frontera para lograr un ecosistema favorable para la generación y crecimiento de nuevas y diversas iniciativas empresariales y fomentar el empleo productivo y el trabajo decente.
12. Los Estados Miembros tienen la intención de impulsar la cooperación hemisférica para promover la colaboración, producción sostenible y acceso a productos y servicios esenciales, así como para fomentar ecosistemas de innovación, donde las mejoras en las actividades, procesos y tecnologías estén dirigidas a añadir valor económico, social y ambiental, para todos los actores de la sociedad.7
CAPÍTULO IV.
ROL DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES)
13. Los Estados Miembros reconocen el papel de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), así como también de las cooperativas y empresas de la economía social como motores de desarrollo y crecimiento económico por ser agentes clave en la reducción de la pobreza, la creación y formalización de empleo, así como la toma de acciones para abordar el cambio climático y promover la inclusión social, particularmente la participación económica y el empoderamiento de las mujeres.
14. Los Estados Miembros tienen la intención de impulsar políticas dirigidas a incrementar la productividad y competitividad y acceso al financiamiento de las MIPYMES, incluyendo aquellas que pertenecen y/o que son operadas por personas que forman parte de grupos tradicionalmente subrepresentados o en situación de vulnerabilidad, facilitando la transformación digital, innovación, renovación de la producción, el acceso a mercados, la mejora en los procesos y el surgimiento de nuevos modelos de negocios.
15. Los Estados Miembros deberían promover la educación financiera para los emprendedores y emprendedoras de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y el intercambio de experiencias y conocimientos de las grandes corporaciones con las MIPYMES.
16. Los Estados Miembros tienen igualmente la intención de promover en las MIPYMES la aplicación de estándares como base de la competitividad, que les pueda permitir participar en mercados globales, así como alcanzar un mejor desempeño de las empresas.
CAPÍTULO V.
FORMALIZACIÓN, EMPLEO Y EDUCACIÓN
17. Los Estados Miembros deberían promover el diseño y la implementación de políticas,
basadas en el respeto por las normas internacionales del trabajo y los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, que contribuyan a formalizar el trabajo y las empresas, aumentar las oportunidades de trabajo decente, combatir la desigualdad, mejorar la productividad, y generar ingresos públicos y desarrollo económico.
18. Los Estados Miembros tienen la intención de apoyar el papel del sector privado para contribuir a una mejor calidad del empleo, incluyendo para todas las mujeres, respetando y valorando la plena diversidad de las situaciones y condiciones en que se encuentran, conscientes que a través de la formalización es posible generar mayores salarios, mayor seguridad laboral y mejores condiciones de trabajo para todos y todas.
19. Los Estados Miembros tienen la intención de alentar la adopción de medidas para brindar una educación, de calidad, inclusiva y con equidad, que reflejen las necesidades de la sociedad y los cambios en el mundo del trabajo, y que faciliten acceder al trabajo decente, que promuevan el emprendimiento, el cooperativismo y las empresas de economía social y fortalezcan los valores democráticos, el respeto a los derechos humanos y la paz. En particular, tienen la intención de apoyar el diálogo social y otras acciones que impulsen alianzas estratégicas con el sector empresarial, el sector trabajador y otros sectores relevantes como la academia.
20. Los Estados miembros tienen la intención de implementar programas de formación, mentoría y reconversión productiva que apoyen la transición justa de la fuerza laboral hacia sectores ambientalmente sostenibles.8
CAPÍTULO VI.
INNOVACIÓN EMPRESARIAL, ADOPCIÓN TECNOLÓGICA Y ECONOMÍAS CREATIVAS
21. Los Estados Miembros tienen la intención de fomentar iniciativas de innovación, que promuevan la colaboración y la interconexión entre la academia y compañías, incluyendo grandes
21. Los Estados Miembros tienen la intención de fomentar iniciativas de innovación, que promuevan la colaboración y la interconexión entre la academia y compañías, incluyendo grandes compañías y empresas de reciente creación y en especial las MIPYMES, cooperativas y empresas de la economía social.
22. Los Estados Miembros deberían incentivar la iniciativa empresarial y la educación empresarial. En particular, buscar fomentar la promoción de espacios de aprendizaje para la juventud, con estímulo a su primer empleo y formación profesional.
23. Los Estados Miembros se proponen desarrollar, a través de instituciones de educación y formación técnica y profesional (EFTP) de calidad y en alianza con el sector privado, programas de becas para la formación técnica y profesional, con miras a promover la formación de mano de obra calificada y especializada para el sector industrial y otros sectores productivos en los Estados
Miembros.
24. Los Estados Miembros tienen la intención de promover políticas públicas que incorporen la innovación como motor de la transformación estructural para mejorar la productividad, las prácticas empresariales responsables, los procesos productivos, la modernización, la eficacia, la transparencia, la participación y la rendición de cuentas, y de este modo, contribuir al fortalecimiento de los sistemas democráticos y alcanzar el desarrollo integral, inclusivo y sostenible.
25. Los Estados Miembros tienen la intención de promover la cooperación , la transferencia voluntaria de tecnología y de conocimiento bajo términos mutuamente acordados y para avanzar en la diversificación productiva, buscando que las MIPYMES y las empresas de la economía
social tengan acceso a tecnologías transformadoras para innovar, realizar negocios o proveer servicios, con el propósito de acelerar su adaptación a los cambios tecnológicos y su integración a las cadenas globales y regionales de valor.
26. Los Estados Miembros tienen la intención de promover el interés del empresariado en desarrollar la asociatividad y cooperación empresarial en las iniciativas clúster que se identifican en las regiones, a través de su vocación productiva, para así encontrar proyectos en común, promoviendo la inserción en cadenas regionales de valor.
27. Los Estados Miembros, de conformidad con las obligaciones comerciales internacionales, tienen la intención de implementar acciones estratégicas para establecer, desarrollar y fortalecer la economía creativa, conocida en varios países como “economía naranja”, particularmente, el mercado de contenidos originales de sus industrias culturales y creativas, con énfasis a nivel de las MIPYMES, como fuente de crecimiento económico y desarrollo, inclusivo e integral.
28. Los Estados Miembros tienen la intención de fomentar un entorno de negocios propicio para el desarrollo de actividades empresariales, incluyendo la creación y desarrollo de empresas sostenibles.9
CAPÍTULO VII.
FOMENTO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE Y LA CONSTRUCCIÓN DE RESILIENCIA
29. Los Estados Miembros reiteran su compromiso para promover un ambiente empresarial consistente con los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre derechos humanos y empresas y otros instrumentos relevantes, y reiteran su responsabilidad de desarrollar políticas y regulaciones para prevenir, investigar, sancionar y reparar, así como mitigar, posibles abusos de
derechos humanos por parte de terceros dentro de su territorio o jurisdicción, incluidas las empresas, tanto domésticas como transnacionales; esto incluye, pero no se limita, a alentar a las empresas a incorporar en sus políticas internas y prácticas, códigos de conducta empresarial responsables con los derechos humanos y el medio ambiente, tomando como referencia lineamientos respaldados, apoyados u observados internacionalmente por los Estados Miembros.
30. Como parte de las prácticas empresariales económica, social y ambientalmente sostenibles y responsables, los Estados Miembros deberían realizar esfuerzos para promover políticas que faciliten y creen condiciones para alinear los portafolios de inversión con sectores bajos en emisiones de GEI y resilientes al clima en el desarrollo sostenible, y resilientes ante el cambio climático, y deberían promover la adopción de estrategias y políticas para la incorporación y la divulgación de riesgos climáticos y ambientales en las decisiones de inversión consistentes con los objetivos del Acuerdo de París y contribuir a la implementación de las ambiciones de Contribuciones
Determinadas a Nivel Nacional (NDC).
31. Los Estados Miembros tienen la intención de impulsar, según corresponda, el desarrollo de planes conjuntos y articulados con el sector empresarial, en colaboración con otros socios relevantes y partes interesadas, encaminados al fortalecimiento de las políticas y programas de construcción de resiliencia, fomentar la adaptación y recuperación social, ambiental y económica ante desastres naturales, pandemias y otras situaciones de emergencia.
32. Los Estados Miembros tienen la intención de promover políticas para aumentar la productividad, el emprendimiento, la competitividad y el desarrollo del sector rural, como una actividad fundamental del sector empresarial de la economía, especialmente en beneficio de todas las mujeres agricultoras y emprendedoras ; particularmente en lo relativo a la adopción de nuevas
productividad, el emprendimiento, la competitividad y el desarrollo del sector rural, como una actividad fundamental del sector empresarial de la economía, especialmente en beneficio de todas las mujeres agricultoras y emprendedoras ; particularmente en lo relativo a la adopción de nuevas tecnologías agrícolas y la promoción de la agricultura y de los sistemas alimentarios sostenibles, contribuyendo de esta manera a generar trabajo decente, superar las vulnerabilidades de la población rural y alcanzar la seguridad alimentaria y nutricional en el hemisferio.
33. Los Estados miembros tienen la intención de impulsar el desarrollo de patrones de consumo y producción sostenibles, de manera tal que se promueva una conducta empresarial responsable y orientada a la gestión ambiental, innovando en modelos de negocios que extiendan la vida útil de los productos a lo largo de toda la cadena de valor.
CAPÍTULO VIII
RELACIÓN CON INSTRUMENTOS INTERNACIONALES COMPLEMENTARIOS
34. Los Estados Miembros tienen la intención de promover la adopción de prácticas empresariales sostenibles, inclusivas, y responsables, de manera consistente con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU, los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Pacto Global, así como a otras directrices de conducta empresarial responsable respetadas internacionalmente.10
35. Los Estados Miembros deberían adoptar medidas para respetar, proteger y garantizar los derechos humanos y avanzar en la protección del ambiente en la actividad empresarial, de manera consistente con instrumentos internacionales de derechos humanos y ambientales aplicables, y en
apego a la legislación nacional.
36. Los Estados Miembros tienen la intención de promover políticas para que las empresas con actividades bajo su jurisdicción cooperen con las autoridades para prevenir y combatir la corrupción en todas sus modalidades, e implementar las mejores prácticas internacionales aplicables, en armonía con la legislación nacional y los compromisos internacionales de cada Estado.
37. En relación con los actos de corrupción cometidos por las empresas, los Estados Miembros, de manera consistente con la Convención Interamericana contra la Corrupción, buscarán la más amplia cooperación técnica mutua sobre las formas y métodos más efectivos para prevenirla, detectarla, investigarla y sancionarla.
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