OEA-CP15054S04-2005
OEA - Organización de Estados Americanos
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Detalles
- Título
- OEA-CP15054S04-2005
- Autor
- OEA - Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2005
OEA/Ser.G CP/RES. 892 (1507/05) 9 septiembre 2005
Original: español CP/RES. 892 (1507/05)
APOYO A NICARAGUA
(Aprobada en sesión celebrada el 9 de septiembre de 2005) EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS, HABIENDO CONOCIDO el informe presentado por el Secretario General y por su Enviado Especial, Doctor Dante Caputo, sobre los resultados de la Misión a Nicaragua; RECORDANDO que en la Declaración AG/DEC. 43 (XXXV-O/05) aprobada en el trigésimo quinto período ordinario de sesiones de Asamblea General, se hizo un llamado a establecer un diálogo nacional amplio, a fin de encontrar soluciones democráticas a los graves problemas existentes, con estricto apego al principio de independencia y separación de los poderes públicos en el país; REITERANDO que la crítica evolución de los acontecimientos en Nicaragua compromete gravemente la separación e independencia de los poderes públicos, los cuales son elementos esenciales de la democracia representativa; y TENIENDO EN CUENTA la importancia de que se respete el proceso político institucional democrático y el legítimo ejercicio del poder en Nicaragua, incluyendo el restablecimiento del equilibrio de los poderes del Estado,
RESUELVE:
1. Manifestar que la profundización de la crisis institucional y política en Nicaragua arriesga la gobernabilidad democrática del país, el legítimo ejercicio del poder y el Estado de Derecho, con serias consecuencias sociales y económicas, actuales y futuras, para el pueblo de
Nicaragua.
2. Exhortar, en los términos más enérgicos posibles, a las partes involucradas a iniciar
un diálogo amplio y constructivo, libre de presiones y amenazas y en condiciones de igualdad, incluyendo el cese de la aplicación de las medidas que han provocado el escalamiento de la crisis institucional, y respetar el mandato conferido libremente por el pueblo nicaragüense al Presidente Enrique Bolaños Geyer, y demás autoridades electas. - 23. Instruir al Secretario General que traslade a las partes involucradas en el diálogo, con la urgencia que el caso requiere, la preocupación del Consejo Permanente e insistir sobre la importancia de actuar para mantener la institucionalidad democrática y alcanzar acuerdos que preserven la gobernabilidad, el Estado de Derecho y la estabilidad del país, de conformidad con la Carta de la OEA y la Carta Democrática Interamericana.
4. Urgir un cese inmediato de cualquier acción que tienda a agravar la crisis política en
Nicaragua.
5. Continuar con la atención directa sobre la evolución de los acontecimientos en Nicaragua, y si la urgencia del caso lo aconsejare, convocar de inmediato un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, de conformidad con los instrumentos vigentes de la
Organización de los Estados Americanos.