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OEA-CP41008S03-2019

OEA - Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA-CP41008S03-2019
Autor
OEA - Organización de Estados Americanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2019

OEA/Ser.G CP/RES. 1128 (2231/19) 21 mayo 2019

Original: inglés CP/RES. 1128 (2231/19)

LA SITUACIÓN EN NICARAGUA

(Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión extraordinaria celebrada el 21 de mayo de 2019) EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS, RECORDANDO las resoluciones del Consejo Permanente CP/RES. 1108 (2172/18) rev. 1, “La situación en Nicaragua”, del 18 de julio de 2018, y CP/RES. 1109 (2175/18) rev. 1, “Grupo de Trabajo para Nicaragua”, del 2 de agosto de 2018; TENIENDO EN CUENTA los cuatro informes presentados por el Grupo de Trabajo para Nicaragua al Consejo Permanente y los informes presentados por el Secretario General el 11 de enero de 2019 y el 26 de abril de 2019; CONSIDERANDO el proceso y los pasos establecidos en los artículos 18, 19 y 20 de la Carta Democrática Interamericana y la apreciación colectiva en curso sobre la situación en Nicaragua; y TOMANDO NOTA del proceso de negociación entre el Gobierno de Nicaragua y la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia,

RESUELVE:

1. Reiterar la preocupación de la comunidad interamericana por el deterioro de las instituciones democráticas y los derechos humanos en Nicaragua y su apoyo a una solución pacífica a la crisis política en ese país.

2. Instar a las partes a que avancen en un diálogo efectivo y de buena fe mediante la implementación por parte del Gobierno de las siguientes medidas:

a) La liberación incondicional de todos los presos, antes del 18 de junio de 2019, según lo acordado por las partes en la Mesa de Negociación. Esta liberación deberá contar con mecanismos independientes de monitoreo y verificación. - 2b) Permitir el trabajo efectivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de sus mecanismos en Nicaragua, incluido el MESENI, y otorgarles todas las garantías necesarias para el cumplimiento de su mandato. c) En colaboración con el Departamento para la Cooperación y Observación Electoral, dar curso a las medidas institucionales necesarias que garanticen elecciones libres, justas, transparentes y legítimas, de conformidad con los estándares internacionales, con la participación de observadores electorales independientes, incluida la Organización de los Estados Americanos. d) Garantizar la libertad de expresión y de prensa, permitir el ejercicio del derecho a la manifestación pacífica, cesar las detenciones arbitrarias y garantizar la labor independiente de organizaciones y defensores de derechos humanos. e) Garantizar el regreso y permanencia seguros, sin represalias, a todas las personas que fueron forzadas a abandonar Nicaragua como resultado de la actual crisis.

3. Continuar con la apreciación colectiva sobre la situación en Nicaragua, en consonancia con la Carta Democrática Interamericana, y presentar este tema a la Asamblea General en junio de 2019. upload_e627ef69eed8562fdaa2d9952a8bcdef.DOC

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