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OEA-CP38043S03-2017

OEA - Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA-CP38043S03-2017
Autor
OEA - Organización de Estados Americanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2017

OEA/Ser.G CP/RES. 1084 (2122/17) 16 agosto 2017

Original: español CP/RES. 1084 (2122/17) MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 28 DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO PERMANENTE ACERCA DEL CICLO DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS

ADMINISTRATIVOS Y PRESUPUESTARIOS

(Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión ordinaria celebrada el 16 de agosto de 2017) EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS, TENIENDO EN CUENTA que la Asamblea General, mediante la resolución AG/RES. 2911 (XLVII-O/17), titulada “Avance en la Rendición de Cuentas, la Eficiencia y la Eficacia y los Resultados en la Secretaría General de la OEA” instruyó al Consejo Permanente a efectuar las enmiendas necesarias a su reglamento con el propósito de que se modifique el ciclo de la Presidencia de la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CAAP), a fin de hacerla congruente con los ejercicios fiscal y presupuestario de la Organización, que comprenden el período de enero a diciembre, y considerar un período de transición; TENIENDO EN CONSIDERACIÓN que el artículo 28 Reglamento del Consejo Permanente establece actualmente que el Presidente del Consejo Permanente instalará todas las comisiones dentro del mes próximo siguiente a la fecha de clausura del período ordinario de sesiones de la Asamblea General; TENIENDO PRESENTE que es competencia del Consejo Permanente la modificación de su

Reglamento de acuerdo con el artículo 80(c) del mismo; y CONSIDERANDO, además, la necesidad de que, para lo que resta del año, la CAAP dé continuidad a sus trabajos hasta que se apruebe el programa-presupuesto de la Organización correspondiente a 2018,

RESUELVE:

1. Modificar el artículo 28 del Reglamento del Consejo Permanente en los siguientes términos: “El Presidente del Consejo Permanente instalará todas las comisiones dentro del mes próximo siguiente a la fecha de clausura del período ordinario de sesiones de la Asamblea General con la excepción de la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios que será instalada en el mes de enero de cada año calendario”.

2. La duración del mandato de la presidencia de la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios a ser elegida en 2017 cubrirá el resto del ejercicio fiscal de 2017 y se extenderá hasta la conclusión del ejercicio fiscal de 2018. upload_9681bbac1a49eadb5112039eb240cd62.DOC

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