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OEA-CP39513S03-2018

OEA - Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA-CP39513S03-2018
Autor
OEA - Organización de Estados Americanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2018

OEA/Ser.G CP/RES. 1105 (2168/18) rev. 1 17 julio 2018

Original: español CP/RES. 1105 (2168/18)

FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA-PRESUPUESTO DE LA ORGANIZACIÓN 20191/

(Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2018, ad referéndum de la Asamblea General en su próximo periodo extraordinario de sesiones de octubre de 2018) EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS, VISTO el “Informe de la Presidencia de la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios sobre los trabajos en preparación para el cuadragésimo octavo período ordinario de sesiones de la Asamblea General” (CP/CAAP-3525/18); CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 54 (e) y 55 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Asamblea General aprueba el programa-presupuesto de la Organización y establece las bases para fijar la cuota con que debe contribuir cada uno de los Gobiernos al sostenimiento de la Organización, tomando en cuenta la capacidad de pago de los respectivos países y la determinación de éstos de contribuir en forma equitativa; Que la Asamblea General, en su trigésimo período ordinario de sesiones, mediante la resolución AG/RES. 1757 (XXX-O/00), aprobó las medidas destinadas a alentar el pago oportuno de las cuotas, y que desde entonces ha modificado estas medidas de conformidad con las resoluciones AG/RES. 2157 (XXXV-O/05) y AG/RES. 1 (XLII-E/11) rev. 1;

Que la Asamblea General, en su trigésimo cuarto período extraordinario de sesiones, mediante la resolución AG/RES. 1 (XXXIV-E/07) rev. 1, aprobó la metodología para el cálculo de la escala de cuotas para el financiamiento del Fondo Regular de la Organización, la cual fue modificada por medio de la resolución CP/RES. 1103 (2168/18) ad referéndum de la Asamblea General; Que conforme a dicha metodología se han asignado las cuotas porcentuales de los Estados Miembros correspondientes a los años 2019-2023;

1. Brasil rechaza la aprobación de cualquier decisión en materia de presupuesto sin el consenso de todos los Estados Miembros. Brasil no puede aceptar ninguna decisión que, sin su consentimiento, … - 2Que conforme a la resolución CP/RES. 1085 (2125/17) se estableció el nivel de gastos para 2018, que fue aprobado mediante resolución AG/RES. 1 (LII-E/17) rev. 1; Que conforme a la resolución AG/RES. 1 (LII-E/17) rev. 1, la Asamblea General encomendó a la Secretaría General que presente a la Comisión Preparatoria un proyecto de nivel global presupuestario para el año 2019, así como el nivel global presupuestario tentativo para 2020, incluido el ajuste por costo de vida e inflación, cuando proceda, de conformidad con las normas vigentes; Que es necesario establecer el nivel global presupuestario y las fuentes de financiamiento para el programa-presupuesto de 2019, que será aprobado por la Asamblea General en un período extraordinario de sesiones a celebrarse a más tardar el 30 de octubre de 2018;

Que de conformidad con el artículo 80 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (Normas Generales), la Secretaría General deberá presentar al Consejo Permanente una propuesta de presupuesto para la utilización de la recuperación de costos indirectos (RCI), la cual se basará en el ingreso proyectado equivalente al 90% del promedio de la RCI obtenido en los tres años anteriores al año en que se apruebe el programa-presupuesto, y que dicho presupuesto de RCI será aprobado por la Asamblea General; y Que en 2018 no se espera recibir aportes al Fondo Regular provenientes de los fondos específicos por concepto de dirección técnica y apoyo administrativo, en virtud del artículo 80 de las Normas Generales; TENIENDO EN CUENTA el “Informe de la Junta de Auditores Externos de la OEA al Consejo Permanente sobre los Resultados de la Auditoría Anual de Cuentas y Estados Financieros de la OEA” CP/doc.5402/18,

RESUELVE:

1. Fijar las cuotas con las que los Estados Miembros financiarán el Fondo Regular de la Organización para 2019 y la contribución para el reembolso de impuestos sobre la renta, de conformidad con la metodología adoptada mediante las resoluciones AG/RES. 1 (XXXIV-E/07) rev. 1, AG/RES. 41 (I-O/71) y CP/RES. 1103 (2168/18) ad referéndum de la Asamblea General, respectivamente, utilizando la escala y las cantidades que figuran en el anexo A, Cuotas para el

Fondo Regular 2019.

2. Establecer el nivel global presupuestario del programa-presupuesto del Fondo

Regular para 2019, incluyendo el ajuste por costo de vida e inflación, en US$85,253,448, y financiarlo de la siguiente manera: a) Contribuciones netas de los Estados Miembros por US$84,783,448, por concepto de pagos de cuotas al Fondo Regular, asignadas como sigue:

  1. Un total bruto de cuotas de US$84,958,900, asignadas de conformidad con la metodología para el cálculo de la escala de cuotas vigente. - 3ii. Una reducción de US$175,452 proveniente de los descuentos por pago oportuno conforme a las medidas destinadas a estimular el pago oportuno de las cuotas, previstas en la resolución AG/RES. 1757 (XXX-O/00) y modificadas en las resoluciones AG/RES. 2157 (XXXV-O/05) y AG/RES. 1 (XLII-E/11) rev. 1. b) Contribución de US$0 del Fondo de Cooperación para el Desarrollo de la Organización de los Estados Americanos (FCD/OEA) al Fondo Regular por dirección técnica y apoyo administrativo, de conformidad con el artículo 80 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (Normas Generales); tal contribución, de acuerdo con el Estatuto del FCD/OEA y el artículo 80 de las Normas Generales, será de hasta el 15 % del monto neto aprobado en 2018 para la ejecución en 2019. c) Ingresos de US$470,000 por concepto de intereses y reembolsos, y otros ingresos, de conformidad con el artículo 72 de las Normas Generales.

3. Establecer el nivel de gasto para 2019 en US$82,700,000.

4. Instruir a la Secretaría General que el nivel de gastos para 2019 sobre el cual presentará el proyecto de programa-presupuesto 2019 para la consideración de los Estados Miembros por lo menos 90 días antes de la fecha de celebración del período extraordinario de sesiones de la Asamblea General en octubre de 2018, de conformidad con el artículo 90 de las Normas Generales, deberá incluir los recursos necesarios para dar cumplimiento a la resolución AG/RES. 2908 (XLVIIO/17), “Promoción y protección de Derechos Humanos” (párrafos 1 y 2, sección xvi), para el financiamiento de los órganos del sistema interamericano de derechos humanos: Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y Corte Interamericana de Derechos Humanos, para el segundo de los tres años establecidos en dicha resolución, por un monto equivalente al 33% del presupuesto autorizado para 2017, adicional al presupuesto asignado para 2018 para cada órgano.

Tomando en cuenta que no se propondrá aumentos de cuotas para este fin.

5. Los recursos adicionales mencionados en el párrafo anterior deberán ser asignados a las prioridades que se establezcan en los planes estratégicos y financieros de los organismos y sus objetivos estratégicos.

6. La diferencia entre el techo presupuestal y el nivel de gastos deberá registrarse en el subprograma “124O Subfondo de Reserva”.

7. Solicitar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presenten semestralmente un informe sobre la ejecución

presupuestaria al Consejo Permanente.

8. Encomendar al Secretario General que haga los ajustes y reducciones que sean necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en los párrafos precedentes.

9. Autorizar a la Secretaría General a utilizar en el ejercicio fiscal de 2019, en calidad de préstamo interno hasta un equivalente del 30% de las cuotas anuales (US$25.4 millones) del - 4Fondo de Tesorería, que le permita hacer frente a los gastos corrientes ya presupuestados del Fondo Regular correspondiente al ejercicio fiscal 2019. No se originarán intereses por el uso temporal de estos recursos. La Secretaría General deberá reembolsar sin demora el saldo del préstamo interno de los recursos utilizados del Fondo de Tesorería en el ejercicio fiscal 2019 tan pronto se vayan recibiendo en el Fondo Regular las cuotas de los Estados miembros. La Secretaría General comunicará por escrito al Consejo Permanente cada vez que se haga uso de los recursos del Fondo de Tesorería y presentará a la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CAAP), informes mensuales sobre el estado de dicho fondo.

10. Fijar el límite general de gastos de la cuenta del Fondo de Recuperación de Costos Indirectos en US$5,480,000 de conformidad con las Normas Generales.

11. Establecer como cifra tentativa del nivel global presupuestario para 2020 en US$85,253,448. - 5CUADRO A

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

FONDO REGULAR

ASIGNACIÓN DE CUOTAS PARA EL FONDO REGULAR 2019

(US$) Porcentaje Cuota Reembolso de a Estados Miembros asignado asignada impuestos Crédito Total

Antigua y Barbuda 0,022% 18.800 18.800 Argentina 3,000% 2.560.200 2.560.200 Bahamas 0,047% 40.100 40.100 Barbados 0,026% 22.200 22.200 Belize 0,022% 18.800 18.800 Bolivia 0,070% 59.700 59.700 Brasil 12,457% 10.630.600 10.630.600 Canadá 9,801% 8.364.000 167.280 8.196.720 Chile 1,415% 1.207.500 1.207.500 Colombia 1,638% 1.397.800 1.397.800 Costa Rica 0,256% 218.500 4.395 214.105 Dominica 0,022% 18.800 d 18.800 Ecuador 0,402% 343.100 ` 343.100 El Salvador 0,076% 64.900 64.900 Estados Unidos 59,470% 50.750.700 5.300.000 b 56.050.700 Grenada 0,022% 18.800 18.800 Guatemala 0,171% 145.900 145.900 Guyana 0,022% 18.800 194 18.606 Haití 0,022% 18.800 188 18.612 Honduras 0,043% 36.700 367 36.333 Jamaica 0,053% 45.200 1.356 43.844 México 6,470% 5.521.400 5.521.400 Nicaragua 0,022% 18.800 188 18.612 Panamá 0,191% 163.000 163.000

Paraguay 0,087% 74.200 1.484 72.716 Perú 1,005% 857.700 857.700 República Dominicana 0,268% 228.700 228.700 San Kitts y Nevis 0,022% 18.800 18.800 Santa Lucía 0,022% 18.800 18.800 San Vicente y las Granadinas 0,022% 18.800 18.800 Suriname 0,022% 18.800 18.800 Trinidad y Tobago 0,129% 110.100 110.100 Uruguay 0,298% 254.300 254.300 Venezuela 1,940% 1.655.600 1.655.600 Subtotal 99,555% 84.958.900 5.300.000 175.452 90.083.448 Cuba c 0,446% 380.600 380.600

TOTAL 100,001% 85.339.500 5.300.000 175.452 90.464.048

a. Representa el 1% de la cuota del año 2018 si el total de esta cuota fue pagada completamente antes del 31 de marzo de 2018, más 2% del pago antes del 28 de febrero de 2018 y 3 % si recibido al 31 de enero de 2018. b. La cantidad que se muestra es un estimado y puede diferir del monto total a cobrar. c. Se muestra únicamente para establecer el porcentaje correspondiente a cada Estado Miembro. d. El Consejo Permanente aprobó el 23 de marzo de 2018 la solicitud de la Misión Permanente del Commonwealth de Dominica (CP/CAAP-3501/18) de exención total de sus pagos anuales de cuotas al Fondo Regular para los años 2018 y 2019.

  • 6NOTA DE PÍE DE PÁGINA 1. … implique un aumento en su aportación al Fondo Regular de la OEA. upload_02f0131f6de055fcaf55548e1243acd4.DOC
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