OEA-CP46327S03-2022
OEA - Organización de Estados Americanos
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Detalles
- Título
- OEA-CP46327S03-2022
- Autor
- OEA - Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2022
OEA/Ser.G CP/RES. 1203 (2389/22) 12 agosto 2022
Original: inglés CP/RES. 1203 (2389/22)
LA SITUACIÓN EN NICARAGUA
(Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión extraordinaria, celebrada el 12 de agosto de 2022) EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS, RECORDANDO el artículo 1 de la Carta Democrática Interamericana, en el que se afirma que “[l]os pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla”, y el artículo 4, de acuerdo con el cual “[s]on componentes fundamentales del ejercicio de la democracia [...] la libertad de expresión y de prensa”; REAFIRMANDO que la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) establece que la democracia representativa es condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región; REITERANDO que, si bien el Gobierno de Nicaragua denunció la Carta de la OEA el 18 de noviembre de 2021, sus obligaciones legales en virtud de la Carta siguen vigentes hasta la fecha efectiva del retiro de Nicaragua de la Organización el 18 de noviembre de 2023; PROFUNDAMENTE PREOCUPADO porque, a pesar de todas las exhortaciones al Gobierno de Nicaragua —contenidas en declaraciones, resoluciones y mandatos de la Asamblea General y del Consejo Permanente de la OEA— para que cumpla sus obligaciones en materia de derechos humanos, el ambiente de opresión se ha agravado, con un número creciente de arrestos y detenciones arbitrarias, el cierre forzado de organizaciones no gubernamentales, la toma autocrática
de las alcaldías de cinco municipios cuyos titulares eran de un partido político de la oposición, la intensificación de la represión de los periodistas y de la libertad de los medios de comunicación, y ataques a monjas y sacerdotes de la fe católica romana; CONSCIENTE de que este empeoramiento de la situación fue confirmado en un informe oral del 16 de junio de 2022 de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, y ALARMADO debido a que en el informe se expresa grave preocupación porque el Gobierno de Nicaragua continúa perpetrando detenciones arbitrarias y los detenidos se encuentran en condiciones deplorables; CONSCIENTE también del establecimiento por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en marzo de 2022, de un Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua; TOMANDO NOTA de la labor que está realizando el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al poner de relieve las preocupaciones en materia de derechos humanos de conformidad con su mandato de dar seguimiento a la situación de los derechos humanos en Nicaragua; TENIENDO PRESENTE que, el 27 de mayo de 2022, el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH pidió que se pusiera fin a los constantes ataques de las autoridades nicaragüenses contra la Iglesia Católica Romana y que, el 15 de julio de 2022, el Relator condenó la creciente represión de periodistas y medios de comunicación en Nicaragua por las autoridades del
país; TENIENDO PRESENTE TAMBIÉN que la CIDH ha pedido, entre otras cosas, que Nicaragua garantice que los presos políticos tengan contacto regular con sus familiares en condiciones de dignidad y que las mujeres privadas de libertad reciban del Estado atención médica especializada urgente; CONSCIENTE de que la situación sociopolítica, económica y de derechos humanos en Nicaragua está llevando a un número sin precedentes de personas, que se cuentan en los miles, a huir del país hacia los Estados vecinos, lo cual está teniendo un efecto nocivo en estos países y en los propios refugiados; RECORDANDO la resolución CP/RES. 1196 (2377/22) “La toma de las oficinas de la OEA en Nicaragua”, del 13 de mayo de 2022, en la cual el Consejo Permanente condenó enérgicamente la entrada ilegal en las instalaciones de la OEA y la incautación de sus bienes por las autoridades nicaragüenses en Managua (Nicaragua) el domingo, 24 de abril de 2022; RECORDANDO ASIMISMO la resolución CP/RES. 1188 (2355/21) “Resultados de las deliberaciones del Consejo Permanente del 29 de noviembre de 2021 sobre la situación en Nicaragua, de conformidad con la resolución aprobada en el quincuagésimo primer período ordinario de sesiones de la Asamblea General”, del 8 de diciembre de 2021, en la cual el Consejo Permanente concluyó que Nicaragua no estaba cumpliendo los compromisos asumidos en la Carta Democrática de la OEA y ofreció al Gobierno de Nicaragua la asistencia de una misión de buenos oficios de alto nivel de la
OEA para reanudar el cumplimiento de la Carta Democrática Interamericana; MUY PREOCUPADO porque el Gobierno de Nicaragua ha hecho caso omiso de los esfuerzos realizados por el Secretario General de la OEA, de acuerdo con las instrucciones del Consejo Permanente, para que el Gobierno de Nicaragua participara en las conversaciones sobre las formas en que se podría invitar a un grupo de alto nivel a Nicaragua con el fin de examinar la posibilidad de ayudar al gobierno a restablecer el respeto y la defensa de la democracia y los derechos humanos de conformidad con las Cartas de la OEA; y DISPUESTO a renovar su ofrecimiento de compromiso y diálogo en interés de Nicaragua y su pueblo, RESUELVE: - 31. Condenar enérgicamente el cierre forzado de organizaciones no gubernamentales, así como el hostigamiento y las restricciones arbitrarias de organizaciones religiosas y de las voces críticas del gobierno y sus acciones en Nicaragua.
2. Reiterar su insistencia en que el Gobierno de Nicaragua libere de inmediato a todos los presos políticos, cese la persecución y la intimidación de la prensa independiente y garantice el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
3. Renovar el ofrecimiento del Consejo Permanente de trabajar con el Gobierno de Nicaragua para que se adhiera a las Cartas rectoras de la OEA y restablezca la institucionalidad democrática y el respeto a los derechos humanos en Nicaragua, de acuerdo con el derecho internacional.
4. Encomendar al Secretario General que transmita esta resolución al Gobierno de
Nicaragua.